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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a manuel111
    -
    Top 100
    #260
    01/04/14 13:41

    Si en el borrador ya te indica el importe de la reducción por los rendimientos del trabajo, ya no tienes que hacer nada más. Pero en cuanto a la deducción por alquiler, te dejo este artículo Deducción autonómica por alquiler de vivienda habitual que te podrá servir. Necesitarás conocer el importe total del alquiler, el nombre y DNI del titular del inmueble, la referencia catastral y poco más.

    El importe que percibes es el que sale en la última casilla, te especificará el importe de liquidación del IRPF. Un saludo,

  2. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #259
    01/04/14 13:12

    Muchas gracias Amparo, lo unico que tengo es el borrador (el programa padre no lo puedo descargar hasta el 8 de abril creo que dicen).

    En el borrador me aparece en rendimientos del trabajo "Reducción para desempleados que acepten un trabajo que exija trasladar su residencia de municipio" (casilla 18 por valor de 2.652€). ¿Eso quiere decir que ya me han aplicado esa deducción correcto?

    La del alquiler si que la tengo que introducir yo por lo que he de pedir a mi arrendador el dni del titular del inmueble, pero, ¿necesito algun dato mas de la vivienda, valor catastral, código etc?

    Finalmente, en la casilla 530 me dice resultado 423€ pero en la 542 "cuota liquida autonomica incrementada" y en la 545 "Importe del IRPF que corresponde a la CA de residencia del contribuyente" aparece una cantidad superior. ¿La que yo percibo es la 530 verdad?

    Muchas gracias y perdon por mi ignorancia

  3. en respuesta a manuel111
    -
    Top 100
    #258
    01/04/14 13:02

    Bienvenido a RAnkia,

    Si haces la Declaración de la Renta con el Programa PADRE 2013 tendrás que ir al menú superior -- Ver -- Datos personales -- Datos adicionales -- Movilidad Geográfica Al hacer esto, el programa PADRE duplica la reducción por movilidad geográfica en las casillas 417 y 419. Si al cambiar tu domicilio habitual has tenido que alquilar una vivienda, si que podrás aplicar la deducción por alquiler en vivienda habitual por los meses correspondientes.

    Un saludo,

  4. en respuesta a Josemt
    -
    Top 100
    #257
    01/04/14 12:59

    Bienvenido a Rankia,

    Tienes que hacer la Declaración de la Renta en la comunidad en la que tengas tu residencia habitual, que es en Asturias. Como hemos dicho en anter.
    No son incompatibles en el caso en que el traslado de vivienda sea por motivos laborales como es este caso. De todos modos, te recomiendo que lo consultes con un asesor fiscal.

    Un saludo,

  5. #256
    01/04/14 11:38

    Hola, es la primera vez que hago la declaracion de la renta y aparentemente cumplo los 3 requisitos para aplicarme esta deducción. Mis preguntas son:

    a) En que casilla introduzco la movilidad geográfica?
    b) ES compatible con deducirme el alquiler?

    Muchas gracias!

  6. en respuesta a mayo26
    -
    #255
    28/03/14 08:02

    Muy buenos días.
    Mi cuestión es un tanto compleja y le he dado muchas vueltas a consultas en el foro pero a ver si alguien me puede echar una mano y tiene que ver con el comentario anterior.
    En Febrero 2013 quedo desempleado en Asturias y en Julio acepto un trabajo en Madrid que me obliga a trasladarme. Poseo una vivienda al 50% en Asturias por la que he desgravado desde 2007.
    Mis cuestiones son dos.
    - ¿En qué comunidad presento la declaración? En principio residí en Asturias hasta el 15 de Julio que son más de los 183 días que creo haber leído en algún sitio que se consideran.
    - Al trasladarme a Madrid, voy a aplicar en la declaración la desgravación por Movilidad Geográfica. ¿Podría aplicar la desgravación por pago de hipoteca de vivienda habitual hasta el 15 de Julio y la movilidad geográfica?.He leído que hay gente a la que se les ha indicado que son incompatibles pero al haber residido en mi vivienda habitual más de 180 días, me surge la duda.
    Muchas gracias por este foro. Es realmente útil

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #254
    26/03/14 17:46

    Amparo, esto que has dicho se aplica para la exigencia de que residas al menos 3 años en la vivienda para que sea "vivienda habitual".

