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Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

109 respuestas
Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!
Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!
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#31

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Sí, como afirmación basada en un mapa general del Estrecho, es bastante correcta, pero conviene formularla con cautela jurídica.

La idea sería esta:

  • Evitar aguas españolas es lo más difícil —o imposible según el mapa usado— España no está solo en la orilla norte del Estrecho —Tarifa, Algeciras, etc.—, sino también en la orilla africana con Ceuta. Dado que el Estrecho es muy estrecho, las aguas territoriales o zonas bajo soberanía/jurisdicción española condicionan mucho cualquier ruta de paso. Por eso, si el mapa marca el mar territorial español desde la península y desde Ceuta, puede concluirse que atravesar el Estrecho sin tocar aguas españolas resulta, como mínimo, muy problemático.
  • Las aguas británicas de Gibraltar sí son evitables La zona vinculada a Gibraltar es geográficamente reducida y, además, jurídicamente controvertida: Reino Unido sostiene la existencia de aguas territoriales británicas en torno al Peñón, mientras que España ha discutido históricamente esa pretensión. En cualquier caso, desde el punto de vista puramente náutico, una ruta por el Estrecho puede trazarse evitando el entorno inmediato de Gibraltar. En los debates de Rankia sobre Gibraltar, usuarios como @anonimo-785978 trataban precisamente esa controversia sobre presencia británica y aguas en la zona.
  • Las aguas marroquíes también pueden evitarse si se navega por el sector norte Si el buque se mantiene en una derrota próxima al lado español del Estrecho, puede evitar entrar en aguas soberanas marroquíes. Es decir, aunque Marruecos ocupa buena parte de la orilla sur, no es imprescindible navegar por sus aguas para cruzar.
  • Pero entrar en aguas territoriales no significa que el paso esté prohibido Esto es importante: el Estrecho de Gibraltar es un estrecho usado para la navegación internacional. Aunque un buque atraviese aguas territoriales de un Estado ribereño, opera el régimen de paso en tránsito, distinto de una navegación ordinaria por aguas interiores. Por tanto, una cosa es decir “se entra en aguas de soberanía española” y otra muy distinta decir “España puede impedir sin más el tránsito”.

En resumen: sí, la afirmación es defendible si hablamos de una lectura geográfica del mapa: se podrían evitar aguas británicas y marroquíes, pero no parece posible —o al menos no de forma clara— atravesar el Estrecho evitando toda agua española, especialmente por la combinación de costa peninsular española y Ceuta. Ahora bien, para una conclusión jurídica cerrada habría que acudir a cartas náuticas oficiales, delimitaciones marítimas vigentes y avisos a navegantes, porque en la zona de Gibraltar y Ceuta hay matices políticos y jurídicos relevantes.

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#32

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!


La delimitación de los mares territoriales en un estrecho como Gibraltar se basa, como regla general, en el principio de equidistancia cuando las costas son opuestas, salvo que exista un acuerdo en otro sentido.
Con esa delimitación, un buque que realiza el tránsito completo del Estrecho entra necesariamente en aguas territoriales españolas. Esa es la consecuencia geográfica y jurídica de la configuración del Estrecho.
Que Marruecos mantenga posiciones distintas sobre determinados aspectos de la delimitación no cambia el hecho de que, conforme al criterio de equidistancia, no existe un itinerario de cruce completo que evite las aguas españolas.
Así que, efectivamente, la discusión que planteabas era sobre territorialidad, no sobre la existencia de un tratado ni sobre el régimen de navegación. Esas cuestiones son distintas y no eran necesarias para responder a tu planteamiento....fin del debate @rankito ....no hay más cera .......que haya personas con la inteligencia de un grillo o que tú misma confundas términos es hasta cierto punto comprensible....insistir en el error es tozudez intelectual....

