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Declaración de la renta 2022 (IRPF campaña año 2023): Cómo solicitar el borrador de la renta

Declaración de la renta 2022 (IRPF campaña año 2023): Cómo solicitar el borrador de la renta

El martes 11 de abril de 2023, dará comienzo la declaración de la renta y podrás solicitar el borrador de la renta referida al ejercicio fiscal 2022, que se presentará este año 2023.

Desde el 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023, podremos solicitar y presentar por internet el borrador de la declaración de la renta 2022 (IRPF campaña año 2023). Desde el 25 de mayo, será posible solicitar cita previa para la realización de declaraciones y modificación de borradores en oficinas de la Agencia Tributaria y desde el 3 de mayo será posible pedir cita para realizarla por teléfono.

Al igual que el año pasado, se podrá utilizar la App de a Agencia Tributaria para móviles para que podáis conocer vuestros datos fiscales y solicitar el nº de referencia para gestionar la declaración de la Renta 2022. La app está disponible tanto para Android como para iOS.También os recomendamos la aplicación de Cl@ve PIN para obtener el nº de referencia y poder solicitar el borrador de la renta.

 

¿Qué requisitos son necesarios para solicitar el borrador de la declaración de la renta 2022 (IRPF campaña año 2023)?

Para poder solicitar el borrador de la declaración de la renta 2022 (IRPF campaña año 2023) se debe cumplir una serie de características. Se podrá solicitar el borrador si has obtenido rentas de las siguientes clases, cualquiera que sea su cuantía:

  • Rentas del trabajo, incluidas, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como, en su caso, las pensiones compensatorias recibidas del cónyuge.

  • Rentas del capital mobiliario sujetas a retención o ingreso a cuenta, como, por ejemplo, los intereses de cuentas y depósitos bancarios o los dividendos de acciones.
     
  • Pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión o el reembolso a título oneroso de acciones o participaciones representativas del capital o patrimonio de las instituciones de inversión colectiva.
     
  • Rentas del capital mobiliario derivados de Letras del Tesoro.
     
  • Ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, la renta básica de emancipación así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual y demás subvenciones, salvo las que tengan la consideración de rendimientos de actividades económicas.
     
  • Imputación de rentas inmobiliarias siempre que procedan, como máximo, de ocho inmuebles.
     
  • Rendimientos de capital mobiliario e inmobiliario obtenidos por entidades en régimen de atribución de rentas, cuando estos hayan sido atribuidos a los socios, herederos, comuneros o partícipes

 

¿Cómo solicitar el borrador de la renta 2022?

La Agencia Tributaria aún no tiene en su web la información sobre la próxima Declaración de la renta, pero te dejamos la info de cómo solicitar el borrador en años anteriores. 

Para que la Agencia Tributaria confeccione y remita el borrador de la declaración de la renta 2022 (IRPF campaña año 2023), si no solicitaste el borrador del IRPF en la pasada declaración o no confirmaste tu borrador, es necesario que lo solicites desde el 11 de abril de 2023.

Tendrás que acceder a la web de la Agencia tributaria (www.agenciatributaria.es) a principios de abril en la parte de CAMPAÑAS. Dentro de esta opción tienes que elegir RENTA 2022. Una vez dentro, podrás obtener el número de referencia RENØ, tramitar el borrador a través de Renta Web, solicitar la Cita Previa, consultar la devolución, o realizar más trámites (cambio domicilio fiscal, presentar documentación complementaria, registro en Cl@ve PIN, rectificación de la cuenta de domiciliación, etc.). En este video que grabamos el año pasado, puedes ver cómo solicitar el borrador de la renta en 5 pasos. Durante este año no ha cambiado la forma de solicitarlo, simplemente el año.

Una vez introducimos los datos que nos solicitan, la AEAT nos enviará un SMS con el número de referencia que nos permitirá consultar, modificar y/o confirmar el borrador de la declaración de la renta 2022.

¿Cómo obtener la referencia para solicitar el borrador de la renta 2022?

  • Por Internet con Certificado electrónico, DNIe o Clave PIN o mediante la nueva app de la agencia tributaria. 
  • Cl@ve PIN. Si no sabes cuál es el importe de la casilla 505 puede registrarse en Cl@ve, que te sirve para obtener el Número de Referencia de Renta y acceder a todos los trámites de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
  • Con el servicio RENØ por Internet. Se aportarán los siguientes datos: NIF o NIE, Casilla 505 de la renta (y el IBAN de la cuenta bancaria si no fuiste declarante) y su teléfono móvil. 

Con estos datos, la Agencia Tributaria enviará un SMS con su referencia, que te permitirá por Internet: gestionar la Renta WEB, descargar los datos fiscales al programa PADRE, presentar la declaración...

 

¿Cómo obtener la Clave PIN?

