Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.
Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo.
Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral.
Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real.
Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo.
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.
Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante. Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior.
1. Estar inscrito como demandante de empleo
Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción.
2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto.
3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio
No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?
Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento:
Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti.
Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador.
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse:
Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.
Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes.
Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores
Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.
En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar.
La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien.
Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica
La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo.
No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.
La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.
Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.
En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
Hola qué tal?
Mi consulta tiene que ver sobre la compatibilidad entre la deducción por inversión en vivienda habitual y movilidad geográfica. Después de leer unos cuantos post no me queda claro...
Mi caso es el siguiente: Me compré mi casa en Albacete en el 2009 y desde entonces me aplico la reducción por la hipoteca que tengo por ella.
El año pasado, estando en el paro un mes, me llamaron para trabajar en Toledo (soy profesor). Estoy en un piso de alquiler en Toledo, rellené el modelo 145 y tengo derecho a la reducción por movilidad geográfica.
Ahora bien...yo todos los santos viernes vuelvo a MI CASA, que es en donde vivo con mi pareja (no estamos casados) que sigue estando en Albacete, y que cuya hipoteca sigo pagando religiosamente.
En el borrador me aparecen ambas reducciónes (movilidad geográfica por mi trabajo en Toledo y deducción por inversión en vivienda habitual, por mi hipoteca en Albacete).
¿Si lo confirmo tendré problemas? ¿Son compatibles??
Como dices, si no estabas inscrito al desempleo un día antes de empezar con el nuevo trabajo, no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta; debes tener en cuenta que para poder aplicarla se debe de entender que estabas inscrito y desempleado cierto tiempo, y aceptas un nuevo trabajo independientemente de el municipio dónde esté.
Si la fecha de inicio de trabaja en el nuevo empleo es el 17 de junio o anterior y acreditas tener un contrato de alquiler o cambio de empadronamiento, si que podrías aplicar la reducción por movilidad geográfica.
Un saludo,
Podrás aplicar la deducción por movilidad geográfica en 2013, aunque no la hayas presentado en 2012, pero tienes que tener o bien el cambio de empadronamiento o bien un contrato de alquiler, recibos de luz y agua de la vivienda en que residías en A Coruña, ya que si no no, con los informes de ventas o factura de un gimnasio no estás acreditando el cambio de domicilio habitual.
De todos modos, si prefieres, acude a un asesor fiscal y que te detalle cómo tendrías que proceder.
Un saludo,
Al cumplir los requisitos por movilidad geográfica, puedes aplicar la deducción durante el año 2013 y 2014, además, si has estado alquilado en Madrid, puedes aplicar la deducción por alquiler en tu Declaración de la Renta ya que ambas no son incompatibles. Un saludo,
A ver si alguien me puede ayudar.
Yo la última semana de Junio de 2013 acepté un trabajo para empezar a trabajar en Barcelona.
pero la fecha de comienzo del contrato era en Septiembre. De todas formas firmé un acuerdo con la empresa donde aparecían las condiciones y la que empezaría a trabajar en Septiembre (la fecha del acuerdo es la primera semana de Julio)
El 17 de junio de 2013 caduco mi caducó mi demanda de empleo, y me olvidé de renovarla. Estaba ya casi contratado por lo que pensé en renovarla en caso de no conseguir el trabajo.(sólo teníamos que llegar al acuerdo económico)
tengo un par de preguntas:
- Si el acuerdo con la empresa fuera anterior a la caducidad de mi demanda de empleo, podría alegar que ya tenía trabajo y no renové la demanda por eso, y poder optar a la reducción por movilidad geográfica.
- Si el acuerdo con la empresa fuese posterior tendría alguna oportunidad de la reducción por movilidad geográfica.
En Febrero de 2012 me trasladé desde Pontevedra para trabajar en A Coruña (estaba inscrito en el INEM)
DECLARACIÓN 2012: Ignorante de mi no la hice. Me daba a pagar 12 euros y como no estaba obligado a hacerla la dejé sin hacer
En 2013 estuve trabajando en esa misma empresa en A Coruña desde Enero hasta Octubre de 2013 que me despidieron. Luego durante Octubre, Noviembre y Diciembre tuve como pagador al INEM.
