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Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web

Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web

La presentación de la declaración complementaria se debe realizar en aquellos casos en los que el contribuyente haya observado alguna errata en su Declaración de la Renta ya presentada por Renta Web, que suponga un aumento o reducción de ingresos dependientes de ésta. También deberá realizarse si el contribuyente tiene por objeto incluir perceptores que, debiendo haber sido incluidos en otra Declaración de IRPF de un ejercicio anterior, hubieran sido completamente omitidos en la misma. Por tanto, en la declaración complementaria solamente se incluirán las percepciones omitidas que motivan su presentación.

Declaración complementaria

 

Declaración complementaria: cuándo se presenta

Deberán regularizarse mediante la presentación de una declaración complementaria: 

  • Los errores u omisiones padecidos en declaraciones ya presentadas que hayan motivado un ingreso inferior o una devolución superior a la procedente.
  • Las pérdidas del derecho a reducciones o exenciones aplicadas en declaraciones anteriores. Es importante saber que la pérdida del derecho a deducciones se regularizará en la declaración correspondiente al ejercicio corriente, aplicando los correspondientes intereses de demora.
  • La Agencia Tributaria, en los datos fiscales que pone a nuestra disposición, comunica separadamente los rendimientos del trabajo en concepto de atrasos, puesto que se regularizan por declaración complementaria.

Declaración complementaria: cómo se presenta

A continuación, te mostramos cómo realizar una declaración complementaria a través del programa Renta Web

Paso 1: Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)

Lo primero que debemos hacer es acceder al servicio de Tramitación/ declaración (Renta Web). Para ello, deberemos facilitar nuestro número de referencia, la cl@ve PIN, o con certificado electrónico o DNIe. 

                                                           Declaración complementaria                               

 clave pin referencia certificado

Paso 2: Modificar declaración

 

A continuación, verás la opción "Servicios disponibles". Deberás seleccionar la opción "modificar declaración". 

 

Servicios disponibles

En el caso de que ya tengas una sesión iniciada en Renta Web, existe una opción  "Modificar declaración presentada", que en caso de que la selecciones, mostrará un listado de declaraciones presentadas desde el cual puede recuperar la declaración original.

Modificar declaraciónUn aviso informará de los supuestos en los que se puede presentar una declaración complementaria o una rectificación de la autoliquidación.

Aviso complementaria

Paso 3: Motivo de presentación

En la página 3 de Renta Web debemos especificar el motivo por el cual realizamos la declaración complementaria. En el supuesto de que de la declaración complementaria resulte una cantidad a devolver inferior a la solicitada en la declaración anterior y dicha devolución no hubiera sido todavía efectuada por la Agencia Tributaria; se seleccionará la casilla 107.

 

Página 3 Declaracióncomplementaria

En caso contrario, deberemos señalar la casilla "por razones distintas", y especificar la razón.

En función de la opción seleccionada puede aparecer una ventana emergente en la que deberás marcar la casilla correspondiente al tipo de declaración complementaria y completar el importe, a ingresar o a devolver, de la anterior declaración presentada.

 

Tipo declaración complementaria

A continuación puede aparecer un aviso para que compruebes la opción de tributación seleccionada.

Aviso modalidad

Accede a los apartados de la declaración para realizar las modificaciones correspondientes.

Apartados

Por último slecciona el otón de "presentar declaración"

Presentar declaración

 

Recuerda que deberás consignar, si procede, la cantidad ingresada en su día o la devolución acordada.

También puedes acceder  desde la declaración presentada a estas casillas desde la opción "apartados" , tal y como se observa en la imagen. Recuerda que una vez hayas introducido los datos, puedes comprobar el resultado de la declaración desde "Resumen de declaraciones".

El resultado de la declaración complementaria siempre es una cantidad a pagar del rendimiento omitido, ya que se están incluyendo perceptores, o rentas recibidas que generan una cuota tributaria positiva, por lo cual la cuota tributaria será mayor a la retención practicada en los atrasos.

