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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.

Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT
 
  • Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo. 
  • Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral. 
  • Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real. 
  • Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo. 

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

 La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.

Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente.  Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración. 

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable. 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior. 
 

1. Estar inscrito como demandante de empleo

Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción. 

2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual

El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto. 

3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio

No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos. 

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?

Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento: 
  • Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti. 

Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador. 
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse: 

  • Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
  • Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.

Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes. 
 

Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores 


Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.

En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar. 

La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien. 

Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica


La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo. 


No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.


La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.


Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.


En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
 
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  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #200
    24/11/13 10:50

    Buenos días,

    pagaba en metálico en mano, y a cambio me entregaba nota de recibí en el que indicaba en concepto alquiler y la dirección, así como sus datos.
    Lo que estaba pensando es que no tengo tan claro que al que yo pagara tuviera contrato con el dueño, por lo que no sé la validez de estos recibos ni si entregarlos puede comprometerlo.

    Un saludo

  2. en respuesta a retormossen
    -
    Top 100
    #199
    22/11/13 13:58

    Buenas tardes,

    Como dices, para aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta es necesario acreditar el traslado de tu residencia habitual a un nuevo municipio mediante el contrato de alquiler, el empadronamiento en el nuevo municipio o las facturas. Entiendo que no tienes ninguno de estos documentos ¿le pagabas al otro inquilino tu parte mediante transferencia bancaria y en el concepto ponías alquiler o algo similar? Si era así, puedes solicitar el extracto de estos pagos y es posible que puedas aplicar la reducción.

    De todos modos, consultalo con tu asesor fiscal a ver si él te puede ayudar a acreditar el cambio de residencia. Un saludo,

  3. #198
    19/11/13 19:57

    Hola Amparo,

    el pasado año me trasladé de residencia por una oportunidad laboral. Estaba inscrito como demandante de empleo, pero no tengo justificación de cambio de residencia porque no tengo contrato de alquiler.
    Entré a vivir en un piso y pagaba mensualmente mi parte pero en el contrato de alquiler sólo aparecía un inquilino, que era el encargado de contactar con el propietario, pagos, etc...
    No había ninguna intención de engañar o estafar pero como he dicho sólo el aparecía, así mismo, las facturas iban a su nombre. En su día no le di más importancia.
    Pero con estas circunstancias ¿cómo puedo acreditar el cambio?

    He aportado contrato laboral, pero parece no ser suficiente, y eso que me trasladé de Valencia a Zamora, por lo que implícitamente es imposible no trasladarse ya que hay 14 h en coche entre ida y vuelta.
    Jornadas laborales de lunes a sábado (no volvía a casa ni los fines de semana)

    La empresa me facilitó un tarjeta donde me ingresaban 7.5 euros/día para la comida. Con esto, entregaría extracto de la misma, pero esa tarjeta no podía utilizarla diariamente porque no había ningún restaurante / bar próximo que la aceptaran, por lo que hacía uso el fin de semana. Por tanto no puedo presentar como aval un mal uso (pero obligado por las circunstancias) de la tarjeta de menú.
    Me puedes sugerir cómo resolver este tema.

    Muchas gracias.

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #197
    28/10/13 23:56

    Muchas gracias!!

  5. en respuesta a madix
    -
    Top 100
    #196
    28/10/13 09:57

    Buenos días,

    Siento no poder ayudarte, pues si no tienes contrato de alquiler que acredite el cambio de domicilio habitual o el empadronamiento no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica. En este caso te recomiendo que acudas a un asesor fiscal o un abogado que os explique las ventajas e inconvenientes de cambiar la titularidad del contrato de alquiler en vuestra situación concreta.

    Un saludo,

  6. en respuesta a fenomeno
    -
    Top 100
    #195
    28/10/13 09:51

    Buenos días,

    Si estando en desempleo (inscrito en el INEM) en Soria, aceptaste un empleo en Valencia y tienes el contrato de alquiler, cumples los requisitos para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica durante este ejercicio 2013 y el siguiente. No es necesario estar empadronado, es aconsejable pero no obligatorio.

