Con fecha de Registro electrónico 9 marzo 2026, a las 16:14:17, y número REGAGE26e00024960836, acabo de escribir a la ministra el siguiente escrito:
Asunto: Reinstauración DT 34.2 TRLGSS
Expone: A la atención de EXCMA. SRA. MINISTRA DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES DEL GOBIERNO DE ESPAÑA Dña. ELMA SAIZ DELGADO En diciembre de 2025 cumplió 63 años, y con más de 40 años cotizados y base reguladora media bastante superior a la pensión máxima, tenía previsto solicitar (de hecho, inició el correspondiente expediente para jubilarse el 27/12/25) la JUBILACIÓN ANTICIPADA VOLUNTARIA, resultando que se aplicaría un coeficiente reductor del 7%, según el SIMULADOR DE LA SS, de conformidad con la DT 34.2 del TRLGSS. No obstante, con objeto de reducir la merma económica a soportar, solicitó paralizar (y así actuó la SS) el correspondiente expediente. En consecuencia, confió en volver a solicitar la JAV pasados unos meses de 2026.
Solicita: Un par de días antes de terminar 2025, por casualidad, entró en el SIMULADOR de cálculo de PENSIONES de la SS, quedando sorprendido por un "MENSAJE" en el que, sin más explicación, se decía que la SS, con efectos de 1 enero 2026, dejaba de aplicar la DT 34.2 Es cierto que la redacción de la mencionada DT, prevista para aplicar durante 10 años (hasta 2033), es de muy difícil comprensión, expertos juristas laboralistas incluidos. Si la hipotética "interpretación" que realiza la SS es que en 2026 la pensión máxima es superior que en 2021, eso no se podría afirmar con certeza, teniendo en cuenta el comportamiento de la inflación: mil euros de 2021 no tienen nada que ver con mil de 2026. En todo caso, numerosos medios informartivos vienen anunciando que la SS ha rectificado la retirada de la DT 34.2, generando confusión, frustración y desasosiego entre afectados, pues esta Administración Pública, que sirve a los ciudadanos, NO dice nada y su simulador sigue actuando como si no existiese la DT 34.2 Por paralelismo, en el ámbito tributario (IRPF) nadie puede ganar un euro que al tributarlo le deje en peor situación que si no lo ganase. Y, eso, inseguridad jurídica y quiebra de confianza legitima al margen, es lo que ocurre aquí. Quien suscribe soporta un mayor coeficiente reductor si se jubila hoy que en diciembre de 2025, a pesar de faltar menos tiempo para su edad legal de jubilación (65 años) y de haber cotizado más tiempo por la base máxima de cotización. Por lo expuesto, intentando que el gobierno minimice al máximo posible la inseguridad jurídica y quiebra de la confianza legítima ya generadas, se le informe si en 2026 se va a reinstaurar la DT 34.2 del TRLGSS y, en su caso, cuándo.