DECLARACIÓN 2013: Al tener dos pagadores y aunque no superé el tope de 22.000 euros, estoy obligado a declarar. Descargué el borrador y me sale a pagar 500 euros aunque me dice que faltan datos catastrales. Pretengo deducir tanto los gastos del abogado en la conciliación (max 300 euros) como la movilidad geográfica.
PREGUNTA: Pretendo solicitar la movilidad geográfica ya que es una realidad, pero tengo algunas dudas al respecto ya que demostrarlo puede no ser tan sencillo:
1- ¿Puedo solicitar la reducción por movilidad geográfica para 2013 sin haber hecho la declaración de 2012 que fue el año real del movimiento geográfico?
2- ¿Los informes de ventas de la empresa en la que trabajaba (domicilio de clientes a los que visitaba), así como la situación de la sede de mi ex empresa y las facturas del gimnasio y una academia pueden servir como justificación de que vivía en A Coruña? (no cambié el domicilio fiscal hasta 2014 que fue cuando me di cuenta del tema de la deducción a recomendación de un funcionario de la AET)
No sé si ya se ha respondido a esta cuestión con anterioridad.
El caso es el siguiente:
De enero a julio 2013, tengo un contrato laboral en Madrid con una empresa A.
En agosto 2013, finaliza y me inscribo en mi oficina en demanda de empleo, en Castellón.
En septiembre 2013, surge una nueva oferta en Madrid para otra empresa B, y me traslado de nuevo a la capital.
Para la declaración 2013, tengo pensando solicitar la Movilidad Geográfica, por cumplir los requisitos que se detallan, pero por estar por debajo de los 24.000€, puedo también solicitar la deducción por alquiler de la Comunidad de Madrid, pero desconozco si puedo poner los 11 meses, o no debo incluirlos, si ya estoy marcando la movilidad geográfica. ¿Son incompatibles uno y otro? ¿Me puedo deducir el alquiler de todo el año (a excepción de agosto) y solicitar la Movilidad Geográfica?
Como dices, si no puedes acreditar que habías cambiado tu domicilio habitual, no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, deberías tener al menos un contrato de alquiler o empadronamiento en el nuevo municipio.
De todos modos, si finalmente lo puedes documentar con facturas de luz, agua o transferencias del alquiler, puedes aplicar la deducción por vivienda habitual para los meses que si que estabas en tu vivienda, y la reducción por movilidad geográfica. Un saludo,
Tengo una vivienda desde el 2009 y en el 2010 me hipotequé. Hasta entonces he trabajado en mi comunidad pero en el 2012 estuve en el paro desde marzo hasta noviembre y me traslade de comunidad por trabajo en noviembre. Estuve trabajando hasta marzo del 2013 termine de trabajar y volvi a mi comunidad. Estuve 1 mes en paro y volvi a encontrar trabajo fuera de mi comunidad desde mayo hasta hace 2 meses. Ahora por fin encontre en mi comunidad, jeje.
Mientras estuve trabajando fuera pedi en el modelo 145 lo de movilidad geografica. Ahora en el borrador me aparece por una parte lo de movilidad geografica y por otra lo de vivienda habitual. Puedo pedir en la declaracion las 2?
Mientras estuve trabajando fuera vivia en piso compartido, por lo que no tenia contrato de la casa y segui pagando mi hipoteca mientras tanto.
Lo he vuelto a escribir mas detalladamente, no me deja editar.
Tengo una duda al respecto. En mi declaracion desgravo por vivienda habitual, estaba en el paro, acepte un trabajo fuera de mi comunidad y me traslade a vivir alli durante un tiempo. En el borrador veo que pone las 2 cosas, tengo marcado que desgravo por vivienda y por deduccion.
En la declaracion puedo tener las 2 cosas? Desgravacion por vivienda y aplicar la movilidad geografica?
Alli mientras trabaje estuve en una casa compartiendola, por tanto, no tengo nada que justifique mi presencia. Bueno, supongo que podria pedir gastos de luz o algo, pero como no estaba a mi nombre el contrato...
