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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.

Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT
 
  • Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo. 
  • Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral. 
  • Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real. 
  • Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo. 

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

 La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.

Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente.  Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración. 

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable. 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior. 
 

1. Estar inscrito como demandante de empleo

Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción. 

2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual

El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto. 

3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio

No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos. 

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?

Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento: 
  • Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti. 

Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador. 
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse: 

  • Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
  • Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.

Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes. 
 

Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores 


Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.

En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar. 

La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien. 

Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica


La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo. 


No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.


La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.


Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.


En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
 
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  1. en respuesta a Isabelmp
    -
    Top 100
    #360
    29/05/14 10:09

    Bienvenida a Rankia,

    Por lo que comentas, no creo que puedas aplicar la Deducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, deberías haberte empadronado en Huesca para poder aplicarla. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y le comentes tu caso concreto.

    Un saludo,

  2. #359
    28/05/14 18:27

    Buenas tardes, tengo una duda para mi declaración del ejercicio 2013.

    Cumplo los requisitos para la reducción de movilidad geográfica pero con un matiz:
    1- He estado inscrito en la oficina de empleo de Zaragoza
    2- He aceptado un puesto de trabajo en un municipio distinto (pueblo de Huesca)
    3- He trasladado mi residencia a dicho pueblo.

    Problema: me he trasladado al nuevo municipio donde yo tengo una segunda residencia por lo que no he tenido que alquilar piso, no me he empadronado, y no sé de qué manera podría demostrar que efectivamente estoy viviendo en el nuevo municipio. Lo único que podría aportar (que se me ocurra) son los movimientos de mi tarjeta de crédito que todos son de la zona (gasolina, farmacia, compras...) pero no sé si eso es una prueba que acepten... no sé si mi empresa podría certificar algo y sería válido... qué me aconsejas??

    Me da miedo que luego me pidan justificantes y no me acepten esto y encima me multen...

    Muchas gracias! un saludo

  3. en respuesta a Saragc
    -
    Top 100
    #358
    26/05/14 12:48

    Buenos días,

    Simplemente tienes que enviar una nueva Declaración de la Renta de 2013. A posteriori, si te piden que acredites la aplicación de la reducción por movilidad geográfica, ya tendrás que presentar el contrato de trabajo, el papel de INEM y el contrato de alquiler. Pero de momento nada!
    Un saludo,

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #357
    24/05/14 00:38

    Mil gracias de nuevo, Amparo.

    Una última cosa: mi padre ha ido a Hacienda hoy y le han dicho que tengo que presentar el contrato y el papel del INEM para presentar un recurso o algo así, pero no me ha dicho nada de poder presentar una segunda dentro del plazo de la Renta 2013 (30 junio) como tú comentas. ¿Hay algún decreto o página en el manual de la declaración donde se especifique ésto de considerar la declaración con fecha posterior? Así lo adjunto con los papeles a enviar... O presento directamente otra declaración... Es que encima estando en otro país todo es aún más complicado.

    Perdón por las molestias y muchas gracias.

    Un saludo,

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #356
    23/05/14 12:22

    Muchas GRACIAS, AMPARO. No lo aplicare entonces este año

  6. en respuesta a krishff
    -
    Top 100
    #355
    23/05/14 11:50

    Buenos días,

    Como se comenta en el artículo, dos requisitos necesarios para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica son haber estado inscrita en la oficina de empleo y cambiar tu domicilio habitual tras la aceptación del trabajo. Por tanto, para el cambio de domicilio de Bañeza a León (año 2012) creo que no tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta.

    Y para el nuevo cambio de domicilio, de Bañeza a Madrid, si estabas inscrita a la oficina de empleo en Bañeza, podrás aplicarte esta reducción para la Declaración de la Renta de 2014 y 2015.

    Un saludo,

  7. #354
    23/05/14 09:20

    Buenos días:
    Voy a explicar mi caso solicitando vuestra ayuda a ver si es posible aplicar movilidad geográfica en mi declaración o no.
    El año 2012 comencé a trabajar en una empresa de León, yo soy de la Bañeza (otro MUNICIPIO a unos 40 km) , y al principio iba y venia diariamente. No fue hasta Enero del 2013 cuando alquilé una vivienda en León y trasladé allí mi vivienda habitual (tengo contrato de arrendamiento y facturas de luz, agua, gas, teléfono…). Además no dispongo de la cartilla del paro, y no se si puedo solicitar un certificado o expediente en el que figure que estaba dada de alta en la fecha que comencé a trabajar. ¿Puedo solicitar la movilidad geográfica este año, si el contrato de trabajo lo firmé en 2012 y el contrato de piso en 2013?
    Por otra parte, este año 2014 he estado en el paro del 1/2/2014 al 10/3/2014 cuando me he trasladado a Madrid por un nuevo contrato de trabajo y con alquiler de nueva vivienda, dado que la ley dice: podrá aplicarse una reducción del 100 por 100 en tus rendimientos del trabajo, en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente, no se si al hacer la RENTA 2013 debo aplicar los datos relativos a este ultimo cambio, o debo hacerlo con los anteriores de LËÓN, y el año que viene RENTA 2014 ya puedo aplicar el cambio a MADRID??.
    gracias de antemano, Reciban un cordial saludo

  8. en respuesta a Saragc
    -
    Top 100
    #353
    23/05/14 09:16

    Buenos días,

    Como todavía estamos en plazo de la Declaración de la Renta 2013, puedes presentar una nueva Declaración de la Renta antes del 30 de junio de 2013, incluyendo la movilidad geográfica, ya que la Agencia Tributaria tendrá en cuenta la Declaración con fecha posterior.

