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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
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  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #180
    05/09/13 11:41

    Muchas gracias Amparo por tu respuesta.
    Sin embargo, no me queda claro si debo aportar documentación junto con la solicitud de devolución de ingresos indebidos. Y de ser así, qué documento puede sustituir al certificado de empadronamiento o contrato de alquiler, pues carezco de ellos. ¿De qué otra manera puedo justificar el cambio de domicilio?
    Gracias de nuevo,
    Anabel

  2. en respuesta a Anabel26
    -
    Top 100
    #179
    05/09/13 10:37

    Bienvenida a Rankia Anabel,

    En tu caso, deberás de presentar una Solicitud de devolución de ingresos indebidos, por no haber aplicado la reducción por movilidad geográfica en el 2011 , calculando que incidencia fiscal tiene en la Declaración presentada en comparación con la que deberías haber presentado.

    Un saludo,

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #178
    04/09/13 21:29

    Hola:
    Tras consultar mi caso en la oficina de Hacienda, parece ser que tengo derecho a la reducción por movilidad geográfica, y así lo solicité en la declaración de la renta pasada (año 2012).
    Como también se me puede aplicar al año anterior (yo no lo sabía) voy a entregar un escrito solicitando devolución del año 2011. Mi pregunta es: al entregar este escrito, ¿debo aportar documentos?
    Puedo disponer sin problema del certificado del INEM, y de un certificado de mi empleador donde consta el lugar de trabajo y las fechas. Sin embargo, no tengo contrato de alquiler ni certificado de empadronamiento, viví esos dos años en casa de un conocido. ¿Qué otro documento puedo aportar que justifique mi cambio de domicilio? Antiguamente existían los certificados de convivencia, que se solicitaban en la Policía Local o en el Ayuntamiento.

  4. en respuesta a danielsm
    -
    Top 100
    #177
    03/09/13 09:16

    Buenos días Daniel,

    En el artículo 20 .2.b) Ley 35 / 2006, de 28 de noviembre de 2006 y el artículo 12 .2 Real Decreto 439 / 2007, de 30 de marzo de 2007 se especifica que se podrá aplicar la reducción por movilidad geográfica siempre que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de dicha residencia y la reducción se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente. Por tanto, si efectivamente tu cambiaste tu residencia en Agosto, entiendo que si que podrías aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta de 2012.

    Pero al no especificar si el traslado se debe de hacer el mismo día que se acepta el trabajo o a posteriori, no se si pueden pedir más información desde la Agencia Tributaria, siento no poder ayudarte. Un saludo,

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #176
    02/09/13 21:16

    Saludos Amparo. Me acabo de registrar en Rankia, aunque desde hace tiempo os vengo leyendo.

    Te comento, para este año me acogí a la reducción por movilidad geográfica. Fui a una oficina de la Agencia Tributaria, y la chica me dijo que sí cumplía los requisitos.

    Pero he aquí mi sorpresa, cuando recibo una notificación para que demuestre varias cosas. He ido a la Agencia Tributaria y me han dicho que mi caso no es tan claro.

    Mi caso es el siguiente: yo soy de Santander, y estaba inscrito en el Servicio Cántabro de Empleo, hasta que recibo una oferta de trabajo de Vitoria. Acepto la oferta, el 26 de Marzo de 2012. Hasta ese mismo día estaba en paro, con lo que en esto no hay problema.

    Yo al principio, al empezar en una ciudad en la que nunca había estado, y sin conocer a nadie ni nada, los primeros meses estuve yendo y viniendo todos los día desde Santander a Vitoria, hasta que el 2 de Agosto, por fín, encuentro un piso. Tengo contrato de este piso.

    El problema que me dicen es que como empecé a trabajar en Marzo, y el contrato del piso no es hasta Agosto, dicen que eso no es un cambio de domicilio. En el manual no dice nada de que tenga que ser en el mismo momento. ¿el nuevo trabajo ha supuesto que tenga que cambiarme de domicilio? es obvio que sí.