Mi duda era que si se podría aplicar solamente al primer pagador (mismo del año anterior) o en ambos al ser una subrogación de mi contrato (no hubo firma de nuevo contrato, simplemente pase un día a pertenecer a otra empresa).
Deberás ir al menú del programa PADRE: Ver - Datos personales - Datos Adicionales y marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante. Y automáticamente, en la casilla 018 se te aplicará la reducción para los rendimientos del trabajo obtenidos. Un saludo,
Por lo que comentas, no tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica, ya que el cambio de tu domicilio habitual no ha sido ocasionado por el nuevo trabajo. Tu te empadronaste y tienes contrato de alquiler antes de firmar el contrato del nuevo trabajo. Por ello, creo que no la puedes aplicar en la Declaración de la Renta.
1.- El año pasado apliqué por primera vez la movilidad geográfica y después de revisar la documentación me la concedieron, pero este año no encuentro por ninguna parte del programa PADRE donde puedo marcarla.
2.- Durante el periodo del 2013 tuve dos pagadores debido a que en marzo, mi contrato fue subrogado a una nueva empresa (aunque mi puesto y funciones siguen iguales dentro del cliente para el que trabajo), ¿la reducción por movilidad se aplica ambos pagadores?
Buenas tardes.
Os expongo mi caso, a ver si alguien me puede resolver mi duda.
En enero estaba inscrito en mi ciudad (Andalucía) y cobrando el paro.
En Febrero me mudé a Madrid y tengo un contrato de alquiler.
En Abril me empadroné en Madrid.
Y desde Julio llevo trabajando en una empresa.
Mi pregunta es si me correspondería la ayuda por Movilidad Geografica ya que si lees los requisitos a priori los cumplo, pero yo tengo muchas dudas.
Si hago la renta incluyendo esta ayuda y luego la revisan y diciendome que no me corresponde, tendría simplemente que devolver la cantidad de la que me beneficio o ademas una multa.
Muchas gracias.
Eso no es así, cualquier trabajo nuevo que aceptes y suponga un desplazamiento de tu vivienda habitual es susceptible para aplicar la reducción por movilidad geográfica siempre que el contribuyente estuviera inscrito a la oficina de empleo.
Primero que todo muchas gracias por resolver nuestras dudas, es increíble el trabajo que hacéis aquí!
Mi duda creo que es sencilla, el año pasado cobrando la prestación por desempleo me salió un trabajo en
otra comunidad y trasladé mi residencia hasta el día de hoy. He llamado a hacienda y me dicen que para
que te puedan aplicar la deducción por movilidad geográfica la oferta de empleo me la tiene que haber
ofrecido el INEM y no es mi caso ya que el empleo lo encontré yo por mi cuenta (gracias al cielo).
¿Es así de claro? Yo he leído la ley y es algo ambiguo...
En el artículo Casillas más utilizadas en el programa PADRE 2013 se indica que para aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta debes de indicarlo en la Casilla 018 y además indicar en el menú del programa PADRE: Ver - Datos personales - Datos Adicionales y marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante.
¡Hola Amparo!
En agosto estaba en el paro e inscrita en el INEM, el 1 de septiembre empecé a trabajar en Marruecos, hasta enero de 2014 no me empadroné en la oficina consular debido a los trámites burocráticos para legalizar la carta de residencia en Marruecos.Pero llevaba viviendo allí desde septiembre
Me han enviado el impreso 190 de información individual y figura la retribución íntegra de esos 4 meses trabajados en 2013, más la retención a cuenta y otra cifra de gastos deducibles, pero no se indica si es en concepto de movilidad geográfica.
Yo querría saber si ya ese concepto viene reflejado de oficio en el borrador de la declaración de la renta, pero si debe indicar en algún lado movilidad geográfica. En datos fiscales tengo mi domicilio de Madrid, pues aquí tengo mi domicilio y mis cuentas bancarias.
¿En qué casillas hay que hacer constar la movilidad geográfica?
Al entregar la declaración en el banco ¿hay que adjuntar el contrato, vida laboral, certificado de INEM?
Muchísimas gracias por la información.