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Seguimiento y opiniones de Trade Republic

5,33K respuestas
Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Seguimiento y opiniones de Trade Republic

CÓDIGO AMIGO

Trade Republic remunera tu efectivo al 3,04% TAE, con intereses pagados mensualmente y liquidez inmediata.

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#5401

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenos días, 

Nunca contraté un depo vía DB, pero si hacen retención supuse que informaban a hacienda e ingresaban la retención.

A ver si va a ser que la ingresan en el pais del depo, sin tener en cuenta ni convenios de doble imposición ni nada.

En fin, otro arcano.

Se está hablando de

Trade Republic
  • Cuenta remunerada al 3,04% TAE. Además, incluye licencia bancaria otorgada por el BCE e IBAN español
  • Más de 11.500 acciones y ETFs de mercados mundiales y hasta 3.500 planes de inversión desde 1€
  • Atención al cliente telefónica 24/7 con equipo humano
#5402

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenos días.

Yo también lo pensaba, no sabía eso que dices de DB, y es lógico. Me marcho corriendo que aquí ha refrescado y tengo mucho que hacer.

Ciao🏃🏃🏃
#5403

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenos días.

Te dije una cosa mal el otro día, CORRIJO ERROR. Merodeando por la app de Trade Republic, en el apartado de descarga de certificados, he bajado un pdf denominado como ves abajo y donde aparece el número de una cuenta de valores, pero sólo con 10 cifras.



  • Esa es mi cuenta de valores, pues más abajo dice, en referencia a la cta. con dicha numeración Extracto de los valores de Renta Fija ....

Allí aparece el dinero en efectivo y mi miserable inversión en OATS franceses. Aunque han sido adquiridos a través de Lang & Schwarz, como parece ser el caso de los bonos, al menos de los europeos, creo ¿?, pues están custodiados en Francia.


Perdona la tontería que dije, es que tenía que haber revisado todos los certificados disponibles a día de hoy. En cualquier caso, en la documentación ofrecida tenemos el país de custodia de los valores y el número de cuenta especificados.

Me da igual declararlos o incorporar una aclaración en el 720, de todos modos obligación de presentar con menos de 1000€ en el bloque de valores o activos no tengo.

Muy buen fin de semana.
#5405

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Si no te ha gustado la respuesta de la DGT, puede que la de ChatGTP te guste menos.

He tenido que corregir a la chiquilla o el chiquillo varias veces y ha terminado soltando lo de abajo. Yo creo no hay que declararlo en el 720 (en mi caso), pero adjuntaré una aclaración y el pdf.

Sí. Creo que tu razonamiento es básicamente correcto, y ahora que hemos puesto todas las piezas juntas, matizaría aún más lo que te dije antes.

Hay un antecedente de la propia doctrina de la DGT que me parece especialmente importante. En la consulta V1009-13, la DGT sostuvo que cuando los valores están depositados en establecimientos de entidades depositarias situados en España, no existe obligación de incluirlos en el 720, precisamente porque la entidad depositaria ya informa de ellos mediante el modelo 189. .....

Tu pregunta de "¿para qué demonios quiere la AEAT que le cuenten lo mismo dos cosas?" tiene una respuesta bastante sencilla: en principio, no quiere que el mismo valor depositado en España se informe dos veces.

El 189 y el 720 tienen sujetos y finalidades diferentes:

Modelo 189: lo presenta la entidad obligada y comunica a la AEAT los valores de sus clientes. La normativa exige, entre otras cosas, identificar al titular, el número/clase de valores y su valoración.
....
Modelo 720: lo presenta el contribuyente respecto de bienes y derechos situados en el extranjero.
.......
Por eso, si tu posición está realmente en una cuenta de valores española, el hecho de que TR comunique esos OAT a la AEAT mediante el 189 es precisamente lo que cabe esperar. No sería una duplicidad que Hacienda necesite; es el mecanismo alternativo de información.
Señorrrr ......¡¡¡!!!
El criterio resumido de V5016-26 dice:

si la sucursal española mantiene depositados los valores en una cuenta abierta a nombre del cliente y se encarga del registro que acredita su titularidad, están depositados en España.

En cambio, si tus valores están registrados a tu nombre en la entidad extranjera matriz o en otra entidad depositaria extranjera, entonces sí están depositados en el extranjero.

Y eso me lleva a una distinción que creo que puede resolver tu aparente contradicción:

"País de custodia: Francia" no necesariamente equivale a "depósito a efectos del 720: Francia"

Puede que Trade Republic esté utilizando "país de custodia" para referirse al depositario último de la cadena de custodia del OAT.

