Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
Artículo 19.2
En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.
👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?
Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:
📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.
La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.
Consejos para aplicar la deducción correctamente
✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.
Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
Hola qué tal?
Mi consulta tiene que ver sobre la compatibilidad entre la deducción por inversión en vivienda habitual y movilidad geográfica. Después de leer unos cuantos post no me queda claro...
Mi caso es el siguiente: Me compré mi casa en Albacete en el 2009 y desde entonces me aplico la reducción por la hipoteca que tengo por ella.
El año pasado, estando en el paro un mes, me llamaron para trabajar en Toledo (soy profesor). Estoy en un piso de alquiler en Toledo, rellené el modelo 145 y tengo derecho a la reducción por movilidad geográfica.
Ahora bien...yo todos los santos viernes vuelvo a MI CASA, que es en donde vivo con mi pareja (no estamos casados) que sigue estando en Albacete, y que cuya hipoteca sigo pagando religiosamente.
En el borrador me aparecen ambas reducciónes (movilidad geográfica por mi trabajo en Toledo y deducción por inversión en vivienda habitual, por mi hipoteca en Albacete).
¿Si lo confirmo tendré problemas? ¿Son compatibles??
Como dices, si no estabas inscrito al desempleo un día antes de empezar con el nuevo trabajo, no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta; debes tener en cuenta que para poder aplicarla se debe de entender que estabas inscrito y desempleado cierto tiempo, y aceptas un nuevo trabajo independientemente de el municipio dónde esté.
Si la fecha de inicio de trabaja en el nuevo empleo es el 17 de junio o anterior y acreditas tener un contrato de alquiler o cambio de empadronamiento, si que podrías aplicar la reducción por movilidad geográfica.
Un saludo,
Podrás aplicar la deducción por movilidad geográfica en 2013, aunque no la hayas presentado en 2012, pero tienes que tener o bien el cambio de empadronamiento o bien un contrato de alquiler, recibos de luz y agua de la vivienda en que residías en A Coruña, ya que si no no, con los informes de ventas o factura de un gimnasio no estás acreditando el cambio de domicilio habitual.
De todos modos, si prefieres, acude a un asesor fiscal y que te detalle cómo tendrías que proceder.
Un saludo,
Al cumplir los requisitos por movilidad geográfica, puedes aplicar la deducción durante el año 2013 y 2014, además, si has estado alquilado en Madrid, puedes aplicar la deducción por alquiler en tu Declaración de la Renta ya que ambas no son incompatibles. Un saludo,
Nuevo
#336
11/05/14 14:40
Buenos días ,
A ver si alguien me puede ayudar.
Yo la última semana de Junio de 2013 acepté un trabajo para empezar a trabajar en Barcelona.
pero la fecha de comienzo del contrato era en Septiembre. De todas formas firmé un acuerdo con la empresa donde aparecían las condiciones y la que empezaría a trabajar en Septiembre (la fecha del acuerdo es la primera semana de Julio)
El 17 de junio de 2013 caduco mi caducó mi demanda de empleo, y me olvidé de renovarla. Estaba ya casi contratado por lo que pensé en renovarla en caso de no conseguir el trabajo.(sólo teníamos que llegar al acuerdo económico)
tengo un par de preguntas:
- Si el acuerdo con la empresa fuera anterior a la caducidad de mi demanda de empleo, podría alegar que ya tenía trabajo y no renové la demanda por eso, y poder optar a la reducción por movilidad geográfica.
- Si el acuerdo con la empresa fuese posterior tendría alguna oportunidad de la reducción por movilidad geográfica.
Nuevo
#335
10/05/14 18:11
Buenas tardes,
Os expongo mi caso, que es un poco enrevesado.
En Febrero de 2012 me trasladé desde Pontevedra para trabajar en A Coruña (estaba inscrito en el INEM)
DECLARACIÓN 2012: Ignorante de mi no la hice. Me daba a pagar 12 euros y como no estaba obligado a hacerla la dejé sin hacer
En 2013 estuve trabajando en esa misma empresa en A Coruña desde Enero hasta Octubre de 2013 que me despidieron. Luego durante Octubre, Noviembre y Diciembre tuve como pagador al INEM.
DECLARACIÓN 2013: Al tener dos pagadores y aunque no superé el tope de 22.000 euros, estoy obligado a declarar. Descargué el borrador y me sale a pagar 500 euros aunque me dice que faltan datos catastrales. Pretengo deducir tanto los gastos del abogado en la conciliación (max 300 euros) como la movilidad geográfica.
