Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.
Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo.
Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral.
Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real.
Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo.
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.
Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante. Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior.
1. Estar inscrito como demandante de empleo
Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción.
2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto.
3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio
No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?
Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento:
Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti.
Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador.
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse:
Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.
Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes.
Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores
Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.
En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar.
La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien.
Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica
La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo.
No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.
La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.
Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.
En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
Buenas tardes. Tengo una duda con respecto a la reducción por movilidad.
Es la siguiente: El texto establece que con carácter transitorio los que la solicitaron el año pasado pueden volver a solicitarla este año para obtener la reducción si siguen "continuando con dicho trabajo en el periodo impositivo 2015". Mi caso, es que sigo desempeñando el mismo trabajo pero en una localidad distinta a la del año anterior.
Estaría dentro de lo que establece la disposición transitoria, o pasa a considerarse mi situación como gasto deducible.
En mi caso, estando dado de alta como demandante de empleo en 2014, me fui a trabajar en el extranjero (cotizando en España). El año pasado no pedí movilidad geográfica (no la conocía), me gustaría saber si la puedo solicitar este año. Según he leído si que podría ya que se puede pedir durante dos años, pero me gustaría confirmarlo y saber si, con el contrato de trabajo, el alquiler del piso y la demostración de que estaba apuntado al paro, es suficiente documentación o me pueden requerir algo más.
Bienvenida a Rankia Sandra, ¿dónde has visto que haya un máximo de 2 veces, es decir, 4 años, para aplicar la reducción por movilidad geográfica? No lo había leído nunca esta excepción; según tenía entendido, siempre que cumplas los 3 requisitos en ocasiones diferentes, podrás aplicarla ya que supone un nuevo cambio de domicilio habitual por motivos de trabajo.
Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para consultarlo.
Un saludo,
Buenas tardes.
Tengo dudas también sobre la movilidad geográfica.
Llevo dos años seguidos incluyendo la movilidad geográfica en mi declaración, y según he visto solo se puede hacer un máximo de dos veces.
Mi caso es que trabajo en la hostelería, soy temporera, trabajo invierno en un sitio y verano en otro.
En el caso que me encuentro, podría hacer algo para seguir incluyendo la movilidad en mi declaración?, creo que tendría que tener todo el derecho, ya que cada año hago cambio de domicilio por trabajo. hay algo que pueda hacer?
espero que puedan ayudarme, gracias
Muchas gracias por tu rápida respuesta. Lo que me dices es lo que yo suponía, pero al hacer la Renta web (o con el programa PADRE) me da sólo la opción del puesto de trabajo aceptado en 2015 o "Aceptación de un puesto de trabajo en 2014 y se continúa desempeñando el mismo en 2015". Si no marco ninguna de las dos (lo que sería mi caso) no me computa la deducción.
¿Es posible que se haya modificado algo en este sentido?
Buenas tardes, si cumplías los 3 requisitos en el año del desplazamiento de municipio, es suficiente para aplicar la reducción por movilidad geográfica durante 2 ejercicios consecutivos; no es requisito estar trabajando en el segundo año. De todos modos, puedes consultarlo con tu asesor fiscal. Saludos,
Buenas tardes:
Os comento mi caso: En el año 2014 me ofrecieron un puesto de trabajo en otro Municipio. Estando en el paro, acepté dicho trabajo y me mudé de residencia a otro municipio. A finales del 2104, me ofrecieron un trabajo en mi municipio de origen, por lo que dejé el primero.
En la declaración del 2014 puse la deducción por movilidad y no puse mi piso en propiedad como vivienda habitual sino "a disposición".
He oído que en la nueva Regulación, para poder poner la reducción por movilidad en el segundo año, es necesario haber estado trabajando en dicho año (2015). ¿Es correcto esto?. El piso que alquilé lo he estado pagando todo este año pasado porque así se pactó en el momento del arrendamiento.
Muchas gracias anticipadas por vuestra colaboración.
Saludos
Buenas tardes, si que podrás beneficiarte durante la Declaración de la Renta 2015 y la de 2016, porque es válido por 2 por dos años, independientemente de si sigues trabajando en la misma empresa que ocasionó el desplazamiento. Saludos,
Buenas, tengo bastante lio con mi situacion de movilidad geografica y me gustaría que alguien me ayudara.
En 2013 acepto un trabajo en Asturias estando inscrito en el paro en Santander. En octubre de 2014 finaliza el proyecto y regreso a Santander donde vuelvo a inscribirme al paro. Dos semanas mas tarde vuelven a llamarme de Asturias y vuelvo a trabajar alli. Un mes mas tarde en noviembre, dado que el trabajo es temporal, decido cambiar a un empleo estable a Madrid hasta la actualidad.