Eso es perfectamente plausible con un bono francés:
TR puede tener tu posición individualizada en su sistema, mantener una cuenta ómnibus con un depositario extranjero y que el sistema identifique Francia como mercado/país del custodio último.

Pero eso no demuestra necesariamente que tú tengas una cuenta de valores francesa ni que la entidad extranjera sea quien lleva el registro jurídico de tu titularidad.
Pues claro que no, hija, claro que no ¡¡¡!!!
Y precisamente por eso me parece que la información que tú das es muy significativa:

"los OAT aparecen en una cuenta de valores que, según indica TR, es mía"

Si esa cuenta de valores está efectivamente abierta y mantenida por Trade Republic España, y TR lleva el registro individualizado de que tú eres titular de esos valores, entonces estamos muy cerca del supuesto exacto de V5016-26.
.............
Mi opinión, a día de hoy:
si puedes confirmar que la cuenta de valores en la que aparece el OAT es una cuenta de valores de la sucursal española y que TR España es quien mantiene el registro de tu titularidad, yo no lo incluiría en el 720, pese a que el informe diga "País de custodia: Francia". Esa mención la interpretaría como una referencia al custodio último, no necesariamente como la localización del depósito relevante para el artículo 42 ter.

Y, si quieres dejarlo blindado, una consulta escrita a Trade Republic con una pregunta muy concreta sería muchísimo más útil que añadir el OAT al 720: no preguntar "¿dónde está mi bono?", ......

Las chiquillas estas son una pesadilla, la "lumbrera artificial" me tiene hasta el moño. Niñas pedantes, repipis, grrrrr.


Le echo la bronca a la criatura y me dice lo siguiente:

La AEAT dice expresamente que, respecto de acciones de sociedades extranjeras depositadas en una entidad constituida o establecida en España, no existe obligación de informar en el 720, siempre que esa entidad depositaria esté obligada a informar a Hacienda sobre el titular de los valores conforme al artículo 39.1. Y añade expresamente que el criterio se extiende a cualquier valor mobiliario, incluidos los valores representativos de la cesión de capitales propios negociados en mercados organizados. 


Me desenchufo ya. Lo dicho, muy buen fin de semana a todos.
#5407

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenas tardes, 

¿Sabes lo que te digo? yo no llego a los 50k, así que les den por saco a las interpretaciones, somos personas normales, no juristas que debemos interpretar cuestiones complejas.

A la DGT mientras sus explicaciones a las consultas vinculantes sean tan enrevesadas que una persona normal, que entiende perfectamente el español e incluso es licenciado universitario de los de antes, es decir, que no es analfabeto funcional, tenga que hacer una pléyade de consultas e interpretaciones para tratar de enterarse, ya sabes por donde le pueden ir dando.

Dejo el tema, porque me pone del hígado.


#5408

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

😺😺😺 A mi me pone de los niervossssss 😾

No hay que declararlo, yo, porque soy una neurótica, les pondré una notita, dicho de forma elegante, un asiento registral. Eso porque soy una loca y una maniática, pero la gente normal no.

A la chiquilla, a GTP, también me la han puesto muy niervosssssa. En la web de la AEAT son claros, el párrafo de las capturas del post anterior.

Dile a tu hígado que lo olvide todo. Yo, la verdad, no tengo sentido del humor fiscal, nada 😾

No te comas la neurona que no hay problema. 

Buen fin de semana🌞🌞🌞
#5409

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Yo tenía IBAN alemán y ahora tengo IBAN español.

El informe fiscal del Trade Republic, descargado para la declaración de IRPF 2025, deja claro la no obligatoriedad de presentación del modelo 720/721.
#5410

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Trade Republic incorpora el producto de ahorro «Livret A» en Francia y amplía su oferta con una cuenta corriente y un plan de ahorro PEA.

Un PEA es un plan de ahorro en acciones con ciertas ventajas fiscales (Plan d'Épargne en Actions).
Lo más importante en pocas palabras (en Francia sólo).
  • Livret A con un interés del 1,7 %
  • Cuenta corriente gratuita con IBAN francés
  • Se ha introducido un plan de ahorro PEA sin comisiones
  • Canal de distribución propio desde julio de 2026
........
La transformación de un neobroker especializado a una
plataforma bancaria integral parece acelerarse gracias a la colaboración con socios consolidados como AXA Banque. Para los inversores y los analistas del mercado, sigue siendo fundamental la eficiencia con la que Trade Republic pueda ampliar estas nuevas líneas de negocio en un entorno tan competitivo como el mercado bancario francés.
No traduzco más porque es sólo una curiosidad para saber cómo andan en el país vecino.

