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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
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  1. #720
    07/04/16 11:54

    Buenas tardes. Tengo una duda con respecto a la reducción por movilidad.

    Es la siguiente: El texto establece que con carácter transitorio los que la solicitaron el año pasado pueden volver a solicitarla este año para obtener la reducción si siguen "continuando con dicho trabajo en el periodo impositivo 2015". Mi caso, es que sigo desempeñando el mismo trabajo pero en una localidad distinta a la del año anterior.

    Estaría dentro de lo que establece la disposición transitoria, o pasa a considerarse mi situación como gasto deducible.

    Gracias

  2. Nuevo
    #719
    07/04/16 10:28

    Buenos días,

    En mi caso, estando dado de alta como demandante de empleo en 2014, me fui a trabajar en el extranjero (cotizando en España). El año pasado no pedí movilidad geográfica (no la conocía), me gustaría saber si la puedo solicitar este año. Según he leído si que podría ya que se puede pedir durante dos años, pero me gustaría confirmarlo y saber si, con el contrato de trabajo, el alquiler del piso y la demostración de que estaba apuntado al paro, es suficiente documentación o me pueden requerir algo más.

    Muchísimas gracias de antemano.

    Un saludo.

  3. en respuesta a Jiyers
    -
    Top 100
    #718
    07/04/16 09:44

    Si, si durante el primer año, tenías derecho a aplicarla, esto se aplica también al siguiente año. Un abrazo,

  4. en respuesta a Sandra Salvadó Reig
    -
    Top 100
    #717
    07/04/16 09:43

    Bienvenida a Rankia Sandra, ¿dónde has visto que haya un máximo de 2 veces, es decir, 4 años, para aplicar la reducción por movilidad geográfica? No lo había leído nunca esta excepción; según tenía entendido, siempre que cumplas los 3 requisitos en ocasiones diferentes, podrás aplicarla ya que supone un nuevo cambio de domicilio habitual por motivos de trabajo.

    Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para consultarlo.
    Un saludo,

  5. Nuevo
    #716
    06/04/16 19:22

    Buenas tardes.
    Tengo dudas también sobre la movilidad geográfica.
    Llevo dos años seguidos incluyendo la movilidad geográfica en mi declaración, y según he visto solo se puede hacer un máximo de dos veces.
    Mi caso es que trabajo en la hostelería, soy temporera, trabajo invierno en un sitio y verano en otro.
    En el caso que me encuentro, podría hacer algo para seguir incluyendo la movilidad en mi declaración?, creo que tendría que tener todo el derecho, ya que cada año hago cambio de domicilio por trabajo. hay algo que pueda hacer?
    espero que puedan ayudarme, gracias

  6. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #715
    06/04/16 17:02

    Muchas gracias por tu rápida respuesta. Lo que me dices es lo que yo suponía, pero al hacer la Renta web (o con el programa PADRE) me da sólo la opción del puesto de trabajo aceptado en 2015 o "Aceptación de un puesto de trabajo en 2014 y se continúa desempeñando el mismo en 2015". Si no marco ninguna de las dos (lo que sería mi caso) no me computa la deducción.
    ¿Es posible que se haya modificado algo en este sentido?

    Saludos

  7. en respuesta a bi03766
    -
    Top 100
    #714
    06/04/16 16:51

    Buenas tardes, si cumplías los 3 requisitos en el año del desplazamiento de municipio, es suficiente para aplicar la reducción por movilidad geográfica durante 2 ejercicios consecutivos; no es requisito estar trabajando en el segundo año. De todos modos, puedes consultarlo con tu asesor fiscal. Saludos,

  8. #713
    06/04/16 16:44

    Buenas tardes:
    Os comento mi caso: En el año 2014 me ofrecieron un puesto de trabajo en otro Municipio. Estando en el paro, acepté dicho trabajo y me mudé de residencia a otro municipio. A finales del 2104, me ofrecieron un trabajo en mi municipio de origen, por lo que dejé el primero.
    En la declaración del 2014 puse la deducción por movilidad y no puse mi piso en propiedad como vivienda habitual sino "a disposición".
    He oído que en la nueva Regulación, para poder poner la reducción por movilidad en el segundo año, es necesario haber estado trabajando en dicho año (2015). ¿Es correcto esto?. El piso que alquilé lo he estado pagando todo este año pasado porque así se pactó en el momento del arrendamiento.

    Muchas gracias anticipadas por vuestra colaboración.
    Saludos

  9. en respuesta a Jiyers
    -
    Top 100
    #712
    06/04/16 16:44

    En principio si, es lo que marca la ley; y no hay ninguna excepción mientras que se cumplan los 3 requisitos que se indican en el artículo. Saludos,

  10. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #711
    06/04/16 16:42

    El hecho de solicitar el paro en ese periodo es independiente no?, al ser válido por dos años podría beneficiarme durante los dos años. Gracias

  11. en respuesta a Jiyers
    -
    Top 100
    #710
    06/04/16 15:53

    Buenas tardes, si que podrás beneficiarte durante la Declaración de la Renta 2015 y la de 2016, porque es válido por 2 por dos años, independientemente de si sigues trabajando en la misma empresa que ocasionó el desplazamiento. Saludos,