    Mi duda es si en algún lugar viene que ese cambio tenga que ser en el mismo momento, o que solo se interprete que el trabajo requiera un cambio. Desde luego que en el manual no especifica nada de eso.

    Un saludo y muchas gracias.

  6. en respuesta a tessasm
    -
    Top 100
    #175
    19/08/13 18:22

    Buenas tardes,

    Si no has estado inscrita como demandante de empleo en la oficina del INEM hasta el día antes de firmar el contrato de trabajo no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta ya que no estás cumpliendo el primer requisito que se exige. La única prueba que es necesaria es la tarjeta de desempleo. Un saludo,

  7. en respuesta a Joseam
    -
    Top 100
    #174
    19/08/13 13:39

    Bienvenido a Rankia Joseam,

    Si no me equivoco no existe ninguna desgravación en la Declaración de la Renta por el tema que comentas. En este artículo se explica la reducción por movilidad geográfica al aceptar un puesto de trabajo fuera de tu domicilio habitual siendo desempleado. De todos modos, puedes consultarlo con un asesor fiscal y que te oriente.

    Un saludo.

  8. en respuesta a al3jo
    -
    Top 100
    #173
    19/08/13 13:38

    Buenos días,

    Entiendo que si, ya que tu residencia habitual se debe de modificar en el momento de aceptar el nuevo trabajo. De todos modos, consultalo con un asesor fiscal a ver que te comenta. Un saludo,

  9. Nuevo
    #172
    13/08/13 10:35

    Hola estoy trabajando fuera de mi minicipio a unos 65km, es decir tengo que hacer mas 120km diarios, ¿hay una manera de desgravar ya que debo desplazarme esos km diarios? gracias

  10. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #171
    09/08/13 12:38

    Buenos días Amparo,

    Una duda.

    A mi novia la han denegado la movilidad geográfica. Ella trabajaba en Madrid y la despidieron, se volvió a Segovia y se dio de alta en el paro allí (Mayo 2012).

    En julio, para poder buscar trabajo de mejor manera se fue de alquiler a un piso conmigo en Madrid y finalmente encontró trabajo en Septiembre.

    El hecho de no mudarte a posteriori de encontrar trabajo es suficiente para anular la reducción?

    Muchas gracias por tu ayuda,

    Un saludo

  11. Nuevo
    #170
    06/08/13 14:31

    buenos dias, mi duda es la siguiente:
    En febrero del 2011 aprobé una oposición y me trasladaron a otra provincia, donde estuve residiendo un año.Yo he estado inscrita como demandante de empleo mucho tiempo ,pero justo 4 meses antes de aprobar la oposición no pude ir a sellar la tarjeta, por lo que no estuve inscrita como demandante de empleo justo antes de aprobar la oposicion.Mi pregunta es si tengo derecho a la deduccion por movilidad geográfica si demuestro que aunque no estaba inscrita como demandante de empleo justo antes de aprobar la oposicion pero que no estuve trabajando en ningún sitio ni dada de alta,que simplemente deje de ir a sellar porque estaba estudiando???
    Por otro lado, perdí el contrato de alquiler porque desconocía que existia esta deduccion, mi casero tambien ha perdido el contrato, pero puedo justificarlo mediante las transferencias bancarias que hacia mensualmente.
    muchas gracias por la ayuda,

  12. en respuesta a Ana00
    -
    Top 100
    #169
    11/07/13 09:43

    Buenos días Ana,

    Por lo que comentas parece que si tienes derecho de nuevo a aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta 2012 y 2013 porque parece que cumples los 3 requisitos marcados:

  13. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.

  14. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.

