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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
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  1. Nuevo
    #800
    18/05/16 11:11

    buenos días, he leído los comentarios acerca de como indicar la movilidad geográfica pero no consigo encontrar la casilla 001. ¿ entro en la opción renta web, y se supone que debería estar verdad? gracias por anticipado

  2. en respuesta a Gema85
    -
    Top 100
    #799
    17/05/16 15:54

    Te habrá llegado de tu empresa un informe con los rendimientos del trabajo bruto, retenciones... ahí tienes toda la información. Saludos,

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #798
    17/05/16 15:53

    El rendimiento del trabajo es en neto o en bruto?

    Gracias, soy un poco novata!

  4. en respuesta a Gema85
    -
    Top 100
    #797
    17/05/16 09:10

    Buenos días Gema, tienes que poner el total de los rendimientos del trabajo obtenidos en el ejercicio. Tienes un apartado de información en cada casilla para tu ayuda. Saludos,

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #796
    16/05/16 23:50

    Muchas gracias por tu respuesta Amparo. Así lo haré y ya os comentaré en caso de que no pueda. Estuve mirando por internet acerca de esto y la verdad es que no veo por ningún sitio algo que haga referencia al cambio de domicilio fiscal.

    Saludos

  6. Nuevo
    #794
    16/05/16 19:20

    Hola,

    Te cuento mi caso, en 2015 estaba apuntada al paro y conseguí untrabajo fuera de mi comunidad. al introducir la deducción para la movilidad me hace poner el "importe del rendimiento neto previo correspondiente al puesto de trabajo aceptado", ¿Qué cantidad debo de poner ahí?

    Gracias

  7. en respuesta a elenagr
    -
    Top 100
    #793
    16/05/16 12:29

    Bienvenida a Rankia Elena, yo creo que la respuesta que te han dado es incorrecta. Puedes solicitarla ya que tienes documentación que acredita que al aceptar el nuevo empleo en 2015 cambiaste tu domicilio habitual con el contrato de alquiler y el empadronamiento. Saludos,

  8. en respuesta a anagonllo
    -
    Top 100
    #792
    16/05/16 12:27

    Buenos días Ana, en principio la reducción por movilidad geográfica se aplica a los rendimientos de todo el ejercicio siempre que en uno de los trabajos se hayan cumplido los 3 requisitos siempre que se modifique la residencia habitual en la Declaración de la Renta. Esta reducción será un gasto deducible de 2.000€.

    Saludos,

  9. #791
    16/05/16 01:04

    Hola Amparo, tengo una duda tras ir hacer una pregunta hacienda. En mi caso creo que cumplo con todos los requisitos para solicitar la reducción por movilidad geográfica, pues estaba anotada en el paro cuando acepte el puesto de trabajo en otra provincia (en el mes de mayo de 2015) y en Julio me empadroné y alquilé un piso en el municipio del nuevo trabajo. Creo que hasta aquí está todo correcto no?
    Hace unos días fué mi madre hacienda preguntar como tenía que hacer para solicitar la reducción por movilidad geográfica y le comentaron que este año no podía solicitarla ya por no cambiar el domicilio fiscal, que tenía que ir por allí y cambiarlo para poder solictarla para el año que viene.
    Esto es correcto? No puedo solicitarla ya este año?

    Muchas gracias por tu tiempo,

    Un saludo, Elena

  10. #790
    15/05/16 22:02

    Buenas noches.
    Me surge otra duda en relación a este tema.
    Al rellenar las casillas por la movilidad geográfica, me pide que indique el rendimiento neto del puesto de trabajo ( entiendo que el que acepté por el cambio de residencia)
    Si después he cambiado de empresa, ¿he de poner todo el rendimiento del trabajo del año o solo el del primer trabajo que tuve en el nuevo municipio? porque por ejemplo en mi caso me mudé por un trabajo en el cual solo estuve 15 días porque me salió otro mejor. Mi duda es si tengo que poner todo el rendimiento recibido o solo el de esos 15 dias.
    gracias.

  11. en respuesta a anagonllo
    -
    Top 100
    #789
    10/05/16 09:27

    El cambio de vivienda se justifica con el empadronamiento / contrato de alquiler, y normalmente tiene que coincidir en la misma fecha. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para ver la posibilidad de aplicar la reducción este año en la Declaración de la Renta 2015 y de 2016. Saludos,

  12. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #788
    10/05/16 09:20

    Gracias por la bienvenida y la rápida respuesta. Cambié de municipio en Junio de 2015 y me he empadronado en Abril de 2016. ¿ Tendría entonces problema para aplicar la deducción? ¿Y para el año que viene?

  13. en respuesta a anagonllo
    -
    Top 100
    #787
    10/05/16 09:07

    Bienvenida a Rankia Ana, no es ningún problema siempre que estés empadronada en el nuevo municipio en la misma fecha aproximada que aceptaste el contrato de trabajo. Saludos,

  14. #786
    09/05/16 19:02

    BUenas tardes.
    Tengo una consulta en relación a este tema.
    Puedo aplicarme la deducción por movilidad geográfica ya que cumplo los requisitos. La única cuestión es que el alquiler de la vivienda donde vivo y en donde estoy empadronada, la paga mi prima. ¿ le supone a ella algún tipo de problema?
    GRacias de antemano

  15. en respuesta a Arteagaf
    -
    Top 100
    #785
    09/05/16 16:48

    Si tienes derecho a la reducción en la Declaración de la Renta de 2015, debes saber que se trata de un gasto deducibles de los rendimientos del trabajo, a modificar en la casilla 001. Y servirá para el total de los rendimientos obtenidos en el ejercicio.

    Saludos,

  16. #784
    09/05/16 16:47

    Buenas tardes, cumplo los requisitos de movilidad geográfica pero no se como introducirlos en la renta. Otra pregunta sería si la deducción es proporcional , ya que la mudanza se hizo en Febrero. Muchas gracias.

  17. en respuesta a hidem
    -
    Top 100
    #783
    09/05/16 09:12

    Buenos días, de todos modos tienes que tener algo que justifique el traslado de residencia desde el mismo momento en que aceptas el trabajo para aplicar la reducción por movilidad geográfica. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para ver si tienes la posibilidad de aplicarla en la Declaración de la Renta de 2014 y 2015. Saludos,

  18. Nuevo
    #782
    08/05/16 13:59

    Hola,
    Quisiera hacer una consulta sobre la deducción por movilidad geografica.
    Tengo mi residencia habitual en Madrid, y en noviembre de 2014 estaba apuntado al paro y acepté un trabajo en Ibiza.
    En la declaración del año pasado no solicité ninguna deducción, pero estuve trabajando allí hasta abril de 2015 ¿puedo solicitarla este año?
    No me empadroné en Ibiza ni tengo alquiler a mi nombre, ya que el piso lo ponía la empresa. Cómo puedo justificarlo? aunque es evidente que tuve que cambiar de domicilio por la distancia.
    Gracias!!

  19. Nuevo
    #781
    04/05/16 20:52

    Hola,

    En mi caso acepté unas prácticas remuneradas en febrero de 2014 después de haber estado en el paro en otra comunidad autónoma. El problema es que me acabo de enterar ahora de que existe ese tipo de deducción, así que no la solicité el año pasado. ¿Podría solicitar la de este año 2015 y la del pasado 2014? ¿Hay algún problema por que se trate de unas prácticas?

    Gracias