Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
Artículo 19.2
En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.
👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?
Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:
📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.
La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.
Consejos para aplicar la deducción correctamente
✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.
Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
Bienvenido a Rankia, como todavía estamos en plazo de Declaración de la Renta 2014, puedes presentar de nuevo una declaración de la renta con los datos modificados, no es necesario que hagas una declaración complementaria. En la casilla 019 del programa PADRE 2014, tienes la opción de marcar esta reducción por movilidad geográfica: https://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/2738535-casillas-mas-utilizadas-programa-padre-2014 Saludos,
Bienvenido a Rankia, como todavía estamos en plazo de Declaración de la Renta 2014, puedes presentar de nuevo una declaración de la renta con los datos modificados, no es necesario que hagas una declaración complementaria. Saludos,
Nuevo
#558
07/05/15 18:03
Hola,
he hecho y confirmado el borrador de la declaracion de la renta de 2014 y no he indicado la deduccion por movilidad geográfica, con lo que tengo que realizar ahora una complementaria.
En que apartado tengo que indicarlo? ya que en el borrador no me aparecía.
Aún estoy a tiempo de recibir esa ayuda pro movilidad geografica? o al haber confirmadao (y recibido el ingreso en la cuenta bancaria) ya la he perdido?
Cumplo todos los requisitos para poder desgrabar el 100%
Gracias
Nuevo
#557
06/05/15 23:54
Hola, querría hacer una consulta acerca de mi caso particular. En octubre de 2014 me quedé en paro en la provincia de Málaga, posteriormente en Diciembre de 2014 acepté un trabajo en la provincia de Zamora, y fui a vivir a casa de mis padres a Valladolid. No fue hasta Abril de 2015 cuando cambié mi domicilio fiscal a Valladolid. Es decir, en mi caso los requisitos:
- Haber estado inscrito en la oficina de empleo ==> Si, durante los meses de octubre y noviembre de 2014.
- Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual ==> Si, residencia habitual en Málaga y Trabajo en Zamora.
- Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio ==> Traslado a de Málaga a Valladolid, aquí el problema pues no se como podría justificarlo, no me empadroné pues no supe cuanto tiempo iba a estar trabajando en este nuevo trabajo. Ya comenté que ahora vivo en casa de mis padres. ¿Hacienda supondrá que dado que no voy a ir y a venir de trabajar de Zamora a Málaga todos los días el cambio de domicilio está hecho?
Otra pregunta que quería hacer es ¿donde debo de tributar, en Andalucía o Castilla y León?; muchísimas gracias por todo.
en respuesta a
Amparo Sisternes
-
#556
06/05/15 15:22
Hola!
El otro día sin saber que podría añadir en mi borrador la opción de reducción por movilidad geográfica acepte mi borrador el cual me salia a pagar 150 euros. Ahora quiero echar una declaración complementaria añadiendo la casilla de reducción por movilidad geográfica pero a la hora de elegir la opción de declaración complementaria correspondiente no se cual seria el caso para este hecho. Me podrían ayudar por favor? Muchas gracias de antemano.
Buenos días, para saber si puede existir compatibilidad con ambas deducciones en la Declaración de la Renta tienes que tener en cuenta que:
Se considera vivienda habitual la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los casos de:
Boda
Separación matrimonial
Traslado laboral
Obtención del primer empleo
Cambio de empleo
Inadecuación en caso de minusvalía
Fallecimiento del contribuyente
Por tanto, entiendo que si que podrás incluir las dos deducciones, de todos modos consulta tu caso concreto a un asesor fiscal o a la propia Agencia Tributaria. Un saludo.
Buenos días,
Habrá compatibilidad con estas deducciones siempre que la vivienda habitual sobre la que recae la hipoteca, sea tu vivienda habitual porque se hayan cumplido estos requisitos:
Se considera vivienda habitual la edificación destinada a residencia del contribuyente, siendo ocupada de forma efectiva en un plazo máximo de 1 año desde la adquisición y durante un periodo mínimo de tres años, que puede ser menos en los casos de:
Boda
Separación matrimonial
Traslado laboral
Obtención del primer empleo
Cambio de empleo
Inadecuación en caso de minusvalía
Fallecimiento del contribuyente
Por tanto, entiendo que si que podrás incluir las dos deducciones, de todos modos consulta tu caso concreto a un asesor fiscal o a la propia Agencia Tributaria. Un saludo.
