La declaración de la renta es un trámite fiscal que afecta a millones de contribuyentes, seas autónomo o empleado. Si tienes dudas sobre qué es, si estás obligado a presentarla o hasta qué día puedes hacerlo, acá encontrarás todo lo que necesitas saber para que puedas estar al día. Qué es la declaración de la renta
¿Qué es la declaración de la renta?
La declaración de la renta es un documento que los contribuyentes presentan ante la Agencia Tributaria para informar sobre sus ingresos, gastos y posibles deducciones fiscales del año anterior. Con esta información, Hacienda calcula si la persona debe pagar impuestos adicionales o si, por el contrario, le corresponde una devolución por haber pagado más de lo necesario.
Este proceso se basa en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), que grava los ingresos de los trabajadores, autónomos y rentas del capital.
¿Para qué sirve la declaración de la renta?
La declaración de la renta tiene varias funciones clave en el sistema tributario:
💰 Ajuste de cuentas con Hacienda: Sirve para determinar si el resultado es a devolver (si tus retenciones fueron mayores a lo debido) o a ingresar (si te corresponde abonar una diferencia al Estado).
⚖️ Regularización fiscal: Es la herramienta clave para que cada contribuyente actualice su situación tributaria anual y evite posibles sanciones o recargos legales por parte de la Agencia Tributaria.
📉 Aplicación de deducciones: Permite aprovechar beneficios fiscales según su situación personal (alquiler, maternidad, inversión en vivienda, etc.), reduciendo significativamente la cuota íntegra a pagar.
🏥 Sostenibilidad de servicios públicos: Los impuestos recaudados garantizan la financiación de pilares fundamentales como la sanidad pública, la educación y el sistema de seguridad social.
IMPORTANTE💡
Cada año, Hacienda pone a disposición de los contribuyentes el borrador declaración de la renta 2026, un documento preliminar que facilita el proceso, permitiendo revisarlo, modificarlo y presentarlo antes de la fecha límite.
¿Cuándo se hace la declaración de la renta?
Inicio de la campaña:1 de abril de 2026. Desde este día se puede acceder al borrador y presentar la declaración de forma online a través de Renta WEB.
Cita previa para atención telefónica: Se podrá solicitar a partir de principios de mayo para el plan "Le Llamamos".
Atención presencial en oficinas: Comenzará previsiblemente el 1 de junio de 2026.
¿Cuándo termina la declaración de la renta?
El plazo oficial para cumplir con Hacienda termina el 30 de junio de 2026. No obstante, apunta estas fechas críticas:
25 de junio de 2026: Último día para presentar declaraciones con resultado a ingresar si quieres domiciliar el pago en tu cuenta bancaria.
26 al 30 de junio de 2026: Si se te pasa el plazo de domiciliación, aún puedes presentarla hasta el día 30, pero deberás realizar el pago por ingreso directo o transferencia.
29 de junio de 2026: Último día para solicitar cita previa para ser atendido por teléfono o en oficinas.
⚠️Recordatorio sobre sanciones
Recuerda que si presentas la declaración fuera de plazo voluntariamente (sin requerimiento de Hacienda), en 2026 se sigue aplicando el sistema de recargos progresivos: un 1% fijo más un 1% adicional por cada mes completo de retraso.
¿Qué pasa si no presento la declaración de la renta?
Si estás obligado a presentar la declaración de la renta y no lo haces dentro de los plazos legales, la Agencia Tributaria aplicará sanciones económicas y recargos por demora. Las consecuencias varían según si usted toma la iniciativa o si Hacienda le descubre primero.
1. Si la presentas fuera de plazo voluntariamente
Si se le pasó la fecha límite del 30 de junio de 2026 y decide regularizar su situación por cuenta propia, no habrá sanción fija, sino recargos progresivos sobre el importe a pagar:
📈 Recargo del 1% fijo: Más un 1% adicional por cada mes completo de retraso.
🕒 Tras 12 meses: El recargo asciende al 15% más intereses de demora.
💶 Si el resultado era a devolver: La multa por presentación tardía sin perjuicio económico para Hacienda suele ser de 100 €.
2. Si Hacienda detecta que no la presentaste
Si recibe una notificación de la Agencia Tributaria antes de presentarla, las multas son significativamente más altas:
💸 Si le salía a pagar: La sanción puede oscilar entre el 50% y el 150% del importe debido, sumando los intereses de demora.
📉 Si le salía a devolver: Se aplica una multa fija de 200 € (que puede reducirse a 150 € por pronto pago)
RECUERDA👍
Para evitar estos problemas, lo mejor es comprobar si estás obligado a declarar, revisar el estado de la declaración de la renta y, si es necesario, solicitar cita previa para recibir asesoramiento.
No dejes tu declaración para el último momento
Hacer la declaración de la renta 2026 es una obligación fiscal que puede beneficiarte si te corresponde devolución. Conocer los plazos, requisitos y modelos te ayudará a evitar sanciones y a gestionar mejor tu dinero. No esperes al último día y revisa el borrador de declaración de la rentapara evitar errores y sorpresas desagradables.
Preguntas frecuentes sobre la declaración de la renta
El modelo estándar para personas físicas sigue siendo el Modelo 100, el cual consolida todos los datos fiscales, rendimientos y deducciones del contribuyente durante el ejercicio
Una vez confirmada la presentación, puede descargar la declaración de la renta en PDF accediendo a su "Expediente de Renta" en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
Puede solicitar su cita declaración de la renta desde la App de la AEAT, su web oficial o a través de los teléfonos automáticos 91 535 73 26 o 901 12 12 24. Para una atención personalizada con un agente, los números habilitados son el 91 553 00 71 o 901 22 33 44.
Los recargos comentados no son correctos. Art 27 - Ley General Tributaria.
2. El recargo será un porcentaje igual al 1 por ciento más otro 1 por ciento adicional por cada mes completo de retraso con que se presente la autoliquidación o declaración respecto al término del plazo establecido para la presentación e ingreso.
Dicho recargo se calculará sobre el importe a ingresar resultante de las autoliquidaciones o sobre el importe de la liquidación derivado de las declaraciones extemporáneas y excluirá las sanciones que hubieran podido exigirse y los intereses de demora devengados hasta la presentación de la autoliquidación o declaración.
Si la presentación de la autoliquidación o declaración se efectúa una vez transcurridos 12 meses desde el término del plazo establecido para la presentación, el recargo será del 15 por ciento y excluirá las sanciones que hubieran podido exigirse. En estos casos, se exigirán los intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses posteriores a la finalización del plazo establecido para la presentación hasta el momento en que la autoliquidación o declaración se haya presentado.
En las liquidaciones derivadas de declaraciones presentadas fuera de plazo sin requerimiento previo no se exigirán intereses de demora por el tiempo transcurrido desde la presentación de la declaración hasta la finalización del plazo de pago en período voluntario correspondiente a la liquidación que se practique, sin perjuicio de los recargos e intereses que corresponda exigir por la presentación extemporánea.
-Otro tema son los recargos del periodo Ejecutivo, es decir, recargos del periodo ejecutivo, que se pagan por presentar fuera del plazo voluntario de ingreso, que sin son del 5%, 10% y 20%