Solicite movilidad geografica tanto en la declaracion de la renta 2013 como la de 2014. Mi duda es , al irme al paro en 2014 y volver a tener que cambiar de provincia para trabajar, tengo derecho a solicitarlo en 2015 o al hacer un cambio a Madrid ya lo pierdo
Un saludo
Hola, me gustaría saber si alguien me puede ayudar. En mayo del 2015 pedí la movilidad geografica por cambio de trabajo a otra comunidad, cumplía los requisitos, estar apuntado al paro en mi ciudad y mudarme a otra ciudad de comunidad diferente y empadronarme. Hasta ahí bien, en marzo del 2016 me despidieron y solicite el paro y ahora en abril estoy trabajando de nuevo en una empresa diferente. Por lo que tengo entendido la movilidad geografica es por un periodo de 2 años y mi duda es si todavia puedo beneficiarme de todo el 2016 o por lo contrario al despedirme y coger paro ya no podría beneficiarme. Gracias.
Hola, los requisitos para aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta están especificados en el artículo. Deberéis revisar si se cumplen los 3 y por tanto, se puede aplicar. Saludos,
Bienvenida a Rankia, si además de inscribirte al paro en tu municipio, no en Valladolid, tienes alguna otra documentación que acredite el cambio de residencia por el trabajo (contrato de alquiler con fecha de inicio del nuevo contrato de trabajo, empadronamiento...) podrás aplicar de nuevo la reducción por movilidad geográfica. Por lo que comentas, parece que durante 2015 no has movido tu domicilio habitual por cuestiones de trabajo. De todos modos, consultalo con un asesor fiscal. Saludos,
Hola, tengo una pregunta referente a la declaracion de una amiga, ha estado anotada como mejora de empleo en asturias y luego se ha ido a trabajar a otra comunidad, quería saber si cumple los requisitos para solicitar la movilidad? Gracias
Buenas Tardes,
En 2013 me traslade a otra comunidad por 4 meses de trabajo y en los ejercicios de 2013 y 2014 me acogí al derecho de la deducción por movilidad satisfactoriamente. Después de los 4 meses de trabajo en 2013 volví a mi residencia habitual y estaba dado de alta como demandante de empleo es ésta.
Ahora bien, en 2014 volvi a cambiarme de residencia a Valladolid por un contrato eventual y la misma empresa me cambio el contrato a lo largo de 2015 varias veces por dos bajas de maternidad, acumulando 5 contratos diferentes con la empresa. Cada vez que me cambiaban el contrato yo me daba de alta como demandante de empleo alli, en Valladolid.
Mi pregunta es, puedo volver a pedir el derecho de la deduccion por movilidad ya que, me volvieron a contratar un año despues y me he vuelto a mover de mi residencia habitual?
¿En la inscripción al paro se incluye el motivo de la baja voluntaria? De no ser así, y siempre que acredites el cambio a un nuevo domicilio (alquiler, empadronamiento, facturas...) creo que si que podrías aplicar la reducción por movilidad geográfica.
De todos modos, consúltalo con un asesor fiscal.
No sé si puedo acogerme a la deducción por movilidad geográfica, en mi caso cambie de empresa, así que pedí la baja voluntaria de la primera empresa, me inscribí en el paro y a los 2 días firme el contrato con la nueva empresa. ¿Siendo baja voluntaria puedo aplicar la deducción por movilidad geográfica?. El cambio fue en enero de 2015 entre el 18 y el 21.
El 18/11/2015 envié a la Agencia tributaria toda la documentación que demuestra que, en mi opinión, debo ser beneficiario de la reducción por movilidad geografica. Des de entonces lo han estado comprovando y hoy he visto con sorpresa que por fin han llegado a una conlcusión:
"Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, no estimándose conforme los datos que usted ha declarado."
Entiendo que no están de acuerdo conmigo y que no me van a aplicar la reducción. Tengo alguna forma de insistir? Hay alguna forma de poder hablar con alguien de la Agencia por teléfono para que me explique el PORQUE? Lo digo porque como ciudadano me encuentro totalmente indefenso porque me niegan algo que yo considero justo y legal pero no me dicen PORQUE. Estamos hablando de unos 1000€ de diferencia en mi declaración y no quiero quedarme de brazos cruzados. Si voy a una delegación de la Agencia me van a atender personalmente?
Hay más posts míos sobre el tema en éste mismo hilo...Llevo des del mes de Junio de 2015 intentando que me apliquen la reducción por error mío (me di cuenta de que podía hacerlo después de confirmar el borrador por internet).