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Seguimiento y opiniones de Trade Republic

5,33K respuestas
Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Seguimiento y opiniones de Trade Republic

CÓDIGO AMIGO

Trade Republic remunera tu efectivo al 3,04% TAE, con intereses pagados mensualmente y liquidez inmediata.

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#5386

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenos días, 

Pues leyendo despacio la respuesta vinculante respecto a los valores (no al efectivo) yo entiendo que, salvo opinión de persona mejor informada, si superan 50k y los valores no son españoles SI HAY QUE HACER EL 720.

TR tiene los valores depositados en el país emisor de los mismos, no en una entidad española, eso se desprende de la lectura tanto de la respuesta vinculante como del contrato con TR.

Se está hablando de

Trade Republic
  • Cuenta remunerada al 3,04% TAE. Además, incluye licencia bancaria otorgada por el BCE e IBAN español
  • Más de 11.500 acciones y ETFs de mercados mundiales y hasta 3.500 planes de inversión desde 1€
  • Atención al cliente telefónica 24/7 con equipo humano
#5387

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenos días.

Lo revisaré, pero desde TR ya dijeron que no. Una pesadilla .... Yo de todos modos lo incorporaré en el modelo 720 de alguna manera.

Ahora bien, el consultante tenía un IBAN alemán que pasó a ser español, así que tampoco es lo mismo que tener IBAN español desde el principio, pero, lo dicho, lo revisaré a fondo.
El consultante, persona física residente fiscal en España, es cliente de una entidad de crédito establecida en Alemania, con la que tiene contratadas una cuenta de valores y una cuenta de efectivo que tenía IBAN alemán. En junio de 2025, la citada entidad de crédito migró la cuenta de efectivo del consultante a un IBAN español, quedando desde entonces dicha cuenta asociada a una entidad financiera radicada en España. El consultante no indica si ya presentó la declaración informativa en ejercicios anteriores.
#5388

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenos días, 

Si no superas 50k en valores extranjeros no tienes que preocuparte.
#5389

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

No supero ni los 1000€, pero daba este asunto por cerrado y aclarado, ya lo dijo en country manager de Trade Republic, se pasó documentación y enlaces por estos foros. 

"Por otra parte, al pasar a llevarse a cabo, tras la referida migración al código IBAN español, todos los servicios relacionados con la gestión de la cuenta bancaria, por la sucursal en España de la entidad de crédito alemana, dicha sucursal será la obligada a suministrar a la Administración tributaria, a partir de la migración, la información sobre la referida cuenta, mediante la presentación del correspondiente modelo informativo, en los términos establecidos en el artículo 37 del RGAT.
En consecuencia, a partir de la citada migración, la cuenta bancaria deberá entenderse situada en España y, por tanto, no sujeta a la obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras situadas en el extranjero a que se refiere el artículo 42 bis del RGAT ....
CUARTO. Sobre la obligación de información de los valores.

En relación con la obligación de información que atañe a los valores de los que el consultante es titular,
en el documento relativo al “Contrato con el cliente” se indica en el Anexo 1, apartado III.1.1, sobre las características principales del contrato marco:

"Los servicios financieros que (la entidad de crédito alemana) ofrece en virtud del Contrato Marco incluyen la negociación de instrumentos financieros a través de operaciones por cuenta ajena (…) y operaciones por cuenta propia, así como la custodia y administración de instrumentos financieros en la Cuenta de Valores que (la entidad de crédito alemana) abre a nombre del Cliente.
"(…) Custodia y administración de instrumentos financieros por cuenta de los clientes: esta actividad permite a (la entidad de crédito alemana) actuar como agente de pago de impuestos locales. Los Anexos 4 y 5 contienen las disposiciones pertinentes para que esta actividad se lleve a cabo a través de la Sucursal en España. (…)"
Ahora bien, como estamos hablando de una cuenta que ha pasado de tener IBAN alemán a tenerlo español, hay que tomar algunas precauciones. No es mi caso, pero quizá interese a otros rankianos.

