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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024/2025

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si este año has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

La deducción por movilidad geográfica es un beneficio fiscal que permite aplicar una reducción de 2.000 euros anuales en los rendimientos del trabajo cuando un contribuyente acepta un empleo en un municipio distinto al de su residencia habitual y se traslada a vivir a él. Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.

Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF. En casos donde el contribuyente obtenga otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá únicamente a los ingresos del empleo que haya motivado el traslado de residencia.
 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Esto significa que si el traslado ocurre en 2024, podrás aplicar la deducción tanto en la renta de 2024 como en la de 2025, siempre que se mantenga la vinculación laboral.

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia.

  • 👥 Estar inscrito como demandante de empleo en una oficina pública antes de aceptar el nuevo empleo.
  • 📍 Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual.
  • 🚪 Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio. No es suficiente con declarar un cambio fiscal: debe acreditarse el traslado real.

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo puedo acreditar mi movilidad geográfica?

Es fundamental tener pruebas claras del cambio de residencia para que la deducción sea aceptada por Hacienda. La normativa permite que la Agencia Tributaria verifique la información hasta cuatro años después de presentada la declaración. Para evitar problemas futuros, conserva documentos como:

  • 📄 Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • 📅 Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • 💸 Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • 📍 Contrato laboral y certificados de retenciones.

La Ley General Tributaria (art. 106) establece que el empadronamiento o el cambio de domicilio fiscal por sí solos no bastan como prueba del cambio de residencia. Se debe acreditar de forma fehaciente mediante medios de prueba válidos en derecho.

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de declaración conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Desde 2024, Hacienda permite que ciertos funcionarios que obtienen plaza en un municipio distinto puedan acogerse a esta deducción, aunque no hayan estado previamente inscritos como demandantes de empleo. Esta medida se aplica, por ejemplo, a quienes acceden por oposición y deben trasladarse por adjudicación de plaza. No obstante, también deberán acreditar el cambio efectivo de residencia y cumplir las demás condiciones exigidas.

Consejos para aplicar la deducción correctamente

  • ✅ Empadrónate cuanto antes en tu nuevo domicilio y guarda el certificado.
  • ✅ Asegúrate de tener un contrato de alquiler o de propiedad que justifique el cambio.
  • ✅ Marca correctamente la casilla en el modelo 100 y rellena los importes.
  • ✅ Conserva todas las facturas, justificantes y contratos durante al menos 4 años.
  • ✅ Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal antes de presentar la declaración.

Una aplicación correcta de esta deducción puede suponer un ahorro relevante en tu declaración. No la dejes pasar si cumples los requisitos.
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  1. en respuesta a zaidcen
    -
    Top 100
    #140
    11/06/13 14:22

    Buenas tardes,

    En el caso que comentas si que puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, y podrás acogerte a la compatibilidad de deducciones ya que el traslado se debe a motivos laborales. En este comentario lo explico detalladamente: compatibilidades deducción por vivienda habitual. Espero que te ayude.

    Un saludo.

  2. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #139
    11/06/13 13:36

    Hola, buenos dias. Tengo una caso un poco particular. En Octubre del 2011 espezé a trabajar fuera de mi comunidad autónoma. Yo soy de Alicante y comenzé a trabajar en Barcelona. Este contrato se me prorrogó hasta agosto del 2012, y volví al paro hasta enero de este año que he vuelto a subir a barcelona a trabajar. Estoy en piso de alquiler de mi pareja sin tener el contrato de arrendamiento a mi nombre y sin empadronarme. Mi oficina del inem esta en Alicante.
    Tengo dudas porque Enero del 2012 estaba trabajando, y me quede en paro en Agosto. Pero me he tenido que desplazar igualmente aunque antes de Enero del 2012. Valdria??

    Por otra parte no creo que sea necesario probar que vivo fuera de mi vivienda habitual, ya que 500km es inviable hacer cada dia...., con las nóminas valdria, no??
    Una ultima cosa, podria poner la desgrabación por mi vivienda en Alicante? tengo un prestamo que estoy pagando con mi pareja (no estamos casados) al 50%. Si no puedo desgravarme, puede desgravarse ella el 100%??

    Muchas gracias. Un saludo

  3. Nuevo
    #138
    10/06/13 21:01

    Hola
    te comento en nuestra empresa hemos estado afectados por un ERE por cierre aunque nos han ofrecido el traslado a otra ciudad con lo cual hemos estado cobrando el paro mientras se ha hecho efectivo el traslado.Y hemos estado apuntados al inem y nos hemos trasladado con nuestro contrato de alquiler con lo cual supongo que si podemos marcar esta casilla.
    Pero mi duda es si estamos deduciendo por vivienda habitual con la hipoteca tenemos que dejar de declararla en estos dos años y meter el alquiler? y después seguir desgravando hipoteca? o son compatibles las dos cosas en estos dos años. Muchas gracias de antemano. Un saludo

  4. en respuesta a ajsm80
    -
    Top 100
    #137
    10/06/13 13:32

    Buenos días,

    Si no me equivoco, no cumples el requisito de haber estado inscrito en la oficina de empleo del municipio donde tenías la residencia habitual, ya que por lo que entiendo estabas inscrita en el municipio del nuevo domicilio. Por tanto, no se puede aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu caso, ya que lo que quiere beneficiar esta reducción es a aquellos contribuyentes que han cambiado de domicilio habitual por consecuencia de aceptar un nuevo puesto de trabajo en un municipio distinto, que le implica un traslado diario, y en tu caso no es así. Un saludo.

