La compensación de pérdidas en la declaración de la renta te permite restar las pérdidas de tus inversiones a las ganancias obtenidas. Primero se compensan dentro del mismo grupo (ganancias con ganancias); si queda saldo negativo, puedes aplicarlo al otro componente de la base del ahorro con un límite del 25 %. Lo que no puedas compensar en el año actual se puede arrastrar durante los cuatro ejercicios siguientes.
¿Qué es la Compensación de perdidas?
¿Cómo funciona la compensación de pérdidas en la declaración de la renta?
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Compensación dentro del mismo grupo de rentas:
- Primero debes compensar las pérdidas dentro del mismo grupo.
- Por ejemplo, las pérdidas patrimoniales solo pueden compensarse con otras ganancias patrimoniales.
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Compensación entre grupos de rentas:
- Si, después de compensar dentro del mismo grupo, aún tienes saldo negativo, puedes compensar el resto con otros tipos de rendimientos (por ejemplo, ganancias patrimoniales con rendimientos del capital mobiliario).
- El límite de compensación entre distintos grupos es del 25% de los saldos positivos del otro grupo.
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Arrastre de pérdidas:
- Si en el ejercicio fiscal no logras compensar todas las pérdidas, puedes arrastrarlas durante los cuatro años siguientes en el IRPF (en el Impuesto de Sociedades, el arrastre es indefinido).
Imagina que un año vendes acciones con una pérdida de 3.000 € y, en el mismo ejercicio, tienes una ganancia de 1.500 € por la venta de un fondo de inversión. Además, cobras 2.000 € en dividendos.
- Primero compensas las pérdidas con las ganancias patrimoniales: 3.000 € - 1.500 € = saldo negativo de 1.500 €.
- Con ese remanente, puedes aplicarlo sobre los dividendos, pero solo hasta el 25 %: 25 % de 2.000 € = 500 € máximo compensable.
- Resultado: tributan 1.500 € de dividendos (en lugar de 2.000 €) y te quedan 1.000 € de pérdidas para arrastrar a los cuatro ejercicios siguientes.
Cómo compensar pérdidas y ganancias antes del 31 de diciembre
Revisión de la cartera en cuatro pasos
- Suma las ganancias y pérdidas ya realizadas este año con el informe fiscal o los extractos de tu bróker y de tu comercializadora de fondos. Separa las ganancias patrimoniales (ventas) de los rendimientos del capital mobiliario (intereses, dividendos, cupones).
- Busca pérdidas pendientes de ejercicios anteriores. Figuran en tu última declaración (anexo C, saldos pendientes de compensar). Se aplican primero las más antiguas y las que cumplen su cuarto año caducan si no hay ganancias contra las que usarlas (AEAT).
- Localiza posiciones con minusvalías latentes que ya no quieras mantener o que estés dispuesto a cambiar por otro activo.
- Calcula el efecto antes de dar la orden: cuánto impuesto ahorras, qué comisiones pagas y si vas a querer recomprar (la regla de los dos meses o del año puede bloquear la pérdida).
Ejemplo con acciones: neutralizar una plusvalía
Concepto |
Sin vender B |
Vendiendo B antes del 31/12 |
|---|---|---|
Ganancia realizada este año (acciones A) |
4.000 € |
4.000 € |
Venta de acciones B con pérdida |
No |
Sí: −2.500 € |
Ganancia neta que tributa |
4.000 € |
1.500 € |
IRPF al 19 % |
760 € |
285 € |
Ahorro fiscal |
— |
475 € |
Ejemplo con fondos: el traspaso no sirve para aflorar pérdidas
Cruce entre intereses, dividendos y ganancias: el límite del 25 %
Tramos del ahorro: cuánto vale cada euro compensado
Base liquidable del ahorro |
Tipo estatal |
Tipo autonómico |
Tipo total |
|---|---|---|---|
Hasta 6.000 € |
9,5 % |
9,5 % |
19 % |
De 6.000 a 50.000 € |
10,5 % |
10,5 % |
21 % |
De 50.000 a 200.000 € |
11,5 % |
11,5 % |
23 % |
De 200.000 a 300.000 € |
13,5 % |
13,5 % |
27 % |
Más de 300.000 € |
15 % |
15 % |
30 % |
Cuándo no conviene vender en pérdidas
- Si este año no tienes ganancias ni rendimientos, vender solo para generar la pérdida no ahorra nada ahora. Solo tiene sentido si esperas ganancias en los cuatro años siguientes; si no llegan, la pérdida caduca.
- Si los costes se comen el ahorro. Comisiones de compraventa, cambio de divisa y horquilla pueden anular el beneficio fiscal en importes pequeños: para ahorrar 95 € (500 € de pérdida al 19 %) no compensa pagar 20 o 30 € entre venta y recompra.