    Respecto a la declaración de 2012, deberías presentar una solicitud de ingresos indebidos. Por lo que te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y te ayude a presentarlo. Un saludo,

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #352
    22/05/14 20:21

    Buenas tardes, Amparo.

    Muchas gracias por tu respuesta. Ahora tengo un problema: yo me he enterado de esto de la Movilidad Geográfica después de haber presentado la Declaración 2013 y me gustaría rectificarla. ¿Cómo puedo hacerlo? ¿Qué documentos necesito? ¿Qué plazos tengo? ¿Tengo que esperar al 1 de Julio? ¿Tengo que presentarla en la Oficina o puedo hacerlo online? ¿Puede alguien presentarla por mí en las oficinas?

    Además, no presenté la de 2012 al no estar obligada, pero me salía a pagar. ¿Podría presentar también una rectificación de ésta alegando también la Movilidad Geográfica?

    Muchas gracias por todo. Un cordial saludo.

  10. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #351
    22/05/14 16:45

    Vale. Muchas gracias por las respuestas.
    Un saludo.

  11. en respuesta a kikipiriki
    -
    Top 100
    #350
    22/05/14 16:36

    Si, si no estabas inscrito en la oficina de empleo antes de empezar el nuevo trabajo en Soria, no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica, ya que el primer requisito es haber estado inscrito en la oficina de empleo antes de aceptar ese trabajo. Un saludo,

  12. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #349
    22/05/14 12:54

    Buenos días. No tengo transferencias puesto que lo pagaba en efectivo, pero si tengo recibos de la dueña del piso. Y cuando acabó mi primer contrato en mayo no me inscribí, porque no hubo tiempo para hacerlo. Estuve inscrito en Enero antes del primer trabajo. Pero el mismo día que termine en mayo me llamaron para ir a Soria de una bolsa de empleo que tenía aprobada, así que no me dio tiempo a inscribirme otra vez. ¿Asi que si no me inscribí durante esos 3-4 días me podrian denegar la deduccion? En los requisitos pone haber estado inscrito como demandante de empleo, pero lo que no dice es cuándo...de ahí mis dudas...

    Muchas gracias por la respuesta y un saludo

  13. en respuesta a Saragc
    -
    Top 100
    #348
    22/05/14 12:13

    Buenos días,

    La primera condición que se tiene que cumplir es que antes de aceptar la beca, estuvieras inscrita en la oficina de empleo. El empadronamiento es secundario, ya que si tienes recibo de alquiler en Milán, es suficiente para poder acreditar el cambio de domicilio habitual. Un saludo,

  14. en respuesta a kikipiriki
    -
    Top 100
    #347
    22/05/14 12:11

    Buenos días,

    Si puedes acreditar el cambio de domicilio habitual, aunque solo haya sido desde Mayo hasta Diciembre, puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta. Siempre que cuando se te acabó el contrato en mayo, te inscribieras en la oficina de empleo hasta aceptar el nuevo trabajo, y tengas las transferencias bancarias que acrediten el pago del alquiler de la habitación.

    Un saludo,

  15. #346
    21/05/14 20:03

    Hola, Amparo.

    Yo tengo un gran problema: he sido becaria del Ministerio de Turismo durante 2 años en Italia. La sede legal de mi empresa, por tanto, es Madrid. En mi Declaración de la Renta 2013 he incluido los gastos del alquiler de la vivienda habitual en Milán(hasta un máx de 3999,95€) pero tengo dudas sobre si puedo o no incluir también la movilidad geográfica para las reducciones. Mi situación es:

    1. Vine a Italia en abril 2012 y me di de alta como residente en el Consulado.
    2. Me empadroné en Milán.
    3. Como me seguía interesando estar empadronada en casa de mis padres en España, volví en diciembre 2012 y me empadroné de nuevo allí(la había perdido al darme de alta como residente en el Consulado)
    4. Me dí de baja como residente en el Consulado y consto como no-residente.

    Por tanto, oficialmente, estoy empadronada en dos ciudades: Madrid y Milán. Aquí diferencian la residencia "estable" del domicilio habitual. ¿En España también?

    Mi duda es: ¿Puedo aplicarme la reducción por movilidad geográfica? Y en ese caso, ¿podría hacer la complementaria de 2012? Cumplo los 3 requisitos: estaba dada de alta en la Oficina de Empleo, me trasladé porque mi puesto de trabajo estaba fuera de mi provincia (en este caso, al extranjero), y me empadroné en mi ciudad destino.