  5. #136
    06/06/13 21:20

    Hola, en septiembre del año 2011 mi pareja aprobó unos oposiciones y nos desplazamos de provincia. Yo estaba desempleada y para solicitar el colegio de mi hijo me empadrone en esta nuevo domicilio. En Enero del 2012 y Agosto de 2012 me llamaron de una bolsa de trabajo para cubrir dos meses y medio, el lugar de trabajo esta en esta nuevo localidad. Tengo firmado un contrato de alquiler, junto a mi pareja, en esta nueva localidad. Creo que reúno los tres requisitos para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica, es así? puedo aplicarla?

    Gracias por la contestación.

  6. en respuesta a Destrer
    -
    Top 100
    #135
    06/06/13 17:30

    Buenas tardes,

    Por lo que comentas entiendo que si que podrías aplicar la Reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta de 2012, ya que, tal como indica la normativa cumples con los 3 requisitos necesarios. Como digo en el artículo, la normativa tampoco limita la aplicación de la reducción por movilidad geográfica a la duración del contrato de trabajo. De todos modos, consultalo con tu asesor fiscal o la Agencia Tributaria para ver si esto es correcto.

    Un saludo.

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #134
    06/06/13 13:17

    Buenos días!!

    Quiero comentar mi caso. Me gustaria saber si me puedo desgravarme por movilidad geografica y mi situacion es la siguiente. Durante estos últimos cuatro años los meses de verano (4 meses) me llaman para trabajar en Santander, ciudad distinta a mi domilicio habitual; Albacete. Estoy incrito como demandante de empleo, tengo contrato de alquiler del piso de Santander (duración 4 meses Junio, Julio, Agosto y Septiembre, con lo cual podría demostrar que he tenido que cambiar de domicilio. Pero como son solo cuatro meses y luego vuelvo a mi domicilio habitual en Albacete en el mes de Octubre. Es decir solo vivo en Santarder los cuatro meses de duración de mi contrato , tanto laboral como el contrato de alquiler que es de cuatro meses. Por tanto puedo desgravarme por movilidad geografica??, o al pasar el resto de meses 8 en Albacete no puedo?. Gracias

  8. en respuesta a Spiral
    -
    Top 100
    #133
    04/06/13 13:13
    Buenos días, No lo cumplirías ya que antes de aceptar el contrato de trabajo que implica el cambio de domicilio habitual no estabas inscrito a la oficina de empleo, como tu dices
    Estuve los 10 primeros días de noviembre 2013 sin trabajar, justo cuando iba a puntarme de nuevo al desempleo, me ofricieron mi contrato actual de obra y servicio.
    Un saludo.
  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #132
    04/06/13 13:06

    Gracias por tu respuesta Amparo,

    Una puntualización. Justo antes de mi contrato anterior estaba apuntada en la oficina inem (2011).Mi contrato anterior fue por obra y servicio de junio 2012 hasta 31 de octubre 2013. Estuve los 10 primeros días de noviembre 2013 sin trabajar,justo cuando iba a puntarme de nuevo al desempleo, me ofricieron mi contrato actual de obra y servicio (12 noviembre 2013 hasta la actualidad)
    ¿Cumpliría entonces el primer requisito de estar inscrito en la oficina de empleo? LLevaba apuntada en la oficina de empleo varios meses...

    Gracias!
    Un saludo.

  10. en respuesta a pguben
    -
    Top 100
    #131
    03/06/13 14:04

    Buenos dias pguben,

    Por lo que comentas, tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica, pero no puedes acreditar el cambio de domicilio habitual por lo que si la Agencia Tributaria te pide documentación que lo acredite no la tienes (empadronamiento o contrato de alquiler) y por tanto te haría que devolvieras la deducción aplicada en tu Declaración de la Renta 2012. ¿No tienes tampoco recibos de luz y agua que hayas pagado al compartir el piso? Un documento que acredite que cambiaste tu residencia habitual al nuevo municipio sería suficiente para poder aplica la reducción. De todos modos, acude a un asesor fiscal y comentale el caso a ver que te recomienda.

    Un saludo.