Ciertas cuestiones importantes a tener en cuenta una vez hemos realizado la declaración complementaria:

  • Si accedes con referencia tendrás que contactar con su Entidad Bancaria para obtener el NRC justificante del pago.
  • Si accedas con certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN podrás obtener el NRC justificante del pago a través de la pasarela de pago desde la opción disponible en el propio programa al presentar la declaración, o desde la opción "Pago de impuestos" de la Sede Electrónica.
  • Otra alternativa sería la obtención de la predeclaración para presentarla en papel donde proceda.

Si tiene más dudas sobre la Declaración del IRPF puedes consultar el foro de fiscalidad.

Foro de fiscalidad

  1. en respuesta a Marc_perez
    -
    #494
    03/06/24 22:27
    Buenas noches. Tengo tu mismo problema, al final encontraste la solución?
  2. #493
    04/04/24 22:35
    Por una actualización de importes por parte de mi empresa, me toca hacer una complementaria del año 2022. 
    He estado mirando cómo hacerla, pero en todos los casos dónde se explica, se habla siempre de una modificación de la declaración presentada ese mismo año, pero no encuentro cómo hacer la modificación/complementaria de una declaración de años anteriores.
    Alguien sabe cuál es el link o los pasos para encontrar el trámite en la sede de la AEAT?
    Gracias
  3. #492
    10/01/24 16:19
    Buenos días, no se si alguien me podría resolver esta duda. 
    He recibido unos atrasos por rendimientos de trabajo imputables al ejercicio 2022. Al simular en RentaWeb la inclusión de dichos atrasos y sus retenciones sobre dicho ejercicio me sale a devolver más (beneficioso para mí) ya que las retenciones practicadas a los atrasos son mayores de las que corresponden al conjunto de los ingresos. Mi duda es, ¿en este caso debería hacer una complementaria o una rectificación?
    Muchas gracias.
  4. en respuesta a Miguel Arias
    -
    Nuevo
    #491
    27/04/23 12:12
    Ya lo he preguntado y es así, si no te han tramitado la devolucion, el importe a pagar es el que toca, no la diferencia. Pregunté por aquí quizás por las ansias de salir de dudas. Muchas gracias por darme luz al asunto. 
  5. en respuesta a Ivanca1981
    -
    Miguel Arias
    #490
    26/04/23 18:26
    Lo que creo que debe pasar al presentar la declaración complementaria con un resultado a pagar, deberás abonar los 124€ correspondientes. En principio no tienes que pagar la diferencia entre los dos importes (398€) de una sola vez. Respecto a la declaración inicial que te salía a devolver 274€, si no has recibido la devolución aún, es posible que la administración tributaria la retenga hasta que se resuelva la complementaria. Una vez resuelta, se te devolverá la cantidad que te corresponda en conjunto con ambas declaraciones (en este caso no te devolverían nada). Si ya has recibido el importe correspondiente a la declaración inicial, deberás devolver la cantidad correspondiente a la diferencia entre lo que te habían devuelto y lo que finalmente tendrás que pagar. No obstante, ¿por qué no le preguntas a Hacienda? 
  6. Nuevo
    #489
    26/04/23 12:03
    En mi caso he introducido la hipoteca de la vivienda habitual pero que ahora tengo alquilada. 
    La declaración anterior me salia a devolver 274 y ahora me sale a pagar 124. 
    La cuestión es: ¿Debo pagar la diferencia entre los dos importes, que son 398 euros? O debo solo de presentar la declaracion pagando los 124 euros de la nueva? Porque si presento la complementaria, pago los 398 (que no puedo fraccionar), cobraré la declaración inicial que me salia a cobrar 274? 
  7. en respuesta a Maria Jose Lah
    -
    #488
    13/06/22 08:18
    Hola Maria
    Abre un hilo en el foro de fiscalidad
    Seguro que alguien te puede ayudar, con tu consulta 
    https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas
  8. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #487
    10/06/22 09:57
    Buenos dias: No encuentro donde hacer mi consulta, asi que espero me disculpen y alguien me responda.
    Tengo que hacer una complemntaria de 2019 pues he ganado una sentencia por jubilarme obligatoriamente a los 65 años. Todo el año 2019 lo he cobrado por sentencia judicial como si estuviera trabajando ( tengo que poner en rendimientos de trabajo), entonces alli aparece mas abajo "otros gastos deducibles" yo tengo una discapacidad del 33 %, Le pico en ese apartado y aparece : Gastos deducibles para trabajadores activos discapacitados y aparece la deducion de 3500 euros. La ge, pague stora que me esta haciendo la declaracion complementaria me dice que no se puede aplicar esa deducion pues yo no he estado trabajando aunque por sentencia se me reconoce el derecho a no estar jubilada y que me reincorpore.., pague,,. Pregunta tengo derecho a esa deducion o no?  Muchas gracias. 
  9. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Top 25
    #486
    02/06/21 16:59
    Eso haré,muchas gracias.
  10. en respuesta a carlos2011
    -
    Luis Ángel Hernández
    #485
    02/06/21 08:10
    Carlos si te han cobrado yo imprimiría el recibo del banco y sacaría cita en la oficina más cercana de la Agencia Tributaria. 
  11. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Top 25
    #484
    01/06/21 20:08
    Buenas tardes una pregunta, yo he tenido que realizar una complementaria del 2019 ((hoy mismo)por unos atrasos que no había cobrado del 2019 y al realizarla me ha dejado incorporar los pagos y las retenciones realizadas y me salía a pagar 1600 euros,he puesto la cuenta bancaria,he aceptado y validado y al momento me lo han cobrado,pero no me ha generado el justificante en la agencia tributaria y por más q entro en declaraciones presentadas solo sale la que presente en 2019 pero no la complementaria que he hecho hoy mismo y no se que hacer porque he llamado por teléfono y es imposible cuento lo q me ha ocurrido,me pasan con otro numero y siempre están sus agentes ocupados.
    Que puedo hacer?,cobrarme me han cobrado por que lo veo en la cuenta pero no pone nada más ni tengo justificante.
    Gracias a ver si me dices q puedo hacer.

