Acceder
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #780
    03/05/16 14:13

    Correcto, estaba inscrito en el paro en Zaragoza,como siempre, además decirte que los meses que estuve sin trabajar, Enero, Febrero y Marzo de este año tampoco he dejado de vivir en el municipio de Huesca, porque sabía que me iban a volver a llamar. Entiendo que para la declaración de la renta 2015 aún lo puedo solicitar.
    He leído en otros sitios por internet que con tener cambiado el domicilio fiscal al municipio de Huesca (para comunicaicones y notificaciones con Hacienda si fuera necesario) a Hacienda le es suficiente con este requisito, que no es necesario ni contrato de alquiler ni estar empadronado. El domicilio de Zaragoza es el de mis padres por lo que entiendo que el resto de cartas de otras Administraciones, bancos, etc, me seguirián llegando a Zaragoza que es lo que quiero.

    Gracias

  2. en respuesta a sigfredo1972
    -
    Top 100
    #779
    03/05/16 09:13

    Buenos días, ¿te apuntaste al paro en Zaragoza o en el municipio de Huesca? Tienes que acreditar que desde Abril te has trasladado a este nuevo municipio, y por lo que me comentas parece que estás viviendo allí desde hace más tiempo. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para consultar tu caso concreto.

    Saludos,

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #778
    02/05/16 19:40

    Buenas tardes Amparo, mi caso es el siguiente: (voy a intentar explicarme lo mejor posible)

    Soy de Zaragoza, pero vivo y trabajo en un Municipio de Huesca desde Junio del año pasado hasta el 31/12/2015, y he empezado a trabajar en el mismo sitio (Ayuntamiento) desde el mes de abril de este 2016.
    No tengo contrato de alquiler pero si los recibos mensuales que me hace mi arrendadora. No estoy empadronado a día de hoy en el municipio, sigo en Zaragoza, si bien me costaría poco empadronarme en dicho municipio. Tengo la tarjeta de demandante de empleo guardada desde Enero hasta Abril de este año, que es cuando he empezado a trabajar de nuevo. Entiendo que cumplo los requisitos, mi pregunta es la siguiente: Valdría con los típicos recibitos mensuales como que he pagado y un escrito firmado por mi arrendadora como que estoy viviendo desde finales de junio del año pasado??.

    Muchas gracias por adelantado.

  4. en respuesta a polonord74
    -
    Top 100
    #777
    02/05/16 09:58

    Buenos días, si has estado inscrito al paro aunque solo haya sido 1 día es suficiente para aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta siempre que cumplas los 3 requisitos que se necesitas (inscrito al paro, aceptar un empleo en otro municipio, hacer el traslado de tu vivienda habitual al nuevo municipio).

    Saludos,

  5. en respuesta a Raul1977
    -
    Top 100
    #776
    02/05/16 09:56

    Buenos días, aunque ya hubieras aplicado la reducción por movilidad geográfica en otros años, si en 2014 y 2015 tenías derecho podías volver a aplicarla. Al no haber aplicado la reducción en el ejercicio pasado, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal ya que tendrías que modificarla para poder aplicarla en esta Declaración de la Renta de 2015 si se cumplen los 3 requisitos:

  6. Haber estado inscrito en la oficina de empleo. Si que lo cumples.

  7. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual. Si que lo cumples.

  8. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio. Tienes que ver como lo acreditas, con la fecha de la compra de la vivienda en 2014, el mismo mes que el cambio de trabajo, empadronamiento... o cualquier otra documentación.


  9. Saludos,

  10. en respuesta a ggonmar
    -
    Top 100
    #775
    02/05/16 09:52
    Buenos días, cito lo que se indica en este artículo y creo que es tu caso por ser el segundo año de aplicación de la reducción por movilidad geográfica:
    Los trabajadores que hubieran tenido derecho a aplicar en 2014 la reducción por movilidad geográfica como consecuencia de haber aceptado en dicho ejercicio un puesto de trabajo, y continúen desempeñando dicho trabajo en el período impositivo 2015, pueden aplicar en 2015 la citada reducción del artículo 20.2.b) de la Ley del IRPF, en su redacción a 31 de diciembre de 2014, en lugar del gasto que por este concepto (movilidad geográfica) está previsto para este ejercicio.
    Saludos,
  11. #774
    29/04/16 15:47

    Buenas tardes,

    quería exponerles dos cuestiones con respecto a la declaración de la renta 20165 que tengo que hacer ahora a ver si alguien me lo puede aclarar.

