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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.

Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT
 
  • Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo. 
  • Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral. 
  • Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real. 
  • Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo. 

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

 La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.

Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente.  Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración. 

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable. 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior. 
 

1. Estar inscrito como demandante de empleo

Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción. 

2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual

El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto. 

3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio

No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos. 

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?

Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento: 
  • Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti. 

Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador. 
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse: 

  • Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
  • Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.

Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes. 
 

Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores 


Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.

En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar. 

La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien. 

Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica


La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo. 


No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.


La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.


Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.


En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
 
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  1. en respuesta a Nones87
    -
    Top 100
    #500
    07/04/15 17:36

    Bienvenido a Rankia, por lo que comentas, cumples los requisitos para poder aplicar la Reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta 2014, siempre que tengas el contrato de alquiler en el periodo Junio - Octubre. Te recomiendo que vuelvas a empadronarte en Galicia así como apuntarte al paro allí, por si surge de nuevo la misma oportunidad.

    Saludos,

  2. Nuevo
    #499
    07/04/15 16:47

    Buenas tardes Amparo.

    Paso a describirte mi caso:

    En el 2013 me encontraba en paro e inscrito en la oficina de empleo de Castilla y Leon. En octubre de 2013, comencé a trabajar en una empresa en Aviles con el correspondiente traslado de residencia. En febrero de 2014, cambie de trabajo a otra empresa en Santander en la cual me encuentro actualmente trabajando y he pasado en marzo a ser Indefinido. Dispongo de contrato de alquiler en Santander pero todavía me encuentro empadronado en León.En este caso, podría solicitar la deducción por movilidad geográfica o por el contrario no me aplicaría.

    Un Saludo

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #497
    07/04/15 15:29

    Hola, he estado anotado al paro en galicia, en junio me ofrecen un contrato en mallorca hasta octubre, alquilando piso y empadronandome alli por el tema de residente en islas, actualmente continuo empadronado en mallorca pero estoy residiendo ya en galicia, queria saber si puedo solicitar la movilidad, graciass

  4. en respuesta a wensa
    -
    Top 100
    #496
    20/03/15 11:14

    Bienvenido a Rankia,
    Deberás de inscribirte en el paro, aunque solo sea un día y cuando vayas a Barcelona tener contrato de alquiler o empadronarte allí para poder aprovecharte de la deducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta. Saludos,

  5. Nuevo
    #495
    18/03/15 20:15

    Hola buenas. Mi duda es la siguiente : de mi empresa me han ofertado una plaza vacante para trabajar en las oficinas centrales en Barcelona, antes yo trabaja en Madrid. Mi contrato es indefinido y me dicen que me darán baja y alta en seguridad social para hacerme un contrato de tarifa plana (obviamente para bonificarse). En este caso podría aplicar a la reducción por movilidad sin haberme inscrito al inem y con dicho cambio de contrato? ...o darme de baja y alta no se considera movilidad?
    Gracias

  6. en respuesta a pegape
    -
    Top 100
    #494
    16/03/15 09:13

    Buenos días,
    Aunque posterior a la beca, le hicieron un contrato de trabajo. El original desplazamiento del domicilio habitual a Madrid se hizo por una beca, así que como ellos justifican, no se podrá aplicar la Reducción por movilidad geográfica.

    Para poderlo aplicar, entre el periodo de beca y de nuevo contrato de trabajo, tu hija debería haberse apuntado al paro y realizado un nuevo contrato de alquiler en Madrid con fecha del nuevo contrato de trabajo. Os recomiendo que lo comentéis con un asesor fiscal.

    Saludos,

  7. #493
    13/03/15 16:39

    Hola Amparo te comento el caso de mi hija : Ha recibido estos ultimos dias respuesta por parte de Hacienda a un recurso que se les hizo ,ya que no le aceptaron la reduccion por movilidad geografica .Nos han desestimado dicho recurso . El argumento es que mi hija , no se traslado a Madrid por un contrato de trabajo si no por que acepto una beca en una empresa y esto segun Hacienda no es equivalente a un contrato de trabajo .Todo esto lo esplican convenientemente en base a unos Articulos ( que creo que no es necesario repetir )del Real Decreto 214/1999 - con este desarrollo de Articulos me acabo de perder -.
    El detalle que quiero comentar es que acaban la respuesta diciendo que " El rendimiento obtenido por la recurrente en el año 2013 procede de dicha beca " , cuando no es del todo cierto. Lo cierto es que los ultimos meses de dicho año ya tuvo Contrato de Trabajo en dicha Empresa .No se si este detalle cambia la situacion . Tenemos un mes para un nuevo Recurso pero no se si vale la pena .Que opinas al respecto ?