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#33

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Sí, la afirmación es básicamente correcta si se formula con esa premisa concreta: “aplicando el principio de equidistancia entre costas opuestas en el Estrecho de Gibraltar”.
Dicho con precisión:
1. Delimitación territorial
En un estrecho estrecho —valga la redundancia— entre costas opuestas, el criterio de equidistancia o línea media es el punto de partida habitual cuando no hay una delimitación convencional distinta. Si se aplica ese criterio al Estrecho de Gibraltar, teniendo en cuenta la costa peninsular española y la presencia española en Ceuta, la conclusión defendible es que un buque que haga el tránsito completo del Estrecho entra necesariamente en aguas territoriales españolas o, al menos, no puede afirmarse fácilmente que exista una ruta completa que evite toda agua española.
2. La posición de Marruecos no elimina esa conclusión bajo ese criterio
Que Marruecos mantenga posiciones distintas sobre determinados aspectos de delimitación marítima puede afectar al debate jurídico-político, pero no cambia la consecuencia del análisis si el supuesto de partida es aplicar equidistancia. Es decir, la discrepancia marroquí no convierte automáticamente en inexistente la proyección marítima española en el Estrecho.
3. No debe confundirse con “España controla todo el Estrecho”
Aquí conviene matizar. Una cosa es decir que un buque entra en aguas territoriales españolas; otra distinta es afirmar que todo el Estrecho sea español o que España tenga un control exclusivo y pleno sobre el tránsito. En el foro, @8-s defendía la tesis fuerte de que no se puede pasar el Estrecho sin entrar en aguas españolas, mientras que otras respuestas matizaban que intervienen España, Marruecos, Gibraltar/Reino Unido y el régimen internacional de navegación.
4. Régimen de navegación internacional: cuestión separada
Aunque un buque atraviese aguas territoriales de un Estado ribereño, el Estrecho de Gibraltar es una vía usada para la navegación internacional. Por tanto, entra en juego el régimen de paso en tránsito, que no equivale a una navegación ordinaria por aguas interiores ni permite deducir que España pueda impedir sin más el paso. Territorialidad y régimen de paso son planos distintos.
5. Tratados y Gibraltar: otra capa diferente
La controversia sobre Gibraltar, mencionada en debates de Rankia por usuarios como @anonimo-785978, añade complejidad en la Bahía de Algeciras y el entorno del Peñón, especialmente por la interpretación del Tratado de Utrecht y las posiciones británicas y españolas sobre aguas alrededor de Gibraltar. Pero esa controversia no debe mezclarse automáticamente con la pregunta estricta sobre si, aplicando equidistancia en el Estrecho, el tránsito completo toca aguas españolas.
En resumen: sí, es correcto afirmarlo si se limita al análisis de territorialidad basado en equidistancia, con la cautela de que no equivale a decir que España pueda bloquear el tránsito internacional ni que queden resueltas todas las controversias de delimitación con Marruecos, Reino Unido o Gibraltar. Para una conclusión jurídica cerrada habría que acudir a cartas náuticas oficiales, delimitaciones vigentes y normativa internacional aplicable.
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#34

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Bien ya has dejado la tozudez.....por fin reconoces que según el princiupio de equidistancia .....es decir...esto no es un axioma matemático ojo...no quieres equivocarte ni equivocar ...en derecho los principios no son formalismos abstractos......este principio de equidistancia es el que rige el derecho internacional de separación de aguas territoriales...y los demás son de inferior rango.....dice que España tiene la soberanía total del paso del estrecho... entendiendolo como cruzarlo,.,,.uná vez que esto es así,...las implicaciones de esto son las que son y no son cualquier cosa...por ejemplo en ciertos cas9s España si pued denegar ese acceso

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#35

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Sí, pero solo si se formula con bastantes matices.

La afirmación es defendible en su primera parte si se limita a esto: aplicando el criterio de equidistancia o línea media entre costas opuestas, España tiene una posición marítima muy relevante en el Estrecho de Gibraltar y puede sostenerse que un tránsito completo por el Estrecho entra necesariamente —o al menos muy difícilmente evita— aguas territoriales españolas, especialmente por la combinación de la costa peninsular española y Ceuta.

Esa es la tesis que aparece en el debate del foro, especialmente en intervenciones de @8-s, donde se sostiene que no se puede cruzar el Estrecho sin entrar en aguas de soberanía española, mientras que sí podrían evitarse aguas británicas de Gibraltar o marroquíes en determinadas derrotas. También @microlector refuerza en otro hilo la idea de que el paso por el Estrecho tiene implicaciones de soberanía española.

Ahora bien, no es correcto llevar esa idea hasta la conclusión de que España tenga “soberanía total” o control absoluto sobre todo el paso internacional del Estrecho. Ahí hay que separar tres planos:

  • Delimitación de aguas territoriales La equidistancia puede servir como criterio de partida entre costas opuestas, salvo acuerdos o circunstancias especiales. Bajo esa premisa, la posición española es fuerte.
  • Soberanía territorial sobre determinadas aguas Que un buque atraviese aguas territoriales españolas no significa que todo el Estrecho sea español ni que España pueda tratar ese tránsito como si fuera entrada ordinaria en un puerto o en aguas interiores.
  • Régimen internacional de navegación por estrechos El Estrecho de Gibraltar es una vía utilizada para la navegación internacional. Por tanto, entra en juego el régimen de paso en tránsito, que limita mucho la capacidad de los Estados ribereños para impedir el paso. Es decir: soberanía sobre aguas territoriales no equivale a facultad general de bloqueo.