    Soy de Castilla y León y en el 2011 estando en paro acepté un trabajo en Extremadura. En dicho trabajo estuve en 2011 y 2012 y en ambas declaraciones de la renta me deduje por movilidad geográfica. Después en 2013 volví a Castilla y León y de nuevo en 2014 estando en paro acepté un trabajo, esta vez en Cantabria, que me ha durado hasta 2016. La primera duda que tengo es si me puedo volver a desgravar por movilidad geográfica en estos 2 ejercicios (2014 y 2015) habiéndome deducido ya en 2011 y 2012, ya que ahora es otra comunidad autónoma y distinto trabajo. He estado repasando mis declaraciones del 2011 y 2012 y ya en el propio borrador me incluyeron la movilidad geográfica sin incluirlo yo pero no me lo han incluido en el borrador de 2014 y 2015 por eso me surge la duda.

    Además ocurre que en el 2014 ni siquiera me planteé el solicitarla porque me devolvieron todo lo que me habían retenido por lo que no fue necesario solicitar la movilidad ya que no me iban a devolver más dinero. Pero en el 2015 sí me supondría una desgravación importante (aunque en el 2015 no he estado en paro, ya que es el mismo contrato que el del 2014) y quiero saber si puedo meter la movilidad geográfica

    La segunda cuestión es que mi domicilio fiscal está en Palencia, donde vivía con mis padres (la casa no es mía) y me compré en 2014 una casa en Cantabria (al 50% con mi pareja, no tenemos ninguna unión legal, estamos solteros) que es donde he residido todo el 2015 mientras he trabajado allí y la cuestión es que me han gravado por esta vivienda como una 2ª residencia. Yo no tengo más viviendas de mi propiedad y además he residido allí todo el 2015 (aunque no he estado empadronado allí). Por otro lado, mi pareja si tiene otra casa en Castilla y León donde reside y a ella sí le viene su casa como 1ª residencia y ésta que compramos a medias le grava como 2ª residencia y esto es correcto en su caso, pero en el mío la única que tengo en propiedad al 50% es la de Cantabria donde he residido en 2015 por lo que creo que debería estar como primera residencia.

    La duda es si debo cambiarlo en la declaración a primera residencia y en relación con la primera duda si eso afectaría a algo en la movilidad geográfica. Es decir si puedo desgravarme por las dos cosas, sólo por una de ellas o por ninguna.

    Os estaría muy agradecido si sois capaces de responderme a estas cuestiones, muchísimas gracias de antemano por vuestra ayuda.

  12. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #773
    28/04/16 17:14

    Amparo,
    es el segundo año que lo aplico, y me aparece un 10% de la casilla 001 (en la que pone, juraria, lo que he ganado este año...).

    El numero que aparece en la 021 es ligeramente superior a 2000€, que tampoco entiendo...?

  13. #772
    27/04/16 23:07

    Buenas noches:

    En mi vida laboral, aparece en la misma fecha, en este orden: mi alta como demandante de empleo en la localidad de origen (el día anterior perdí mi trabajo a jornada completa) y como trabajador a tiempo parcial en la nueva localidad. ¿Tengo derecho a la deducción por movilidad o debería haber estado al menos un día completo desempleado?

    Gracias de antemano,

    Un saludo

  14. #771
    27/04/16 22:56

    Buenas noches,

    En mi caso, se me acabó el contrato a tiempo completo el 14 de septiembre de 2015 y al día siguiente aparezco en mi vidad laboral como demandante de empleo (en la localidad de origen) y como contratado a jornada parcial (en la nueva localidad), por este orden. ¿Tengo derecho a la reducción por movilidad?

