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¿Cómo solicitar el borrador de la Declaración de la Renta 2025?

El borrador renta 2025 estará disponible desde el 8 de abril de 2026. Desde ese día podrás consultarlo, descargarlo y presentarlo online. La campaña termina el 30 de junio de 2026, aunque si domicilias el pago el plazo acaba antes: 25 de junio de 2026.
El borrador renta 2025 de Hacienda es solo una propuesta y aceptarlo a ciegas puede salirte caro. Es fundamental revisarlo para no perder deducciones autonómicas o beneficios por inversión que la AEAT suele olvidar. Sigue este paso a paso para obtenerlo por la Web, App o teléfono y asegura tu ahorro fiscal desde el primer día.

Imagen de portada que muestra a una persona utilizando una calculadora y un ordenador portátil sobre un escritorio, con el texto superpuesto Cómo solicitar el borrador de la declaración de la renta y el logotipo de Rankia en la esquina inferior izquierda.
Cómo solicitar el borrador de la declaración de la renta 2025

¿Qué es el borrador de la declaración de la renta?

El borrador de la renta es el documento que la Agencia Tributaria prepara con la información fiscal que ya tiene sobre ti: rendimientos del trabajo, pensiones, intereses, dividendos, retenciones, algunos inmuebles, subvenciones y otros datos tributarios habituales. No es un documento “cerrado”, sino una base sobre la que revisar, corregir y confirmar la declaración final. 

En la práctica, el borrador me parece útil porque acelera mucho el proceso, pero no conviene aceptarlo sin revisar. Puede faltar información, haber deducciones no aplicadas o aparecer datos incompletos, especialmente si has vendido inmuebles o inversiones, has cambiado de situación familiar, tienes alquileres o puedes aplicar deducciones autonómicas. Esa revisión sigue siendo responsabilidad del contribuyente. 

¿Cómo se pide el borrador de la renta 2025?

La forma más rápida y segura es acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Necesitarás un certificado digital, Cl@ve PIN o el sistema de identificación DNI electrónico. Una vez dentro, sigue estos pasos:

Pedir el borrador por internet

Para mí, esta es la vía más cómoda. Solo tienes que entrar en el servicio de Renta e identificarte con uno de estos métodos: 

  • Con número de referencia: La Agencia Tributaria permite obtener una referencia válida al acceder a los servicios de Renta. Esa referencia te sirve para gestionar el expediente, consultar datos fiscales, usar Renta WEB y presentar la declaración por internet. 
  • Con Cl@ve:También puedes acceder con Cl@ve, una opción muy útil si no quieres depender de la casilla 505 cada vez que entres. La propia AEAT la señala como alternativa si no puedes conseguir la referencia por los datos de contraste. 
  • Con certificado electrónico o DNIe: Es otra de las vías admitidas para identificarte y acceder directamente al servicio de tramitación del borrador/declaración. 

Mediante la app de la Agencia Tributaria

Si prefieres usar tu móvil, puedes descargar la aplicación oficial de la Agencia Tributaria. Está disponible para iOS y Android. La app es muy intuitiva y te permite solicitar el borrador en pocos pasos. 

Pedir el borrador por teléfono

La confección por teléfono de la Renta 2025 estará disponible del 6 de mayo al 30 de junio de 2026, y la cita previa podrá solicitarse del 29 de abril al 29 de junio

Pedir el borrador presencialmente

 La asistencia en oficinas para confeccionar la declaración arrancará el 1 de junio de 2026 y se mantendrá hasta el 30 de junio, con cita previa desde el 29 de mayo

¿Cómo obtener la referencia para solicitar el borrador de la renta 2025?

  • Por Internet con Certificado electrónico, DNIe o Clave PIN o mediante la nueva app de la agencia tributaria. 
  • Cl@ve PIN. Si no sabes cuál es el importe de la casilla 505 puede registrarse en Cl@ve, que te sirve para obtener el Número de Referencia de Renta y acceder a todos los trámites de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  •  Con el servicio RENØ por Internet. Se aportarán los siguientes datos:
     NIF o NIE, casilla 505 de la declaración del ejercicio 2024 (si presentaste declaración el año anterior) y teléfono móvil.   

¿Qué es la casilla 505?

La casilla 505 corresponde a la “Base liquidable general sometida a gravamen” de la declaración del ejercicio anterior. No hay que confundirla con el resultado final de la declaración ni con el importe a devolver o a ingresar. 

¿Qué pasa si no tengo la casilla 505?

 Si no presentaste la renta el año anterior o la casilla 505 figura con importe 0,00, la AEAT te pedirá los cinco últimos dígitos del IBAN de una cuenta bancaria de la que hayas sido titular y que conste informada por tu entidad. Si esa cuenta no consta en la base de datos, la alternativa pasa por registrarte en Cl@ve o usar certificado electrónico. 