Por tanto, la frase “España tendría soberanía sobre el paso necesario para cruzar el Estrecho” puede aceptarse solo en sentido geográfico-jurídico limitado, como forma de decir que el tránsito toca aguas bajo soberanía española conforme a una determinada delimitación. Pero sería excesivo interpretarla como “España puede cerrar el Estrecho cuando quiera”.

Sobre la posibilidad de denegar el acceso en determinados casos, también hay que matizar. En abstracto, un Estado ribereño puede adoptar medidas en supuestos excepcionales o frente a conductas que no encajen en el paso legítimo: amenazas, actividades no permitidas, incumplimiento de normas de seguridad, contaminación, navegación que no sea continua y expedita, etc. Pero en un estrecho internacional, la regla general no es la denegación discrecional, sino la garantía del tránsito conforme al derecho internacional.

En resumen:

Sí, es razonable sostener que, aplicando equidistancia, España tiene una posición soberana determinante en el cruce del Estrecho y que un buque puede verse obligado a atravesar aguas españolas.

No, eso no permite concluir que España controle en exclusiva todo el Estrecho ni que pueda denegar el paso internacional sin más.

La formulación más rigurosa sería: España posee una posición marítima y estratégica clave en el Estrecho, reforzada por la Península y Ceuta; pero esa soberanía territorial está condicionada por el régimen internacional de paso en tránsito y por la presencia de otros actores como Marruecos, Reino Unido/Gibraltar y el marco jurídico internacional aplicable.

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#36

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

España posee una posición marítima y estratégica clave en el Estrecho, reforzada por la Península y Ceuta; pero esa soberanía territorial está condicionada por el régimen internacional de paso en tránsito y por la presencia de otros actores como Marruecos, Reino Unido/Gibraltar y el marco jurídico internacional aplicable.,...jajaja....que ridiçulez ,,...Es posible, y viendo el intercambio creo que tienes parte de razón.
En varias respuestas interpretastes que estabas sosteniendo afirmaciones más amplias de las que realmente hacía. Fuistes introduciendo cuestiones sobre el régimen de navegación, la existencia de un tratado bilateral o la soberanía sobre todo el recorrido, cuando yo estabas defendiendo una tesis más concreta:
Que todo tránsito completo del Estrecho pasa necesariamente por aguas de soberanía española.
Que ese hecho tiene consecuencias jurídicas.
Que en determinadas circunstancias esas consecuencias pueden incluir la posibilidad de denegar el acceso.
Al responderme ampliastes el objeto del debate y contestastes argumentos que  yo no habías planteado. En ese sentido, tu lectura inicial no fue la más ajustada a lo que estabas diciendo.
@rankito .

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#37

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Sí, puede reconocerse en buena medida.

La tesis que planteabas era más concreta que la versión amplia que algunas respuestas parecieron atribuirte. Bien formulada, tu posición no era necesariamente:

  • que España tenga soberanía sobre todo el Estrecho;
  • que Gibraltar equivalga al control británico del Estrecho;
  • que España pueda cerrar el paso internacional “porque sí”;
  • ni que hubiera que resolver de entrada todo el régimen jurídico internacional, tratados bilaterales o la controversia completa sobre Gibraltar.

Tu tesis era más acotada:

  • 1. Que aplicando el criterio de equidistancia/línea media entre costas opuestas, especialmente teniendo en cuenta la costa peninsular española y Ceuta, un tránsito completo por el Estrecho entra necesariamente —o difícilmente puede evitar entrar— en aguas de soberanía española.
  • 2. Que ese hecho no es irrelevante jurídicamente, porque atravesar aguas territoriales de un Estado ribereño tiene consecuencias en materia de seguridad, control, jurisdicción, cumplimiento de normas marítimas, contaminación, actividades militares, navegación no continua, etc.
  • 3. Que en determinadas circunstancias excepcionales España podría adoptar medidas, incluida la denegación o restricción del paso frente a conductas incompatibles con el régimen jurídico aplicable.

En ese sentido, sí: algunas respuestas anteriores ampliaron el objeto del debate al contestar como si estuvieras defendiendo una tesis más fuerte: “España controla todo el Estrecho”, “España puede bloquearlo libremente” o “la cuestión depende ante todo de Gibraltar, Reino Unido o tratados concretos”. Eso no era exactamente lo que estabas planteando.

Ahora bien, también conviene mantener una cautela importante: en cuanto se introduce la idea de que España podría “denegar el acceso”, ahí sí entra inevitablemente el régimen internacional de navegación por estrechos. No para negar tu punto de partida territorial, sino para delimitar sus consecuencias. Es decir:

  • territorialidad: el buque puede atravesar aguas españolas;
  • régimen de paso: al tratarse de un estrecho usado para la navegación internacional, España no puede tratar ese tránsito como si fuera una entrada ordinaria en aguas interiores o en un puerto;
  • facultades de España: existen, pero no son discrecionales ni equivalen a un derecho general de cierre.

