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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a ivcantero
    -
    Top 100
    #120
    24/05/13 09:30

    Buenos días,

    Tal como dice la normativa fiscal, la reducción por movilidad geográfica la puedes aplicar durante el el año en el que se produzca la aceptación del puesto de trabajo con el traslado de nuestro domicilio habitual y el siguiente, y no se especifica el requisito de seguir trabajando en el mismo sitio, por lo que pienso que en la Declaración de la Renta de 2012 podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica por el primer trabajo que aceptaste fuera de tu domicilio habitual.

    Por el segundo, no se podría aplicar, ya que no cumples el primer requisito necesario, haber estado inscrito en la oficina de empleo. De todos modos, consultale tu caso concreto a un asesor fiscal, un saludo.

  2. #119
    24/05/13 01:01

    Hola Amparo,

    Dudo respecto a si me puedo acoger a movilidad geográfica, si puedes ayudarme te lo agradecería un montón.
    Vivía en Guadalajara y en 2011 me mudé a Meco porque quedaba mucho más cerca de mi nuevo trabajo que acepté en Madrid. Previamente estaba dado de alta en la oficina de empleo.
    En 2012 hice la declaración del 2011 acogiéndome a movilidad geográfica, todo OK.
    En octubre de 2012 me volví a mudar y cambié de trabajo de nuevo. Me mudé a Alcalá de Henares que está aún más cerca de Madrid (donde estaba mi nuevo trabajo también). Cambié de nuevo el padrón, y ahora estoy empadronado en Alcalá de Henares.
    Un trabajo y otro se solaparon en el tiempo por lo que no creo que figurara en la oficina de empleo antes de empezar en el segundo trabajo. Aún así he visto que la norma dice que te puedes acoger a movilidad el año de la movilidad y el "siguiente", por lo que no se si podría acogerme según cualquiera de las dos opciones:
    -Por ser 2012 el año "siguiente" al que me mudé a Meco (2011), habiéndome acogido en 2011 a movilidad geográfica legalmente.
    -Por haberme mudado de nuevo a Alcalá habiendo cambiando el trabajo de nuevo (aquí creo que me falla que entre un trabajo y otro no he estado dado de alta en la oficina de empleo).

    Un saludo, gracias de antemano y disculpa por la parrafada

  3. en respuesta a emiliokus
    -
    Top 100
    #118
    22/05/13 10:18

    Buenos días,

    En mi opinión, tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica durante el ejercicio de 2011 y 2012. En la pasada Declaración de la Renta de 2011 no la aplicaste por no cumplir el tercer requisito necesario, acreditar el traslado de la residencia habitual a un nuevo municipio, pero en esta Declaración de la Renta de 2012, si que cumples los 3 requisitos y si que la podrás aplicar; más que nada porque puedes justificar que vives allí con el contrato de trabajo. No es necesario estar empadronado.

    Un saludo.

  4. Nuevo
    #117
    22/05/13 00:49

    Hola,

    después de leer los comentarios sigo con algunas dudas. Te comento mi caso, estuve inscrito en la oficina de empleo de Castilla-La Mancha en 2011, en noviembre del mismo año me traslado a trabajar a Madrid, tengo contrato de alquiler a partir de junio de 2012, en el piso anterior no tenía. A día de hoy sigo empadronado y con domicilio fiscal en Castilla-La Mancha. ¿Puedo acogerme a la reducción? ¿Debería cambiar el domicilio fiscal?

    Gracias, un saludo

  5. en respuesta a ayacata
    -
    Top 100
    #116
    21/05/13 09:35

    Buenos días,

    La deducción por el alquiler del nuevo municipio no es incompatible con la reducción por movilidad geográfica, por lo que podrás aplicar ambas. Lo que si que es incompatible es aplicar la reducción por movilidad geografica y la deducción por compra de vivienda habitual ya que la reducción por movilidad geografica supone el cambio de residencia habitual y por lo tanto no es posible seguir deduciendo la hipoteca.

    Un saludo.

