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Re: Interpretación Disposición Transitoria 34
Buenas tardes. En primer lugar agradecer a todos los que estáis aportando vuestra ayuda y conocimientos desde hace años al resto del foro para la aplicación de la DT34 y por extensión todo lo relacionado con las jubilaciones anticipadas (JAV o JAI).
Enhorabuena a todos los ya jubilados bajo alguna de estas circunstancias.
A mí me quedan ya pocos meses, y tengo alguna duda que paso a exponeros:
Procedo de un ERE realizado por mi ex-empresa en el 2020, que está pagando un CESS hasta los 63 años (justo hasta el día anterior a mi cumpleaños en el mes de Mayo26). Mi intención es jubilarme en Ago26, que son 27 meses antes de mi fecha ordinaria de jubilación). Sería por tanto una JAI (involuntaria) para la que cumplo todos los requisitos.
Actualmente estoy cobrando subsidio >52 por lo que además de cotizar por el CESS, también cotizo por ese subsidio (parte de la BC es por CESS y parte por el subsidio). La BC del CESS es de aprox 4000€ y la del subsidio aprox 1750€ (pero no se suman en mis BC sino que se complementan : 2250 a cargo del CESS y 1750€ a cargo del subsidio).
Mi duda es si debo seguir manteniendo el CESS a mi cargo entre Mayo y Agosto.
¿Tengo que cancelarlo en la TGSS justo antes de que finalice en Mayo, o simplemente no hago nada y dejo que llegue a su término sin más??
Teniendo en cuenta que yo seguiré de alta o asimilado al alta desde Mayo gracias al subsidio, y no necesito (ni me interesa seguir suscrito a ese CESS), y la Base Reguladora para el calculo de la pensión no se va a ver afectada por ello.
¿conocéis alguna experiencia con casos similares?
Muchas gracias.
Enhorabuena a todos los ya jubilados bajo alguna de estas circunstancias.
A mí me quedan ya pocos meses, y tengo alguna duda que paso a exponeros:
Procedo de un ERE realizado por mi ex-empresa en el 2020, que está pagando un CESS hasta los 63 años (justo hasta el día anterior a mi cumpleaños en el mes de Mayo26). Mi intención es jubilarme en Ago26, que son 27 meses antes de mi fecha ordinaria de jubilación). Sería por tanto una JAI (involuntaria) para la que cumplo todos los requisitos.
Actualmente estoy cobrando subsidio >52 por lo que además de cotizar por el CESS, también cotizo por ese subsidio (parte de la BC es por CESS y parte por el subsidio). La BC del CESS es de aprox 4000€ y la del subsidio aprox 1750€ (pero no se suman en mis BC sino que se complementan : 2250 a cargo del CESS y 1750€ a cargo del subsidio).
Mi duda es si debo seguir manteniendo el CESS a mi cargo entre Mayo y Agosto.
¿Tengo que cancelarlo en la TGSS justo antes de que finalice en Mayo, o simplemente no hago nada y dejo que llegue a su término sin más??
Teniendo en cuenta que yo seguiré de alta o asimilado al alta desde Mayo gracias al subsidio, y no necesito (ni me interesa seguir suscrito a ese CESS), y la Base Reguladora para el calculo de la pensión no se va a ver afectada por ello.
¿conocéis alguna experiencia con casos similares?
Muchas gracias.