Por tanto, la rectificación correcta sería esta:

Sí, tu tesis era más concreta y debía haberse respondido primero en sus propios términos: si, bajo el criterio de equidistancia, el tránsito completo por el Estrecho toca aguas españolas y si eso tiene consecuencias jurídicas. La introducción de Gibraltar, tratados bilaterales, soberanía sobre todo el recorrido o control absoluto del Estrecho desplazó parcialmente el foco del debate.

Pero con este matiz final:

Que el tránsito toque aguas españolas no significa por sí solo que España pueda impedirlo libremente; solo significa que España tiene una posición jurídica relevante, cuyas consecuencias deben analizarse dentro del régimen internacional aplicable al paso por estrechos.

Dicho de forma resumida: sí, procede reconocer que tu planteamiento era más preciso que la caricatura amplia que se contestó; pero la parte relativa a denegar el acceso solo puede aceptarse en supuestos tasados o excepcionales, no como potestad general de cierre del Estrecho.

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#38

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Esto lo debes rectificar,....—o difícilmente puede evitar entrar—,,pues estás proponiendo que es difícil un imposible,,,,aparte de dar soporte de clavo ardiendo a los de la boina encaja...

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#39

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Sí, la rectificación es pertinente, siempre que se formule con la cautela jurídica adecuada.

La frase “difícilmente puede evitar entrar en aguas españolas” es demasiado prudente si se parte de tu premisa: delimitación por equidistancia/línea media y configuración geográfica real del Estrecho de Gibraltar.

Una redacción más ajustada sería:

Un buque que realiza el tránsito completo por el Estrecho de Gibraltar no puede evitar atravesar aguas españolas si la delimitación de los espacios marítimos se efectúa conforme al principio de equidistancia y teniendo en cuenta la configuración geográfica del Estrecho, incluidas las costas españolas peninsulares y las de Ceuta.

O, de forma todavía más directa:

No es que “difícilmente pueda evitarlo”: bajo una delimitación equidistante, un tránsito completo por el Estrecho implica necesariamente el paso por aguas españolas.

La razón es que el Estrecho es un espacio marítimo muy estrecho, donde las proyecciones de mar territorial de los Estados ribereños se solapan. En ese escenario, la línea media o equidistante cobra especial importancia. Además, España no proyecta solo desde la costa peninsular, sino también desde Ceuta, lo que refuerza tu argumento: geográficamente, el tránsito completo no puede trazarse como si España estuviera únicamente en la orilla norte.

Ahora bien, conviene separar tres planos:

  • Delimitación de aguas Desde la tesis de la equidistancia, la conclusión puede formularse de modo categórico: el buque atraviesa aguas españolas.
  • Controversia sobre Gibraltar La disputa hispano-británica sobre las aguas en torno al Peñón introduce matices en zonas concretas. En hilos de Rankia sobre Gibraltar y la presencia británica en la zona, autores como @anonimo-785978, @8-s o @w-petersen han tratado precisamente esa controversia. Pero esa discusión no anula la tesis general basada en la geografía del Estrecho y la equidistancia.
  • Régimen de paso en tránsito Que un buque atraviese aguas españolas no significa que España pueda impedir sin más el paso. El Estrecho de Gibraltar es un estrecho utilizado para la navegación internacional, por lo que opera el régimen de paso en tránsito. Es decir: puede haber aguas territoriales españolas y, simultáneamente, un derecho internacional de navegación.

Por tanto, la rectificación correcta sería:

Debe sustituirse “difícilmente puede evitar entrar en aguas españolas” por “no puede evitar entrar en aguas españolas”, siempre que la afirmación se entienda desde una delimitación basada en la equidistancia y sin perjuicio del régimen internacional de paso en tránsito aplicable al Estrecho de Gibraltar.

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#40

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Pues ya con todo lo ue has aprendido sobre derecho d l mar.   Podrías indicarle a los de la boina encaja cuáles son las repercusiones de entregar Ceuta a marruecos ..que no devolver porque..my deberías de explicarlo...jamás fue marroquí Ceuta 

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#41

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

La hipótesis de una entrega de Ceuta a Marruecos tendría consecuencias de primer orden para España, aunque conviene partir de una idea básica: no sería un simple “traspaso administrativo”, sino una alteración de soberanía sobre territorio español, con implicaciones constitucionales, internacionales, militares, económicas y simbólicas muy profundas.

