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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.

Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT
 
  • Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo. 
  • Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral. 
  • Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real. 
  • Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo. 

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

 La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.

Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente.  Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración. 

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable. 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior. 
 

1. Estar inscrito como demandante de empleo

Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción. 

2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual

El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto. 

3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio

No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos. 

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?

Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento: 
  • Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti. 

Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador. 
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse: 

  • Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
  • Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.

Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes. 
 

Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores 


Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.

En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar. 

La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien. 

Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica


La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo. 


No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.


La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.


Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.


En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
 
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  1. en respuesta a eeggoo
    -
    Top 100
    #560
    07/05/15 19:11

    Bienvenido a Rankia, como todavía estamos en plazo de Declaración de la Renta 2014, puedes presentar de nuevo una declaración de la renta con los datos modificados, no es necesario que hagas una declaración complementaria. En la casilla 019 del programa PADRE 2014, tienes la opción de marcar esta reducción por movilidad geográfica: https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2738535-casillas-mas-utilizadas-programa-padre-2014 Saludos,

  2. en respuesta a Enfermeroman
    -
    Top 100
    #559
    07/05/15 19:10

    Bienvenido a Rankia, como todavía estamos en plazo de Declaración de la Renta 2014, puedes presentar de nuevo una declaración de la renta con los datos modificados, no es necesario que hagas una declaración complementaria. Saludos,

  3. Nuevo
    #558
    07/05/15 18:03

    Hola,
    he hecho y confirmado el borrador de la declaracion de la renta de 2014 y no he indicado la deduccion por movilidad geográfica, con lo que tengo que realizar ahora una complementaria.
    En que apartado tengo que indicarlo? ya que en el borrador no me aparecía.
    Aún estoy a tiempo de recibir esa ayuda pro movilidad geografica? o al haber confirmadao (y recibido el ingreso en la cuenta bancaria) ya la he perdido?
    Cumplo todos los requisitos para poder desgrabar el 100%
    Gracias

  4. Nuevo
    #557
    06/05/15 23:54

    Hola, querría hacer una consulta acerca de mi caso particular. En octubre de 2014 me quedé en paro en la provincia de Málaga, posteriormente en Diciembre de 2014 acepté un trabajo en la provincia de Zamora, y fui a vivir a casa de mis padres a Valladolid. No fue hasta Abril de 2015 cuando cambié mi domicilio fiscal a Valladolid. Es decir, en mi caso los requisitos:
    - Haber estado inscrito en la oficina de empleo ==> Si, durante los meses de octubre y noviembre de 2014.
    - Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual ==> Si, residencia habitual en Málaga y Trabajo en Zamora.
    - Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio ==> Traslado a de Málaga a Valladolid, aquí el problema pues no se como podría justificarlo, no me empadroné pues no supe cuanto tiempo iba a estar trabajando en este nuevo trabajo. Ya comenté que ahora vivo en casa de mis padres. ¿Hacienda supondrá que dado que no voy a ir y a venir de trabajar de Zamora a Málaga todos los días el cambio de domicilio está hecho?

    Otra pregunta que quería hacer es ¿donde debo de tributar, en Andalucía o Castilla y León?; muchísimas gracias por todo.

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #556
    06/05/15 15:22

    Hola!

    El otro día sin saber que podría añadir en mi borrador la opción de reducción por movilidad geográfica acepte mi borrador el cual me salia a pagar 150 euros. Ahora quiero echar una declaración complementaria añadiendo la casilla de reducción por movilidad geográfica pero a la hora de elegir la opción de declaración complementaria correspondiente no se cual seria el caso para este hecho. Me podrían ayudar por favor? Muchas gracias de antemano.

  6. en respuesta a cncruzher
    -
    Top 100
    #555
    04/05/15 09:12
    Buenos días, para saber si puede existir compatibilidad con ambas deducciones en la Declaración de la Renta tienes que tener en cuenta que:
    Se considera vivienda habitual la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los casos de:
  7. Boda
  8. Separación matrimonial
  9. Traslado laboral
  10. Obtención del primer empleo
  11. Cambio de empleo
  12. Inadecuación en caso de minusvalía
  13. Fallecimiento del contribuyente
  14. Por tanto, entiendo que si que podrás incluir las dos deducciones, de todos modos consulta tu caso concreto a un asesor fiscal o a la propia Agencia Tributaria. Un saludo.
  15. en respuesta a cncruzher
    -
    Top 100
    #554
    04/05/15 09:10
    Buenos días, Habrá compatibilidad con estas deducciones siempre que la vivienda habitual sobre la que recae la hipoteca, sea tu vivienda habitual porque se hayan cumplido estos requisitos:
    Se considera vivienda habitual la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los casos de:
  16. Boda
  17. Separación matrimonial
  18. Traslado laboral
  19. Obtención del primer empleo
  20. Cambio de empleo
  21. Inadecuación en caso de minusvalía
  22. Fallecimiento del contribuyente
  23. Por tanto, entiendo que si que podrás incluir las dos deducciones, de todos modos consulta tu caso concreto a un asesor fiscal o a la propia Agencia Tributaria. Un saludo.
  24. Nuevo
    #553
    03/05/15 19:40

