#106
#107
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#108
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#109
Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Hola voy a mi segundo mes, solo una entidad me llama a cada momento, ya te han liquidado alguna deuda?
#110
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#111
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#112
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#113
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#114
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#115
Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Muy buenss Blas, mira desde hace poco vengo viendo tus mensajes y me gustaria pedirte si tu podias particularmente ayudarme para hacerlo yo por mi mismo, y si lo vieras conveniente estoy dispuesto a algun tipo de remuneracion, estoy a la entrada de tratar con Rtd y sinceramente estoy super perdido y ansiado y tu con tu propuesta me as anomado mucho e entradro en el foro pero para mi es chino... aver que te parece ma proouesta
#116
Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Muy buenss Blas, mira desde hace poco vengo viendo tus mensajes y me gustaria pedirte si tu podias particularmente ayudarme para hacerlo yo por mi mismo, y si lo vieras conveniente estoy dispuesto a algun tipo de remuneracion, estoy a la entrada de tratar con Rtd y sinceramente estoy super perdido y ansiado y tu con tu propuesta me as animado mucho e entradro en el foro pero para mi es chino... aver que te parece ma proouesta y espero tu respuesta.
Mi otra duda es que , aunke eficaz, no es contradictorio dar de alta a la gestora en el banco que va a reatrasar los pagos..?
Aun con todo, muchas gracias por tus mensajes.
Mi otra duda es que , aunke eficaz, no es contradictorio dar de alta a la gestora en el banco que va a reatrasar los pagos..?
Aun con todo, muchas gracias por tus mensajes.
#117
Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
Hola,
Desgraciadamente no lo puedo hacer yo por ti, pero anímate en el foro y habla con la gente. Recibirás consejos y te enseñaran como actuar, como lo hicieron conmigo.
En cuanto lo de dar de alta a la gestora como autorizado, no veo porque sería contradictorio, teniendo en cuenta que firmas con ellos un contrato donde les autorizas para negocias en tu nombre (les autorizas para toda acción necesaria para el cierre de la cuenta). Yo como no tenia ni dinero, ni ahorros en las cuentas, no tuve problema en autorizarles. Total, mas deuda no podían generar.
Repito, si no te apetece "buscarte la vida", ya que es cierto que es un poco "chino" y muy laborioso, cuenta con los que se dedican a esto. Veo arriba una compañera que confirma que este mes recibió una oferta de liquidación así que pronto le liquidaran una deuda.
Mucho ánimo!
Desgraciadamente no lo puedo hacer yo por ti, pero anímate en el foro y habla con la gente. Recibirás consejos y te enseñaran como actuar, como lo hicieron conmigo.
En cuanto lo de dar de alta a la gestora como autorizado, no veo porque sería contradictorio, teniendo en cuenta que firmas con ellos un contrato donde les autorizas para negocias en tu nombre (les autorizas para toda acción necesaria para el cierre de la cuenta). Yo como no tenia ni dinero, ni ahorros en las cuentas, no tuve problema en autorizarles. Total, mas deuda no podían generar.
Repito, si no te apetece "buscarte la vida", ya que es cierto que es un poco "chino" y muy laborioso, cuenta con los que se dedican a esto. Veo arriba una compañera que confirma que este mes recibió una oferta de liquidación así que pronto le liquidaran una deuda.
Mucho ánimo!
#118
Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
#119
Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
#120
Re: Resuelve tu Deuda en España, ¿opiniones?
¿Y porque te preocupa?
Te cuento un caso en concreto, no mio, sino de un familiar.
Tarjeta de credito revolving, 3000€ a devolver. Solicitamos la documentación (todos los extractos) y observamos que a lo largo de los 9 años de uso, el capital concedido total fue de 7900€ y los recibos abonados superaron 12.000€.
Llega el juicio, el juez mira detenidamente todo y dictamina que tenía que devolver a la compañía en cuestión unos 500€ mas gastos procesales (sobre 300€).
Si, pierdes el juicio, pero pagas 800€, no 3000€. Esa sentencia fue antes del famoso fallo del Supremo de Marzo 2020 con respeto a los intereses abusivos de las tarjetas revolving.
Te cuento un caso en concreto, no mio, sino de un familiar.
Tarjeta de credito revolving, 3000€ a devolver. Solicitamos la documentación (todos los extractos) y observamos que a lo largo de los 9 años de uso, el capital concedido total fue de 7900€ y los recibos abonados superaron 12.000€.
Llega el juicio, el juez mira detenidamente todo y dictamina que tenía que devolver a la compañía en cuestión unos 500€ mas gastos procesales (sobre 300€).
Si, pierdes el juicio, pero pagas 800€, no 3000€. Esa sentencia fue antes del famoso fallo del Supremo de Marzo 2020 con respeto a los intereses abusivos de las tarjetas revolving.