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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
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  1. en respuesta a manuel111
    -
    Top 100
    #260
    01/04/14 13:41

    Si en el borrador ya te indica el importe de la reducción por los rendimientos del trabajo, ya no tienes que hacer nada más. Pero en cuanto a la deducción por alquiler, te dejo este artículo Deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual que te podrá servir. Necesitarás conocer el importe total del alquiler, el nombre y DNI del titular del inmueble, la referencia catastral y poco más.

    El importe que percibes es el que sale en la última casilla, te especificará el importe de liquidación del IRPF. Un saludo,

  2. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #259
    01/04/14 13:12

    Muchas gracias Amparo, lo unico que tengo es el borrador (el programa padre no lo puedo descargar hasta el 8 de abril creo que dicen).

    En el borrador me aparece en rendimientos del trabajo "Reducción para desempleados que acepten un trabajo que exija trasladar su residencia de municipio" (casilla 18 por valor de 2.652€). ¿Eso quiere decir que ya me han aplicado esa deducción correcto?

    La del alquiler si que la tengo que introducir yo por lo que he de pedir a mi arrendador el dni del titular del inmueble, pero, ¿necesito algun dato mas de la vivienda, valor catastral, código etc?

    Finalmente, en la casilla 530 me dice resultado 423€ pero en la 542 "cuota liquida autonomica incrementada" y en la 545 "Importe del IRPF que corresponde a la CA de residencia del contribuyente" aparece una cantidad superior. ¿La que yo percibo es la 530 verdad?

    Muchas gracias y perdon por mi ignorancia

  3. en respuesta a manuel111
    -
    Top 100
    #258
    01/04/14 13:02

    Bienvenido a RAnkia,

    Si haces la Declaración de la Renta con el Programa PADRE 2013 tendrás que ir al menú superior -- Ver -- Datos personales -- Datos adicionales -- Movilidad Geográfica Al hacer esto, el programa PADRE duplica la reducción por movilidad geográfica en las casillas 417 y 419. Si al cambiar tu domicilio habitual has tenido que alquilar una vivienda, si que podrás aplicar la deducción por alquiler en vivienda habitual por los meses correspondientes.

    Un saludo,

  4. en respuesta a Josemt
    -
    Top 100
    #257
    01/04/14 12:59

    Bienvenido a Rankia,

    Tienes que hacer la Declaración de la Renta en la comunidad en la que tengas tu residencia habitual, que es en Asturias. Como hemos dicho en anter.
    No son incompatibles en el caso en que el traslado de vivienda sea por motivos laborales como es este caso. De todos modos, te recomiendo que lo consultes con un asesor fiscal.

    Un saludo,

  5. #256
    01/04/14 11:38

    Hola, es la primera vez que hago la declaracion de la renta y aparentemente cumplo los 3 requisitos para aplicarme esta deducción. Mis preguntas son:

    a) En que casilla introduzco la movilidad geográfica?
    b) ES compatible con deducirme el alquiler?

    Muchas gracias!

  6. en respuesta a mayo26
    -
    #255
    28/03/14 08:02

    Muy buenos días.
    Mi cuestión es un tanto compleja y le he dado muchas vueltas a consultas en el foro pero a ver si alguien me puede echar una mano y tiene que ver con el comentario anterior.
    En Febrero 2013 quedo desempleado en Asturias y en Julio acepto un trabajo en Madrid que me obliga a trasladarme. Poseo una vivienda al 50% en Asturias por la que he desgravado desde 2007.
    Mis cuestiones son dos.
    - ¿En qué comunidad presento la declaración? En principio residí en Asturias hasta el 15 de Julio que son más de los 183 días que creo haber leído en algún sitio que se consideran.
    - Al trasladarme a Madrid, voy a aplicar en la declaración la desgravación por Movilidad Geográfica. ¿Podría aplicar la desgravación por pago de hipoteca de vivienda habitual hasta el 15 de Julio y la movilidad geográfica?.He leído que hay gente a la que se les ha indicado que son incompatibles pero al haber residido en mi vivienda habitual más de 180 días, me surge la duda.
    Muchas gracias por este foro. Es realmente útil

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #254
    26/03/14 17:46

    Amparo, esto que has dicho se aplica para la exigencia de que residas al menos 3 años en la vivienda para que sea "vivienda habitual".