En base a lo expuesto en estas cláusulas contractuales, si del proceso de migración llevado a cabo por la entidad de crédito alemana para los clientes españoles se concluyese que los valores que eventualmente tuviera el consultante depositados en la cuenta de valores abierta en la entidad de crédito alemana pasasen a estar depositados en cuenta de valores a nombre del consultante en la sucursal de dicha entidad abierta en territorio español, el consultante no tendría por tales valores la obligación de presentar la declaración informativa a la que se alude, por no entenderse depositados en el extranjero, sin perjuicio del matiz que se expondrá al término de esta contestación.
Si, por el contrario, la sucursal española mantuviera depositados los valores en cuenta abierta a nombre del propio consultante, de manera que dicha sucursal fuera quien llevara el registro que acredita la titularidad del consultante sobre los valores, no cabrá considerar, a efectos de la obligación informativa establecida en el artículo 42 ter del RGAT, que tales valores se encuentran situados en el extranjero, por lo que el consultante no tendría que incluirlos en el modelo 720, ....
Ese es mi caso y el de los rankianos con cuenta con IBAN español desde el principio. Así lo dijo el country manager de Trade Republic, así lo entiendo. ¿Por qué me lo dices?  Non capisco .... Pasé el enlace porque paso todo lo ue encuentro, porque nunca se sabe, pero creí que ya se había discutido este asunto y todo el mundo lo tenía claro. ¿¿¿¿¿ ?????     (8-(
#5390

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

 Todo bien, menos el servicio de atención al cliente, que es como hablar con un bot que da respuestas aleatorias: no tienen ningún conocimiento ni capacidad resolutiva. 
#5391

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenos días,

Por lo que se deduce de la respuesta vinculante y del contrato, los valores no están depositados en la cuenta española, se depositan en cuentas del país de origen de los valores.

Lo que dice el Country Manager está muy bien:

si del proceso de migración llevado a cabo por la entidad de crédito alemana para los clientes españoles se concluyese que los valores que eventualmente tuviera el consultante depositados en la cuenta de valores abierta en la entidad de crédito alemana pasasen a estar depositados en cuenta de valores a nombre del consultante en la sucursal de dicha entidad abierta en territorio español, 

Fijate que es un condicional "Si"

 Si, por el contrario, la sucursal española mantuviera depositados los valores en cuenta abierta a nombre del propio consultante, de manera que dicha sucursal fuera quien llevara el registro que acredita la titularidad del consultante sobre los valores,

Otro condicional "Si"


De la consulta vinculante:

 
No obstante, en el Anexo 5 se detallan las obligaciones de custodia y se distingue entre los valores adquiridos en Alemania o fuera. En el caso de valores extranjeros se señala en el apartado XIII que "se custodiarán, por norma general, en el mercado de origen del valor correspondiente o en el país en el que se haya realizado la adquisición. El país en el que se encuentren depositados los valores podrá consultarse en el extracto de valores correspondiente que (la entidad de crédito alemana) pone a disposición del Cliente". Se añade que "podrá contratar a un depositario, nacional o extranjero, o encomendar esta tarea a una de sus sucursales extranjeras" y que "(la entidad de crédito alemana), actuando con la debida diligencia y en defensa de los intereses del Cliente, le conferirá la propiedad o copropiedad de los valores, o bien otro derecho equivalente conforme al uso del país de custodia, y mantendrá dicha titularidad en régimen fiduciario a favor del Cliente. Para ello, se emitirá un abono en la Cuenta de Valores del Cliente (…) en el que se indicará el país extranjero en el que se encuentran depositados los valores (denominado país de depósito)."

Por otra parte, en el apartado A.II.1 del Anexo 11 antes mencionado, referido a las actividades y servicios prestados a través de la sucursal en España, se recoge lo siguiente:

"(…) Custodia y administración de instrumentos financieros por cuenta de los clientes: esta actividad permite a (la entidad de crédito alemana) actuar como agente de pago de impuestos locales. Los Anexos 4 y 5 contienen las disposiciones pertinentes para que esta actividad se lleve a cabo a través de la Sucursal en España. (…)"

En base a lo expuesto en estas cláusulas contractuales, si del proceso de migración llevado a cabo por la entidad de crédito alemana para los clientes españoles se concluyese que los valores que eventualmente tuviera el consultante depositados en la cuenta de valores abierta en la entidad de crédito alemana pasasen a estar depositados en cuenta de valores a nombre del consultante en la sucursal de dicha entidad abierta en territorio español, el consultante no tendría por tales valores la obligación de presentar la declaración informativa a la que se alude, por no entenderse depositados en el extranjero, sin perjuicio del matiz que se expondrá al término de esta contestación.

