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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
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  1. en respuesta a ivcantero
    -
    Top 100
    #120
    24/05/13 09:30

    Buenos días,

    Tal como dice la normativa fiscal, la reducción por movilidad geográfica la puedes aplicar durante el el año en el que se produzca la aceptación del puesto de trabajo con el traslado de nuestro domicilio habitual y el siguiente, y no se especifica el requisito de seguir trabajando en el mismo sitio, por lo que pienso que en la Declaración de la Renta de 2012 podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica por el primer trabajo que aceptaste fuera de tu domicilio habitual.

    Por el segundo, no se podría aplicar, ya que no cumples el primer requisito necesario, haber estado inscrito en la oficina de empleo. De todos modos, consultale tu caso concreto a un asesor fiscal, un saludo.

  2. #119
    24/05/13 01:01

    Hola Amparo,

    Dudo respecto a si me puedo acoger a movilidad geográfica, si puedes ayudarme te lo agradecería un montón.
    Vivía en Guadalajara y en 2011 me mudé a Meco porque quedaba mucho más cerca de mi nuevo trabajo que acepté en Madrid. Previamente estaba dado de alta en la oficina de empleo.
    En 2012 hice la declaración del 2011 acogiéndome a movilidad geográfica, todo OK.
    En octubre de 2012 me volví a mudar y cambié de trabajo de nuevo. Me mudé a Alcalá de Henares que está aún más cerca de Madrid (donde estaba mi nuevo trabajo también). Cambié de nuevo el padrón, y ahora estoy empadronado en Alcalá de Henares.
    Un trabajo y otro se solaparon en el tiempo por lo que no creo que figurara en la oficina de empleo antes de empezar en el segundo trabajo. Aún así he visto que la norma dice que te puedes acoger a movilidad el año de la movilidad y el "siguiente", por lo que no se si podría acogerme según cualquiera de las dos opciones:
    -Por ser 2012 el año "siguiente" al que me mudé a Meco (2011), habiéndome acogido en 2011 a movilidad geográfica legalmente.
    -Por haberme mudado de nuevo a Alcalá habiendo cambiando el trabajo de nuevo (aquí creo que me falla que entre un trabajo y otro no he estado dado de alta en la oficina de empleo).

    Un saludo, gracias de antemano y disculpa por la parrafada

  3. en respuesta a emiliokus
    -
    Top 100
    #118
    22/05/13 10:18

    Buenos días,

    En mi opinión, tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica durante el ejercicio de 2011 y 2012. En la pasada Declaración de la Renta de 2011 no la aplicaste por no cumplir el tercer requisito necesario, acreditar el traslado de la residencia habitual a un nuevo municipio, pero en esta Declaración de la Renta de 2012, si que cumples los 3 requisitos y si que la podrás aplicar; más que nada porque puedes justificar que vives allí con el contrato de trabajo. No es necesario estar empadronado.

    Un saludo.

  4. Nuevo
    #117
    22/05/13 00:49

    Hola,

    después de leer los comentarios sigo con algunas dudas. Te comento mi caso, estuve inscrito en la oficina de empleo de Castilla-La Mancha en 2011, en noviembre del mismo año me traslado a trabajar a Madrid, tengo contrato de alquiler a partir de junio de 2012, en el piso anterior no tenía. A día de hoy sigo empadronado y con domicilio fiscal en Castilla-La Mancha. ¿Puedo acogerme a la reducción? ¿Debería cambiar el domicilio fiscal?

    Gracias, un saludo

  5. en respuesta a ayacata
    -
    Top 100
    #116
    21/05/13 09:35

    Buenos días,

    La deducción por el alquiler del nuevo municipio no es incompatible con la reducción por movilidad geográfica, por lo que podrás aplicar ambas. Lo que si que es incompatible es aplicar la reducción por movilidad geografica y la deducción por compra de vivienda habitual ya que la reducción por movilidad geografica supone el cambio de residencia habitual y por lo tanto no es posible seguir deduciendo la hipoteca.

    Un saludo.