  15. en respuesta a jogjuly
    -
    Top 100
    #770
    27/04/16 17:55

    Buenos días, ¿tampoco te empadronaste por tanto en el nuevo municipio a diciembre de 2014? Si no tienes nada que acredite que el cambio de domicilio fue a la vez que el nuevo empleo, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica, de todos modos te recomiendo que acudas a un asesor fiscal. Saludos,

  16. Nuevo
    #769
    27/04/16 15:06

    Buenas tardes,
    No sé si puedo desgravar por movilidad geográfica...
    El caso es que cambiénde provincia por trabajo en diciembre de 2014, pero no alquilé una vivienda hasta abril del 2015.
    El caso es que la vivienda alquilada no está en el mismo municipio que el puesto de trabajo, si no en uno cercano. ¿Tendría derecho a desgravarme? Muchas gracias

  17. en respuesta a ggonmar
    -
    Top 100
    #768
    27/04/16 12:39

    Si 2015 es el primer año donde aplicas la reducción por movilidad geográfica, debes saber que este año se considera un gasto deducible de 2.000€ que se indica en la casilla 001 y se traslada a la 021. ¿Es este importe el que te aparece? Saludos,

  18. Nuevo
    #767
    27/04/16 11:27

    Buenas a todos,

    A mi me aparece un numero en la casilla 21 del borrador, correspondiente a esta reduccion por movilidad geográfica, dado que efectivamente cumplo todos los requisitos para ello, pero...

    mi duda es: por qué ese numero, y no otro? cómo se calcula? Llevo un par de horas buscando por internet y en ningun sitio lo dejan muy claro....

    Alguien que arroje algo de luz a esto?

    Gracias!

  19. Nuevo
    #766
    27/04/16 01:14

    Buenas noches,

    Comento mi caso a ver si podéis resolver mi duda que se resumen en 2 puntos:

    -Si cambie de Comunidad -trabajo y domicilio- en Octubre 2013 pero tras estar trabajando en un trabajo temporal (la ultima vez que estuve registrada en el paro fue en Abril 2013), ¿podría haber solicitado la reducción en 2013 y 2014?

    -De ser que sí , y no haberla solicitado por desconocimiento, ¿hay alguna manera de presentar algún tipo de "correctivo" para reclamar esa deducción? He calculado y era bastante dinero.

    Gracias de antemano

  20. en respuesta a yosevilla
    -
    Top 100
    #765
    25/04/16 09:48

    Buenos días, si no tienes contrato de alquiler ni empadronamiento a fecha de mayo 2016, no es posible acreditar que al aceptar el trabajo cambiaste de domicilio. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y le consultes tu caso concreto.
    Saludos,

  21. en respuesta a Novalnt
    -
    Top 100
    #764
    25/04/16 09:47

    Buenos días, la reducción por movilidad geográfica en la Renta 2015 es un gasto deducible en la casilla 001. A través de esta casilla lo podrás modificar sin problemas. Saludos,

  22. en respuesta a sergiof3
    -
    Top 100
    #763
    25/04/16 09:45

    Bienvenido a Rankia, si que tendrás que poner el cambio de domicilio habitual ya que durante el año 2015 has estado más de 183 días, durante el año natural, en este nuevo municipio; y también aplicar la reducción por movilidad geográfica si cumples los 3 requisitos. Saludos,

  23. Nuevo
    #762
    21/04/16 20:51

    Buenas tardes:

    voy a detallaros mi caso a ver si es posible aplicarme esta deduccion o no.

    Baja voluntaria en empresa en Diciembre de 2015
    Alta como demandante de empleo en Andalucía en marzo de 2016
    Contrato en Barcelona en Mayo de 2016
    Vivo actualmente en una habitación alquilada pero no tengo contrato.

    ¿Es posible aplicarme la deducción habiendo causado baja voluntaria en una empresa? He leído en algunos sitios que no es posible.
    ¿En caso de ser posible es necesario acreditar ese cambio de residencia de alguna manera? Empadronamiento nuevo por ejemplo?
    ¿La deducción en caso de ser posible tendría que ser en esta declaración de la renta o en la del año que viene?

    Muchas gracias por contestar de antemano

  24. en respuesta a sergiof3
    -
    #761
    19/04/16 23:43

    Buenas tardes, en mi caso cumplo los requisitos para aplicar la movilidad geográfica, pero sin embargo no soy capaz de aplicarla en mi declaración. ¿Cómo podría hacerlo?

    En la casilla 017 que corresponde a esta reducción no puedo modificar el valor, ni tampoco encuentro nada en mis datos personales.

    Muchas gracias de antemano.