    Un saludo

  8. en respuesta a Defaulted
    -
    Top 100
    #492
    10/03/15 08:54

    Buenos días,

    Si estás empadronado en Albacete, deberás apuntarte al paro también en Albacete, unos días antes de firmar el contrato de trabajo en Madrid. Además, para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, deberás tener un contrato de alquiler en Madrid a fecha del nuevo contrato de trabajo o empadronarte en Madrid tras aceptar el trabajo.

    Saludos,

  9. Nuevo
    #491
    09/03/15 18:37

    Hola Amparo

    Te cuento mi caso,
    tras trabajar un tiempo como autónomo en Reino Unido (tributando en Reino Unido), he encontrado un trabajo (por cuenta ajena) en España y voy a regresar.
    De cara a España estoy empadronado en Albacete.
    Mi trabajo será en Madrid.
    ¿Puedo solicitar la reducción por movilidad geográfica?
    ¿Influye algo que no me haya inscrito en el consulado en Reino Unido?
    ¿Puedo inscribirme como desempleado en una oficina del INEM de Madrid? Voy a aprovechar un viaje que tengo pendiente para inscribirme y no tengo tiempo para moverme a otro sitio.

    Por lo que veo en el post, no pone que haya ningún requisito sobre dónde debes inscribirte, pero he visto que en una de tus respuestas a antoniop_1987 has puesto:
    - "Entiendo que hasta el día 25 de septiembre no podrás inscribirte como desempleado en la oficina del INEM, ya que en los 5 anteriores días estás dado de alta en la Seguridad Social como trabajador de la empresa. A partir del día 25 podrás darte de alta, para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica tendrías que estar dado de alta como demandante de empleo en Málaga u otro oficina diferente de la de Madrid."

    Un saludo y muchas gracias de antemano

  10. en respuesta a amaria
    -
    Top 100
    #490
    02/03/15 09:13

    Buenos días,

    En este comentario se explica los casos en los que puedes aplicar ambas reducciones siempre que la vivienda habitual sobre la que recae la hipoteca. De todos modos, acude a un asesor fiscal para asegurarte que puedes aplicar las dos.

    Saludos,

  11. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #489
    28/02/15 13:16

    Buenos días Amparo,

    Si yo tengo mi vivienda habitual donde me estoy deduciendo por ella hasta los 1300€ y me voy a trabajar a Madrid y me sale en el programa del salario que voy a cobrar solo 34€ si aplico la movilidad geografica, porque me retendrían de IRPF un 9% en vez del 11%, sale más a cuenta dejar mi sitio de empadronamiento donde estaba y no poner movilidad geografica no? porque lo minimo que te quitan es el 9% si aplicaras la movilidad geográfica no?.Y obviamente por ambas cosas no me puedo deducir porque cambiaría mi residencia habitual no?

  12. en respuesta a dmunoz
    -
    Top 100
    #488
    27/02/15 09:20

    Bienvenido a Rankia,

    SI en el contrato de trabajo es especifica claramente que entra en vigor el 25 de noviembre, si que cumples los requisitos para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica, siempre que te hayan dado de alta en la SS la empresa a partir del 25 de noviembre. Tienes que revisar esto con un asesor fiscal.

    Saludos,

  13. Nuevo
    #487
    26/02/15 20:50

    Buenas tardes,
    Me gustaría primero agradecer todas las respuestas, son muy útiles!!
    Comento mi caso a ver si me podéis ayudar; me acaban de denegar la reducción por movilidad geográfica, el tema es que estaba trabajando en Andalucía y acepté un puesto de trabajo en Madrid, con su correspondiente firma del nuevo contrato. Dicho contrato tiene fecha de 26 de Septiembre de 2013, pero también especifica claramente que entraría en vigor a partir del 25 de Noviembre de 2013. El caso es que dejé el trabajo en Andalucía a principios de Noviembre de 2013 y me apunté al paro en Andalucía el 4 de Noviembre. A mediados de Noviembre me fui para Madrid y me empadroné allí, busqué piso de alquiler, etc. por lo que todos esos documentos los tengo. Dicho todo esto, ¿es cierto que no cumplo los requisitos para la reducción por movilidad geográfica?

    Gracias de antemano,
    Un saludo.

