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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.

Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT
 
  • Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo. 
  • Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral. 
  • Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real. 
  • Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo. 

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

 La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.

Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente.  Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración. 

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable. 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior. 
 

1. Estar inscrito como demandante de empleo

Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción. 

2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual

El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto. 

3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio

No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos. 

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?

Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento: 
  • Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti. 

Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador. 
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse: 

  • Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
  • Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.

Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes. 
 

Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores 


Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.

En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar. 

La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien. 

Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica


La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo. 


No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.


La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.


Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.


En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
 
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  1. Nuevo
    #640
    17/09/15 20:23

    Hola Amparo!
    Primero antes que nada agradecerte esta labor de solucionar dudas acerca de este tema, que por lo que he podido ver llevas realizando varios años.

    Te expongo mi caso con la esperanza de que me puedas aconsejar qué hacer con el fin de poder aplicar a la reducción por movilidad.
    Estaba apuntada en el paro en mi ciudad de origen (Ávila) sin embargo mi empadronamiento desde 2007 es en Málaga capital (me muevo de una ciudad a otra pero no tengo contrato de alquiler en ninguna de las dos). Me salió este año un trabajo en una tercera ciudad: Marbella, por el cual me trasladé, pero no ha ido bien y solo ha durado un mes. Entiendo que en este primer caso no puedo aplicar ya que no tengo contrato de alquiler y además nunca cambié el padrón y sigo empadronada en Málaga capital con lo cual no tengo como justificar cambio de domicilio.
    Tras esto me he quedado en Marbella estando apuntada al paro aquí y estoy apunto de conseguir otro trabajo aquí mismo, que posiblemente comience en octubre. En Marbella no tengo contrato de alquiler, ya que vivo en una casa que mis padres me han cedido. La pregunta es...¿mejor hago un traslado de demanda de empleo a Málaga (que es dónde estoy empadronada)? de esta manera creo que cumpliré con los requisitos de estar empadronada + dada de alta en el paro de una ciudad diferente a la que acepto la oferta de empleo. ¿Hay algún mínimo de kilómetros? Mi plan por el momento es hacer el traslado de demanda a Málaga, aceptar el trabajo en Marbella y al mismo tiempo empadronarme en Marbella para así poder justificar cambio de domicilio (como te decía, no tengo contrato de alquiler pero sí podré presentar empadronamiento a mi nombre y facturas a nombre de mis padres) ¿ Es correcto esto que planeo? ¿funcionará? ¿o qué me aconsejarías tu?
    Mil gracias de antemano por sacarme de este mar de dudas

    Abril

  2. en respuesta a matiuuuu
    -
    Top 100
    #639
    14/09/15 09:11

    Buenos días, si que podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica ya que el cambio da derecho a la aplicación durante 2 ejercicios. Acude a las oficinas de la Agencia Tributaria con toda la información del cambio de domicilio habitual en el ejercicio 2013 para ver que está todo correcto.
    Un saludo,

  3. #638
    11/09/15 14:14

    Hola Amparo,
    mi pregunta es relativamente sencilla.
    Cumplo todos los requisitos para pedir la reduccion por movilidad geografica ya que en la declaracion de la renta de 2013 pedi la reduccion y me la concedieron sin problema.
    Yo me cambie de residencia durante 2013 por lo que entiendo que tengo derecho a la reduccion en las declaraciones de 2013 y 2014.
    En la declaracion de 2014 he vuelto a solicitarla pero me han notificado que no tengo derecho a ella.
    Puede ser porque la ley ha cambiado el 01/01/2015 y estan aplicando la nueva ley?
    Para mi declaracion de la renta de 2014, no se deberia aplicar la ley vigente a 31/12/2014?
    Muchisimas gracias de antemano.
    Un cordial saludo

  4. en respuesta a airon
    -
    Top 100
    #637
    08/09/15 15:51

    Buenas tardes, así es, si el cambio de vivienda habitual es por motivos laborales, puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica sin problemas. Un saludo,

