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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. Nuevo
    #620
    23/06/15 19:02

    Hola,
    Yo me encontraba inscrita en una oficina de empleo de Madrid, pero mi domicilio habitual era en otra comunidad autónoma. Me mude a casa de una amiga unos días mientras buscaba un trabajo, ¿has de estar inscrito en la oficina del INEM de tu localidad o sirve la de destino?

    Y veo que se puede aplicar durante dos años, pero ¿prescribe la posibilidad de aplicarlo tras esos dos años? En recursos humanos de mi empresa me han dicho que había un plazo de 5 años para acogerse pero no encuentro información al respecto.

    Gracias y enhorabuena por este proyecto!

    Un saludo

  2. en respuesta a chema_sa
    -
    Top 100
    #619
    23/06/15 16:34

    Buenas tardes, así es ya que esta reducción solo la puedes aplicar el ejercicio del cambio de domicilio (declaración de la renta de 2013) y el siguiente (declaración de la renta de 2014). Un saludo,

  3. #618
    23/06/15 15:25

    Buenas tardes,

    "Podrán aplicar dicha reducción los contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo situado en un municipio distinto al de su residencia habitual, siempre que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de dicha residencia.Esta reducción se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente."

    En mi caso el 17-12-12 Me incorporé al puesto del nuevo trabajo pero estuve 4 dias en la ciudad hospedandome en casa de unos amigos porque después estuve de vacaciones de Navidad.Volvi al trabajo en Enero de 2013 donde hice el cambio de residencia alquilando un piso ( el cual tengo el contrato ).No hice la declaración de 2012 porque solo estuve cotizando ese año en España esos dias (del 17 dic al 31 dic de 2012). Luego en la declaración de la renta 2012 no me
    beneficie de la reducción.En la de la renta de 2013 si me beneficie. ¿ Puedo marcar la casilla 9 en la de la renta 2015? Mis dudas vienen porque el texto de la pagina de haciendo no me parece claro...

    Muchisimas gracias por la ayuda!

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #617
    21/06/15 19:15

    Vale, muchas gracias Amparo. Haces una gran labor. Saludos.

  5. en respuesta a elenavermu
    -
    Top 100
    #616
    19/06/15 11:53

    Creo que no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica porque el día antes de aceptar el nuevo empleo, estás inscrito en el INEM en Almería, el mismo municipio dónde empiezas a trabajar y por tanto no consta que el desplazamiento haya sido por el nuevo trabajo.

    Saludos,

  6. en respuesta a Fran Log
    -
    Top 100
    #615
    19/06/15 11:50

    Si no estabas inscrito en el INEM no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica que beneficia a los desempleados que aceptan un empleo en diferente ciudad. En tu caso se trata de un desplazamiento dentro de una sede a otra, y por tanto no es la misma situación.

    No conozco si hay algún otro caso llevado a recurso admitido para eso tendrías que consultarlo a un profesional.
    Saludos,

  7. Nuevo
    #614
    18/06/15 18:30

    Buenas tardes,

    Expongo mi caso: En Julio de 2014 me quedo en paro y me inscribo en el INEM en Granada. En Septiembre me ofrecen un trabajo que iba a comenzar a finales de año en Almería y decido trasladar mi residencia ese mismo mes para que mis hijos comiencen el curso escolar en el nuevo destino. Alquilo una vivienda, nos empadronamos aunque no cambié el domicilio fiscal. Hago un traslado desde el INEM de Granada al de Almería. Posteriormente el inicio del nuevo trabajo se retrasa hasta abril de 2015 en el que e encuentro actualmente.

    Para la declaración de IRPF de 2014 me estoy deduciendo la hipoteca de Granada y no el alquiler. Por un lado me gustaría saber si esto es correcto y en cuanto a la deducción por movilidad geográfica si la podré aplicar en esta declaración, en la de 2015 o en ninguna.
    Muchas gracias por vuestra ayuda

  8. Nuevo
    #613
    17/06/15 17:25

    Hola,
    He leido mucho en este foro y no encuentro ningún caso como el mío.
    Una empresa que tiene fábrica en Cádiz y La Rioja.
    A la de Cádiz le realizó un cese total de la plantilla con despido colectivo y indemnización. Paralelamente aquel que quería de Cádiz, podía ir a trabajar a La Rioja, yo he sido uno de los que se ha ido a La Rioja a vivir con toda mi familia, contrato de alquiler, empadronamiento, cambios de colegio, etc
    El problema ha sido que no he pasado por el Inem, ya que el contrato es el mismo y sigo con la antiguedad que tenía en la empresa en Cádiz. Pero sí he cogido una plaza de las que está ofertando la empresa, ya que en La Rioja está creciendo en turnos y por lo tanto una mayor plantilla.
    1.- Aunque no cumplir con el requisito de estar inscrito en el inem ¿¿no tengo derecho a movilidad geográfica cuando he movido a toda la familia??
    2.- En caso de que no tenga derecho por no cumplir ese requisito, si lo llevo por vía recurso administrativa ¿¿hay jurisprudencia de algún caso parecido al mío que haya salido con sentencia favorable??
    Gracias.

