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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#4126

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Creo que yo fui de los primeros en poner en cuarentena la información de los periódicos, observé que unos cuantos utilizaban la misma foto y el texto eran prácticamente copiado, hacían referencia a "LA ADMINISTRACIÓN"   "EL GOBIERNO" todo muy genérico.

Cogí los nombres de los medios  y muchos de ellos pertenecían al mismo grupo.

Últimamente hacen referencia a cargos y nombres concretos y la redacción es distinta y eso me da ESPERANZA

Hacer una interpretación distinta (ya está escrita) de una ley, seria como asumir que manejan la legislación según sus  intereses,  yo quiero seguir teniendo esperanza en que pronto anuncien un cambio legislativo (lleva tiempo) convirtiéndose en nuestros HÉROES.  Esto también me da ESPERANZA. 


#4127

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

lo que me extraña, es que ante el ruido que hay con respecto a la DT34.2 , me hayan respondido tan pronto.
Me han respondido a los 15 días hábiles, cuando tenían 30 días más, hábiles, para responder.
#4128

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

O silencio administrativo.......  les gusta mucho y así  no muestran sus cartas.

Creo que no podemos intentar saber que piensan,ahora su propósito es defender su postura actual, pero pueden cambiarla cuand5 les interese 
#4129

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Lo que me produce asombro es que los políticos estén dispuestos a negociar la interpretación de una ley. Se supone que una ley aprobada tiene una interpretación objetiva. Sí está mal redactada y el 1 de enero alguien la interpretó de forma distinta a la idea que se tenía cuando se redactó, eso se debería corregir 'de oficio" y no usar la interpretación flexible de la ley como moneda de cambio en una negociación. No me parece ético. Aunque me temo que pedirle a un político un comportamiento ético es una ingenuidad por mi parte.
#4130

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo no sé si finalmente se volverá a aplicar la DT34.2 a TODAS las JAV. Lo que está claro es que quien lo está solicitando solo le interesa que se aplique a los que se jubilen de forma Voluntaria y procedan de un ERE.
Normalmente las condiciones de la JAI eran mejores que las de la JAV. Pero, teniendo en cuenta que los afectados por un ERE pueden elegir entre la JAI o la JAV, ¿Porqué se van a jubilar con un 15% de penalización si hasta 2029 pueden hacerlo con un menor coeficiente reductor gracias a la DT34.2?.
Y tampoco sé si modificar la ley para que solo beneficie a una parte de los que se jubilen voluntariamente es legal o no. Pero ya sabemos que este gobierno tiene facilidad para interpretar y cambiar las leyes según le interese...


#4131

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

En este caso, no sería necesaria cambiar la Ley, porque un criterio puede ser revisado por otro posterior. El único problema es el de dar seguridad jurídica, porque la norma era y es de contenido retorcido y se debe hacer, si se hace, con cautela.
Hay muchas voces que ya discrepaban de aquella interpretación inicial con argumentos jurídicos y es posible que aparezcan sentencias que den un giro diferente a lo que se hacía o se quiere hacer.
Creo que es más denigrante que hubiesen excluido de la posibilidad de la jubilación parcial al personal laboral de la administración. Y los sindicatos lo sabían...., ahora pretenden defender
lo contrario. Ya les vale.
Lo otro, me afecta más, pero que sea lo que sea.

#4132

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

""Hay muchas voces que ya discrepaban de aquella interpretación inicial con argumentos jurídicos y es posible que aparezcan sentencias que den un giro diferente a lo que se hacía o se quiere hacer."""

Totalmente de acuerdo. Sigo sin entender porqué una norma que iba a servir para penalizar más las JAV ha conseguido que los que se han jubilado en 2024 y 2025 se hayan marchado con una pensión muy superior. 