    Puedes deducirte por los meses que has vivido en ella. Si el trabajo fue, por ejemplo, de marzo a julio, pues te deduces la hipoteca de ene-feb y de ago-dic. si tuviste contrato de alquiler, te deduces por el alquiler de marzo-julio. Y adicionalmente, deducción por movilidad geográfica.

  8. en respuesta a mplazah
    -
    Top 100
    #253
    26/03/14 10:56
    Buenos días, He estado investigando un poco más en el manual de la Renta del ejercicio pasado y he llegado a la conclusión de que si puedes acogerte a ambas reducciones siempre que la vivienda habitual sobre la que recae la hipoteca, sea tu vivienda habitual porque se hayan cumplido estos requisitos:
    Se considera vivienda habitual la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los casos de:
  9. Boda
  10. Separación matrimonial
  11. Traslado laboral
  12. Obtención del primer empleo
  13. Cambio de empleo
  14. Inadecuación en caso de minusvalía
  15. Fallecimiento del contribuyente
  16. Por tanto, entiendo que si que podrás incluir las dos deducciones, de todos modos consulta tu caso concreto a un asesor fiscal o a la propia Agencia Tributaria, y si no te lo aceptarán deberías hacer una Declaración complementaria. Un saludo,
  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #252
    25/03/14 18:56

    Hola,
    Pero cual es la residencia habitual si pasas tanto tiempo en un municipio como en otro, durante la duración del contrato vivo en un municipio y cuando se acaba o estoy de vacaciones vivo en el primer domicilio.
    Y lo mas importe: Hacienda ya ha realizado la devolución y ahora me pide explicaciones. Que opciones tengo: a) discutir sobre la doble residencia b)confeccionar una complementaria
    Un saludo

  18. en respuesta a mplazah
    -
    Top 100
    #251
    25/03/14 09:17

    Bienvenido a Rankia,

    Si te aplicas la deducción por movilidad geográfica no es posible seguir aplicando la deducción por vivienda habitualya que has cambiado de vivienda habitual, ya no es tu vivienda habitual la vivienda hipotecada y por tanto no la puedes aplicar la segunda deducción.

    En este hilo lo comentan: Deducción por movilidad geográfica
    Un saludo,

  19. Nuevo
    #250
    24/03/14 19:53

    Hola,
    Durante el año 2012 acepté un contrato de trabajo en un municipio y autonomía distinto a mi domicilio habitual, donde estaba apuntado como demandante de empleo, pero aunque tuve que desplazar mi residencia habitual yo tengo en mi anterior residencia una vivienda propia con hipoteca por la que me estoy deduciendo desde el año 2000. ¿Puedo declarar movilidad geográfica y seguir deduciendo por la vivienda con hipoteca?

  20. en respuesta a Michael Heredia
    -
    Top 100
    #249
    20/03/14 11:47

    Bienvenido a Rankia,

    Deberás acudir a la oficina de empleo para que te saquen un extracto de tu vida profesional y puedas tenerlo como justificante.
    Un saludo,

  21. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #248
    20/03/14 10:55

    hOLA : A Proposito de la Tarjeta de demandante de empleo, me pasa que me llego un comunicado dond e me ponen: La reduccion practicada sobre el rendimiento neto del trabajo personal para contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a un nuevo municipio, es incorrecta, segun establece el articulo 20.2.b de la ley del impuesto.
    En su momento luego de terminar mi contrato de trabajo me inscribi en el INEM y luego consegui trabajo en Vigo. Tengo el empadronamiento en Arande de Duero, tengo el empadronamiento en Vigo donde resido por trabajo. pero he extraviado la tarjeta de demandante de empleo al ser del 2012. Como puedo solicitar un justificante u obtener un duplicado de dicho doumento. Un saludo y gracias por su pronta respuesta.

  22. en respuesta a marius21
    -
    #247
    20/03/14 10:46

    Si ya lo has presentado así, toca esperar respuesta.