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #612
    16/06/15 00:41

    Muchas gracias Amparo. Un saludo

  10. en respuesta a Victorrc
    -
    Top 100
    #611
    15/06/15 13:24

    Cumples los requisitos para aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, no es necesario estar empadronado, con el contrato de alquiler es suficiente. Un saludo,

  11. en respuesta a Carlosh
    -
    Top 100
    #610
    15/06/15 13:17

    Bienvenido a Rankia Carlos, la verdad es que creo que en tu caso no se considera desplazamiento de la vivienda habitual porque no justificas el cambio a otro domicilio, sino a un hotel. La Agencia Tributaria no puede constatar que se ha modificado el domicilio habitual.

    De todos modos, te recomiendo que lo consultes con tu asesor fiscal por si hubiera algún caso al que acogerse y aplicar la reducción en tu declaración de la renta.

    Un saludo,

  12. Nuevo
    #609
    15/06/15 06:26

    Hola!! Expongo mi caso, que resulta peculiar, a ver si el año que viene podría obtener la Reducción por Movilidad.

    En febrero de este año mi empresa, para la que trabajaba con un contrato de Obra y Servicio, me hizo Fijo/Discontinuo. Ese mismo mes el proyecto en el que trabajaba se acabó y pasé a un periodo de discontinuidad, por lo que me fui al paro y pedí mi prestación.

    A finales de marzo la empresa me vuelve a convocar para trabajar en el programa de tv 'Supervivientes' y este trabajo exije un desplazamiento: Tres meses en Honduras. No me he empadronado en ningún lado porque vivo en un hotel que paga la empresa. He pedido en el hotel, desde donde les escribo este mensaje, un certificado de alojamiento.

    ¿Puedo señalar la casilla de movilidad geográfica en la declaración del 2015?

    A mi juicio sí: Estaba en el paro, he aceptado un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual (en este caso otro país) y he trasladado mi residencia habitual a un nuevo municipio.

    Por otro lado estamos hablando del extranjero, soy fijo-discontinuo y el hotel corre a cuenta de la empresa.

    ¿Me pueden arrojar algo de luz al respecto?

    Un saludo desde Honduras!

  13. en respuesta a Victorrc
    -
    #608
    14/06/15 13:09

    Hola Amparo, amplio mi comentario con mas datos.

    Decir que empecé a trabajar en Abril de 2014 y fines de semana y vacaciones volvia a Castellon, con lo que estuve mas de 183 dias en mi residencia habitual por lo que entiendo que no necesitaria cambiar mi domicilio fiscal no?
    Voy preparando contratos y facturas para presentar cuando me lo soliciten jejeje

  14. #607
    12/06/15 20:36

    Buenas tardes, te dejo mi consulta a ver si me puedes aclarar un poco este tema.

    En 2013 me quedo en paro, en Castellon, y me apunto en el INEM.
    En 2014 encuentro trabajo en Barcelona, y aqui sigo trabajando.
    Me he trasladado de Castellon a Barcelona, tengo contrato de trabajo, contrato de alquiler, facturas de luz, agua y gas a nombre del propietario del piso pero pagadas desde mi cuenta, facturas de telefono a mi nombre.
    Ni me he empadronado en Barcelona ni he cambiado mi domicilio fiscal, y quiero beneficiarme de la reducción por movilidad ya que cumplo los requisitos.

    ¿Lo hago tal como es mi situación o seria recomendable cambiar el padrón o domicilio fiscal? ¿Podria justificarlo sin cambiar nada?

    Muchisimas gracias!

  15. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #606
    11/06/15 11:13

    hola .Amparo Sisternes . muy amable asi verda un respuesta muy clara gracias bisoo

  16. en respuesta a koko1976
    -
    Top 100
    #605
    11/06/15 10:01

    Buenos días, cumples los requisitos para la estatal, tendrás que revisar los requisitos de las Deducciones para el IRPF en Canarias, en concreto para la deducción por traslado de residencia a otra isla por motivos laborales (casilla 802).

    Se trata de una deducción de 300 euros en el período impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente. Pero, paraaplicar la deducción tienes que permanecer en la isla de destino durante el año en que se produzca el traslado y los tres siguientes. Si se incumple este requisito después de haber aplicado la deducción, deberás integrar el importe en la cuota íntegra del ejercicio en el que se produzca el incumplimiento, con los correspondientes intereses de demora. Así que revisalo todo bien.

    Un saludo,

  17. #604
    11/06/15 02:00

    hola. mi consulta es el año 2013 estuve en un isla de canaria trabajando y después entro al paro como desempleado 1 meses. y cambiado + a otra isla de canaria para trabajar.y estoy empadronado. la pregunta 1.Aplicación de la reducción por movilidad geográfica.estatal eso quiero que si .
    2. pero se puede también Aplicación de la reducción por movilidad geográfica. por Deducciones autonómicas de la cuota. Comunidad Autónoma de Canarias. que son los requisitos. son igual o diferente a estatal..gracias

  18. en respuesta a Danim86
    -
    Top 100
    #603
    10/06/15 12:39

    Tienes que presentar el documento acreditativo de inscripción en el INEM. Un saludo,

  19. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #602
    10/06/15 12:34

    Muchísimas gracias.
    Una consulta más, la tarjeta de desempleo no es el alta de prestación por desempleo, ¿no?
    A mi lo que me dieron en la oficina de empleo de Madrid fue un papel (bastante pequeño, por cierto) que dice que se me da de alta como demandante de empleo. ¿Con eso es suficiente?

  20. en respuesta a Danim86
    -
    Top 100
    #601
    10/06/15 12:28

    Si, lo que tienes que presentar es la tarjeta de desempleo, no la vida laboral por tanto ningún problema para poder aplicar la Reducción por Movilidad Geográfica. Un saludo,