  11. Nuevo
    #130
    03/06/13 12:40

    Hola,
    comento brevemente mi caso personal: en dos etapas durante 2012 y tras un período inscrito como demandante de empleo conseguí trabajo en una ciudad diferente a la de mi residencia habitual. En ambas ocasiones cambié mi lugar de residencia aunque sin empadronarme y sin poseer contrato de alquiler ya que compartía vivienda con un amigo. En mis circunstancias, es posible acceder a la deducción por movilidad geográfica?

    Muchas gracias de antemano y un saludo

  12. en respuesta a Spiral
    -
    Top 100
    #129
    03/06/13 11:29

    Bienvenido a Rankia,

    En el caso que me comentas, entiendo que el traslado de oficina no implica haber estado desempleado e inscrito en la oficina del INEM con anterioridad al cambio de oficina en un nuevo municipio. Por tanto, no podrás aplicar la deducción por movilidad geográfica ya que no se cumple uno de los 3 requisitos necesarios:

    1. Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
    2. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
    3. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

    Un saludo.

  13. #128
    03/06/13 10:33

    Buenos días Amparo, mi consulta es la siguiente:
    Hasta octubre de 2012 trabajé para mi actual empresa y en mi comunidad autónoma. En noviembre 2012 firmé un contrato que impicaba desplazamiento de mi domicilio habitual y cambio de comunidad autónoma hasta la actualidad. Al marcar la opción de movilidad geográfica por nuevo contrato, a aumentado considerablemente la cantidad a mi favor. Tengo el contrato de alquiler correspondiente pero antes de confirmar el borrador me gustaría consultarle mi caso.
    ¿Estoy en lo cierto? ¿Me correspondería esa deducción? Por motivos de horario no me pueden atender en la oficina más cercana y la siguiente está a 1 hora en coche.
    Gracias.
    Un saludo.

  14. en respuesta a beatrizc
    -
    Top 100
    #127
    29/05/13 16:59

    Buenas tardes Beatriz,

    Si que podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica siempre que cumplas los 3 requisitos que se indican en el artículo. El requisito de haberlo señalado en el modelo 145 no se indica en la Ley del IRPF, así que no es obligatorio. Un saludo.

  15. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #126
    29/05/13 13:58

    Buenas tardes Amparao!!

    Me gustaría hacerle una consulta y es si ¿puedo aplicarme la reducción por movilidad geográfica aunque no lo haya señalado en el modelo 145 que rellené cuando empecé a trabajar?

    Gracias, un saludo

  16. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #125
    27/05/13 13:21

    Muchas gracias,
    Juana

  17. en respuesta a juannita
    -
    Top 100
    #124
    27/05/13 09:51

    Bienvenida a Rankia,

    Deberás acudir a tu oficina de empleo y solicitar la documentación para ver si antes del 9 de Febrero de 2012, que es la fecha en la que inicias el nuevo contrato, estabas dada de alta como demandante de empleo. Si no es así, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta de 2012. Un saludo.

  18. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #123
    26/05/13 22:19

    Muy buenas,

    Tengo una consulta sobre la Movilidad Geográfica. El 9 de febrero de 2012 empecé a trabajar de interina de secundaria en Sevilla. Yo estaba viviendo en Granada y desde inicio del año 2012 intercalaba 1 semana de trabajo en una escuela de español (3 horas al día)con una semana de cobro del subsidio de desempleo. El último subsidio lo cobré del 16 al 22 de enero. Y la última semana que trabajé en la escuela fue del 23 al 29 de enero. Tras el 29 de enero no pedí el subsidio inmediatamente por si volvía a trabajar esa semana y en ese lapsus me llamaron para empezar a trabajar en Sevilla el 9 de febrero. ¿Puedo solicitar la movilidad geográfica en el ejercicio del 2012? El mismo día que empecé a trabajar la última semana en la escuela, el 23 de enero, solicité la Tarjeta de Demanda de Mejora en la oficina de empleo, entonces no sé si se considera que a partir del 29 (cuando terminó mi trabajo)estaba inscrita en la oficina o no. ¿Puedes ayudarme con esta duda? Muchas gracias y un saludo,
    Juana

  19. en respuesta a omar4588
    -
    Top 100
    #122
    24/05/13 13:44

    Bienvenido a Rankia,

    No puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica porque no cumples los 3 requisitos que comento en el artículo. Deberías de haberla aplicado en la pasada Declaración de la Renta de 2009 y 2010. Un saludo

  20. Nuevo
    #121
    24/05/13 12:55

    Hola, buenos dias.

    Mi caso es el siguiente:
    Desde el 26/11/09 tengo contrato en una empresa situada fuera de mi municipio, desde que empeze a trabajar aqui iva y venia desde mi domicilio a ella. El año pasado adquiri una vivienda de vpo en el municipio de mi trabajo (diferente al que tenia anteriormente) fue entonces cuando me empadrone en el nuevo municipio.
    Mi pregunta es la siguiente. -¿me puedo beneficiar de esta ayuda en la renta del 2013 aunque llevase ya tiempo trabajando en esta empresa?

    Muchas gracias, saludos