    Puedes deducirte por los meses que has vivido en ella. Si el trabajo fue, por ejemplo, de marzo a julio, pues te deduces la hipoteca de ene-feb y de ago-dic. si tuviste contrato de alquiler, te deduces por el alquiler de marzo-julio. Y adicionalmente, deducción por movilidad geográfica.

  8. en respuesta a mplazah
    -
    Top 100
    #253
    26/03/14 10:56
    Buenos días, He estado investigando un poco más en el manual de la Renta del ejercicio pasado y he llegado a la conclusión de que si puedes acogerte a ambas reducciones siempre que la vivienda habitual sobre la que recae la hipoteca, sea tu vivienda habitual porque se hayan cumplido estos requisitos:
    Se considera vivienda habitual la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los casos de:
  9. Boda
  10. Separación matrimonial
  11. Traslado laboral
  12. Obtención del primer empleo
  13. Cambio de empleo
  14. Inadecuación en caso de minusvalía
  15. Fallecimiento del contribuyente
  16. Por tanto, entiendo que si que podrás incluir las dos deducciones, de todos modos consulta tu caso concreto a un asesor fiscal o a la propia Agencia Tributaria, y si no te lo aceptarán deberías hacer una Declaración complementaria. Un saludo,
  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #252
    25/03/14 18:56

    Hola,
    Pero cual es la residencia habitual si pasas tanto tiempo en un municipio como en otro, durante la duración del contrato vivo en un municipio y cuando se acaba o estoy de vacaciones vivo en el primer domicilio.
    Y lo mas importe: Hacienda ya ha realizado la devolución y ahora me pide explicaciones. Que opciones tengo: a) discutir sobre la doble residencia b)confeccionar una complementaria
    Un saludo

  18. en respuesta a mplazah
    -
    Top 100
    #251
    25/03/14 09:17

    Bienvenido a Rankia,

    Si te aplicas la deducción por movilidad geográfica no es posible seguir aplicando la deducción por vivienda habitualya que has cambiado de vivienda habitual, ya no es tu vivienda habitual la vivienda hipotecada y por tanto no la puedes aplicar la segunda deducción.

    En este hilo lo comentan: Deducción por movilidad geográfica
    Un saludo,

  19. Nuevo
    #250
    24/03/14 19:53

    Hola,
    Durante el año 2012 acepté un contrato de trabajo en un municipio y autonomía distinto a mi domicilio habitual, donde estaba apuntado como demandante de empleo, pero aunque tuve que desplazar mi residencia habitual yo tengo en mi anterior residencia una vivienda propia con hipoteca por la que me estoy deduciendo desde el año 2000. ¿Puedo declarar movilidad geográfica y seguir deduciendo por la vivienda con hipoteca?

  20. en respuesta a Michael Heredia
    -
    Top 100
    #249
    20/03/14 11:47

    Bienvenido a Rankia,

    Deberás acudir a la oficina de empleo para que te saquen un extracto de tu vida profesional y puedas tenerlo como justificante.
    Un saludo,

  21. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #248
    20/03/14 10:55

    hOLA : A Proposito de la Tarjeta de demandante de empleo, me pasa que me llego un comunicado dond e me ponen: La reduccion practicada sobre el rendimiento neto del trabajo personal para contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a un nuevo municipio, es incorrecta, segun establece el articulo 20.2.b de la ley del impuesto.
    En su momento luego de terminar mi contrato de trabajo me inscribi en el INEM y luego consegui trabajo en Vigo. Tengo el empadronamiento en Arande de Duero, tengo el empadronamiento en Vigo donde resido por trabajo. pero he extraviado la tarjeta de demandante de empleo al ser del 2012. Como puedo solicitar un justificante u obtener un duplicado de dicho doumento. Un saludo y gracias por su pronta respuesta.

  22. en respuesta a marius21
    -
    #247
    20/03/14 10:46

    Si ya lo has presentado así, toca esperar respuesta.