    El aumento de sueldo no perjudica a la reducción, así que adelante. Un saludo,

  7. Nuevo
    #194
    26/10/13 14:28

    Hola, resultaque tanto mi marido como yo nos hemos desplazado desde granada a leon a trabajar, y el problema está en que el contrato de alquiler lo tiene el jefe a su nombre y nos desquita el alquiler del sueldo, pues no quiere poner el contrato de alquiler a nuestro nombre (imagino para asi desgrabarlo él en hacienda), no tenemos ningun recibo a nuestro nombre (luz , gas, agua, etc) pues nos lo desquita él tambien del sueldo. La pregunta es: ¿como puedo justificar que estoy residiendo en la casa para poder justificarlo y asi poder empadronarme y tener derecho a la reduccion fiscal por movilidad geografica?. ¿puedo de algun modo conseguir que el contrato de alquiler acabe a mi nombre sin temor a perder los trabajos (pues los necesitamos, ya que hemos dejado en granada a mi hijo y nuestra casa con todo los gastos que ello conlleva, hipoteca y gastos de luz ,agua, etc..).
    Por favor contestenme rapido pues esta situacion (ademas de la tristeza que me está creando estar fuera de mi tierra sin mi familias en especial sin mi hijo) me está creando mucho estres y ansiedad.
    gracias, espero su pronta respuesta

  8. #193
    25/10/13 13:25

    Hola:

    Estuve en el paro en Soria durante 6 meses, y me contrataron en Enero de este año en Valencia. tengo un contrato de alquiler de un piso en Valencia, pero ni me he empadronado ni tengo lso recibos de agua, luz o gas, puesto que estan al nombre del casero. ¿Tendre algun problema? Y en otro orden de cosas, me han ofrecido un aumento de sueldo en la empresa, no se si esto modificaria las condiciones para poder acceder a la reducción. ¿Seria mejor que renunciase al aumento para quedarme con las mismas condiciones o no es necesario?
    Muchas gracias por su ayuda, Un saludo.

  9. en respuesta a leticiacia
    -
    Top 100
    #192
    23/10/13 14:07

    Buenas tardes Leticia,

    Entiendo que si, que será porque no has cambiado tu domicilio fiscal. Si tienes facturas de luz y agua o un contrato de alquiler que pueda acreditar que has cambiado de domicilio habitual, si que podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica.

    Un saludo,

  10. Nuevo
    #191
    23/10/13 12:26

    hola:
    Mira me gustraría saber. Yo el año 2011 comence a trabajar fuera de mi comunidad autónoma. entonces el año pasado al hacer la declaración de la renta me aplicaron la movilidada geográfica. pero este año me dicen que no me la aplican, trabaje en el mismo puesto hasta mayo y me volvi a kasa y me reapunte al paro nuevamente y me volvieron a llamar. no me cambie de domicilio fiscal? es por eso que ahora no me lo aplican? aunque creo que esta bastante claro que no voy a ir todos los dias a trabajr desde zamora a teruel digo yo . vamos nose ..
    gracias

  11. en respuesta a nachoolleros
    -
    Top 100
    #190
    22/10/13 13:13

    Buenas tardes Nacho,

    Como se indica en el artículo, para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, es requisito indispensable haber estado inscrito en la oficina de empleo antes de trasladar tu domicilio, además para acreditar que cambiaste tu domicilio habitual debes de presentar el contrato de alquiler y otras facturas de gastos de la vivienda. Un saludo,

  12. #189
    21/10/13 19:42

    Hola,

    En la pasada declaración, solicité la reducción por movilidad geográfica, ya que antes vivía con mis padres en Salamanca y actualmente vivo en Barcelona (por trabajo).
    Hace ya un tiempo que me apunté al paro en salamanca, después trabajé en un par de hoteles de la misma ciudad, y a los dos meses busqué trabajo.
    Me llamaron de Barcelona para entrevistarme, y mi sorpresa fue que me dijeron que empezara al día siguiente.
    Poseo contrato de alquiler de vivienda y a parte recibos de luz, agua y gas del mismo.

    El problema, es que ahora me solicitan que presente la doc. y la verdad que ando un poco perdido con lo que tengo que presentar y sobre todo como justificar que me tuve que mudar a Barcelona sin estar apuntado en el paro justo antes de venirme (lo estuve hace tiempo en mi localidad donde he residido hasta ahora).

    Espero vuestra respuesta,

    Saludos

  13. en respuesta a jlamas
    -
    Top 100
    #188
    19/09/13 16:56

    Creo que solo para la Declaración de la Renta de 2010 y 2011, consultalo con un asesor fiscal porque al ser de Declaraciones pasadas será un poco más complicado. Saludos,

  14. #187
    19/09/13 01:17

    Hola a todos

    En mi caso me mudé a Vigo en Noviembre de 2010 por motivos laborales. Mi pregunta es, ¿hasta cuándo tendría derecho a solicitarla (la de 2012 también)? (el primer año sólo hacía referencia a menos de 1 mes y medio, y apenas me benefició?

