Acceder
Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a Sonia79
    -
    Top 100
    #740
    12/04/16 09:12

    Hola Sonia, entonces tu caso dependerá mucho porque no cumple los estandares propuestos por la Agencia Tributaria. Te recomiendo por tanto que lo consultes con un asesor fiscal o con la propia Hacienda para que te aseguren que lo puedes aplicar, ya que con la información que me comentas creo que si que será suficiente. Saludos,

  2. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #739
    11/04/16 20:15

    Gracias, en el contrato no viene nada acerca del desplazamiento (tan solo que me pueden mandar a cualquiera de sus oficinas). Sin embargo, tengo contrato de vivienda, el A1 (documento de desplazamiento), y una carta diciendo que estoy en tal proyecto en tal ciudad.

  3. en respuesta a Sonia79
    -
    Top 100
    #738
    11/04/16 09:20

    Bienvenida a Rankia, dependerá de la información que se incluya en tu contrato de trabajo sobre donde se desempeñará el trabajo, para saber si puedes aplicar o no esta reducción. Te recomiendo que lo consultes con un asesor fiscal, ya que tu caso es más concreto. Un saludo,

  4. en respuesta a Danoia
    -
    Top 100
    #737
    11/04/16 09:19

    Buenos días, si el contrato de alquiler lo tienes con fecha de inicio al igual que el contrato de trabajo y en un municipio distinto si que podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta de 2015 (solo en la de este año, ya que has trabajado durante 5 meses) y lo incluyes como gasto deducible, en la casilla 001. De todos modos, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal.

    Saludos,

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #736
    10/04/16 20:35

    Hola, en 2015 estaba inscrita en una oficina del paro en Madrid, y acepté un puesto de trabajo de una compañía basada en Madrid pero que me ha desplazado al extranjero durante todo el año 2015 (he cambiado efectivamente mi domicilio al extranjero). Por tanto, ¿puedo aplicarme la deducción por movilidad geográfica aún estando mi empresa en Madrid y yo fuera del territorio nacional? Gracias.

  6. Nuevo
    #735
    10/04/16 12:14

    Buenos Días:
    El año pasado estando en situación de desempleada, por aceptar un trabajo a través de la web de SAE, me traslade de municipio durante cinco meses. Esta situación se podría aplicar para la reducción por movilidad geográfica. Y si es afirmativo cual serían los pasos para incluirlo en mi renta. Tengo el contrato de alquiler, asi como las facturas de gasto (luz, agua) de los meses correspondientes.
    Gracias

  7. en respuesta a Peach87
    -
    Top 100
    #734
    08/04/16 14:05

    Si en 2014 ya la aplicaste en tu Declaración de la Renta, en 2015 también podrás aplicar la reducción del 100%.
    El problema en tu caso es si se considera el cambio de domicilio habitual nuevo en 2015, y por tanto deberías aplicarlo como gastos deducibles por 2000€.

    Como es una situación complicada, te recomiendo que lo consultes con tu asesor fiscal.
    Un saludo,

  8. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #733
    08/04/16 14:00

    Pero es que no entiendo lo que significa eso....A mi me corresponderia este año por tenerlo en 2014,pero quiero solicitarlo como primer año al cambiar de ciudad tambien en 2015 y poder beneficiarme el año que viene. Por eso necesito saber si este año auqnue disminuya la cantidad sigue existiendo.Gracias

  9. en respuesta a Peach87
    -
    Top 100
    #732
    08/04/16 13:44

    Hola, según la nueva normativa pasa a ser un gasto deducible con límite de 2.000€ de los rendimientos del trabajo. Ha sido una modificación que se indica en el artículo 20.2.b) de la Ley de IRPF, en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2014; aunque los contribuyentes que en 2014 tenían derecho a la reducción tienen un régimen transitorio.

    Una de las otras novedades que trae consigo la Declaración de la Renta 2015... Saludos,

  10. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #731
    08/04/16 12:33

    Buenos dias.
    ¿¿Han eliminado este año la deduccion por movilidad geográfica??:O

  11. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #730
    08/04/16 10:00

    Ese artículo lo he leido, pero en el programa padre del 2015 no encuentro por ningún lado esa casilla. Creo que es diferente el procedimiento.

  12. en respuesta a Jiyers
    -
    Top 100
    #729
    08/04/16 09:49

    Buenos días, en anteriores años, los contribuyentes desempleados que aceptaran un nuevo puesto de trabajo que exijía el traslado de su residencia a un nuevo municipio y aplicar esta deducción, el contribuyente debía marcar la opción de movilidad geográfica para el primer declarante en el apartado de rendimientos del trabajo; y así se trasladaba a la casilla de reducción por movilidad geográfica: Casillas más utilizadas en el programa PADRE 2014

    Saludos,

  13. en respuesta a Ricasan
    -
    Top 100
    #728
    08/04/16 09:46

    Bienvenido a Rankia, si tienes contrato de alquiler con fecha del inicio del contrato de trabajo (Diciembre 2014) si que podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica. Saludos,

  14. en respuesta a Antonio Gp
    -
    Top 100
    #727
    08/04/16 09:45

    Así es Antonio, según el artículo 20 de la Ley del IRPF, en su redacción a 31 de diciembre de 2014, cambia la reducción por movilidad geográfica y se exige que en 2015 se haya estado trabajando también en el mismo sitio de trabajo que ocasionó el cambio de domicilio habitual. Pero hay un régimen transitorio para los contribuyentes que si la pudieron aplicar en 2014 por el 100% del importe de la reducción, en lugar de aplicar el gasto de 2.000€.

    Voy a modificar el artículo. Muchas gracias,

  15. #726
    08/04/16 00:49

    A la hora de realizar la declaración de la renta, veo que la movilidad geografica es la casilal 021, pero no la puedo modificar, hay que hacer alguna cosa antes? cambiar el domicilio fiscal y luego se te habilita esta casilla? de ser así, que valor tengo que poner en esa casilla?

  16. Nuevo
    #724
    07/04/16 20:21

    Hola a tod@s! En mi caso yo me cambie de comunidad en Diciembre de 2014 (me he alejado 300km), en aquel momento estaba apuntado como demandante de mejora de empleo ya que me encontraba con un contrato a tiempo parcial. Este año he seguido trabajando para la misma empresa de fuera pero como muchos de vosotros no me he empadronado en la nueva ciudad pero si tengo un contrato de alquiler. Con estas variables, ¿Puedo solicitar la reducción? Saludos

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
  18. en respuesta a Antonio Gp
    -
    Top 100
    #722
    07/04/16 13:31

    Hola Antonio, ¿puedes indicarme la ley de la que has extraído este texto? Así lo reviso, muchas gracias.

  19. en respuesta a channandler
    -
    Top 100
    #721
    07/04/16 12:31

    Bienvenido a Rankia, tienes que aplicar la reducción por movilidad geográfica el año de tu traslado de municipio habitual y el siguiente. Si en el primer año no lo has aplicado, podrías presentar un escrito a la Agencia Tributaria por ingresos indebidos y solicitar esta reducción sobre las dos declaraciones de la renta presentadas. Consúltalo con un asesor fiscal ya que deberías corregir la Declaración de la Renta 2014 para poder aplicarla también en 2015. Saludos,