Para solicitar el borrador de declaración de la renta 2022 lo mejor es solicitar el borrador habiéndolo solicitado en la renta del año anterior. Así, en la campaña de Renta del próximo año se podrá visualizar la opción más favorable del borrador o los datos fiscales a través de Internet y desde el primer día de la campaña, sin necesidad de haberlo solicitado previamente.

Si hiciste la declaración pero no encuentras el borrador, puedes utilizar el sistema PIN24H, un sistema de identificación que nos permitirá visualizar el borrador de la declaración y los datos fiscales sin necesidad de disponer de la casilla 490, además de modificarlos, confirmarlos o trasladar los datos al programa Renta Web.

 

¿Qué es el PIN24H?

El PIN24H es una clave de acceso para solicitar el borrador de la declaración de la renta del año anterior, que podrá utilizarse únicamente durante 24 horas.

Para solicitarlo, habrá que ir a la web de la AEAT e ir a Obtener Código de Acceso Clave PIN. Introduciendo tu DNI y una clave, se recibirá un SMS con el código de acceso. Con este PIN24H podrás acceder a solicitar el borrador de la declaración de la renta del año anterior.

Si llamas por teléfono o solicitas el borrador de la declaración de la renta 2022 (IRPF Campaña año 2023) a través de Internet deberás aportar, además de tu Número de Identificación Fiscal (NIF) y, en su caso, el de tu cónyuge, el importe de la casilla 505 de la declaración de Renta correspondiente al ejercicio 2022.

 

¿Cómo se obtiene la casilla 505?

La Casilla 505 "Base liquidable general sometida a gravamen" se encuentra en su declaración del pasado año así como, en el encabezado de la carta que acompaña al borrador/datos fiscales:

casilla 505

 

Si ya solicitaste el borrador de la declaración de la declaración del ejercicio 2021 no es necesario reiterar la solicitud del borrador de declaración. Tampoco deberás reiterar la solicitud del borrador si en la pasada campaña confirmaste el borrador de declaración.

 

Calendario para la declaración de la Renta 2022

Del 11 de abril al 30 de junio del 2023, se podrá solicitar la declaración de la renta a través del programa Renta Web o mediante el Teléfono de la Agencia Tributaría.  Estemos o no estamos obligados a presentar la declaración de la renta y el resultado del borrador nos resulta interesante, podremos confirmarlo directamente por internet siempre y cuando el borrador de la declaración de la renta haya sido confeccionado por la Agencia Tributaria.

Aquí tienes el calendario de la renta 2022 en detalle:

  • Martes 11 de abril: Inicio de la campaña de la renta
  • Miércoles 3 de mayo: Inicia el plazo para solicitar cita previa de forma telefónica
  • Viernes 5 de mayo: Empiezan las citas en modalidad telefónica
  • Jueves 25 de mayo: Inicia el plazo para solicitar la atención presencial en oficinas
  • Jueves 1 de junio: Da comienzo la atención presencial 
  • Viernes 30 de junio: Fin del plazo para presentar la Declaración de la renta 2022. 

 

¿Cómo modificar el borrador de la renta 2022?

Podrás modificar el borrador de declaración del IRPF recibido cuando consideres que han de añadirse datos personales o económicos no incluidos en el mismo o adviertas que contiene datos erróneos o inexactos.
 

Para poder modificar el borrador de la declaración de la renta, habrá que realizar los siguientes pasos:

  • Acceder a la web de la Agencia Tributaria
  • Ir a Campañas
  • Hacer click en Renta 2022
  • Modifique su declaración ya presentada 

Como modificar el borrador de la renta 2022 (campaña 2023)

Si tienes dudas sobre tu estado actual de la declaración de la renta, en Rankia hemos habilitado este espacio en el Foro de Fiscalidad para que planteéis vuestras dudas.

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  1. #140
    24/03/20 20:05

    Buenas , he intentado meter para ver los datos fiscales y al darle a ratificar me sale una página donde me hace como un resumen y tengo que volver a darle a ratificar y al darle me sale 26003 error al ratificar 103 01 número interno de entrada erróneo o no existe. Porfavor me podría ayudar? Veo que este error le da a más gente.Muchas gracias

  2. #138
    24/03/20 20:02

    Si al ratificar tu domicilio te has equivocado y en realidad tienes otro domicilio, Como se puede modificar?

  3. #137
    24/03/20 19:52

    mismo error me imagino que sera problema suyo que si no estamos apañados 26003 Error al ratificar 103 01 Número interno de entrada erróneo o no existe....

  4. en respuesta a cordas
    -
    #136
    24/03/20 19:40

    Porfavor cuando podáis hacerlo ya y se pueda entrar avisad. Esperemos que esto no dure todo el coronavirus y se sature las páginas sino...