¿Qué requisitos son necesarios para solicitar el borrador de la declaración de la renta 2025?

Para poder solicitar el borrador de la declaración de la renta 2025 (IRPF campaña año 2026) se debe cumplir una serie de características. Se podrá solicitar el borrador si has obtenido rentas de las siguientes clases, cualquiera que sea su cuantía:

  • Rentas del trabajo, incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como, en su caso, las pensiones compensatorias recibidas del cónyuge.
  • Rentas del capital mobiliario sujetas a retención o ingreso a cuenta, como, por ejemplo, los intereses de cuentas y depósitos bancarios o los dividendos de acciones.
  • Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso a título oneroso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.
  • Rentas del capital mobiliario derivados de Letras del Tesoro.
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, la renta básica de emancipación, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y demás subvenciones, salvo las que tengan la consideración de rendimientos de actividades económicas.
  • Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles.
  • Rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario obtenidos por entidades en régimen de atribución de rentas, cuando estos hayan sido atribuidos a los socios, herederos, comuneros o partícipes.

¿Cuándo está disponible el borrador de la renta 2025?

El borrador de la renta 2025 está disponible desde el 8 de abril de 2026, fecha en la que comienza la campaña de la Renta 2025  Desde ese día ya se pueden consultar los datos fiscales, acceder al borrador, modificarlo si hace falta y presentar la declaración online. El plazo general termina el 30 de junio de 2026

Fechas clave del borrador/declaración de la renta 2025

  • 8 de abril de 2026: inicio de la presentación por internet de la Renta 2025. 
  • 29 de abril de 2026: comienzo de la cita previa para la atención telefónica. 
  • 6 de mayo de 2026: inicio del servicio de confección de la renta por teléfono. 
  • 29 de mayo de 2026: apertura de la cita previa para atención presencial en oficinas. 
  • 1 de junio de 2026: inicio de la atención presencial en oficinas. 
  • 25 de junio de 2026: último día para presentar la renta con domiciliación bancaria si el resultado es a ingresar. 
  • 30 de junio de 2026: fin de la campaña de la declaración de la renta 2025. 

¿Cuándo se puede hacer el borrador de la renta?

 Si te preguntas cuándo se puede hacer el borrador de la renta, la respuesta es clara: desde el 8 de abril de 2026. A partir de esa fecha, la Agencia Tributaria permite tramitar por internet tanto el borrador como la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2025. 

¿Cuándo se puede descargar el borrador de la renta?

 Sobre cuándo se puede descargar el borrador de la renta, también podrás hacerlo desde el 8 de abril de 2026, coincidiendo con el arranque oficial de la campaña online. Desde ese momento se puede acceder al expediente de Renta con Cl@ve, certificado electrónico, DNIe o número de referencia. 

¿Cuándo termina la declaración de la renta?

 La campaña de la declaración de la renta 2025 termina el 30 de junio de 2026. Eso sí, si el resultado sale a ingresar y eliges la domiciliación bancaria, el plazo finaliza antes, el 25 de junio de 2026

Pasos para revisar y confirmar el borrador de la renta 2025 

  1. Verifica tus ingresos. Asegúrate de que todos tus ingresos (nóminas, pensiones, rendimientos de capital, etc.) estén correctamente reflejados.
  2. Comprueba las deducciones. Revisa si tienes derecho a deducciones autonómicas como las relacionadas con la vivienda, donaciones o planes de pensiones. Si pagas o recibes una pensión compensatoria o anualidades por alimentos, revisa que estos importes estén correctamente reflejados en tu declaración. Su tratamiento fiscal varía y puede influir en el resultado final. Además, si te has mudado por motivos laborales, podrías tener derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica, lo que te permitiría reducir tu base imponible. 
  3. Revisa las ganancias patrimoniales. Si has vendido un inmueble, acciones o participaciones adquiridas antes del 31 de diciembre de 1994, es importante verificar cómo se ha calculado la ganancia patrimonial. En estos casos, la Disposición Transitoria 9ª del IRPF permite aplicar coeficientes de abatimiento, que reducen la cantidad sujeta a tributación. Este beneficio tiene un límite de 400.000 euros en valor de transmisión, por lo que, si has vendido activos con ganancias relevantes, conviene revisar si se ha aplicado correctamente.
  4. Confirma o modifica. Si todo está correcto, confirma el borrador. Si no, realiza los cambios necesarios antes de presentarlo.
Si el borrador es correcto, puedes confirmarlo directamente para presentar tu declaración. Si no estás obligado a presentar la renta, pero el borrador indica que te corresponde devolución, también puedes confirmarlo para recibir tu dinero.