    Gracias de antemano y un saludo

  15. en respuesta a antoniop_1987
    -
    Top 100
    #186
    16/09/13 12:01

    Buenos días Antonio,

    Entiendo que hasta el día 25 de septiembre no podrás inscribirte como desempleado en la oficina del INEM, ya que en los 5 anteriores días estás dado de alta en la Seguridad Social como trabajador de la empresa. A partir del día 25 podrás darte de alta, para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica tendrías que estar dado de alta como demandante de empleo en Málaga u otro oficina diferente de la de Madrid.

    Y además, comentarte que el contrato de alquiler que acredite el desplazamiento de tu vivienda habitual, deberá ser de a partir del día que empieces el nuevo trabajo. Espero haberte ayudado, de todos modos, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y le comentes tu caso exacto.

    Saludos,

  16. en respuesta a Juanpide
    -
    Top 100
    #185
    16/09/13 11:54

    Buenos días,

    Mi consejo es que al trasladarte a otro municipio, tengas un contrato de alquiler de vivienda habitual en el municipio dónde vas a trabajar y que te empadrones en él. Con esto, y habiendo estado inscrito a la oficina del INEM hasta el nuevo trabajo, podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica durante los próximos 2 años.

    Saludos,

  17. en respuesta a lauraodri
    -
    #184
    16/09/13 01:57

    Buenas a todos,

    Tengo varias dudas en relación a mi situación. Soy de Málaga y estoy trabajando en Madrid. Antes de venir a Madrid estaba dado de alta en la oficina del INEM de Málaga. Ahora voy a cambiar a un nuevo trabajo también en Madrid.

    - El día 26 de septiembre empezaré un nuevo trabajo en Madrid, para el cual me piden que presente la tarjeta de demandante de empleo. Mi duda es si puedo pedirla durante los días en los que ya esté dado de baja de la primera empresa pero disfrutando las vacaciones no disfrutadas pero pagadas en el finiquito. Es decir, yo avisé que dejaría mi actual trabajo el pasado día 11 y preveo firmar el finiquito el 20 de septiembre. Dado que me corresponden 5 días de vacaciones que mi empresa me va a pagar, ¿podría pedir la tarjeta de demandante de empleo durante los días que transcurren del 21 al 25 (días en los que estaré dado de alta en la seguridad social por las vacaciones no disfrutadas pero pagadas en el finiquito)?

    - Para poder disfrutar de la movilidad geográfica en las próximas declaraciones de la renta, ¿tendría que ir a Málaga durante los días que no trabaje para darme de alta como demandante de empleo o bastaría con pedir la tarjeta de demandante de empleo en Madrid?

    Muchas gracias.

    Saludos

  18. #183
    13/09/13 16:39

    Buenas

    He leido que
    "En este sentido, debemos señalar que, la Agencia Tributaria, no se considera el simple empadronamiento por sí solo elemento suficiente de acreditación de residencia y vivienda habitual en una determinada localidad, como tampoco lo es el hecho de trasladar o mantener el domicilio fiscal en lugar determinado."

    Y mi pregunta es ¿Qué hace falta entonces?
    Ahora mismo estoy desempleado (y apuntado al INEM, y en casa de mis padres) y puede que me cojan en un trabajo en otra comunidad. ¿Algún consejo?

    saludos

  19. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #182
    05/09/13 12:15

    Muchas gracias Amparo.
    Facturas a mi nombre no tengo ninguna, transferencias al dueño de la casa hice alguna puntualmente para ajustar algunos gastos, pero no de manera periódica.
    Un saludo,
    Anabel

  20. en respuesta a Anabel26
    -
    Top 100
    #181
    05/09/13 12:04

    Si no tienes contrato de alquiler ni certificado de empadronamiento, deberás de tener facturas de luz o agua que pagaras a tu conocido, o la documentación de las transferencias (si es que le pagabas) que le hacías. Sino tienes ninguno de estos documentos, al aplicar la reducción por movilidad geográfica es posible que no te la acepten en Hacienda.

    Aunque en la oficina te hayan dicho que si, sin ninguno de estos papeles que te digo no te dejarán aplicarla y te pondrán problemas. Así que asegurate bien antes... De todos modos para presentar la solicitud de ingresos indebidos no tienes que presentar nada más, es si te ponen problemas al revisar los requisitos para aplicar la reducción.

    Un saludo,