  6. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #115
    20/05/13 21:23

    Gracias Amparo por tu respuesta, pero mi pregunta es: aparte de la reducción por movilidad geográfica me interesa saber si puedo deducirme el alquiler que pago en mi nuevo domicilio, no se si pudiera ser incompatible.

    Saludos

  7. en respuesta a Consultar
    -
    Top 100
    #114
    20/05/13 09:38

    Buenos días,

    Deberás de poder acreditar el cambio de residencia habitual debido a la aceptación del nuevo puesto de trabajo para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica, bien con el contrato de alquiler o empadronamiento (que dices que no tienes) y sino con facturas de luz y agua de la nueva vivienda. Si no lo puedes acreditar, yo no aplicaría esta reducción ya que la Agencia Tributaria en caso de no ver pruebas del cambio de domicilio te la denegará.

    Respecto a solicitar la reducción en la Declaración del 2011, deberás presentar un escrito en la Agencia Tributaria. Un saludo.

  8. en respuesta a ayacata
    -
    Top 100
    #113
    20/05/13 09:35

    Bienvenida a Rankia,

    Si tienes un contrato de alquiler y / o estás empadronada en el municipio donde trabajas actualmente, puede aplicar al reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta de 2012. El contrato de alquiler acredita el cambio de domicilio, así que no creo que haya ningún problema.

    Un saludo.

  9. Nuevo
    #112
    18/05/13 16:24

    Hola

    Cumplo las 3 condiciones:

    Estaba apuntado en la oficina de empleo
    Acepte un trabajo fuera de mi residencia habitual
    Cambié de residencia al lugar del trabajo

    Tengo algunas dudas:

    1.- No estoy empadronado en este nuevo municipio, vivo en un piso en el que no tengo contrato de alquiler, ¿cómo podría indicar que vivo en este nuevo municipio?
    2.- El año pasado también podría haber solicitado la movilidad, pero no la solicité. ¿Qué tengo que hacer este año?
    3.- ¿Cómo calculo cuanto corresponde?

    Gracias, saludos.

  10. #111
    18/05/13 00:17

    Hola,
    El año pasado me apliqué la reducción por movilidad geográfica y lo volveré a hacer este, pero tengo una duda:
    En 2011 también me apliqué la deduccion por alquiler de mi vivienda habitual(municipio donde siempre he residido y donde vive mi pareja con mis hijos)aunque también pago alquiler en el nuevo municipio donde resido por motivos laborales.
    Para este año creo que voy a declarar el alquiler que pago en mi nuevo domicilio por si me piden acreditacion de la mobilidad geográfica ya que no estoy empadronada.
    ¿Entiendes que me pueda aplicar la deducción por alquiler?

    Gracias

  11. en respuesta a athenea8
    -
    Top 100
    #110
    13/05/13 10:03

    Bienvenido a Rankia,

    No entiendo el porque te registraste en la oficina del INEM de Madrid, ya que si esto fue días antes de aceptar el nuevo trabajo no cumples el requisito de haber estado inscrito en la oficina de empleo de un municipio distinto al del lugar de trabajo. De todos modos, te recomiendo que acudas a tu asesor fiscal y le comentes el caso concreto para ver si se puede aplicar la reducción por movilidad geográfica a tu Declaración de la Renta de 2012 y solicitar la del año anterior.

    Un saludo.

  12. en respuesta a suso1990
    -
    Top 100
    #109
    13/05/13 09:59

    Bienvenido a Rankia,

    La legislación de esta reducción no hace referencia a la modalidad de contrato de trabajo o a la duración del contrato de trabajo para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica por lo que entiendo que si que puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta de 2012 siempre que cumplas los 3 requisitos que se indican en el artículo. Un saludo.

  13. en respuesta a mytilus
    -
    Top 100
    #108
    13/05/13 09:57

    Bienvenido a Rankia,

    Te comento, la reducción por movilidad geográfica se puede aplicar durante el el año en el que se produzca la aceptación del puesto de trabajo con el traslado de nuestro domicilio habitual y el siguiente. En tu caso sería en la Declaración de la Renta de 2010 y 2011. Si no lo aplicaste en estos años, por no cumplir el requisito de traslade tu residencia habitual a un nuevo municipio y no poder acreditarlo, ya no lo puedes aplicar en la Declaración de la Renta de 2012.