PREGUNTA: Pretendo solicitar la movilidad geográfica ya que es una realidad, pero tengo algunas dudas al respecto ya que demostrarlo puede no ser tan sencillo:
1- ¿Puedo solicitar la reducción por movilidad geográfica para 2013 sin haber hecho la declaración de 2012 que fue el año real del movimiento geográfico?
2- ¿Los informes de ventas de la empresa en la que trabajaba (domicilio de clientes a los que visitaba), así como la situación de la sede de mi ex empresa y las facturas del gimnasio y una academia pueden servir como justificación de que vivía en A Coruña? (no cambié el domicilio fiscal hasta 2014 que fue cuando me di cuenta del tema de la deducción a recomendación de un funcionario de la AET)
Muchas gracias por adelantado!
Nuevo
#334
09/05/14 19:23
Hola,
No sé si ya se ha respondido a esta cuestión con anterioridad.
El caso es el siguiente:
De enero a julio 2013, tengo un contrato laboral en Madrid con una empresa A.
En agosto 2013, finaliza y me inscribo en mi oficina en demanda de empleo, en Castellón.
En septiembre 2013, surge una nueva oferta en Madrid para otra empresa B, y me traslado de nuevo a la capital.
Para la declaración 2013, tengo pensando solicitar la Movilidad Geográfica, por cumplir los requisitos que se detallan, pero por estar por debajo de los 24.000€, puedo también solicitar la deducción por alquiler de la Comunidad de Madrid, pero desconozco si puedo poner los 11 meses, o no debo incluirlos, si ya estoy marcando la movilidad geográfica. ¿Son incompatibles uno y otro? ¿Me puedo deducir el alquiler de todo el año (a excepción de agosto) y solicitar la Movilidad Geográfica?
Como dices, si no puedes acreditar que habías cambiado tu domicilio habitual, no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, deberías tener al menos un contrato de alquiler o empadronamiento en el nuevo municipio.
De todos modos, si finalmente lo puedes documentar con facturas de luz, agua o transferencias del alquiler, puedes aplicar la deducción por vivienda habitual para los meses que si que estabas en tu vivienda, y la reducción por movilidad geográfica. Un saludo,
#332
08/05/14 23:55
Buenas noches.
Tengo una vivienda desde el 2009 y en el 2010 me hipotequé. Hasta entonces he trabajado en mi comunidad pero en el 2012 estuve en el paro desde marzo hasta noviembre y me traslade de comunidad por trabajo en noviembre. Estuve trabajando hasta marzo del 2013 termine de trabajar y volvi a mi comunidad. Estuve 1 mes en paro y volvi a encontrar trabajo fuera de mi comunidad desde mayo hasta hace 2 meses. Ahora por fin encontre en mi comunidad, jeje.
Mientras estuve trabajando fuera pedi en el modelo 145 lo de movilidad geografica. Ahora en el borrador me aparece por una parte lo de movilidad geografica y por otra lo de vivienda habitual. Puedo pedir en la declaracion las 2?
Mientras estuve trabajando fuera vivia en piso compartido, por lo que no tenia contrato de la casa y segui pagando mi hipoteca mientras tanto.
Lo he vuelto a escribir mas detalladamente, no me deja editar.
Muchas Gracias.
#331
08/05/14 21:17
Hola, buenas noches.
Tengo una duda al respecto. En mi declaracion desgravo por vivienda habitual, estaba en el paro, acepte un trabajo fuera de mi comunidad y me traslade a vivir alli durante un tiempo. En el borrador veo que pone las 2 cosas, tengo marcado que desgravo por vivienda y por deduccion.
En la declaracion puedo tener las 2 cosas? Desgravacion por vivienda y aplicar la movilidad geografica?
Alli mientras trabaje estuve en una casa compartiendola, por tanto, no tengo nada que justifique mi presencia. Bueno, supongo que podria pedir gastos de luz o algo, pero como no estaba a mi nombre el contrato...
en respuesta a
Amparo Sisternes
-
Nuevo
#330
07/05/14 08:39
Muchas gracias Amparo,
un saludo
en respuesta a
Amparo Sisternes
-
Nuevo
#329
06/05/14 17:18
Muchas gracias Amparo,
Mi duda era que si se podría aplicar solamente al primer pagador (mismo del año anterior) o en ambos al ser una subrogación de mi contrato (no hubo firma de nuevo contrato, simplemente pase un día a pertenecer a otra empresa).