  6. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #115
    20/05/13 21:23

    Gracias Amparo por tu respuesta, pero mi pregunta es: aparte de la reducción por movilidad geográfica me interesa saber si puedo deducirme el alquiler que pago en mi nuevo domicilio, no se si pudiera ser incompatible.

    Saludos

  7. en respuesta a Consultar
    -
    Top 100
    #114
    20/05/13 09:38

    Buenos días,

    Deberás de poder acreditar el cambio de residencia habitual debido a la aceptación del nuevo puesto de trabajo para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica, bien con el contrato de alquiler o empadronamiento (que dices que no tienes) y sino con facturas de luz y agua de la nueva vivienda. Si no lo puedes acreditar, yo no aplicaría esta reducción ya que la Agencia Tributaria en caso de no ver pruebas del cambio de domicilio te la denegará.

    Respecto a solicitar la reducción en la Declaración del 2011, deberás presentar un escrito en la Agencia Tributaria. Un saludo.

  8. en respuesta a ayacata
    -
    Top 100
    #113
    20/05/13 09:35

    Bienvenida a Rankia,

    Si tienes un contrato de alquiler y / o estás empadronada en el municipio donde trabajas actualmente, puede aplicar al reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta de 2012. El contrato de alquiler acredita el cambio de domicilio, así que no creo que haya ningún problema.

    Un saludo.

  9. Nuevo
    #112
    18/05/13 16:24

    Hola

    Cumplo las 3 condiciones:

    Estaba apuntado en la oficina de empleo
    Acepte un trabajo fuera de mi residencia habitual
    Cambié de residencia al lugar del trabajo

    Tengo algunas dudas:

    1.- No estoy empadronado en este nuevo municipio, vivo en un piso en el que no tengo contrato de alquiler, ¿cómo podría indicar que vivo en este nuevo municipio?
    2.- El año pasado también podría haber solicitado la movilidad, pero no la solicité. ¿Qué tengo que hacer este año?
    3.- ¿Cómo calculo cuanto corresponde?

    Gracias, saludos.

  10. #111
    18/05/13 00:17

    Hola,
    El año pasado me apliqué la reducción por movilidad geográfica y lo volveré a hacer este, pero tengo una duda:
    En 2011 también me apliqué la deduccion por alquiler de mi vivienda habitual(municipio donde siempre he residido y donde vive mi pareja con mis hijos)aunque también pago alquiler en el nuevo municipio donde resido por motivos laborales.
    Para este año creo que voy a declarar el alquiler que pago en mi nuevo domicilio por si me piden acreditacion de la mobilidad geográfica ya que no estoy empadronada.
    ¿Entiendes que me pueda aplicar la deducción por alquiler?

    Gracias

  11. en respuesta a athenea8
    -
    Top 100
    #110
    13/05/13 10:03

    Bienvenido a Rankia,

    No entiendo el porque te registraste en la oficina del INEM de Madrid, ya que si esto fue días antes de aceptar el nuevo trabajo no cumples el requisito de haber estado inscrito en la oficina de empleo de un municipio distinto al del lugar de trabajo. De todos modos, te recomiendo que acudas a tu asesor fiscal y le comentes el caso concreto para ver si se puede aplicar la reducción por movilidad geográfica a tu Declaración de la Renta de 2012 y solicitar la del año anterior.

    Un saludo.

  12. en respuesta a suso1990
    -
    Top 100
    #109
    13/05/13 09:59

    Bienvenido a Rankia,

    La legislación de esta reducción no hace referencia a la modalidad de contrato de trabajo o a la duración del contrato de trabajo para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica por lo que entiendo que si que puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta de 2012 siempre que cumplas los 3 requisitos que se indican en el artículo. Un saludo.

  13. en respuesta a mytilus
    -
    Top 100
    #108
    13/05/13 09:57

    Bienvenido a Rankia,

    Te comento, la reducción por movilidad geográfica se puede aplicar durante el el año en el que se produzca la aceptación del puesto de trabajo con el traslado de nuestro domicilio habitual y el siguiente. En tu caso sería en la Declaración de la Renta de 2010 y 2011. Si no lo aplicaste en estos años, por no cumplir el requisito de traslade tu residencia habitual a un nuevo municipio y no poder acreditarlo, ya no lo puedes aplicar en la Declaración de la Renta de 2012.

