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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
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  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #220
    16/01/14 21:53

    Buenas tardes,
    Perdona por preguntar de nuevo, pero entonces aunque tenga sólo el mes de noviembre y mes de diciembre como movilidad geográfica, me puedo desgravar todo el año por completo?
    - movilidad geográfica noviembre y diciembre
    -hipoteca
    -alquiler mes de noviembre y diciembre
    - en el paro inscrito desde marzo hasta noviembre
    Un saludo

  2. en respuesta a Patri Marcos García
    -
    Top 100
    #219
    14/01/14 09:19

    El simulador de la Declaración de la Renta es una herramienta de ayuda que nos ofrece la Agencia Tributaria, pero en algunos casos no permite aplicar todas las deducciones. En el caso de la reducción por movilidad geográfica sólo se puede aplicar a dos períodos impositivos, el del traslado de municipio y nuevo trabajo y el siguiente; y se aplica en el total del periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.

    Por ello, tendrás derecho a incrementar la reducción por rendimientos del trabajo en la Declaración de la Renta en un 100% por todo el 2013 y 2014. Un saludo,

  3. en respuesta a Patri Marcos García
    -
    #217
    13/01/14 19:10

    ya me da por pensar, que exista una clausula, que no te devuelvan mas de x importe....eso podria ser?

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #216
    13/01/14 19:09

    Buenas tardes,
    gracias por la rapida contestacion! estoy en el simulador de la renta, incluyo la movilidad geografica pero no me deduce el 100%. me sale que me devuelven pero no el 100%. No se si lo estare haciendo bien...pero me devuelven menos de lo que me retienen..estoy bastante perdida, por lo que te explico todo:
    enero / febrero / marzo no le retuvieron nada en la empresa, luego en el paro hasta noviembre tampoco, y ahora con movilidad geográfica, 12%. ( noviembre y diciembre). Mi duda es: en la declaración, cuando pongo la movilidad geografica entiende que es por todo el año? o solo los meses en los que e estado desplazada? es que tengo un piso por el cual me desgravo, pero me sale a devolver cosa que no creo q sea asi.
    Un saludo

  5. en respuesta a Patri Marcos García
    -
    Top 100
    #215
    13/01/14 11:52

    Buenos días Patri,

    Se aplicaría a la Declaración de la Renta de 2013 y la del próximo año 2014. Si, es independiente de que tenga hijos o esté casado. Un saludo

  6. en respuesta a xalola
    -
    Top 100
    #214
    13/01/14 10:53

    Buenos días,

    No hay ningún problema, no se hace distinción al porque de la inscripción al paro. Así que como cumples los requisitos necesarios para aplicar la reducción por movilidad geográfica puedes acogerte a ella en las próximas Declaraciones de la Renta.

    Un saludo,

  7. #213
    11/01/14 13:19

    Buenos dias,
    es una duda que tengo acerca de mi pareja. el estaba inscrito en la oficina del inem en leganes, ahora nos hemos transladado a alicante ( pilar de la horadada) porque le ha salido trabajo. Estamos viviendo de alquiler desde entonces.
    Como esto ocurrio en noviembre del 2013, me gustaria saber para que ejercicios nos podemos desgravar. es decir, en esta declaracion serían noviembre y diciembre, y en la siguiente durante todo el año?
    Esto es independiente de si estas soltero con hijos?
    Un saludo

  8. Nuevo
    #212
    11/01/14 11:26

    Buenos días.
    Tengo alguna duda respecto a si me podría acoger a esta reducción, os lo comento.
    En estos momentos estoy trabajando con un contrato indefinido en Galicia, y he aprobado una oposición para la Comunidad de Madrid, así que el punto de movilidad lo cumpliré.
    Antes de incorporarme tendré que dejar el trabajo e inscribirme en el paro aquí, pero, a la hora de que me concedan la reducción en las próximas declaraciones, ¿hay alguna diferencia entre que el cese en mi trabajo actual sea por baja voluntaria, o tendría que ser despido? ¿y que el nuevo puesto sea de funcionario?
    Muchas gracias!