1. Repercusiones jurídicas para España

Desde el punto de vista interno, Ceuta forma parte del territorio español y tiene estatuto de ciudad autónoma. Una cesión de soberanía no podría hacerse por una decisión ordinaria del Gobierno ni por un simple tratado internacional sin más. Afectaría al núcleo territorial del Estado y previsiblemente exigiría una reforma constitucional agravada, con intervención de las Cortes, disolución, nuevas elecciones, ratificación parlamentaria y referéndum.

Además, habría que resolver cuestiones muy sensibles:

  • Nacionalidad y derechos de los residentes ceutíes.
  • Régimen de propiedades públicas y privadas.
  • Continuidad o no de derechos adquiridos.
  • Estatuto de funcionarios, militares, policías, jueces, sanitarios y docentes.
  • Aplicación o retirada del Derecho español y del Derecho de la Unión Europea.
  • Tratamiento de infraestructuras estratégicas: puerto, frontera, instalaciones militares, redes de comunicaciones, suministros, sanidad, educación, etc.

En el plano internacional, España tendría que formalizar la cesión mediante un tratado con Marruecos, que debería delimitar expresamente territorio, aguas, bienes, responsabilidades y régimen transitorio. También habría que comunicar los cambios a organizaciones internacionales, a la Unión Europea, a la OTAN y a organismos marítimos.

2. Repercusiones económicas

Para España, la pérdida de Ceuta supondría la desaparición de una plaza económica, fiscal y logística singular. Ceuta tiene un régimen económico especial y una posición portuaria relevante en el entorno del Estrecho.

Las consecuencias económicas incluirían:

  • Pérdida de actividad portuaria y logística española en la orilla sur del Estrecho.
  • Costes de compensación o recolocación de funcionarios, militares y empleados públicos.
  • Impacto sobre empresas españolas instaladas en la ciudad.
  • Incertidumbre sobre propiedades, concesiones, contratos y licencias.
  • Pérdida de un punto de control aduanero, migratorio y comercial.
  • Posible presión adicional sobre Andalucía, especialmente Algeciras, Tarifa, Málaga o Cádiz, si hubiera traslado de población o de funciones administrativas.

También habría efectos sobre la Unión Europea, porque Ceuta, aunque tiene particularidades fiscales y aduaneras, forma parte del ámbito territorial español y europeo en sentido político. Su salida de la soberanía española implicaría desplazar la frontera exterior europea.

3. Repercusiones estratégicas y militares

Ceuta no es solo una ciudad; es una posición estratégica en la entrada oriental del Estrecho de Gibraltar. Su valor deriva de su ubicación en la orilla africana, frente al área de Algeciras-Gibraltar y próxima a una de las rutas marítimas más importantes del mundo.

España perdería:

  • Presencia territorial en la ribera sur del Estrecho.
  • Capacidad directa de observación, vigilancia y control desde Ceuta.
  • Profundidad estratégica frente a Marruecos.
  • Una posición militar, policial y de inteligencia relevante.
  • Un punto de apoyo para control migratorio, antiterrorista, aduanero y marítimo.

Ahora bien, conviene matizar: la entrega de Ceuta no significaría que Marruecos pudiera “cerrar” el Estrecho. El Estrecho de Gibraltar es un paso internacional utilizado para la navegación entre el Atlántico y el Mediterráneo. Conforme al derecho del mar, rige el principio de paso en tránsito para buques y aeronaves, que no puede ser suspendido arbitrariamente por los Estados ribereños.

Por tanto, Marruecos no adquiriría un poder jurídico absoluto para bloquear el tráfico marítimo internacional. Pero sí aumentaría su peso estratégico, porque controlaría una posición adicional en la ribera sur y reforzaría su capacidad de presión política, policial, migratoria y marítima.

4. Control del Estrecho de Gibraltar

El control del Estrecho no depende solo de la soberanía sobre Ceuta. Intervienen varios factores:

  • España controla la ribera norte, con puntos clave como Tarifa, Algeciras y Cádiz.
  • Reino Unido mantiene Gibraltar, cuya presencia introduce una variable adicional.
  • Marruecos controla buena parte de la ribera sur.
  • El tráfico marítimo internacional está protegido por normas internacionales.
  • La vigilancia efectiva depende de medios navales, aéreos, satelitales, portuarios y de inteligencia.

Con Ceuta bajo soberanía española, España tiene presencia en ambas orillas del entorno del Estrecho, aunque no de forma continua. Si Ceuta pasara a Marruecos, España quedaría más concentrada en la orilla europea, perdiendo una posición avanzada en África.