La pregunta es ¿donde están depositados los valores? ¿Cual es el número de esa cuenta? Yo no lo veo.

Bien es verdad que para el efectivo, que esta depositado en una cuenta francesa, no tengo que hacer el 720, cabría pensar lo mismo para los valores.

Resumen, las respuestas vinculantes se especializan en no dejar claro para una persona de intelecto normal cuál es la interpretación de la respuesta.

 
#5392

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Para los que hemos hecho el alta con TR últimamente, o sea, con Iban español y a riesgo de equivocarme, se podría llevar a cabo, quien tenga acciones y/o etfs, vender una mínima cantidad con alguna ganancia para ver si sale en los datos fiscales de la próxima campaña del IRPF.
Yo he empezado a hacerme una cartera de etf pero voy ingresando poco por lo que si el limite son 50k no se cuantos años tardaré.
#5393

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Tengo que salir, luego leo tu post 🏃🏃🏃
#5394

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenas tardes.

Custodia y administración de instrumentos financieros por cuenta de los clientes: esta actividad permite a (la entidad de crédito alemana) actuar como agente de pago de impuestos locales. Los Anexos 4 y 5 contienen las disposiciones pertinentes para que esta actividad se lleve a cabo a través de la Sucursal en España. (…)"
Todo esto ya lo discutimos en su día en detalle. Enlace abajo. Algo antes y después de ese debate tienes más posts sobre el tema.


En particular destaco un post de @charly17 donde avisa, el 18_marzo_2026 de que los datos fiscales están disponibles:


@Javipuch, a quien deseo que haya resuelto todos sus problemas, le respondió que en los datos fiscales no sólo aparecía los intereses de la cuenta remunerada, sino también sus operaciones con bonos rumanos, realizadas a través de Trade Republic. Puedes pinchar abajo.

Otros rankianos, como @jmraja, confirmaron que no sólo los intereses de la cuenta remunerada estaban en los datos fiscales, sino las ganancias obtenidas con su operativa bursátil.

Ha salido un día antes de lo esperado. 
Me salen todos los intereses y las ventas de acciones desde Octubre de 2025. 
En las acciones el importe de venta sale sin el euro de comisión (sale en bruto) pero el Rendimiento (Beneficio neto) sale correcto (en neto).
Los intereses reportados a Hacienda incluyen los cobrados en Enero de 2026, luego aplican la doctrina de fecha imputable (Diciembre 2025) y no el de fecha cobrada (Enero 2026). Me apunto el detalle.
Ya me quedo convencido que no hay que hacer el 720 para las acciones (99,9%, jjj)
¿Qué más se puede pedir? @xavierve se expresó en el mismo sentido:
Gracias! Sí, con mucha alegría veo los datos -y pienso que me he quitado de encima parte de la faena-
Hacienda quiere saber y quiere su parte, pero no creo que la AEAT disfrute especialmente con que la información le llegue por duplicado. Voy a mirar una cosa ...

#5395

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Termino de responderte. La cuenta donde aparece mi compra de bonos franceses es la cuenta con IBAN español. Si solicito un extracto de cuenta puedo descargar un pdf con las operaciones de valores y los movimientos de la cuenta, transferencias y abonos, así como pago de intereses.




Para obtenerlo voy a Perfil y allí busco el apartado de extractos y certificados, creo que van juntos. No hay una cuenta específica de valores, después de todo TR es un bróker.
Así aparece la compra de bonos, OATs franceses.

  • Cuando me abonen el cupón ya informaré de todos los detalles en este hilo.

Y en su sitio aparece el tipo de cuenta o depósito que tenemos en Credit Agricole. Eso es más que lo que nos cuenta Raisin.

Sólo estoy aquí desde hace poco, pero la única diferencia con comprar acciones a través de la cuenta de un intermediario bancario como Santander, es que sólo veo una cuenta, no hay una cuenta corriente y otra de valores. 

Saludos.
#5397

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenas tardes. 

Que el dinero entra y sale de Credit Agricole está claro, pero la pregunta es ¿quien es el depositario de fondos, bonos y/o valores?

Está muy claro que lo declaran en el IRPF, al menos yo lo creo así pero ¿eso tiene que ver con el 720?, DB por ejemplo te hace retención en los depos de su plataforma pero hay que declararlos en el 720.