    Un saludo.

  14. Nuevo
    #107
    13/05/13 02:03

    Hola,

    Mi duda es la siguiente, yo estaba apuntada en la oficina del INEM en Asturias en el año 2011 y cobrando el paro, encontré un trabajo en Madrid y me trasladé de domicilio y también me apunté a la oficina del INEM de Madrid para presentar el resguardo en el trabajo en el que empezaba. El año pasado al desconocer esta prestación no la solicité y este año sigo trabajando en Madrid asi que me gustaría saber si aún podría optar a ella. Tengo contrato de alquiler, estoy empadronada y mi domicilio fiscal está cambiado. Mi duda es si al haberme apuntado el mismo año en el INEM en Madrid se consideraría cómo que no he venido aqui por trabajo.

    Muchas gracias por la ayuda

    Saludos

  15. Nuevo
    #106
    12/05/13 23:39

    Hola Amparo,

    Tengo una duda sobre este tema, yo me inscribí en la Oficina de Empleo hace un par de años. En junio terminé la carrera y conseguí unas prácticas de 6 meses en una provincia distinta a la mía y estuve esos 6 meses viviendo de alquiler.

    Mi duda es si al ser un contrato formativo también se puede solicitar esta reducción.

    Muchas gracias

  16. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #105
    12/05/13 12:37

    Hola, tengo una duda:

    Estoy inscrito como demandante de empleo, acepto un puesto de trabajo en otra localidad en noviembre de 2010 pero el cambio de domicilio no lo hago hasta marzo de 2011 por circunstancias relaccionadas con el trabajo. Puedo deducirlo en la renta de 2012? (no lo he deducido hasta ahora)

  17. en respuesta a Mexilón
    -
    Top 100
    #104
    08/05/13 15:34

    EL modelo 145 hace referencia a las retenciones practicadas al trabajador sobre rendimientos del trabajo y es una comunicación de datos al pagador. No tiene nada que ver con la deducción por movilidad geográfica.
    Un saludo.

  18. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #103
    08/05/13 14:04

    Muchas gracias Amparo.

    Una pregunta más, ¿En qué se dicerencia esta deducción de la que te comentaba del modelo 145 que cada mes te retenía un 2% menos?

    Muchas gracias por tu respuesta.

    Un saludo.

  19. en respuesta a Mexilón
    -
    Top 100
    #102
    08/05/13 13:55

    Bienvenido a Rankia,

    Por lo que comentas, cumples los 3 requisitos necesarios para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta: Haber estado inscrito en la oficina de empleo, Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual y Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

    Para acreditar que has trasladado tu domicilio habitual, es conveniente tener el empadronamiento pero si no se tiene con el contrato de alquiler y las facturas se puede justificar. Por lo que si que la puedes aplicar, y el cambio de domicilio no afecta.

    Un saludo.

  20. Nuevo
    #101
    08/05/13 12:52

    Hola Amparo,

    Tengo una duda acerca de la deducción por movilidad geodráfica en la declaración de la renta. Es la siguiente:
    En Septiembre de 2011 me trasladé desde Galicia a Madrid a trabajar. Me di de alta en la oficina de empleo de Galicia antes de venirme. No estoy empadronado en Madrid y estoy viviendo de alquiler desde esa fecha. Podría justificarlo con el contrato de alquiler, pago de facturas, etc. Comentarte que en Octubre - Noviembre del 2012 modifiqué mi domicilio fiscal de Galica a Madrid.

    En mi empresa nos daban la opción de cubrir el Modelo 145 para que cada mes nos retuviesen el 2% menos. Yo no lo cubrí y por lo tengo me retuvieron lo normal (sin tener en cuenta lo de la movilidad). Mis dudas son las siguietes:

    - Tengo derecho a acogerme a esta deducción?
    - Hay algún problema al no estar empadronado?
    - Afecta en algo el cambio de domicilio fiscal?

    Muchas gracias.