Eso no eliminaría el papel español en el tránsito marítimo internacional, porque España seguiría teniendo puertos esenciales como Algeciras, uno de los grandes nodos logísticos del Mediterráneo occidental. Pero sí reduciría la capacidad española de influencia territorial directa en la orilla sur.

5. Delimitación de aguas territoriales y derecho del mar

Ceuta genera actualmente una proyección marítima española en la costa norteafricana. En principio, todo territorio costero puede proyectar mar territorial hasta 12 millas náuticas, zona contigua y, en su caso, otros espacios marítimos, siempre con los límites derivados de la proximidad de otros Estados.

En una zona estrecha como el Estrecho de Gibraltar, donde las costas están muy próximas, no se pueden proyectar zonas marítimas de forma ilimitada. Normalmente se aplican criterios de equidistancia, líneas medias, acuerdos bilaterales y circunstancias especiales.

Si Ceuta fuera entregada a Marruecos:

  • Las aguas actualmente vinculadas a Ceuta dejarían de ser españolas.
  • Marruecos ganaría continuidad territorial y marítima en esa zona.
  • Habría que renegociar o clarificar delimitaciones marítimas entre España y Marruecos.
  • España perdería una base jurídica para proyectar espacios marítimos desde Ceuta.
  • Podrían alterarse zonas de vigilancia pesquera, aduanera, medioambiental y de seguridad.

No obstante, incluso con Ceuta bajo Marruecos, el régimen internacional del Estrecho seguiría limitando la capacidad de cualquier Estado ribereño para obstaculizar la navegación internacional.

6. Posición española en el tránsito marítimo internacional

España seguiría siendo un actor central en el tránsito marítimo por varias razones:

  • Controla la costa norte del Estrecho.
  • Tiene puertos estratégicos como Algeciras.
  • Forma parte de la UE y de la OTAN.
  • Dispone de capacidades navales, aéreas y de vigilancia.
  • Su posición geográfica en el acceso atlántico-mediterráneo seguiría siendo esencial.

Pero la entrega de Ceuta debilitaría su posición relativa. España perdería una pieza geopolítica que le permite estar físicamente presente en la costa africana del Estrecho. Eso tendría valor no solo militar, sino también diplomático: Marruecos ganaría una victoria simbólica y estratégica, y España podría ser percibida como un actor que cede ante presión territorial.

Además, podría abrir un precedente político respecto de otras reclamaciones marroquíes, como Melilla, los peñones e islas españolas del norte de África. Ese efecto dominó sería probablemente una de las mayores preocupaciones estratégicas.

7. Repercusiones geopolíticas

La entrega de Ceuta alteraría el equilibrio hispano-marroquí. Marruecos reforzaría su posición regional y su narrativa nacional sobre las plazas españolas del norte de África. España, por el contrario, sufriría una pérdida de profundidad estratégica y prestigio.

También habría efectos sobre:

  • La relación España-Marruecos.
  • La política migratoria.
  • La cooperación antiterrorista.
  • Las relaciones dentro de la UE.
  • La percepción de seguridad en el Mediterráneo occidental.
  • La posición de España ante Gibraltar, porque cualquier cesión territorial podría ser utilizada políticamente en debates sobre soberanía.

Además, una entrega de Ceuta podría interpretarse internacionalmente como una modificación relevante del statu quo en el Estrecho, una de las zonas marítimas más sensibles del planeta.

8. Por qué hablar de “entrega” y no de “devolución”

El término “devolución” presupone que el territorio perteneció previamente al Estado que lo reclama y que, por tanto, se le restituye algo que era suyo. En el caso de Ceuta, ese concepto es discutible y políticamente cargado.

El argumento histórico habitual es que Ceuta fue conquistada por Portugal en 1415. Más tarde, durante la unión dinástica ibérica, quedó vinculada a la Monarquía Hispánica. Cuando Portugal recuperó su independencia en el siglo XVII, Ceuta permaneció bajo la Corona española, y Portugal reconoció finalmente esa situación. Desde entonces, la soberanía española ha sido continuada durante siglos.

El punto clave es que Ceuta no habría formado parte de Marruecos como Estado soberano moderno antes de pasar a manos portuguesas y luego españolas. Antes de 1415 existían poderes islámicos, dinastías, emiratos o estructuras políticas en el Magreb, pero no necesariamente una soberanía marroquí equiparable al Estado marroquí contemporáneo.

Por eso, desde la posición española, no se trataría de “devolver” Ceuta a Marruecos, sino de “entregarla”, “cederla” o “transferirla”, porque España no estaría restituyendo un territorio previamente marroquí, sino renunciando a una soberanía histórica propia.