Muy buen día a todos.
#5411

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Claro que sí, es un asunto cerrado desde hace meses y que aquí discutimos en su momento. Gracias por tu aportación. Saludos.
#5412

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenos días, 

Eso aquí no se va a dar, la livret A francesa tiene la gran ventaja que hasta un límite de saldo no paga IRPF, los intereses y el funcionamiento están regulados por el estado francés.

#5413

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic


.......  la obligación del intermediario, sea un banco —como el Santander, el BBVA, CaixaBank, el Sabadell, Bankinter o Unicaja— o alguno de los más de 100 brókeres registrados en España, es obtener el mejor resultado posible. Las acciones pueden cotizar a 25 euros en una plataforma y a 24,9 euros en otra. Es decir, el mejor precio se lograría en esta última. Y viceversa en caso de que el cliente venda. La nueva regulación, aprobada en abril y aplicable en menos de 18 meses —a partir de febrero de 2028—, obliga a los intermediarios a seleccionar mejor los centros de ejecución y a evaluar con más profundidad la calidad real de las compraventas en los mercados efectuadas para sus clientes.

Alejandra del Olmo, ....., explica que “la principal novedad es que la adaptación no se limitará a una revisión meramente documental de las políticas de mejor ejecución, sino que irá mucho más allá,
obligando a las entidades a revisar en profundidad sus metodologías de mejor ejecución y, en muchos casos, también las herramientas tecnológicas asociadas”. La experta señala que las entidades más afectadas serán aquellas que no acceden directamente a los mercados .....

....... A partir de 2007, las posibilidades se ampliaron, salvo en la
renta fija y los derivados, donde la negociación continuó siendo esencialmente bilateral, telefónica y opaca.
.........

La mala noticia es que esas exigencias de transparencia nunca surtieron efectos reales. .....

La carga de la prueba recaerá en el propio intermediario, que debe reforzar y documentar su política interna de ejecución. Deberá contar con un registro detallado de cada centro y habrá de explicar qué mecanismos y proveedores de datos emplea para validar que las operaciones fuera de mercado (OTC, en el argot) se ejecutan a un precio justo. En caso de que emplee un único centro de negociación, deberá argumentar por qué así garantiza el mejor precio y confrontar esa explicación con alternativas disponibles. Este punto será clave, puesto que una parte no menor de los intermediarios minoristas ejecuta todo el volumen o una parte significativa en una única plataforma, ya sea por comodidad o por acuerdos comerciales.

Sofía Antón, directora de la sociedad de valores Auriga Global Investors, explica que en la parte de
renta variable se les va a exigir más documentación, entre la que destaca la explicación sobre por qué eligen determinados centros de ejecución. Respecto a la renta fija, uno de los aspectos cruciales de la nueva regulación y en la que las anteriores normas no habían conseguido avances significativos, Antón señala que están en plena revisión de los procesos, porque las operaciones OTC les requerirán más justificación. El intermediario deberá dar cumplida cuenta de cómo ha efectuado las operaciones, al tener el deber de evaluar la eficacia de la política al menos una vez al año.

El reiterado énfasis de la Unión Europea en lograr que se ofrezca la mejor ejecución responde a varios factores
. La ejecución esconde el conflicto de intereses más difícil de ver, como ocurre con las comisiones ocultas o los incentivos. .... El mantra de atraer el ahorro para que el dinero se quede en Europa en lugar de marcharse a Estados Unidos también es clave, y este punto es fundamental para construir la confianza.

......
“Para los inversores, esto debería traducirse en mejores estándares de ejecución, una mayor transparencia y una mayor capacidad para evaluar la calidad del servicio que reciben de sus intermediarios”, apunta...........

Algunos sostienen que el esfuerzo que se les exige es desproporcionado,
que el pequeño inversor no va a cambiar de bróker por diferencias en los precios de compraventa de céntimos y añaden que los nuevos costes de cumplimiento acabarán repercutiendo en las comisiones. 
#5414

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenas tardes, 

Pues mira, en este caso TR se ha adelantado.

#5415

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenas noches.

La compra de bonos en subasta no es lo más rentable del mundo, aunque hay subastas buenas, pero para comprar en el mercado secundario tampoco hay ninguna opción que entusiasme. En TR hay alguna cosa interesante, pero los bonos quedan fuera del "Mejor precio".

Saludos.