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Interpretación Disposición Transitoria 34

3,59K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#3676

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Eso ya lo hablamos ayer. Sí hay un error en el programa.
#3677

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Vale... Estaré equivocado. Perdón, entonces. Tenía entendido que solo se aplicaba cuando el resultado de aplicar el descuento pertinente por adelanto sobre la BR supera a la PM. 
#3678

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Se aplica para JAV, despedido después del 01.01.2022 y además, cuando tu BR>PM. En el ejemplo 3700>3359€
#3679

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Si es JAV se aplica la reducción sobre la PM, no sobre la base reguladora, aunque tengas un BR de 4000
#3680

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

gracias Paco50, eso entendí pero a la primera simulación que hice posteriormente me mantuvo la BR original, tanto con JAV como sin JAV, en cambio después ya me calculó por debajo. Todo muy loco. Esperemos que lo arreglen y nos quiten las dudas, sobretodo a los que estamos cerca del momento clave.
#3681

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Desgraciadamente así es:
3. Cuando para determinar la cuantía de una pensión de jubilación anticipada por voluntad del interesado prevista en el artículo 208 hubieran de aplicarse coeficientes reductores por edad en el momento del hecho causante, aquellos se aplicarán sobre el importe de la pensión resultante de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda por meses de cotización.

No obstante, en el supuesto de que el importe de la pensión resultante de aplicar a la base reguladora el porcentaje que corresponda en función de los meses de cotización acreditados fuese superior al límite de la cuantía inicial de las pensiones, establecido en el artículo 57, los coeficientes reductores por edad se aplicarán sobre el indicado límite.

Es farragoso, pero lo que dice es que si después de aplicarte la reducción por años cotizados, tu base sigue siendo mayor que la pensión máxima, está actúa como límite. Es decir, el máximo sobre el que operará la reducción por edad será la pensión máxima.
#3682

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

FIN DT34

Un futuro gobierno de derechas podría eliminar la DT34? 

Feijoo planea abolir muchas leyes implantadas por los socialistas (ley de amnistía, memoria democrática, cupo separatista.....), podría darse el caso que derogase la DT34?
Todos tenemos asumido que nuestra pensión está topada a la PM, luego los que se jubilan hoy con la BR máxima ya tienen un recorte del 9'2% sobre su pensión teórica:3700€. No me parece muy legal que a los que más contribuyen le apliquen un recorte del 30% (21+9%) mientras que a los que menos aporten solo paguen un 21% por jubilarse con la misma anticipación y meses cotizados.




#3685

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Así es la vida. Esto no va de derechas o de izquierdas, va de protegidos y desprotegidos. ¿Por qué un tipo protegido por los sindicatos y la cobertura de un ERE tenía más protección que un trabajador en solitario que le echan de la barra de un bar?
#3686

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Después de leer mucho BOE, por el disgusto de lo que daba por hecho en la simulación de noviembre (reducción 8.5% por 24 meses de adelanto con dt 34.2) en comparación a lo que me toca ahora, 8.4% pero adelantando 17 meses)...ambas sobre la PM 3359, haciendo inútil la diferencia hasta mis 3700. Una especie de tasa del 10% durante 25 años.
En este caso, se podría redactar mucho mejor y más claro.
Ese párrafo Podría decir:
"en JAV,  una vez calculado el porcentaje sobre años cotizados,
si BR es inferior a PM, la reducción por adelanto se calculará sobre la BR.
Y si la BR es superior a pensión máxima, la reducción será también sobre la pensión máxima."" Del mismo modo que la redacción y la conceptualidad por la que se deja de aplicar la dt34.2 por la evolución de la PM , donde la dejan de aplicar por no ser inferior al valor de que hubises tenido con la reglas y valores de 2021 (sin aplicar corrección de inflacción!).
Lo.que resulta claro es que la intención es penalizar al máximo las JA (lógico según la situación financiara de las jubilaciones) los 6 primeros meses, en cualquier combinación, tal como se ve en la progresión de los coeficientes reductores.