    Un saludo.

  14. Nuevo
    #107
    13/05/13 02:03

    Hola,

    Mi duda es la siguiente, yo estaba apuntada en la oficina del INEM en Asturias en el año 2011 y cobrando el paro, encontré un trabajo en Madrid y me trasladé de domicilio y también me apunté a la oficina del INEM de Madrid para presentar el resguardo en el trabajo en el que empezaba. El año pasado al desconocer esta prestación no la solicité y este año sigo trabajando en Madrid asi que me gustaría saber si aún podría optar a ella. Tengo contrato de alquiler, estoy empadronada y mi domicilio fiscal está cambiado. Mi duda es si al haberme apuntado el mismo año en el INEM en Madrid se consideraría cómo que no he venido aqui por trabajo.

    Muchas gracias por la ayuda

    Saludos

  15. Nuevo
    #106
    12/05/13 23:39

    Hola Amparo,

    Tengo una duda sobre este tema, yo me inscribí en la Oficina de Empleo hace un par de años. En junio terminé la carrera y conseguí unas prácticas de 6 meses en una provincia distinta a la mía y estuve esos 6 meses viviendo de alquiler.

    Mi duda es si al ser un contrato formativo también se puede solicitar esta reducción.

    Muchas gracias

  16. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #105
    12/05/13 12:37

    Hola, tengo una duda:

    Estoy inscrito como demandante de empleo, acepto un puesto de trabajo en otra localidad en noviembre de 2010 pero el cambio de domicilio no lo hago hasta marzo de 2011 por circunstancias relaccionadas con el trabajo. Puedo deducirlo en la renta de 2012? (no lo he deducido hasta ahora)

  17. en respuesta a Mexilón
    -
    Top 100
    #104
    08/05/13 15:34

    EL modelo 145 hace referencia a las retenciones practicadas al trabajador sobre rendimientos del trabajo y es una comunicación de datos al pagador. No tiene nada que ver con la deducción por movilidad geográfica.
    Un saludo.

  18. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #103
    08/05/13 14:04

    Muchas gracias Amparo.

    Una pregunta más, ¿En qué se dicerencia esta deducción de la que te comentaba del modelo 145 que cada mes te retenía un 2% menos?

    Muchas gracias por tu respuesta.

    Un saludo.

  19. en respuesta a Mexilón
    -
    Top 100
    #102
    08/05/13 13:55

    Bienvenido a Rankia,

    Por lo que comentas, cumples los 3 requisitos necesarios para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta: Haber estado inscrito en la oficina de empleo, Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual y Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

    Para acreditar que has trasladado tu domicilio habitual, es conveniente tener el empadronamiento pero si no se tiene con el contrato de alquiler y las facturas se puede justificar. Por lo que si que la puedes aplicar, y el cambio de domicilio no afecta.

    Un saludo.

  20. Nuevo
    #101
    08/05/13 12:52

    Hola Amparo,

    Tengo una duda acerca de la deducción por movilidad geodráfica en la declaración de la renta. Es la siguiente:
    En Septiembre de 2011 me trasladé desde Galicia a Madrid a trabajar. Me di de alta en la oficina de empleo de Galicia antes de venirme. No estoy empadronado en Madrid y estoy viviendo de alquiler desde esa fecha. Podría justificarlo con el contrato de alquiler, pago de facturas, etc. Comentarte que en Octubre - Noviembre del 2012 modifiqué mi domicilio fiscal de Galica a Madrid.

    En mi empresa nos daban la opción de cubrir el Modelo 145 para que cada mes nos retuviesen el 2% menos. Yo no lo cubrí y por lo tengo me retuvieron lo normal (sin tener en cuenta lo de la movilidad). Mis dudas son las siguietes:

    - Tengo derecho a acogerme a esta deducción?
    - Hay algún problema al no estar empadronado?
    - Afecta en algo el cambio de domicilio fiscal?

    Muchas gracias.