En 2024 BR=3200€
Sin DT34. P=0'79*3200=2528€
Con DT34 P=0'943*3175=2994€

Tenemos asumido que cada día nos va a costar más jubilarnos anticipadamente, pero esto no lo he visto nunca. ¿Qué estarán pensando los que se jubilaron antes voluntaria o involuntariamente con penalizaciones de hasta el 21% o 15%?
#4133

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Compañeros, lo que voy a decir no es exacto -al menos en mi caso- pero de hecho la DT34.1 establece claramente que  la validez de la DT34.2 finaliza cuando las subidas de las pensiones maximas hagan innecesaria la DT34.2.
Si le decis al simulador que la causa de vuestra extincion laboral era anterior al 2022  comprobareis que la pension os resulta muy superiror. Ya sé que no és lo mismo pero refleja que la SS no ha explicado ni detallado como es que salimos perdiendo a pesar de lo que alegan. 
Si alguno de vosotros tiene los numeros de como se calculaba con la ley del 2021, podriamos comprobar la veracidad de lo que la SS enuncia. 
Sospecho que lo que esgrimen no está tan claro como pretenden o los sindicatos tendrian poco margen para quejarse.
#4135

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Buenos días,

Soy nuevo aquí, lo primero agradecer a todos los que nos han estado informando sobre este asunto tan farragoso.

Creo que puedo aportar algo a los que estén con el Convenio Especial. Yo dejé voluntariamente  mi trabajo y me acogí al CESS en el año 2.020. Ahora, al simular mi pensión CREO que sí me está aplicando la famosa DT, ya que los porcentajes de descuento (aunque un poco extraños) no son demasiado elevados. Os pongo los datos que me da el simulador.

Si no me equivoco, el simulador considera que no he estado dado de alta en ningún régimen de la SS y por tanto me aplica la excepción para los anteriores a 2.022

| Meses anticipo  | Pensión reducida  | Pérdida mensual  | Pérdida Q ant  | % Pérdida
| 0.0  | 3,503.21  | 0.00  | 0.00  | 0.00%
| 3.0  | 3,413.51  | 89.70  | 89.70  | 2.56%
| 6.0  | 3,396.35  | 106.86  | 17.16  | 3.05%
| 9.0  | 3,379.20  | 124.01  | 17.15  | 3.54%
| 12.0  | 3,362.05  | 141.16  | 17.15  | 4.03%
| 15.0  | 3,275.61  | 227.60  | 86.44  | 6.50%
| 18.0  | 3,258.81  | 244.40  | 16.80  | 6.98%
| 21.0  | 3,242.01  | 261.20  | 16.80  | 7.46%
| 24.0  | 2,920.05  | 583.16  | 321.96  | 16.65%

Perdón que sale un poco descuadrado pero creo que se entiende. Lo más importante, la primera columna los meses de anticipo y la última el % de penalización
#4136

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues a mi me da que la reclamación de los sindicatos respecto a la DT34 no es más que eso, una moneda de cambio para la negociación de casos concretos que le interesan con el gobierno. Y esos casos concretos no pasarán de ser los de JAV para casos de ERE y de "jubilación para actividades penosas o peligrosas". 
Y la noticia del diario.es (y otros medios afines) no es más que para dar ese empujón a los sindicatos y ese grupo de candidatos que ellos consideran más perjudicados. El resto seríamos 'élite'.
#4137

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Te están aplicando la DT34.3, los porcentajes generales sobre tu base reguladora en vez de la pensión máxima.
#4138

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias, eso me parecía. Más que nada lo colgué aquí para los que están en el CESS y finalizaron voluntariamente antes del 2.022, había dudas sobre si se aplicaría o no por considerarse o no alta en Régimen de la SS.
#4139

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Luego si te aplican la DT34.3 no es que te vayan a dar los coeficientes de la DT34.2 caso de estar activos, sino que te reducen tu BR con la tabla de la JAI...cómo antes de entrar en vigor la DT34.

#4140

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Todas la reglas que operan en las fronteras tienen esos problemas. Un trabajador con el subsidio de 52 años puede perderlo todo por recibir 25 euros de subvención mensual por ayuda escolar si estos le hacen llegar al 75% del SMI. En los bordes las leyes no son lineales.
Dicho esto, como ya no se puede volver a atrás con lo hecho, entiendo que defiendes mantener la inaplicación de la dt34.2 para parar con esta “injusticia” en el futuro.