    Hola buenas tardes. Mi pregunta es la siguiente
    Desde hace varios años trabajo de profesor interino y pagando mi hipoteca,desgravandola como vivienda habitual.
    El caso es que durante 2014 fui trasladado a otra provincia de forma forzosa teniendo que pagar allí alquiler,al tiempo que pagaba mi hipoteca. Puedo desggravarme el alquiler y el pago de préstamo hipotecario como vivienda habitual??.
    Mi comunidad de residencia es Canarias. Gracias por vuestra respuesta

  25. en respuesta a perem
    -
    Top 100
    #552
    30/04/15 17:09

    Buenas tardes, en este artículo se explica tu duda: Pensión compensatoria y anualidades por alimentos en la Declaración de la Renta

    Un abrazo,

  26. Nuevo
    #551
    30/04/15 16:51

    Buenas tardes,

    mi pregunta es la siguiente:

    Una amiga tiene un hijo y recibe de forma irregular un pequeño importe de su expareja para la manutención del niño que tienen en común. El importe que le ingresa está pactado de forma privada, similar a un contrato privado, es decir que no está establecido por ningún juez ni convenio regulador de separación puesto que además nunca han estado casados.
    En este caso, ¿Debe declarar esas cantidades recibidas durante 2014 en la declaración de la renta?

  27. en respuesta a Tracert
    -
    Top 100
    #550
    30/04/15 15:40

    Buenas tardes, aunque el resultado de tu declaración de la renta sea a devolver, si tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica, puedes hacerlo. Para ello tienes que cumplir los requisitos de aceptar un puesto de trabajo en un municipio diferente a donde tienes el domicilio habitual, estar inscrito al paro antes de aceptar este nuevo puesto y desplazar tu domicilio habitual, teniendo contrato de trabajo o empadronamiento en el nuevo municipio.

    Saludos,

  28. Nuevo
    #549
    30/04/15 12:03

    Hola,
    Tengo una duda con respecto a la reducción por movilidad geográfica
    Trabaje durante 5 meses fuera de mi domicilio habitual, cumpliendo los requisitos para la reducción por movilidad geográfica.
    A la hora de realizar la declaración me sale a devolver sin tener en cuenta la movilidad geográfica, ¿si se tiene en cuenta la movilidad geográfica, me saldría a devolver mas, o solo se aplica en el caso de que no te salga a devolver?
    Perdón por mi ignorancia, es la primera vez que hago la declaración.
    Un saludo

  29. en respuesta a aurbinap
    -
    Top 100
    #548
    29/04/15 10:41

    Buenos días, no entiendo tu pregunta. La deducción por alquiler de vivienda habitual no tiene ningún requisito de desempleo: Deducción por alquiler de vivienda habitual. Saludos,

  30. Nuevo
    #547
    29/04/15 02:55

    En el 2014 me encontraba desempleado, dado que no tenia derecho a la prestacion por desempleo no me inscribi en el paro.

    Vivo en Cataluña, ahora en la declaracio conjunta con mi pareja del 2014, no sabemos si podemos aplicar a la deducion por alquiler del 10% por haber estado desempleado mas de 183 dias.

  31. en respuesta a frias_01
    -
    Top 100
    #546
    28/04/15 09:44

    Hola, si no la aplicaste en 2013, año en que tenías derecho por el cambio de domicilio habitual debido a razones laborales, no lo puedes aplicar en 2014. Lo correcto para poder aplicarlo también en 2014 es que hagas una solicitud de ingresos indebidos de la Renta 2013. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y te ayuda a solucionar la omisión de esta reducción.

    Saludos,

  32. #545
    28/04/15 09:21

    Hola,

    Tengo una duda sobre la reducción por movilidad geográfica.

    En el año 2013 cambia de municipio pero no aplique la deducción en la renta del año 2013, pero me gustaría aplicarla en la renta de 2014. ¿Existe algún motivo para el que no la pueda aplicar debido a que no lo hice en 2013?

  33. en respuesta a Ályan
    -
    Top 100
    #544
    28/04/15 09:18

    Bienvenido a Rankia,

    Deberías hacer una solicitud de ingresos indebidos referente a la Declaración de la Renta 2013, para ello te recomiendo que acudas a un asesor fiscal. Puedes aplicar también la deducción por alquiler de vivienda habitual, simultaneamente a la reducción por movilidad geográfica, tanto en 2013 como en 2014. A tu pareja no le afecta, supongo que haréis declaración en modalidad individual i no estáis casados.

    Saludos,

  34. Nuevo
    #543
    27/04/15 17:50

    Hola, en 2013 me vine a vivir a León desde Asturias, pero no solicité la reducción por movilidad al no saber ni que existía, cómo debo hacer para solicitarlo ahora? Sigo empadronado en Oviedo, pero tengo contrato de alquiler y demás facturas, tendré algún problema?

    Por otra parte estoy viviendo con mi pareja que está en paro, pero tuvo unos días sueltos de trabajo, le compensa de algún modo hacer la declaración y solicitar reducción por movilidad y alquiler?

    Un saludo y gracias.

  35. en respuesta a Terococo
    -
    #542
    24/04/15 15:37

    Rectifico, quería decir 182 días.

  36. en respuesta a Terococo
    -
    Top 100
    #541
    24/04/15 13:28

    Disculpa por la cifra de días, la vivienda habitual es aquella en la que el contribuyente resida durante más de 183 días al año.
    Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para consultar vuestro caso concreto.

    Saludos,