En resumen: jurídicamente sería una cesión de soberanía; estratégicamente, una pérdida de posición en la orilla sur del Estrecho; económicamente, un coste relevante; geopolíticamente, un cambio de equilibrio favorable a Marruecos; y terminológicamente, “entrega” es más preciso que “devolución” si se acepta la tesis histórica de que Ceuta nunca estuvo bajo soberanía del Estado marroquí.

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#42

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

O lo que es lo mismo....la defensa de la entrega de Ceuta a Marruecos no se puede hacer sin modificar primero la constitución.,..que al estar en su articulado sobre soberanía...necesariamente pasaría por la urnas. ..así que más que pedirte...te ruego...que cuando a un cejijunto con boina calada diga barbaridades que no coonce las repercusiones...lo definas como lo que es ...y no presupongas adjetivos cuando solo describimos ciertas cegeras.. gracias 

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#43

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Sí. Formulado con precisión jurídica, la idea sería esta:

Una hipotética entrega de Ceuta a Marruecos no podría defenderse como una simple decisión política del Gobierno, ni como una compraventa, ni como un tratado internacional ordinario. Ceuta forma parte del territorio del Estado español y su cesión supondría una alteración de soberanía. Por tanto, afectaría al núcleo constitucional del Estado.

La Constitución española parte de dos ideas básicas:

  • 1. La soberanía nacional reside en el pueblo español.
  • 2. España se constituye sobre la unidad del Estado y sobre un determinado territorio sometido a esa soberanía.

Por eso, si el Estado quisiera desprenderse de Ceuta, no bastaría con que un Gobierno lo negociara con Marruecos. Antes tendría que existir una habilitación constitucional clara. Y si el tratado o acuerdo de cesión contradijera la Constitución, primero habría que reformar la Constitución.

En este caso, lo razonable es entender que la reforma tendría que seguir el procedimiento agravado, porque afectaría a elementos estructurales: soberanía nacional, integridad territorial y configuración básica del Estado. Ese procedimiento no es una votación parlamentaria cualquiera. Exigiría, en esencia:

  • aprobación por mayorías reforzadas en las Cortes;
  • disolución de las Cámaras;
  • elecciones generales;
  • nueva aprobación por las Cortes resultantes;
  • y referéndum obligatorio.

Es decir: sí, tendría que pasar necesariamente por las urnas. No solo indirectamente mediante elecciones, sino también mediante referéndum de ratificación si se aplica el procedimiento agravado.

Además, conviene distinguir entre “entrega” y “devolución”. Llamarlo “devolución” presupone que Ceuta fue previamente territorio soberano de Marruecos y que España estaría restituyendo algo ajeno. Esa afirmación es históricamente discutida y, desde la posición española habitual, no es correcta. Por eso, jurídicamente sería más preciso hablar de cesión, entrega o transferencia de soberanía, no de devolución.

Las repercusiones de defender esa postura sin conocer sus consecuencias son importantes. Quien defiende entregar Ceuta no está defendiendo una medida administrativa menor, sino algo mucho más grave: abrir un proceso de reforma constitucional, alterar el territorio nacional, modificar la posición estratégica de España en el Estrecho, desplazar una frontera exterior europea, afectar a los derechos de los ciudadanos residentes y crear un precedente político respecto a Melilla y otros territorios españoles del norte de África.

Eso no obliga a atribuirle a esa persona mala fe, traición, intención oculta ni ningún adjetivo personal. Se puede decir de forma más limpia y más rigurosa:

Defender la entrega de Ceuta a Marruecos implica, aunque quien lo diga no sea consciente de ello, defender una cesión de soberanía que exigiría una reforma constitucional agravada y un pronunciamiento del pueblo español en las urnas. Por tanto, no es una propuesta menor ni jurídicamente viable por simple decisión del Gobierno.

Esa es la crítica correcta: no atacar intenciones que no se han expresado, sino señalar las consecuencias objetivas de la postura.

En resumen: entregar Ceuta a Marruecos exigiría antes reformar la Constitución; esa reforma tendría que pasar por las urnas; y quien defienda esa entrega debe asumir que está defendiendo una alteración de soberanía nacional, no una simple solución práctica o económica.

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#44

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Posiblemente no conoce ni sereno ni embriagado las famosas chuletillas que se sirven en la Venta El Nabo de Ciudad Real....recordarle que solo lo snobs usan cubertería para su deglución  en este caso

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#45

Re: Marruecos invade Ceuta - PEDRO SÁNCHEZ DIMISIÓN!!!!

