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Seguimiento y opiniones de Trade Republic

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Seguimiento y opiniones de Trade Republic
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Seguimiento y opiniones de Trade Republic
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#391

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Cierto. Ya no me acordaba que lo dijo. Está obligado a declarar por perdidas patrimoniales mayores de 500€ anuales. Así que tiene que presentar la renta poniendo la pérdida patrimonial  y los intereses de Trade en el ejercicio 2023 (del 1ene23 al 31dic23).

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#392

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenas me gustaría preguntar por el tema de EFTs.
En trade republic
si quisiera meter mi dinero en  Shares Core S&P 500 (Por ejemplo mil euros)
¿Me podríais explicar como funciona?

Segun lo que tengo en mi cabeza sería algo asi como comprar una "accion" que sube lentamente y que evoluciona en el tiempo, imagino que puedo sacar el dinero cuando quiera y meterlo cuando quiera.
¿Alguien me explica el funcionamiento completo para un novato?
Que diferencia hay entre un EFT y una accion
#393

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Acaba de llegar la transferencia desde ing ue ordené el viernes a la cuenta trade republic.

Me sale en cuenta efectivo el saldo. Entiendo que no hay que hacer nada, es decir se queda ahí, esa es la cuenta que renta al 4% verdad?

Por otra parte me sale "cuenta de referencia cambiada". Entiendo que me ha detectado que como la primera transferencia a trade republic la he hecho desde mi cuenta ING me ha asociado como cuenta de referencia esa, mi cuenta ING.
¿Esto significa que cada vez que quiera meter dinero a la cuenta TR he de hacerlo desde mi cuenta ING y que cuando retire dinero de la cuenta TR lo transferirá a la cuenta ING? ¿Es correcto mi planteamiento?

Por último, me dice tb que en 2 días recibiré un código puk. ¿Para que es ese código puk?

Ya siento preguntar tanto. Gracias por vuestra enorme paciencia y por compartir vuestros conocimientos y tiempo.

😊
#394

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Si mandas desde otra que seas titular te volverá a cambiar la cuenta de referencia. Para retirar te saldrá una lista de cuentas desde las que ingresaste. Si ingresas desde ING esa sera ls de referencia. Si ingresas después desde Sabadell esta última sustituye a ING, pero para retiradas podrás retirar a las dos. Si un día cierras una tendrás que enviar un mail a TradeRepublic para que eliminen esa cuenta de tu lista de referencia

El código puk sirve para cambiar datos como el email, el teléfono, etc. Seria como el típico que te llega como SMS. También es de un solo uso
#396

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Pues ahora sí señores. No hay más preguntas.
Sois estupendos. Qué sería de nosotros sin estos foros y sus colaboradores.

GRACIASS
#397

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

¿Usas la App? 
¿Has probado el cambio de la cuenta de referencia?
Te lo comento porque por lo menos en mi experiencia en la versión web la cuenta de referencia es única para ingresar y retirar. Si la cambias la nueva sustituye a la vieja y no me aparece ninguna lista con las anteriores.
#398

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Uso la app. Y juraría que me aparecen dos para retirar eh. Es más en otro foro lo pregunte a los dé TradeRepublic y dijeron que es correcto y que si quiero quitar una que abra ticket
#399

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Cuando puedas confirma que te aparecen las antiguas para retirar, es curioso que sea distinto en las 2 versiones.
#401

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenas noches.

Cuando se tiene dinero en el extranjero la exención para no tener que hacer el modelo 720 es tener menos de 50.000 euros.

Me surge una duda. ¿Ese límite de no sobrepasar los 50.000 euros es por persona o en conjunto? Me explico. Sí yo tengo mi cuenta TR con menos de 50.000 euros y mi mujer abre tb cuenta en TR, a su nombre, con menos de 50.000 euros, ambos tendríamos menos de 50.000 euros, yo en mi cuenta TR menos de 50.000 y mi mujer con su cuenta TR menos de 50.000.

Pero la declaración de la renta la hacemos conjunta. 

¿Estaríamos en esta situación entonces obligados a hacer modelo 720? ¿No estaríamos obligados?

Si alguien sabe respuesta a esta cuestión ...

Una vez más muchas gracias 

Buena noche 
#402

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

En relación con el hilo anterior y para que se entienda bien estoy queriendo decir que yo tendría en mi cuenta TR menos de 50.000 euros, mi mujer en su cuenta TR menos de 50.000 euros también pero la suma de los 2, la suma del dinero de la cuenta TR de mi mujer y de mi cuenta TR sobrepasaría con mucho los 50.000 euros.
Y hacemos la declaración conjunta.

Entonces ¿Tenemos obligación de hacer y presentar modelo 720? ¿Nos aplica la obligación? ¿No nos aplica?

Muchas gracias 
#403

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

La declaracion de la renta se hace por persona física.

El modelo 720 se hace por sociedad. Si estás casado en gananciales, los cónyuges son propietarios de las 2 cuentas de Trade sin importar la titularidad. Si un cónyuge tiene 30k en el extranjero sólo a su nombre y el otro otros 30k en el extranjero sólo a su nombre, están obligados los 2 cónyuges a presentar cada uno su modelo 720.

- Si los 2 son titulares de una cuenta conjunta, se presentan 2 declaraciones y cada uno declara con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 50%.

- Si sólo uno es titular, éste declara con clave de condición del declarante "1 Titular" todo el saldo al 100% y el cónyuge no titular declara con clave de condición del declarante "8 Otras formas de titularidad real...", en "Tipo de titularidad sobre el bien o derecho" pone GANANCIALES y pone todo el saldo al 50%.
Quedarían las 2 presentaciones del mod 720:
- Cónyuge 1: clave "1 Titular" todo el saldo al 100% y clave "8 Otras..." para la cuenta de la que no sea titular formal con todo el saldo al 50%.
- Cónyuge 2: clave "1 Titular" todo el saldo al 100% y clave "8 Otras..." para la cuenta de la que no sea titular formal con todo el saldo al 50%.

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#404

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Pues ahora que veo solo me aparece 1 de las dos que mandé. Juraría que me salían las dos
#405

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Los que estén en separación de bienes no hay que hacerlo si por separado no se supera los 50mil independientemente de que las cuentas se abrieran después del matrimonio, no?
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