- Si el activo rebota mientras estás fuera. Durante los dos meses (o el año, en fondos) que no puedes recomprar lo mismo, una subida puede costarte más que el impuesto ahorrado.
- Si en realidad solo estás aplazando el impuesto. Vender con pérdidas y recomprar más tarde rebaja tu precio de adquisición, así que pagarás más plusvalía cuando vendas definitivamente. Es un diferimiento útil, sobre todo si ahora estás en un tramo alto o tienes pérdidas a punto de caducar, pero no un ahorro garantizado.
¿Cuáles son las ventajas de la compensación de pérdidas?
- Ahorro fiscal: Reducir el importe sobre el que se calculan los impuestos.
- Optimización de la declaración: Permite equilibrar años de pérdidas con años de beneficios.
- Mayor flexibilidad: Puedes arrastrar pérdidas de ejercicios anteriores, lo que amortigua los efectos de malas inversiones o años negativos.
- Fomento de la inversión: Este mecanismo incentiva a los contribuyentes a seguir invirtiendo, sabiendo que pueden compensar posibles pérdidas.
¿Cómo compensar las pérdidas?
Norma antiaplicación
No se computarán como pérdidas patrimoniales las siguientes:
- Las no justificadas.
- Las debidas al consumo.
- Las debidas a transmisiones lucrativas por actos ínter vivos o a liberalidades.
- Las debidas a pérdidas en el juego.
- Las derivadas de las transmisiones de elementos patrimoniales, cuando el transmitente vuelva a adquirirlos dentro del año siguiente a la fecha de dicha transmisión.
Esta pérdida patrimonial se integrará cuando se produzca la posterior transmisión del elemento patrimonial.
- Las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos dentro de los dos meses anteriores o posteriores a dichas transmisiones.
- Las derivadas de las transmisiones de valores o participaciones no admitidos a negociación en alguno de los mercados secundarios oficiales de valores definidos en la Directiva 2004/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de abril de 2004 relativa a los mercados de instrumentos financieros, cuando el contribuyente hubiera adquirido valores homogéneos en el año anterior o posterior a dichas transmisiones.
¿Cuándo se puede aplicar la compensación de pérdidas?
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Inversiones financieras:
- Pérdidas en la venta de acciones, fondos de inversión o criptomonedas.
- Pueden compensarse con ganancias patrimoniales obtenidas durante el mismo ejercicio fiscal.
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Actividades económicas:
- Autónomos y empresas pueden compensar pérdidas de un año con los beneficios de años posteriores.
- Se aplican principalmente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y el Impuesto de Sociedades.
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Rentas del capital mobiliario:
- Pérdidas generadas por intereses negativos, rendimientos de cuentas de ahorro o inversiones fallidas.
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Alquileres o negocios con pérdidas:
- Si el alquiler de un inmueble da un rendimiento neto negativo, ese saldo se integra en la base imponible general y se compensa con el resto de rentas de esa base (por ejemplo, el salario), no con las ganancias de tus inversiones, que van a la base del ahorro.
¿Qué debes tener en cuenta al aplicarla?
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Límites de compensación:
- No siempre podrás compensar el 100% de las pérdidas. Existen límites según el tipo de renta y la legislación vigente.
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Justificación de las pérdidas:
- Debes tener documentación que acredite la pérdida, como informes financieros, contratos de venta o documentos contables.
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Plazos de compensación:
- No olvides que, en el IRPF, solo puedes arrastrar pérdidas durante los cuatro años siguientes.
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Declaración correcta:
- Si la compensación no se refleja adecuadamente en la declaración, Hacienda podría no reconocerla. Utiliza los apartados específicos del borrador de la renta para asegurarte de que todo está en orden.
Para saber si puedes aplicar la compensación o no según el tipo de activo que tengas, los plazos son los siguientes:
Tipo de activo |
Plazo para no perder la pérdida |
|---|---|
Acciones cotizadas / Warrants / ETFs |
2 meses antes y después de la venta |
Fondos de inversión no cotizados |
1 año antes y después de la venta |
Valores no admitidos a negociación |
1 año antes y después de la venta |
Perspectiva de la comunidad Rankia
"la venta con minusvalías queda liberada porque se ha producido la transmisión efectiva de todas las acciones"
Compensar pérdidas para pagar menos impuestos
Qué hacer antes del 31 de diciembre: si has realizado ganancias este año y tienes posiciones en pérdidas que ya no quieres mantener, véndelas antes de que acabe el año. Si la pérdida está en un fondo, reembolsa; no traspases. Si quieres seguir expuesto al mismo activo, espera el plazo de recompra o cambia a un valor distinto, por ejemplo con ayuda del comparador de fondos. Y si arrastras pérdidas de hace cuatro ejercicios, este es su último año: priorízalas.