  15. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.
  16. Un saludo,

  17. Nuevo
    #168
    10/07/13 19:16

    Buenas tardes:

    Mi caso es el siguiente, en la declaración de la renta de 2010, me beneficié de esta reducción, me traslade de Extremadura a Asturias. Una vez finalizado mi contrato (Septiembre de 2011 volví a mi domicilio habitual Extremadura. En Septiembre de 2012, estando inscrita en el INEM de mi domicilio habitual, acepto un puesto de trabajo en Asturias otra vez, lo que provoca mi cambio de residencia, otra vez. En la declaración de la renta de este año, Renta 2012, he vuelto a aplicarme esta reducción. Mi pregunta es, ¿Tengo derecho a ella otra vez?.

    Gracias por adelantado.

  18. en respuesta a Mirgar
    -
    Top 100
    #167
    04/07/13 11:48

    Buenos días,

    Si te apuntas al paro en Telde, y al firmar el nuevo contrato en Fuerteventura también tienes contrato de alquiler o empadronamiento en Fuerteventura; podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica para la próxima Declaración de la Renta de 2013 y 2014. Un saludo.

  19. Nuevo
    #166
    03/07/13 17:42

    Hola,

    Llevo dos meses trabajando en Fuerteventura, ahora se me acaba el contrato y firmaré otro en Agosto para la misma empresa. Estoy empadronada en Telde, Gran Canaria. ¿Si me apunto al paro en Telde al final de Julio me aplicarían el descuento en la declaración?

    Gracias :)

  20. en respuesta a Anzo81
    -
    Top 100
    #165
    27/06/13 16:27

    Bienvenido a Rankia,

    La Declaración de la Renta hace referencia al periodo impositivo del 1 Enero 2012 al 31 Diciembre 2012, como todo el 2012 has vivido en Murcia, tu domicilio habitual será Murcia. Para la próxima Declaración de la Renta de 2013, será Madrid, si pasas más de 183 días en Madrid. Y por tanto, la deducción por movilidad geográfica también la tendrás que aplicar en la próxima Declaración de la Renta de 2013 y el siguiente, porque es en este año cuando te trasladas.

    Un saludo

  21. Nuevo
    #164
    27/06/13 09:52

    Hola.

    Aquí apurando fechas.

    Querría hacerte una pregunta sobre el domicilio habitual y la deducción por movilidad.

    En Febrero de 2013 cambié de municipio (de Murcia a Madrid) por motivos laborales. He estado inscrito en la oficina de empleo y cumplo los requisitos. Mi consulta va orientada hacia las fechas, es decir:

    - Para la declaración de este año (periodo 2012), ¿Cuál es mi domicilio habitual, Murcia o Madrid?
    - En el caso de la deducción por movilidad, ¿la puedo implementar en la declaración actual o me tengo que esperar al año que viene (periodo impositivo 2013)?

    Gracias

  22. en respuesta a belcita
    -
    Top 100
    #163
    26/06/13 16:38

    Buenas tardes,

    En este artículo se explican los plazos para presentar la Declaración de la Renta 2012. Hoy es el último día para presentar la Declaración de la Renta sea a ingresar con domiciliación en cuenta, es decir, si te toca pagar a la Agencia Tributaria y vas a domiciliar este pago en tu cuenta bancaria; pero como dices, el pago lo cargarán en tu cuenta el día 1 de Julio.

    Un saludo.

  23. #162
    26/06/13 14:19

    Hola,

    acabo de ver que el plazo para las "declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria" acaba hoy!!
    ¿Esto es tanto si te sale a pagar como a devolver?
    En mi caso me sale que tengo que pagarle yo a Hacienda (supongo que eso es "a ingresar", que me lío con la terminología).
    Por otras webs leo que la "fecha de cargo de la domiciliación" es el 1 de julio...
    ¿Me lo podéis aclarar, por favor?
    Muchisimas gracias!

  24. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #161
    21/06/13 12:57

    Buenas!

    Muy clarificadora tu respuesta.

    Gracias!

    Un saludo!