    Gracias por el foro y por tu ayuda!

  16. #345
    20/05/14 20:03

    Buenas tardes. Te cuento mi caso a ver si me puedes sacar de dudas. En Enero de 2013 estaba apuntado en la oficina de empleo. Me salio un trabajo en mi ciudad y se me acabó el contrato en mayo del mismo año. La semana siguiente me sale trabajo en Soria y me traslado allí hasta finales de año. ¿Me afecta en algo haber estado trabajando de Febrero a Mayo en mi ciudad? Por otra parte no tuve contrato de alquiler ni me empadroné en Soria, pero sí tengo recibos de lo que pagaba por el alquiler de la habitación...Aunque la verdad lo que más me preocupa es el asunto de haber estado dado de alta en la oficina de empleo...
    Muchas gracias por la ayuda y un saludo...

  17. en respuesta a jecalder
    -
    Top 100
    #344
    19/05/14 09:26

    Bienvenido a Rankia,

    Entiendo que aunque estés trabajando en Chile, tienes la obligación de hacer la Declaración de la Renta de 2013 es España, ya que has vivido más de 182 días en España durante este año. Así que si, puedes acogerte a la reducción por movilidad geográfica indicándolo en la casilla 018 y en el menú del programa PADRE: Ver - Datos personales - Datos Adicionales y marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante.

    Un saludo,

  18. Nuevo
    #343
    18/05/14 01:38

    Hola

    Haber si me puede ayudar alguien.
    de Abril de 2013 a septiembre de 2013 estaba parado en septiembre de 2013 no solo acepte un trabajo en otro municipio, sino en otro pais Chile.

    Puedo acogerme a dicha reducción.

    Mi empresa en 2013 me retuvo el IRPF ya que estoy expatriado, puedo ponerlo en alguna casilla para que me lo devuelvan.

    Muchas gracias

  19. #342
    17/05/14 02:30

    Hola,

    Hacienda me solicita, ahora en 2014, justificación de la aplicación de una movilidad geográfica en el año 2009. Ese año me apliqué dicha reducción porque en 2008 me trasladé de Asturias a Madrid a trabajar, estando previamente inscrito en la oficina de empleo. No me apliqué la reducción en 2008, pues ese año no estaba obligado a declarar por no alcanzar el mínimo, pero sí en 2009. En 2012 solicito una excedencia y me traslado a Asturias. En 2013 solicito la reincorporación, inicialmente se me rechaza, por lo que me inscribo en la oficina de empleo nuevamente, sin embargo posteriormente se me acepta la reincorporación pero en la oficina de Valencia de mi empresa. Así que este año me volví a aplicar la reducción por movilidad. No me han pedido justificación de 2013, pero sí de 2009. Me han dado 10 días habiles para presentar la información

    Mis dudas son:

    1) Tengo que pedir a mi oficina de empleo de Asturias el justificante de haber estado inscrito en la oficina de empleo en 2008 antes de aceptar el trabajo, porque ahora mismo no lo conservo. ¿Puedo solicitar una aplazamiento de esos 10 días por tener que recopilar documentos?.

    2) Tengo el contrato de trabajo de 2008 donde se indica que es para Madrid. Para justificar el traslado de la residencia a Madrid tengo el contrato de alquiler de una habitación ¿sería suficiente?. No dispongo que facturas y recibos de 2009 a estas alturas, y no estaba empadronado, por lo que espero que sirva.

    3) ¿Puedo justificar la movilidad geográfica en 2013 (aún no me pidieron información al respecto, pero por si acaso), presentando la carta inicial de rechazo de reincorporación a mi empresa en Madrid, mi inscripción en la oficina de empleo y la aceptación de la carta de incorporación a la empresa en Valencia?. También dispongo del documento de empadronamiento en esa ciudad.

    Perdonad la extensión de este mensaje y gracias de antemano.

  20. en respuesta a bioab
    -
    Top 100
    #341
    15/05/14 10:05
    Bienvenido a Rankia, En comentarios anteriores lo hemos explicado: puedes acogerte a ambas reducciones en tu Declaración de la Renta siempre que la vivienda habitual sobre la que recae la hipoteca, sea tu vivienda habitual porque se hayan cumplido estos requisitos:
    Se considera vivienda habitual la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de 3 años, que puede ser menos en los casos de:
  21. Boda
  22. Separación matrimonial
  23. Traslado laboral
  24. Obtención del primer empleo
  25. Cambio de empleo
  26. Inadecuación en caso de minusvalía
  27. Fallecimiento del contribuyente
  28. Por tanto, si has vivido al menos 3 años en la "vivienda habitual" puedes aplicar la deducción por vivienda habitual (la que no podrás es la de alquiler por vivienda habitual, tienes que decidir cuál de las 2 deducciones te interesa) y adicionalmente, aplicas en tu Declaración de la Renta la deducción por movilidad geográfica. Un saludo,