Errores frecuentes al pedir el borrador de la renta

  • Dar por bueno el borrador sin revisarlo: es el error más común. Aunque facilita mucho el trámite, el borrador no siempre incluye toda la información relevante ni aplica todas las deducciones que te corresponden. 
  • Usar una referencia antigua: las referencias de campañas anteriores ya no sirven. Para la Renta 2025 hay que generar una nueva referencia, normalmente con la casilla 505 de la Renta 2024
  • Introducir mal la casilla 505: muchas personas la confunden con el resultado de la declaración o con el importe a devolver. Hacienda pide el dato exacto de esa casilla, así que un error al copiarlo impide obtener la referencia. 
  • Esperar al último día: apurar el plazo aumenta el riesgo de prisas, errores y problemas de acceso. Además, si la declaración sale a ingresar y quieres domiciliar el pago, no puedes esperar hasta el final de campaña, porque ese plazo termina antes. 

Preguntas frecuentes sobre cómo solicitar el borrador de la declaración de la renta



 No, el borrador es solo una ayuda informativa. Sin embargo, si por tus ingresos estás obligado a declarar, debes presentar la Renta 2025 (en 2026) aunque decidas no confirmar el borrador inicial y modificarlo.


Si detectas errores tras presentarlo, puedes realizar una declaración complementaria  o rectificación. Si aún no lo has enviado, modifica los datos directamente en Renta WEB. Ante dudas complejas, es recomendable consultar con un asesor fiscal especializado. 


 El servicio se habilita en abril de 2026. Desde esa fecha, podrás acceder a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria para consultar tus datos fiscales y obtener el borrador mediante Cl@ve, Certificado Digital o Referencia.


 Si no presentaste declaración el año anterior o el resultado fue cero, el sistema te solicitará los últimos cinco dígitos de un IBAN de tu titularidad para generar el número de referencia y acceder a tus datos fiscales.


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  1. Nuevo
    #60
    08/04/19 19:20

    buenas tardes,
    Tengo una duda sobre la declaración de la renta.
    Me he quedado en el paro desde enero del 2018, no tengo retención por rendimiento de trabajo. Tengo un alquiler antes del 1 de enero de 2015, por lo tanto he visto que la Comunidad de Madrid tiene una deducción por alquiler a parados con mas de 183 días.¿ Al no tener retención por rendimientos de trabajo, puedo deducirme el alquiler?
    Muchas gracias.

  2. Nuevo
    #59
    08/04/19 12:48

    Buenos días, quise pedir cita para hacer la renta por teléfono y me dice que debido a las características de mi declaración no me pueden dar cita hasta mayo. No entiendo el porqué. Gracias.

  3. #58
    08/04/19 09:03

    Buenos dias haber si podéis ayudarme e echo un borrador y modificado otro . Hay algun manera de eliminarlos y hacer uno nuevo? O si hago otro el que vale es el último?

  4. Nuevo
    #57
    07/04/19 21:30

    Hola, he tenido 2 pagadores. Soy soltero.
    Primero 16.280 y el segundo 1.135.
    Tengo que declarar?
    Gracias

  5. en respuesta a Lorenveg
    -
    Luis Ángel Hernández
    #56
    07/04/19 19:07

    Si, tiene todo el sentido que sea eso.
    Saludos

  6. #55
    07/04/19 13:43

    Hola a todos,
    es sobre la desgravación por pago de cuotas a colegios profesionales, tuve que colegiarme por un trabajo (Coordinador de Seguridad y Salud) que desempeñé por un corto periodo de tiempo. El primer pago fue de 345 euros que es el que me valió para desempeñar ese trabajo y después pagué dos cuotas trimestrales de 69 cada una por si me volvían a llamar para este tipo de trabajo. Cuando vi que no me interesaba seguir, me di de baja. Las preguntas son las siguientes:
    1.- ¿La cantidad a desgravar seria de 345 euros porque fue el pago que me sirvió para ejercer ese trabajo puntual?
    2.- ¿La dos cuotas posteriores que seguí pagando sin ser necesarias, ya que no continué trabajando en ese puesto, podría desgravármelas porque existía la posibilidad de que volviera a ejercer de lo mismo?
    3.- Sea una cantidad de 345 o de 483 euros (sumando las dos cuotas) y siendo el 100% de la cantidad que pagué, ¿es lo que debo de poner en la casilla de la declaración o solo se contabiliza una parte de estas cantidades?

    Gracias por la ayuda.