  5. en respuesta a cordas
    -
    Nuevo
    #135
    24/03/20 19:36

    Tengo el mismo error.
    Pero mi mujer en su ordenador (y por supuesto con su certificado) ha hecho los mismos paso y a ella no le ha dado error y puede acceder a sus datos fiscales.
    Estoy por montar mi certifiaco en su ordenador y ver si puedo acceder.

  6. en respuesta a Lydia271009rl
    -
    #134
    24/03/20 19:34

    Me encuentro con el mismo problema: 26003 Error al ratificar 103 01 número interno de entrada erróneo o no existe.

  7. en respuesta a Mkdasa
    -
    #133
    24/03/20 19:32

    Tanto a mí como a mi hijo nos da el mismo error y no deja continuar. Lo he intentado en la web y en la app y no hay manera. Si alguien consigue información al respecto que por favor lo comunique. Gracias.

  8. en respuesta a cordas
    -
    #132
    24/03/20 19:29

    IDEM creo que es algún valor que no acepta, veremos si lo cambian... si alguien adivina cual que avise

  9. en respuesta a Lydia271009rl
    -
    #131
    24/03/20 19:25

    Exactamente el mismo error. Tanto en la web como en la apk del móvil.

  10. en respuesta a Lydia271009rl
    -
    #130
    24/03/20 19:15

    Buenas, Lydia.

    No estás haciendo nada mal, es problema de Hacienda, que tienen un bug en alguna parte.

    A mí me pasa lo mismo. Es absurdo porque la referencia catastral la reconoce y autocompleta la dirección, pero luego te dicen que no es correcta...

    Les he escrito un correo, pero sin mucha fe. Si me dicen algo, te cuento.

    Un saludo.

  11. en respuesta a Trayetes
    -
    #129
    24/03/20 19:11

    Porfavor cuando se te quite el error me lo comunicas por si también se me quita ami. Lo que no entiendo es como en comentarios anteriores han podido hacerlo?

  12. en respuesta a Lydia271009rl
    -
    #128
    24/03/20 19:01

    Yo tengo el mismo error y no puedo continuar.
    Los datos aparecen correctos. No sé es un error de la web que espero que solucionen.

  13. en respuesta a Lydia271009rl
    -
    Nuevo
    #127
    24/03/20 18:50

    A mi me está pasando igual. No tengo ni idea que tengo que hacer

  14. en respuesta a Mkdasa
    -
    #126
    24/03/20 18:22

    Pero me sigue dando ese error. Yo el año pasado en la primera página como domicilio fiscal puse la dirección de mis padres porque estoy empadronada ayi y justo más abajo ponía dirección habitual y puse la mía de mi otra casa donde tengo el préstamo. Bueno no puse yo directamente aceptaba el borrador. Este año al abrir ese apartado me salía la dirección de mi otra casa donde tengo el préstamo entonces nose si estare haciendo bien o ese es el error. Que puedo hacer??

  15. en respuesta a Lydia271009rl
    -
    #125
    Mkdasa
    24/03/20 18:11

    Yo lo hice atraves de la App de la AEAT y también tuve que completar y confirmar.
    Se ha de tener especial atención a que todos los datos estén correctos, escritos con claridad e incluyan ref.catastral completa.Siendo así no debiera dar ningún error.
    Posiblemente sea cualquier pequeño detalle técnico en la edición u omisión.
    1Sld.

  16. en respuesta a Enrique Valls
    -
    #124
    24/03/20 17:59

    Buenas una pregunta me he intentado meter para ver los datos fiscales y al darle a ratificar me sale una página donde me hace como un resumen y tengo que volver a darle a ratificar y al darle me sale 26003 error al ratificar 103 01 número interno de entrada erróneo o no existe. Porfavor me podría ayudar?

  17. en respuesta a Carmen230
    -
    Enrique Valls Grau
    #123
    24/03/20 09:26

    Si es vuestra vivienda actual, Hacienda querrá hacer la asociación entre el arrendador y vosotros. Para que esté todo en orden.

  18. en respuesta a Carmen230
    -
    #122
    Mkdasa
    24/03/20 09:26

    Si el domicilio fiscal es ese piso en alquiler, será del cual se haya de dar la referencia catastral.El que sea la primera vez que se pide en este caso, no es raro, es una novedad.Antes si no lo tenían por defecto, si llegado el caso no era requisito para confirmar el borrador, tampoco lo pedían como este año.Simplemente ha de buscarse, o pedírselo al propietario, puede obtenerlo de los recibos del IBI, y ya en la declaración se detallará cuál es el domicilio habitual así como si se tiene alguno en propiedad o no.
    Solo se requiere obtenerlo, el número de ref.catastral e incluirlo.Es una simple formalidad.
    1Sld.

  19. en respuesta a Enrique Valls
    -
    #121
    24/03/20 09:20

    4 años ya nunca nos a pedido esto antes de entrar cada uno tenemos la dirección de casa de nuestros padres aunq llevamos 2 años empadronados aquí

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