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #211
    13/12/13 14:08

    Ok, muchas gracias por la velocidad de tu respuesta, pues eso pienso yo también que no he de tener ningún problema, pero con la Administración nunca se sabe. No obstante de no necesitar el empadronamiento ya he solicitado hacerlo, así que creo que entregaré también el justificante, aunque no se si entregando éste tendré problemas por haberme empadronado un año después de entrar en la vivienda y si por ahí se podrían agarrar para no darme la reducción.

    Si cuando me dijeron en la Agencia Tributaria que solo bastaba con cambiar el domicilio fiscal me hubieran informado de los documentos a entregar no tendría que estar ahora con estas prisas casi al final del ejercicio. Si yo trabajase en la Administración pública intentaría facilitarle la vida a los ciudadanos que para eso mi sueldo dependería de fondos públicos, al menos yo lo entiendo como un servicio a tu país, puesto que el tiempo de las personas también tiene un coste económico por no hablar de los diferentes problemas de ansiedad y nerviosismo que te pueden causar ciertos tramites administrativos.

    Muy bien pues muchísimas gracias Amparo por tu respuesta.

  10. en respuesta a David_martinez
    -
    Top 100
    #210
    13/12/13 13:28

    Buenos días,

    Cumples todos los requisitos, solo teniendo el contrato de alquiler justifica que estabas viviendo en un municipio distinto al de tu vivienda habitual, por lo que no es necesario tener el empadronamiento. Aportando toda la documentación que me indicas no habrá ningún problema para aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta del 2012.

    No te preocupes ;) Un saludo,

  11. #209
    13/12/13 12:57

    Hola buenos días Amparo, te comento mis dudas:

    Mi caso es el siguiente, yo estuve trabajando en el municipio de Murcia durante el mes de enero de 2012, y estuve empadronado allí, y además estuve viviendo de alquiler allí, aunque mi domicilio fiscal a efectos de la Agencia Tributaria lo tenia localizado en casa de mis padres en un pueblo de la Región de Murcia. Después del 31 de enero de 2012 volví a casa de mis padres unos días y me inscribí en la oficina de empleo en fecha 4/2/2012. Posteriormente el día 8/2/2012 acepte un trabajo en la ciudad de Cartagena con lo que traslade mi domicilio a esa nueva ciudad, así lo hice constar en la declaración de la renta del ejercicio 2012 como me indicaron en la Agencia Tributaria.

    Ahora recibo una notificación de la Agencia Tributaria diciendo que la reducción sobre los rendimientos netos del trabajo personal por intentar aplicar la movilidad geográfica es incorrecta y me dicen que debo de aportar documentación que lo acredite. Allí me dicen que sería suficiente con entregar el contrato de alquiler de la vivienda donde vivo en el municipio de Cartagena, el contrato laboral y un certificado de la oficina de empleo que acredite que en esas fechas antes de aceptar el trabajo estaba dado de alta en el servicio de empleo público.

    Decir que yo no me empadrone en Cartagena en el momento en el que me fui allí a trabajar, pero viendo lo que me piden ahora he decidido empadronarme, claro que me estoy empadronando ahora, diciembre de 2013 en una vivienda en la que entre vivir en febrero de 2012 como consta en el contrato de alquiler y en la que sigo viviendo actualmente.

    ¿Tendré algún problema por haberme empadronado con posterioridad en dicha vivienda?

    He leído el articulo 20.2 b y creo que cumplo todos los requisitos para que se me aplique la degradación por movilidad geográfica, pero no se si el tema del empadronamiento me dará problemas.