  7. en respuesta a Lorenveg
    -
    Nuevo
    #54
    07/04/19 12:23

    Hola,
    Durante el año 2018, tuve un dinero que me reportó unas ganancias (908€) en Banca Facto (cuenta facto). La cuenta facto me retuvo 172€. Por lo que ganancia neta fue 736€.
    Ahora me acaba de llegar la propuesta de la declaración de la renta donde me pune que he ganado 908€ y me aplican otra vez un 23% (y me piden que devuelva otra vez 172€). Cuando la cuenta facto ya me aplicó esta retención.
    ¿Que hago? Tengo un documento de cuenta facto donde se demuestra que la retención fue de 172€... Podría presentar esto como documento?

  8. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #53
    06/04/19 20:42

    Muchas gracias por la respuesta. Puede ser el dinero que la Agencia Tributaria me ingresó en 2018 con demora de la declaración que realice? Es el único organismo público del q he recibido dinero.

    Muchas gracias

  9. #52
    06/04/19 20:38

    Hice una donación a cáritas que viene reflejada en el borrador, pero no veo que esa cantidad afecte en el resultado final de la declaración.

  10. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #51
    06/04/19 18:36

    Muchas gracias!

  11. en respuesta a Lorenveg
    -
    Luis Ángel Hernández
    #50
    06/04/19 18:24

    Hola
    El aviso se refiere a que has percibido durante 2018 el pago de alguna cantidad que te adeudaba alguna Administración Pública, puede que incluso de otros años. Esa cantidad tendría un desglose del importe de la deuda más los intereses de demora. Sino lo recuerdas entra al apartado de consultar datos fiscales justo antes de iniciar la declaración y allí te deberían aparecer.

    Saludos

  12. en respuesta a Toñimt
    -
    Luis Ángel Hernández
    #49
    06/04/19 18:20

    Hola
    Estos cambios en el estado de la declaración de la renta son normales y pasan con frecuencia, aquí puedes seguir con otros usuarios como va cambiando los estados por provincias y ciudades: https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/4213550-estado-declaracion-renta-2018

    Saludos

  13. en respuesta a Electro
    -
    Luis Ángel Hernández
    #48
    06/04/19 18:17

    Hola @Electro
    En el foro de fiscalidad: https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas hay varios usuarios que les pasa lo mismo que a ti. Han llamado a la agencia Tributaria y les han dado la respuesta que se rellenen las dos casillas de los inquilinos y que se anexe como documento adicional un documento con los datos de los siguientes inquilinos.

    Saludos

  14. #47
    06/04/19 11:41

    Hola, buenos dias; quisiera saber como introduzco el dato de una perdida patrimonial de 2017 de (-1141.11€) para cada uno de los cónyuges en una declaración conjunta para este ejercicio de 2018. Quiero saber, que casilla es donde ponerlo y si pongo (-2282,22€). Muchas gracias

  15. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #46
    05/04/19 23:23

    Hola
    Al pinchar en la casilla 063 se despliega y tienes que meter los ingresos y gastos del del piso alquilado y cuando terminas, para incorporar los datos introducidos tienes que meter el dni de los inquilinos y si no, no te deja meterlos

    Saludos

  16. #45
    05/04/19 16:49

    Buenas tardes,

    A la hora de realizar la Declaración me aparece "Código IAP0001 De acuerdo con los datos que dispone la AEAT, usted ha percibido en el ejercicio 2018 intereses de demora pagados por Administraciones Públicas.Le recordamos que dichos intereses constituyen rentas sujetas a IRPF, con la calificación de ganancias patrimoniales, que deben incluirse en la casilla 389 de la declaración del Impuesto."

    ¿A qué se refiere? ¿Dónde puedo encontrar la cantidad de dichos intereses para ponerla en la casilla que me piden?

    ¡Muchas gracias de antemano!

  17. en respuesta a Wenti8
    -
    #44
    05/04/19 16:41

    A mi me pone lo mismo. Código IAP0001 De acuerdo con los datos que dispone la AEAT, usted ha percibido en el ejercicio 2018 intereses de demora pagados por Administraciones Públicas.

    ¿A qué se refiere? ¿Dónde puedo encontrar dicha cantidad para ponerla en la casilla 389?

    Espero que alguien me pueda ayudar. Muchas gracias

  18. #43
    05/04/19 16:01

    Buenas, me ha cambiado el estado de en tramitación a conforme con la devolución y ahora vuelve a estar en tramitación. A alguien le ha sucedido? Que puede significar esto?

  19. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #42
    05/04/19 12:44

    Muchas gracias Luis. Saludos

  20. en respuesta a Luispapromo
    -
    Luis Ángel Hernández
    #41
    05/04/19 12:43

    He revisado las deducciones de Madrid y no tienen nada para inversión en vivienda habitual.

    Saludos