Nuevo
#553
03/05/15 19:40
Hola buenas tardes. Mi pregunta es la siguiente
Desde hace varios años trabajo de profesor interino y pagando mi hipoteca,desgravandola como vivienda habitual.
El caso es que durante 2014 fui trasladado a otra provincia de forma forzosa teniendo que pagar allí alquiler,al tiempo que pagaba mi hipoteca. Puedo desggravarme el alquiler y el pago de préstamo hipotecario como vivienda habitual??.
Mi comunidad de residencia es Canarias. Gracias por vuestra respuesta
Una amiga tiene un hijo y recibe de forma irregular un pequeño importe de su expareja para la manutención del niño que tienen en común. El importe que le ingresa está pactado de forma privada, similar a un contrato privado, es decir que no está establecido por ningún juez ni convenio regulador de separación puesto que además nunca han estado casados.
En este caso, ¿Debe declarar esas cantidades recibidas durante 2014 en la declaración de la renta?
Buenas tardes, aunque el resultado de tu declaración de la renta sea a devolver, si tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica, puedes hacerlo. Para ello tienes que cumplir los requisitos de aceptar un puesto de trabajo en un municipio diferente a donde tienes el domicilio habitual, estar inscrito al paro antes de aceptar este nuevo puesto y desplazar tu domicilio habitual, teniendo contrato de trabajo o empadronamiento en el nuevo municipio.
Saludos,
Nuevo
#549
30/04/15 12:03
Hola,
Tengo una duda con respecto a la reducción por movilidad geográfica
Trabaje durante 5 meses fuera de mi domicilio habitual, cumpliendo los requisitos para la reducción por movilidad geográfica.
A la hora de realizar la declaración me sale a devolver sin tener en cuenta la movilidad geográfica, ¿si se tiene en cuenta la movilidad geográfica, me saldría a devolver mas, o solo se aplica en el caso de que no te salga a devolver?
Perdón por mi ignorancia, es la primera vez que hago la declaración.
Un saludo
Buenos días, no entiendo tu pregunta. La deducción por alquiler de vivienda habitual no tiene ningún requisito de desempleo: Deducción por alquiler de vivienda habitual. Saludos,
Nuevo
#547
29/04/15 02:55
En el 2014 me encontraba desempleado, dado que no tenia derecho a la prestacion por desempleo no me inscribi en el paro.
Vivo en Cataluña, ahora en la declaracio conjunta con mi pareja del 2014, no sabemos si podemos aplicar a la deducion por alquiler del 10% por haber estado desempleado mas de 183 dias.
Hola, si no la aplicaste en 2013, año en que tenías derecho por el cambio de domicilio habitual debido a razones laborales, no lo puedes aplicar en 2014. Lo correcto para poder aplicarlo también en 2014 es que hagas una solicitud de ingresos indebidos de la Renta 2013. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y te ayuda a solucionar la omisión de esta reducción.
Saludos,
#545
28/04/15 09:21
Hola,
Tengo una duda sobre la reducción por movilidad geográfica.
En el año 2013 cambia de municipio pero no aplique la deducción en la renta del año 2013, pero me gustaría aplicarla en la renta de 2014. ¿Existe algún motivo para el que no la pueda aplicar debido a que no lo hice en 2013?
Deberías hacer una solicitud de ingresos indebidos referente a la Declaración de la Renta 2013, para ello te recomiendo que acudas a un asesor fiscal. Puedes aplicar también la deducción por alquiler de vivienda habitual, simultaneamente a la reducción por movilidad geográfica, tanto en 2013 como en 2014. A tu pareja no le afecta, supongo que haréis declaración en modalidad individual i no estáis casados.
Saludos,
Nuevo
#543
27/04/15 17:50
Hola, en 2013 me vine a vivir a León desde Asturias, pero no solicité la reducción por movilidad al no saber ni que existía, cómo debo hacer para solicitarlo ahora? Sigo empadronado en Oviedo, pero tengo contrato de alquiler y demás facturas, tendré algún problema?
Por otra parte estoy viviendo con mi pareja que está en paro, pero tuvo unos días sueltos de trabajo, le compensa de algún modo hacer la declaración y solicitar reducción por movilidad y alquiler?
Disculpa por la cifra de días, la vivienda habitual es aquella en la que el contribuyente resida durante más de 183 días al año.
Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para consultar vuestro caso concreto.