    A la Agencia tributaria le entregaré los siguientes documentos:

    Contrato de alquiler que tenia en la ciudad de Murcia y fotocopia de la extinción de dicho contrato.
    Informe de vida laboral
    Informe de inscripciones en la oficina de empleo
    Contrato de alquiler de la vivienda a la que me traslade en Cartagena
    Factura de teléfono con la nueva dirección
    Contrato laboral

    Y como el certificado de empadronamiento en la nueva ubicación, es decir, Cartagena, tarda unos días y me saldría del plazo que la Agencia Tributaria me ha dado para entregar la documentación, he pedido un justificante del alta en el padrón, aunque tal documento pone que no tiene validez como justificante de Alta/Modificación en el padrón de Habitantes, pese a ir sellado por el propio Ayuntamiento de Cartagena.

    ¿Cómo ves mi situación, crees que me puedo beneficiar de la movilidad geográfica? Yo en principio veo que cumplo todos los requisitos que aparecen en la ley.

    Muchas gracias por adelantado. Recibe un cordial saludo

  12. en respuesta a vgonga1986
    -
    Top 100
    #208
    12/12/13 10:04

    Bienvenido a Rankia,

    Entiendo que podrás obtener de nuevo este documento de demanda de empleo, te recomiendo que en primer lugar llames a la oficina de empleo de la ciudad en la que estabas inscrito porque entiendo que será allí dónde lo tendrás que sacar, pero quizás ellos te pueden indicar como hacerlo por Internet. Seguro que no hay ningún problema y puedes acreditar que estabas en situación de desempleo en una ciudad diferente.

    Un saludo,

  13. Nuevo
    #207
    11/12/13 21:16

    Buenas, Amparo.

    He tenido un problema con la reducción por movilidad geográfica y me han enviado una notificación para la presentación de una serie de documentos. Lo único que me falta es una "justificación de haber estado inscrito en la oficina de empleo". Estuve apuntado en su día y tenía el documento de demanda de empleo (tarjeta del paro), pero lo he perdido.

    ¿Cómo puedo justificar que estuve apuntado en la fecha de la movilidad? ¿Se puede solicitar algún documento que lo acredite? En caso de poderse, ¿hay que solicitarlo en la oficina en la que me apunté al paro o puede ser en cualquier otra o, mejor, por internet? Se me está acabando el plazo para la presentación de la documentación y voy un poco apurado.

    Muchas gracias y un saludo.

  14. en respuesta a pertol
    -
    Top 100
    #206
    02/12/13 09:44

    Buenos días,

    Es posible que te hayan denegado la deducción por tener el contrato de alquiler con anterioridad al contrato de trabajo. La deducción tiene origen cuando el desempleado se desplaza a otro municipio con consecuencia de un nuevo trabajo, por tanto la fecha del contrato de trabajo y del de alquiler debe ser igual o similar.

    Un saludo,

  15. en respuesta a al3jo
    -
    #205
    01/12/13 01:55

    Hola, muy buenas, me gustaría saber en que quedo todo, ya que yo tengo el mismo problema, muchísimas gracias.

  16. #204
    01/12/13 00:53

    Hola Buenas, quería exponer mi caso por que no hay ninguno parecido.
    Yo señale dicha reducción y ahora me ha llegado un requerimiento de haciendo en el que me niegan dicha reducción, y me piden unos documento justificativos.
    El caso es que yo estaba cobrando el paro e inscrito en la oficina de empleo de RONDA y me vine a buscar trabajo a Madrid, alquile un piso a mi nombre en Madrid y estaba cobrando el paro. A los 4 meses de estar en Madrid con contrato de alquiler en esta ciudad y estar inscrita en la oficina de Ronda encontré trabajo en Madrid. Mi pregunta es: Si teniendo ya contrato de alquiler hace 4 meses y estar inscrita en otra oficina diferente, tengo derecho a esta reducción

  17. en respuesta a retormossen
    -
    Top 100
    #202
    25/11/13 11:03

    Te entiendo perfectamente, si puedes habla con el otro inquilino y antes de presentar ningún documento comprometedor a la Agencia Tributaria, ve a un asesor fiscal y coméntale tu caso. Un saludo,