  12. en respuesta a Jiyers
    -
    Nuevo
    #709
    06/04/16 14:15

    Buenas, tengo bastante lio con mi situacion de movilidad geografica y me gustaría que alguien me ayudara.
    En 2013 acepto un trabajo en Asturias estando inscrito en el paro en Santander. En octubre de 2014 finaliza el proyecto y regreso a Santander donde vuelvo a inscribirme al paro. Dos semanas mas tarde vuelven a llamarme de Asturias y vuelvo a trabajar alli. Un mes mas tarde en noviembre, dado que el trabajo es temporal, decido cambiar a un empleo estable a Madrid hasta la actualidad.
    Solicite movilidad geografica tanto en la declaracion de la renta 2013 como la de 2014. Mi duda es , al irme al paro en 2014 y volver a tener que cambiar de provincia para trabajar, tengo derecho a solicitarlo en 2015 o al hacer un cambio a Madrid ya lo pierdo
    Un saludo

  13. #708
    06/04/16 14:05

    Hola, me gustaría saber si alguien me puede ayudar. En mayo del 2015 pedí la movilidad geografica por cambio de trabajo a otra comunidad, cumplía los requisitos, estar apuntado al paro en mi ciudad y mudarme a otra ciudad de comunidad diferente y empadronarme. Hasta ahí bien, en marzo del 2016 me despidieron y solicite el paro y ahora en abril estoy trabajando de nuevo en una empresa diferente. Por lo que tengo entendido la movilidad geografica es por un periodo de 2 años y mi duda es si todavia puedo beneficiarme de todo el 2016 o por lo contrario al despedirme y coger paro ya no podría beneficiarme. Gracias.

  14. en respuesta a Nones87
    -
    Top 100
    #707
    06/04/16 09:31

    Hola, los requisitos para aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta están especificados en el artículo. Deberéis revisar si se cumplen los 3 y por tanto, se puede aplicar. Saludos,

  15. en respuesta a Beatriz Gfb
    -
    Top 100
    #706
    06/04/16 09:27

    Bienvenida a Rankia, si además de inscribirte al paro en tu municipio, no en Valladolid, tienes alguna otra documentación que acredite el cambio de residencia por el trabajo (contrato de alquiler con fecha de inicio del nuevo contrato de trabajo, empadronamiento...) podrás aplicar de nuevo la reducción por movilidad geográfica. Por lo que comentas, parece que durante 2015 no has movido tu domicilio habitual por cuestiones de trabajo. De todos modos, consultalo con un asesor fiscal. Saludos,

  16. #705
    05/04/16 18:45

    Hola, tengo una pregunta referente a la declaracion de una amiga, ha estado anotada como mejora de empleo en asturias y luego se ha ido a trabajar a otra comunidad, quería saber si cumple los requisitos para solicitar la movilidad? Gracias

  17. Nuevo
    #704
    05/04/16 14:57

    Buenas Tardes,
    En 2013 me traslade a otra comunidad por 4 meses de trabajo y en los ejercicios de 2013 y 2014 me acogí al derecho de la deducción por movilidad satisfactoriamente. Después de los 4 meses de trabajo en 2013 volví a mi residencia habitual y estaba dado de alta como demandante de empleo es ésta.

    Ahora bien, en 2014 volvi a cambiarme de residencia a Valladolid por un contrato eventual y la misma empresa me cambio el contrato a lo largo de 2015 varias veces por dos bajas de maternidad, acumulando 5 contratos diferentes con la empresa. Cada vez que me cambiaban el contrato yo me daba de alta como demandante de empleo alli, en Valladolid.

    Mi pregunta es, puedo volver a pedir el derecho de la deduccion por movilidad ya que, me volvieron a contratar un año despues y me he vuelto a mover de mi residencia habitual?

  18. en respuesta a fjavi
    -
    Top 100
    #703
    14/03/16 16:48

    Bienvenido a Rankia,

    ¿En la inscripción al paro se incluye el motivo de la baja voluntaria? De no ser así, y siempre que acredites el cambio a un nuevo domicilio (alquiler, empadronamiento, facturas...) creo que si que podrías aplicar la reducción por movilidad geográfica.
    De todos modos, consúltalo con un asesor fiscal.

    Un saludo,

  19. Nuevo
    #702
    14/03/16 13:43

    Hola Amparo,

    No sé si puedo acogerme a la deducción por movilidad geográfica, en mi caso cambie de empresa, así que pedí la baja voluntaria de la primera empresa, me inscribí en el paro y a los 2 días firme el contrato con la nueva empresa. ¿Siendo baja voluntaria puedo aplicar la deducción por movilidad geográfica?. El cambio fue en enero de 2015 entre el 18 y el 21.

    Muchas gracias.

  20. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #701
    03/03/16 14:56

    Hola Amparo,

    El 18/11/2015 envié a la Agencia tributaria toda la documentación que demuestra que, en mi opinión, debo ser beneficiario de la reducción por movilidad geografica. Des de entonces lo han estado comprovando y hoy he visto con sorpresa que por fin han llegado a una conlcusión:

    "Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria, no estimándose conforme los datos que usted ha declarado."

    Entiendo que no están de acuerdo conmigo y que no me van a aplicar la reducción. Tengo alguna forma de insistir? Hay alguna forma de poder hablar con alguien de la Agencia por teléfono para que me explique el PORQUE? Lo digo porque como ciudadano me encuentro totalmente indefenso porque me niegan algo que yo considero justo y legal pero no me dicen PORQUE. Estamos hablando de unos 1000€ de diferencia en mi declaración y no quiero quedarme de brazos cruzados. Si voy a una delegación de la Agencia me van a atender personalmente?

    Hay más posts míos sobre el tema en éste mismo hilo...Llevo des del mes de Junio de 2015 intentando que me apliquen la reducción por error mío (me di cuenta de que podía hacerlo después de confirmar el borrador por internet).

    A ver si puedes asesorarme...Gracias!!