  5. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #636
    08/09/15 14:05

    Buenas tardes. En 2013 compré una vivienda en Andalucía con el impuesto de transmisiones patrimoniales rebajado al 3,5% por ser vivienda habitual. Ahora me han dejado en el paro y es muy posible que me salga un empleo en otra población distinta (incluso provincia distinta).
    Estoy apuntado como demandante de empleo, y sé que si efectivamente el puesto de trabajo es en otra población puedo acogerme a la "movilidad geográfica", pero no habiendo pasado los 3 años que exigen para vivienda habitual (creo que es así), me crea la duda de si puedo acogerme a la movilidad sin que me reclamen la rebaja respecto a cualquier transmisión patrimonial para vivienda (que está al 8%). No específicamente para Andalucía, pero he leído que si había desplazamiento por motivo laboral seguía contando como que estabas respetando los 3 años, pero ¿es realmente así? ¿podría acogerme sin problemas a la movilidad geográfica?
    Muchísimas gracias de antemano.

  6. en respuesta a Jparrix
    -
    Top 100
    #635
    08/09/15 10:40

    Buenos días, en principio si el año 2013 tenías derecho a la reducción por movilidad geográfica, en el año 2014 también lo podías aplicar. Entiendo que tendrás que volver a presentar todos los documentos que acrediten el cambio de municipio y de vivienda habitual correspondientes al año 2013. De todos modos, te aconsejamos que acudas a un asesor fiscal.

    Saludos,

  7. Nuevo
    #634
    08/09/15 10:19

    Buenas,

    Describo lo que me ha sucedido:

    En el ejercicio 2013 yo solicité la desgrabación recogida en la Ley del Impuesto (35/2006) en el artículo 20.2.b:

    Contribuyentes desempleados inscritos en la oficina de empleo que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia habitual a un nuevo municipio, en las condiciones que reglamentariamente se determinen. Este incremento se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.

    Lo que hice fue marcar la casilla en el borrador y automáticamente me recalculó lo que me salia a devolver. Como era la primera vez que lo solicitaba hacienda me comunicó un Requerimiento en el que me decía: "Se requiere que acredite su derecho a la reducción de rendimientos de trabajo por movilidad geográfica". Aporté lo que me pedían y en unos meses me dieron lo correspondiente.

    Como en la ley dice que es en el año impositivo y el siguiente pues hice lo mismo en el 2014, activando la casilla correspondiente. Además este año incorporé la deducción por alquiler (dado que este año ya estoy con un alquiler con contrato, mientras que el año anterior vivia en casa de mi hermana).

    El caso es que hoy, entrando en hacienda, tenia una comunicación que dice esto:
    Trámite de alegaciones y propuesta de liquidación Provisional

    ¿Cual es la diferencia con el requerimiento del año actual? Me dan 10 días para contestar. En el mismo me realizan la famosa paralela (que significa menos dinero para mi) y me dan la opción de aceptarla o presentar alegaciones.

    Como motivación para la rebaja dicen esto:

    Con el alcance y limitaciones que resultan de la vigente normativa legal y de la documentación obrante en el expediente, y partiendo exclusivamente de los datos declarados, de los justificantes de los mismos aportados y de la información existente en la Agencia Tributaria, se ha procedido a la comprobación de su declaración, habiéndose detectado que en la misma no ha declarado correctamente los conceptos e importes que se destacan con un asterisco en el margen de la liquidación provisional. En concreto:
    - La reducción practicada sobre el rendimiento neto del trabajo personal para contribuyentes desempleados que acepten un puesto de trabajo que exija el traslado de su residencia a un nuevo municipio, es incorrecta, según establece el artículo 20.2.b de la Ley del Impuesto.

    No entiendo por qué me dicen esto, o dónde está el error, dado que lo marqué como el año pasado. Lo que si que se es que la citada Ley modifica su contenido y desaparece ese artículo pero con entrada en vigor del 01/01/2015.