  23. en respuesta a mayo26
    -
    #246
    19/03/14 15:49

    ya presente la documentación referente a mi vivienda habitual presente recibos d luz, agua asi como los comprobantes d pago d la hipoteca y obvio el empadronamiento d todos los integrantes. Con respecto a uno d los trabajos fuera, en Marruecos exactamente eh presentado copia d la carta d solicitud para poder trabajar allí x parte d la empresa q me contrato, copia pasaporte y las hojas donde figuran los sellos d entrada y salida d marruecos ¿eso cuenta como parte d los requisitos, mas q nada el tercer punto ? obvio los otros dos si los cumplo entregue carta del inem del 2011 donde figura q me encontraba en el paro antes d trabajar
    gracias por tu respuesta

  24. en respuesta a marius21
    -
    #245
    19/03/14 11:03

    Para tener derecho a la reducción por movilidad geográfica tienes que presentar obligatoriamente:
    - justificante de estar inscrito en el paro antes de aceptar el trabajo
    - contrato de trabajo
    - justificación de cambio de domicilio ( según el INFORMA, cualquier medio de prueba admitido en derecho )

    Para justificar la hipoteca, si tu familia son esposa e hijos, tienes que justificar que esos meses que estuviste fuera ellos se quedaron aquí y seguían viviendo en ese domicilio, y que tu seguías corriendo con los gastos.

  25. #244
    12/03/14 19:00

    muy buenas, me han pedido los papeles q presente en el 2011 para lo d la movilidad geográfica asi como lo q son los documentos d mi hipoteca, tuve q salir fuera a trabajar durante dos periodos en el 2011 d los cuales uno fue en marruecos, obviamente mi familia se quedo en casa y yo a buscar un alojamiento cerca del lugar de trabajo estuve en marruecos tengo una carta escrita en francés solicitando el permiso para poder trabajar allí y el pasaporte con los sellos d entrada y salida, eso me puede valer como documentación q acredita mi estancia allí, estuve 3 meses en los cuales la empresa en la q estaba pago el alojamiento, luego estuve trabajando en badajoz pero no tengo ni contrato ni pago del alquiler, ya q esos documentos no los tengo, y en su momento no me los pidieron. Agradeceria q me digan si solo es necesario la documentación q digo tener, obvio los contraatos d las empresas dond figura la ubicación del trabajo los tengo

  26. #243
    12/03/14 09:09

    Buenos días,

    Mi caso es el siguiente: Yo vivía en Palencia y estaba inscrito al paro. En febrero de 2012, acepté un puesto de becario en Madrid, que posteriormente me hicieron contrato y actualmente sigo trabajando en la misma empresa, espero que por muchos años. El caso es que me vine a Madrid y entré en un piso compartido sin contrato de alquiler ni nada; mi compañero de piso era el dueño del piso y yo todos los meses le pasaba el dinero de la renta en mano sin ningún tipo de justificante. Tampoco estaba empadronado en Madrid. En abril de 2013 cambié de piso y desde entonces tengo contrato de alquiler y estoy empadronado en Madrid. Mi pregunta es: ¿Podría solicitar esta reducción a pesar de que en el año en que me vine a trabajar y por tanto a vivir a Madrid, no tenía ningún documento que probara que yo vivía en Madrid?
    Por otro lado, en mi contrato de trabajo pone que el lugar de trabajo en en Madrid, ¿podría ser suficiente para justificar que vivía en Madrid?

    Muchas gracias y un saludo.

  27. Nuevo
    #242
    12/03/14 09:05

    Hola, llevo unos años trabajando durante la temporada de verano en Mallorca y no sabía nada de esta reducción. Mi pregunta es: Para poder marcar la casilla correspondiente en el borrador ¿tengo que haber aceptado el trabajo desde Sevilla, que es donde vivo, o me vale si me voy a buscarlo? ¿en la casilla de la residencia tengo que poner Andalucia o Baleares? Suelo alquilarme una habitación, por lo que no me hacen contrato de alquiler ¿me valdría el contrato de trabajo? Gracias

  28. en respuesta a juan8612
    -
    Top 100
    #241
    11/03/14 16:24

    Así es. Ya no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica. Solo la puedes aplicar en el ejercicio en que hayas estado trabajando en este sitio que ha supuesto tu cambio de domicilio habitual.

    Un saludo,