En fin, yo estoy tranquilo porque no llego a los 50k, y me quite valores alemanes e italianos en los que, por mucho que se declararan en el IRPF, me hacían retención en origen superior a lo marcado en los convenios de doble imposición, por lo que se quedaban con dinero que era casi imposible recuperar.

Ahora todo de acumulación y nada de distribución de dividendos.

#5398

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

En valores, como dije, tengo poquísimo pero en la cuenta si paso de 50k. ¿Tendría que preocuparme entonces por el dichoso 720?. ¿Hasta que día toman como referencia en la cuenta esa cifra superior para poder aligerarla antes?
#5399

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenas tardes, 

No, no tienes que preocuparte de nada, la cuenta tiene IBAN ES, no tienes que hacer el 720.

#5400

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

DB por ejemplo te hace retención en los depos de su plataforma pero hay que declararlos en el 720.

El asunto no es si hace o no retención, el asunto, hasta donde puedo ver o conozco, es si la entidad informa a la AEAT a través del modelo 189, creo que es ese modelo, bueno, el número que sea, el 18.....

GTP me dice lo mismo: se trata de que la entidad informe a la AEAT a tiempo y está claro que Trade Republic sí lo hace porque los rankianos de este hilo encontraron la información es sus datos fiscales.

Sí: tu razonamiento es correcto para las acciones/ETF que tienes depositados en Trade Republic a través de su sucursal española, con un matiz importante: no es el IBAN español, por sí solo, lo que determina la exoneración del 720, sino que los valores estén depositados en una entidad establecida en España que esté obligada a informar a Hacienda.

La propia Agencia Tributaria lo dice expresamente: las acciones de sociedades extranjeras depositadas en establecimientos de entidades depositarias situados en España no tienen que incluirse en el modelo 720, siempre que la entidad depositaria esté obligada a proporcionar a Hacienda la información sobre sus titulares. La AEAT extiende el criterio a otros valores mobiliarios depositados en entidades residentes. 
Si tienes una cuenta de Trade Republic correspondiente a su sucursal española, con IBAN español, y tus acciones/ETF están custodiados por esa sucursal española, no tienes que presentar el modelo 720 por esos valores, aunque las acciones sean de empresas extranjeras.

La clave no es que las acciones sean extranjeras, sino dónde están depositadas/custodiadas. La propia AEAT establece una exoneración para valores extranjeros depositados en una entidad constituida o establecida en España que esté obligada a informar sobre ellos.

Trade Republic confirma, además, que su sucursal española presta el servicio de custodia de los instrumentos financieros y que, para sus clientes con IBAN español, no existe Modelo 720.

Lo de abajo lo dice la IA de Google.
No, Deutsche Bank España no presenta información directa a la AEAT sobre los depósitos contratados en otros bancos extranjeros a través de su plataforma Deposit Market DB. La contratación se realiza de forma directa entre el cliente y la entidad de crédito extranjera de la Unión Europea. [1]
🏦 ¿Por qué Deutsche Bank no informa en su "Deposit Market"?
  • El contrato es con el extranjero: Cuando contratas un depósito europeo desde la plataforma de Deutsche Bank, el dinero viaja a un banco en el extranjero (por ejemplo, en Italia, Francia o Lituania). Tu contrato de depósito no es con Deutsche Bank España, sino con el banco de destino. 
  • Deutsche Bank es solo un intermediario: Deutsche Bank solo pone la infraestructura tecnológica y tramita el envío del dinero. Al no ser la entidad que custodia el depósito ni la que genera el rendimiento, no tiene la potestad legal ni la obligación de declarar ese saldo o interés a la AEAT en tu nombre. 
Hasta donde yo sé por la prensa alemana, allí, en Alemania, es muy común que algunas cajas y bancos proporcionen enlaces a depósitos de otros bancos o incluso a la propia Raisin, en particular en la época de los intereses negativos o nulos esta solución se extendió entre los bancos alemanes, así que, supongo (es cosa mía) que aquí DB actúa al modo Raisin. Insisto en que yo no conozco directamente el caso Deutsche Bank, pero si miras los posts de marzo de este foro @monillo dejó consultas sobre el tema por algún sitio.

Lo siento, pero hoy estoy muy cansada y es tarde. Si puedo hacer algo respecto a esta duda me lo dices mañana.

Muy buenas noches.