    ¿Qué paso he de seguir?

    Un saludo

  8. en respuesta a Nora77
    -
    Top 100
    #633
    25/08/15 10:16

    Bienvenida a Rankia, por lo que comentas, si que puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica, siempre que el contrato de alquiler de la nueva vivienda tenga fecha similar a la del contrato de trabajo. También puedes aplicar en la Declaración de la Renta de 2015 esta reducción.

    De todos modos, acude a un asesor fiscal coméntale tu caso concreto. Un saludo,

  9. en respuesta a Concud
    -
    Top 100
    #632
    25/08/15 10:15

    Buenos días, ¿no tienes más documentación como facturas de luz, internet... de los meses en los que estuviste viviendo? De este modo podrías justificar que te trasladaste a vivir a otro municipio. En tu lugar to si que intentaría reclamar pero antes visitaría a un asesor fiscal para intentar tener la máxima información.

    Saludos,

  10. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #631
    21/08/15 22:56

    Buenas noches,
    Con respecto a la deducción por movilidad geográfica, tengo una consulta.
    Me han enviado una notificación para que justifique si tengo derecho a la deducción por movilidad.Cumplo los tres requisitos; el unico problema que creo que puedo tener es que me empadroné en mi nuevo municipio 1 mes antes del inicio del contrato de trabajo (era en Mallorca, me trasladé alli porque me prometieron un contrato que finalmente tardó un mes en materializarse, aunque yo continue inscrita en el inem durante ese tiempo) ¿Pueden denegarme el derecho a la deduccion por ese motivo??? Y otra pregunta, ya que el contrato duró 4 meses y ya he vuelto a mi domicilio habitual, ¿aun así puedo aplicarme la deduccion el proximo año?? gracias saludos.

  11. Nuevo
    #630
    03/08/15 18:56

    Buenas tardes,
    Me gustaría saber si me podeis resolver una duda.
    Desde Hacienda me reclaman la reducción geográfica aplicada en mi renta de 2011 y 2012 porque no cambié mi empadronamiento y no tengo contrato de alquiler, sólo la declaración jurada de la persona que me cedió el piso. ¿Qué posibilidades tengo si reclamo?
    ¿es factible?

  12. en respuesta a josealgc
    -
    Top 100
    #629
    29/06/15 16:22

    Para las próximas Declaraciones, si vuelves a iniciar un nuevo contrato de alquiler en Madrid a fecha de Julio y ahora mismo estás apuntado al paro en Murcia, si que podrás aplicarlo tanto en la Declaración de la Renta de 2015 como en la de 2016.

    Para las Declaraciones pasadas, tienes que haber estado apuntado al paro en Murcia en 2013 y tener un contrato de alquiler iniciado en esa fecha, ya que no has cambiado el empadronamiento.

    Un saludo,

  13. #628
    29/06/15 15:30

    Hola Ámparo,

    Estoy empadronado en Murcia, aunque me desplacé a Madrid por motivos de trabajo en 2013. Podría haberme beneficiado durante esos dos años, pero no apliqué la reducción por movilidad.

    Ahora se me ha terminado el contrato de trabajo, por lo que vuelvo a Murcia, y a mitad de julio tendré que volver a desplazarme a Madrid porque comienzo otro.

    Si me apunto al paro en Murcia estos días, ¿Podría aplicar la reducción de los años 2015 y 2016? Mi duda es que realmente mi residencia habitual no la modifico, porque ya pasé estos años en Madrid, aunque no sé si podría beneficiarme el estar empadronado en Murcia y apuntarme al paro allí.

    Y otra consulta: ¿Podría alegar sobre las declaraciones de 2013 y 2014 para que se me aplique la reducción y posteriormente volver a seleccionarla en 2015 y 2016 dado que volví a apuntarme al paro en Murcia y el trabajo es en Madrid?

    Un saludo y gracias!