Deberás ir al menú del programa PADRE: Ver - Datos personales - Datos Adicionales y marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante. Y automáticamente, en la casilla 018 se te aplicará la reducción para los rendimientos del trabajo obtenidos. Un saludo,
Por lo que comentas, no tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica, ya que el cambio de tu domicilio habitual no ha sido ocasionado por el nuevo trabajo. Tu te empadronaste y tienes contrato de alquiler antes de firmar el contrato del nuevo trabajo. Por ello, creo que no la puedes aplicar en la Declaración de la Renta.
Un saludo,
Nuevo
#326
06/05/14 15:23
Buenos días,
Igual alguien me puede ayudar:
1.- El año pasado apliqué por primera vez la movilidad geográfica y después de revisar la documentación me la concedieron, pero este año no encuentro por ninguna parte del programa PADRE donde puedo marcarla.
2.- Durante el periodo del 2013 tuve dos pagadores debido a que en marzo, mi contrato fue subrogado a una nueva empresa (aunque mi puesto y funciones siguen iguales dentro del cliente para el que trabajo), ¿la reducción por movilidad se aplica ambos pagadores?
Muchas Gracias
Nuevo
#325
06/05/14 15:09
Buenas tardes.
Os expongo mi caso, a ver si alguien me puede resolver mi duda.
En enero estaba inscrito en mi ciudad (Andalucía) y cobrando el paro.
En Febrero me mudé a Madrid y tengo un contrato de alquiler.
En Abril me empadroné en Madrid.
Y desde Julio llevo trabajando en una empresa.
Mi pregunta es si me correspondería la ayuda por Movilidad Geografica ya que si lees los requisitos a priori los cumplo, pero yo tengo muchas dudas.
Si hago la renta incluyendo esta ayuda y luego la revisan y diciendome que no me corresponde, tendría simplemente que devolver la cantidad de la que me beneficio o ademas una multa.
Muchas gracias.
Eso no es así, cualquier trabajo nuevo que aceptes y suponga un desplazamiento de tu vivienda habitual es susceptible para aplicar la reducción por movilidad geográfica siempre que el contribuyente estuviera inscrito a la oficina de empleo.
Un saludo,
Nuevo
#323
05/05/14 13:33
Muy buenas!
Primero que todo muchas gracias por resolver nuestras dudas, es increíble el trabajo que hacéis aquí!
Mi duda creo que es sencilla, el año pasado cobrando la prestación por desempleo me salió un trabajo en
otra comunidad y trasladé mi residencia hasta el día de hoy. He llamado a hacienda y me dicen que para
que te puedan aplicar la deducción por movilidad geográfica la oferta de empleo me la tiene que haber
ofrecido el INEM y no es mi caso ya que el empleo lo encontré yo por mi cuenta (gracias al cielo).
¿Es así de claro? Yo he leído la ley y es algo ambiguo...
En el artículo Casillas más utilizadas en el programa PADRE 2013 se indica que para aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta debes de indicarlo en la Casilla 018 y además indicar en el menú del programa PADRE: Ver - Datos personales - Datos Adicionales y marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante.
Un saludo,
en respuesta a
vdubova
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#321
02/05/14 23:09
¡Hola Amparo!
En agosto estaba en el paro e inscrita en el INEM, el 1 de septiembre empecé a trabajar en Marruecos, hasta enero de 2014 no me empadroné en la oficina consular debido a los trámites burocráticos para legalizar la carta de residencia en Marruecos.Pero llevaba viviendo allí desde septiembre
Me han enviado el impreso 190 de información individual y figura la retribución íntegra de esos 4 meses trabajados en 2013, más la retención a cuenta y otra cifra de gastos deducibles, pero no se indica si es en concepto de movilidad geográfica.
Yo querría saber si ya ese concepto viene reflejado de oficio en el borrador de la declaración de la renta, pero si debe indicar en algún lado movilidad geográfica. En datos fiscales tengo mi domicilio de Madrid, pues aquí tengo mi domicilio y mis cuentas bancarias.
¿En qué casillas hay que hacer constar la movilidad geográfica?
Al entregar la declaración en el banco ¿hay que adjuntar el contrato, vida laboral, certificado de INEM?
Muchísimas gracias por la información.