  12. Nuevo
    #483
    07/05/21 10:45
    Buenos dias: 
    Al revisar la declaración presentada con mi pareja veo que la vivienda aparece duplicada. Aparece el 100% de propiedad cuando solo es de mi marido. 
    Me gustaría saber que tengo que hacer? He visto que una declaración complementaria pero no se que casilla tengo que poner. Me puede ayudar alguien? 
  13. Nuevo
    #482
    01/05/20 14:27
    Buenas tardes: 
    Quería consultar una duda a ver si alguien me puede ayudar. El año pasado no estaba obligada a hacer la declaración de la renta porque solo trabajé en diciembre. Pero este año sí. Debido a una chapuza por parte del departamento de nóminas que nos nos dos nóminas (como debiera) a mí se me ingresó diciembre en la nómina de enero (constando los dos meses de ejercicios fiscales diferentes en la misma nómina). 
    En mi borrador de hacienda consta diciembre dentro de las cantidades percibidas en la renta 2019. ¿Tengo algún modo de solucionarlo? no sé si puedo hacer una declaración complementaria cuando el año anterior no presenté la declaración porque no estaba obligada.
    ¿Si voy a la oficina de la agencia tributaria con la nómina podrían desglosarme y deducirme la cantidad de diciembre de la renta 2019?
    Gracias
  14. en respuesta a Marta Alvi
    -
    Nuevo
    #481
    27/04/20 15:31
    Hola

    Eso es, son pagos que no declaró en su año y los ha puesto este año como atrasos.