  14. en respuesta a marta_valera
    -
    Top 100
    #627
    29/06/15 09:07

    Bienvenido a Rankia Marta, por lo que comentas si que cumples los requisitos para aplicar la Reducción por movilidad geográfica; necesariamente no se obliga a estar empadronado (con el contrato de alquiler se justifica el cambio de vivienda) y el empleo no tiene porque ser ofertado por el INEM.

    Saludos,

  15. Nuevo
    #626
    24/06/15 19:50

    Hola, mañana es el último día para pagar la declaración y estoy algo agobiada porque no conocía esta opción de reducción por movilidad. Tengo una duda. Yo estaba inscrita en el inem en octubre y cogí un trabajo en otro municipio pero que NO ME FUE OFERTADO POR EL INEM, es decir, fue un trabajo que busqué yo. Tengo mi contrato de alquiler aunque no me he empadronado en la nueva ciudad. Mi pregunta principal es que si cuando se habla de "haber aceptado un empleo" se refiere solo a empleos de los que ofrece la oficina del Inem. y mi segunda pregunta es que, si vale cualquier empleo, entonces yo podría marcar la casilla,no? Me dicen en hacienda que necesito un certificado del inem corroborando que me vine atrabajar a otra ciudad pero tengo que pedirlo mañana y no sé si me atenderán sin cita en el inem. Por eso necesito estar segura de que cumplo los requisitos y marcar la casilla. GRACIAS

  16. en respuesta a chema_sa
    -
    Top 100
    #625
    24/06/15 10:28

    Chema, estos datos no los habías facilitado en los anteriores comentarios. No puedes beneficiarte de la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta de 2014.

    Saludos,

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #624
    24/06/15 10:04

    Gracias Amparo! creo que no he puesto muy clara las fechas. Las reordeno.

    17-12-2012 Me incorporé al puesto del nuevo trabajo (fecha del contrato) pero estuve 4 dias en la ciudad hospedandome en casa de unos amigos porque después estuve de vacaciones de Navidad en mi ciudad.

    Enero-2013 hice el cambio de residencia alquilando un piso ( el cual tengo el contrato ).

    No hice la declaración de renta 2012 porque solo estuve cotizando ese año en España esos dias (del 17 dic al 31 dic de 2012). Luego en la declaración de la renta 2012 no me beneficie de la reducción.

    En la de la renta de 2013 si me beneficie.

    ¿ Puedo beneficiarme de la reduccion en la de la renta 2014?

  18. en respuesta a chema_sa
    -
    Top 100
    #623
    24/06/15 09:48

    Si has aceptado el nuevo puesto de trabajo durante el año 2014, debes de marcar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta de 2014 y la de 2015. Lo que tiene en cuenta Hacienda es el contrato de trabajo, el contrato de alquiler o empadronamiento que acredite tu cambio de domicilio y la tarjeta de desempleo con fecha del día antes de aceptar el nuevo trabajo.

    Un saludo,

  19. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #622
    24/06/15 09:45

    Muchas Gracias gracias por tu respuesta!

    Entiendo entonces que en mi situación puedo marcar la opción en el EJERCICIO 2014 y beneficiarme de la reducción, correcto?
    Realmente lo que tiene en cuenta hacienda es el transalado de domicilio y no la fecha exacta que pone en el contrato,correcto?

    Muchisimas gracias Amparo!

  20. en respuesta a Saralon
    -
    Top 100
    #621
    24/06/15 09:16

    Buenos días, si, tienes que estar inscrito al desempleo en la misma comunidad donde tienes tu domicilio habitual y una vez encuentras un nuevo trabajo y te desplazas tienes que tener un contrato de alquiler o empadronarte en este nuevo municipio.

    Respecto al plazo, tienes que aplicar la reducción por movilidad geográfica en año de tu traslado de municipio habitual y el siguiente. Si en esos dos años no lo has aplicado, podrías presentar un escrito a la Agencia Tributaria por ingresos indebidos y solicitar esta reducción sobre las dos declaraciones de la renta presentadas.

    Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal a consultarlo.
    Saludos,