  23. en respuesta a mayo26
    -
    #246
    19/03/14 15:49

    ya presente la documentación referente a mi vivienda habitual presente recibos d luz, agua asi como los comprobantes d pago d la hipoteca y obvio el empadronamiento d todos los integrantes. Con respecto a uno d los trabajos fuera, en Marruecos exactamente eh presentado copia d la carta d solicitud para poder trabajar allí x parte d la empresa q me contrato, copia pasaporte y las hojas donde figuran los sellos d entrada y salida d marruecos ¿eso cuenta como parte d los requisitos, mas q nada el tercer punto ? obvio los otros dos si los cumplo entregue carta del inem del 2011 donde figura q me encontraba en el paro antes d trabajar
    gracias por tu respuesta

  24. en respuesta a marius21
    -
    #245
    19/03/14 11:03

    Para tener derecho a la reducción por movilidad geográfica tienes que presentar obligatoriamente:
    - justificante de estar inscrito en el paro antes de aceptar el trabajo
    - contrato de trabajo
    - justificación de cambio de domicilio ( según el INFORMA, cualquier medio de prueba admitido en derecho )

    Para justificar la hipoteca, si tu familia son esposa e hijos, tienes que justificar que esos meses que estuviste fuera ellos se quedaron aquí y seguían viviendo en ese domicilio, y que tu seguías corriendo con los gastos.

  25. #244
    12/03/14 19:00

    muy buenas, me han pedido los papeles q presente en el 2011 para lo d la movilidad geográfica asi como lo q son los documentos d mi hipoteca, tuve q salir fuera a trabajar durante dos periodos en el 2011 d los cuales uno fue en marruecos, obviamente mi familia se quedo en casa y yo a buscar un alojamiento cerca del lugar de trabajo estuve en marruecos tengo una carta escrita en francés solicitando el permiso para poder trabajar allí y el pasaporte con los sellos d entrada y salida, eso me puede valer como documentación q acredita mi estancia allí, estuve 3 meses en los cuales la empresa en la q estaba pago el alojamiento, luego estuve trabajando en badajoz pero no tengo ni contrato ni pago del alquiler, ya q esos documentos no los tengo, y en su momento no me los pidieron. Agradeceria q me digan si solo es necesario la documentación q digo tener, obvio los contraatos d las empresas dond figura la ubicación del trabajo los tengo

  26. #243
    12/03/14 09:09

    Buenos días,

    Mi caso es el siguiente: Yo vivía en Palencia y estaba inscrito al paro. En febrero de 2012, acepté un puesto de becario en Madrid, que posteriormente me hicieron contrato y actualmente sigo trabajando en la misma empresa, espero que por muchos años. El caso es que me vine a Madrid y entré en un piso compartido sin contrato de alquiler ni nada; mi compañero de piso era el dueño del piso y yo todos los meses le pasaba el dinero de la renta en mano sin ningún tipo de justificante. Tampoco estaba empadronado en Madrid. En abril de 2013 cambié de piso y desde entonces tengo contrato de alquiler y estoy empadronado en Madrid. Mi pregunta es: ¿Podría solicitar esta reducción a pesar de que en el año en que me vine a trabajar y por tanto a vivir a Madrid, no tenía ningún documento que probara que yo vivía en Madrid?
    Por otro lado, en mi contrato de trabajo pone que el lugar de trabajo en en Madrid, ¿podría ser suficiente para justificar que vivía en Madrid?

    Muchas gracias y un saludo.

  27. Nuevo
    #242
    12/03/14 09:05

    Hola, llevo unos años trabajando durante la temporada de verano en Mallorca y no sabía nada de esta reducción. Mi pregunta es: Para poder marcar la casilla correspondiente en el borrador ¿tengo que haber aceptado el trabajo desde Sevilla, que es donde vivo, o me vale si me voy a buscarlo? ¿en la casilla de la residencia tengo que poner Andalucia o Baleares? Suelo alquilarme una habitación, por lo que no me hacen contrato de alquiler ¿me valdría el contrato de trabajo? Gracias

  28. en respuesta a juan8612
    -
    Top 100
    #241
    11/03/14 16:24

    Así es. Ya no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica. Solo la puedes aplicar en el ejercicio en que hayas estado trabajando en este sitio que ha supuesto tu cambio de domicilio habitual.

    Un saludo,