  14. en respuesta a Santi1982
    -
    Top 100
    #486
    13/02/15 11:00

    Buenos días Santi, como tu caso es tan concreto. Lo mejor es que acudas a un asesor fiscal con todos los documentos y lo analicéis detalladamente para ver si tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu declaración de la Renta. Ten en cuenta que tu vivienda habitual es aquella dónde pasas más de 183 días al año, deberás acreditar que tu domicilio habitual antes de aceptar el trabajo era Gandia.

    Saludos,

  15. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #485
    12/02/15 11:54

    Buenos días:

    Tras aportar toda la documentación requerida por la Agencia Tributaria, me han enviado una propuesta de liquidación provisional en la que me deniegan la Movilidad Geográfica.

    ¿A qué es debido? ¿Puede estar relacionado con que en los dos meses que me voy al paro y estoy en Gandia, sigo pagando el piso, porque tengo contrato en vigor, y estos dos meses también los deduzco en la declaración de la Renta?
    En el caso de que se deba a esto, ¿Puedo hacer una declaración complementaria en la que quite la deducción de estos dos meses?

    Un cordial saludo.

    Recuerdo el comentario Inicial:

    Buenas tardes:
    Expongo mi caso. En Julio de 2012 me traslado a Madrid procedente de Gandía para realizar una beca formativa remunerada. Durante el periodo de beca yo no cambio ni mi domicilio fiscal ni me empadrono en Madrid, dado que al finalizar la beca nadie me asegura que vaya a continuar trabajando en la empresa.
    A principios de Julio 2013 finaliza mi beca, sin que la empresa me comunique su intención de que siga trabajando. Por ello, vuelvo a Gandía y me apunto al paro. Al poco tiempo, la empresa se pone en contacto conmigo, comunicándome que están interesados en que me incorpore a la empresa el 2 de Septiembre de 2014, aceptando, sin pensarlo dos veces, dicha proposición. Debo decir que durante el periodo que estoy en paro (2 meses) sigo pagando el piso porque tengo el contrato en Vigor.
    Finalizando con mi exposición, en 2014 realizo la declaración marcando la casilla de "Movilidad Geográfica" (En el ejercicio 2013 estoy exento de realizar la declaración dado que las retribuciones de la beca no llegan al mínimo). Ahora Hacienda me reclama que justifique la movilidad geográfica (tengo todos los documentos que me solicitan).
    La pregunta es si me pueden rechazar la movilidad geográfica, dado que me piden que lo justifique.

  16. en respuesta a Isaacjs
    -
    Top 100
    #484
    11/02/15 12:16

    Si que puedes tener 2 contratos de alquiler pero tienes que determinar cual es el de vivienda habitual, esta se determina normalmente en función del municipio dónde estés empadronado o la vivienda dónde pasas más de 183 días al año. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para realizar estos trámites.
    Saludos,

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #483
    11/02/15 12:12

    Gracias por la respuesta.

    ¿Puedes aclararme si tengo que salir del contrato actual de alquiler en Barcelona y cambiar de titular de los consumos?
    Entiendo que no puedo tener dos contratos de alquiler a la vez ya que no sabrían cuál es mi vivienda habitual, ¿no?

  18. en respuesta a Isaacjs
    -
    Top 100
    #482
    11/02/15 11:56

    Bienvenido a Rankia,
    En mi opinión para poder aplicar la Deducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta de 2014, deberías empadronarte en Madrid o tener contrato de alquiler aunque sea solo de la habitación. En caso contrario no la podrás aplicar.
    Saludos,

  19. #481
    10/02/15 19:19

    Hola Amparo,

    De entrada agradecer que respondas a todas las dudas :) ¡Ayudas más que el Gobierno!

    MI CASO:
    Soy de Barcelona y hace 3 meses que estoy trabajando y viviendo en Madrid.
    En mi DNI consta que vivo en Barcelona. No estoy empadronado en Madrid y de momento no tengo la intención.

    En BARCELONA:
    - Estaba al paro
    - Tengo un contrato de alquiler a mi nombre junto con otros 3 compañeros más.
    - Tengo los consumos que están a mi nombre.

    En MADRID:
    - Vivo en casa de una familia (2 miembros).
    - No tengo contrato de alquiler (está en proceso).
    - No tengo consumos a mi nombre.

    PREGUNTA
    Para poderme beneficiar de la reducción por movilidad geográfica, ¿tengo que...?:
    1.- Salir del contrato de alquiler de Barcelona
    2.- Cambiar el titular de los consumos de Barcelona (y no ser yo)
    3.- Tener contrato de alquiler de la habitación en Madrid

    ¡Gracias!