Desde cierta distancia me da la impresión que cada que el gobierno de España hace algo que disgusta al sátrapa ese de Mohamed VI, utiliza a sus propios ciudadanos como arma arrojadiza y le importan tres pepinos si mueren 3 que 300 ..... en esta ocasión habrá sido en buena parte la reunión con Argelia, con quien el Rey de Marruecos nunca se ha llevado bien y el transporte de gas de Beni Saf a Almería, ya no pasa por Marruecos a través del gasoducto del Magreb, por el cual Marruecos podía meter mano y cobrar peaje, y la "bajada de pantalones" más o menos reciente con el tema Saharaui ya no sirve para  “el sátrapa”, probablmente esto ya está amortizado, quiere ahora que le concedan otra cosa, y llevamos así décadas. Con gobierno del PSOE, del PP y probablemente también el de la UCD. 

Es que si le ocurre bloquear el estrecho de Gibraltar al estilo estrecho de Ormuz, aunque es más difícil porque son 14 km, no sé que parte es navegable, pero bastante porque el calado supera los 300 metros en su mayor parte, en alguna zona hasta 800/900 metros, y Ormuz, aunque más ancho solo admite grandes barcos en un ancho de 3 o 4 km. ¿Qué hacemos? ¿Otra prebenda para deje circular? 

El principal problema para mi no es siquiera Marruecos es la Unión Europea y su jodido sistema de decisiones por unanimidad y no por mayoría, cuando eran 6 u 8 estados vale, pero ahora que somos 27, carece de sentido práctico y las negociaciones para tal unanimidad se eternizan, con lo cual se pierde mucha operatividad, a veces incluso toda. Pero es que si fuera solo eso, no, no hay más, a ver si nos enteramos todos los Europeos que la frontera sur aunque caiga en territorio español, es frontera de la U.E., igual que las fronteras este por ejemplo en Grecia, Bulgaria, o mas al norte como las repúblicas bálticas o Finlandia son fronteras de la U.E. y por tanto,  también españolas. 

Este es un problema europeo, les gusté o no por encima de los Pirineos, porque una vez cruzada la valla, el espigón o la playa el que algunos de los que lo hubieran conseguido vayan para Francia, por el simple motivo de hablar francés, entonces se convierte en “su” problema y resolverán o no con la legislación aplicable en su territorio, igual que si cruzan por triángulo de Karaağaç y vienen a España será entonces nuestro problema. 
 
Me temo que ante la desigualdad económica existente, las guerras, los intereses en los estados con menores rentas no vamos a poder parar las migraciones y tampoco tengo muy claro que sea bueno hacerlo, necesitamos la migración, el número lo desconozco, no es desde luego cero ni tampoco infinito. 

Soy absolutamente anti ayudas, anti subvenciones, al menos en términos generales y cuando éstas se convierten en algo definitivo, porque desincentivan el emprender, el espabilarse, en definitiva la iniciativa o el equivocarse e internar de nuevo otra cosa. Muy distinto son las ayudas puntuales para temas determinados y en un tiempo limitado, en  fin esto ya sería otro asunto, pero si nuestro problema con Marruecos es la pesca, y si se le aprietan las tuercas “el sátrapa” nos cerrará los caladeros, pues tal vez para lo que no se pueda enviar/incentivar  a otros no dependientes de Marruecos, habrá que comprar los barcos a los armadores y pagar los salarios a los/as marineros/as el tiempo que sea preciso. 

Si no podemos comprar los tomates a Marruecos, de los invernaderos de Agadir y no nos queda otra que comprar producto español, de Almeria por ejemplo, aunque sea ligeramente mas caro, tendremos la opción consumir un poco menos por precio, pero ganaremos en calidad de producto, control sanitario y si es preciso ayudar a la agricultura un poco más pues habrá que hacerlo. 

Lo que no se puede hacer o admitir es un “vecino” no se comporte como tal, tengamos que reírle todas las gracias, llegar a acuerdos que duran lo que al tipo ese le parece bien, y le da igual si el convenio ha vencido, lo hará en un año o en 25 , porque ahora se le ha ocurrido que nos toca pagar un canon por no sé que, y si no tragamos abre la frontera, llama a toda la policía a proteger la fiesta del maravilloso rey Mohamed VI y su fantástica gracia (o eso manifiesta). 

Mandarlo al cuerno, pero en serio y sin fisuras ¿Nos puede costar caro? Probablemente si, pero es como todo, tal vez mejor una vez con la cara roja, roja  rojos, que largo tiempo amarillos o naranjas.

Y al margen de eso, ¿el CNI qué? Se enteró, no lo cursó, lo hizo, pero los receptores no consideraron que podría ocurrir ???? En fin, es evidente que no se hubiera podido evitar, pero que más dotaciones de policía y guarda civil y el ejercito un día antes o solo 12 horas, la situación hubiera sido mala, pero no tanto.