Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.
Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo.
Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral.
Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real.
Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo.
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.
Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante. Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior.
1. Estar inscrito como demandante de empleo
Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción.
2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto.
3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio
No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?
Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento:
Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti.
Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador.
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse:
Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.
Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes.
Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores
Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.
En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar.
La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien.
Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica
La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo.
No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.
La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.
Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.
En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
En el caso que comentas si que puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta, y podrás acogerte a la compatibilidad de deducciones ya que el traslado se debe a motivos laborales. En este comentario lo explico detalladamente: compatibilidades deducción por vivienda habitual. Espero que te ayude.
Hola, buenos dias. Tengo una caso un poco particular. En Octubre del 2011 espezé a trabajar fuera de mi comunidad autónoma. Yo soy de Alicante y comenzé a trabajar en Barcelona. Este contrato se me prorrogó hasta agosto del 2012, y volví al paro hasta enero de este año que he vuelto a subir a barcelona a trabajar. Estoy en piso de alquiler de mi pareja sin tener el contrato de arrendamiento a mi nombre y sin empadronarme. Mi oficina del inem esta en Alicante.
Tengo dudas porque Enero del 2012 estaba trabajando, y me quede en paro en Agosto. Pero me he tenido que desplazar igualmente aunque antes de Enero del 2012. Valdria??
Por otra parte no creo que sea necesario probar que vivo fuera de mi vivienda habitual, ya que 500km es inviable hacer cada dia...., con las nóminas valdria, no??
Una ultima cosa, podria poner la desgrabación por mi vivienda en Alicante? tengo un prestamo que estoy pagando con mi pareja (no estamos casados) al 50%. Si no puedo desgravarme, puede desgravarse ella el 100%??
Hola
te comento en nuestra empresa hemos estado afectados por un ERE por cierre aunque nos han ofrecido el traslado a otra ciudad con lo cual hemos estado cobrando el paro mientras se ha hecho efectivo el traslado.Y hemos estado apuntados al inem y nos hemos trasladado con nuestro contrato de alquiler con lo cual supongo que si podemos marcar esta casilla.
Pero mi duda es si estamos deduciendo por vivienda habitual con la hipoteca tenemos que dejar de declararla en estos dos años y meter el alquiler? y después seguir desgravando hipoteca? o son compatibles las dos cosas en estos dos años. Muchas gracias de antemano. Un saludo
Si no me equivoco, no cumples el requisito de haber estado inscrito en la oficina de empleo del municipio donde tenías la residencia habitual, ya que por lo que entiendo estabas inscrita en el municipio del nuevo domicilio. Por tanto, no se puede aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu caso, ya que lo que quiere beneficiar esta reducción es a aquellos contribuyentes que han cambiado de domicilio habitual por consecuencia de aceptar un nuevo puesto de trabajo en un municipio distinto, que le implica un traslado diario, y en tu caso no es así. Un saludo.
Hola, en septiembre del año 2011 mi pareja aprobó unos oposiciones y nos desplazamos de provincia. Yo estaba desempleada y para solicitar el colegio de mi hijo me empadrone en esta nuevo domicilio. En Enero del 2012 y Agosto de 2012 me llamaron de una bolsa de trabajo para cubrir dos meses y medio, el lugar de trabajo esta en esta nuevo localidad. Tengo firmado un contrato de alquiler, junto a mi pareja, en esta nueva localidad. Creo que reúno los tres requisitos para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica, es así? puedo aplicarla?
Por lo que comentas entiendo que si que podrías aplicar la Reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta de 2012, ya que, tal como indica la normativa cumples con los 3 requisitos necesarios. Como digo en el artículo, la normativa tampoco limita la aplicación de la reducción por movilidad geográfica a la duración del contrato de trabajo. De todos modos, consultalo con tu asesor fiscal o la Agencia Tributaria para ver si esto es correcto.
Quiero comentar mi caso. Me gustaria saber si me puedo desgravarme por movilidad geografica y mi situacion es la siguiente. Durante estos últimos cuatro años los meses de verano (4 meses) me llaman para trabajar en Santander, ciudad distinta a mi domilicio habitual; Albacete. Estoy incrito como demandante de empleo, tengo contrato de alquiler del piso de Santander (duración 4 meses Junio, Julio, Agosto y Septiembre, con lo cual podría demostrar que he tenido que cambiar de domicilio. Pero como son solo cuatro meses y luego vuelvo a mi domicilio habitual en Albacete en el mes de Octubre. Es decir solo vivo en Santarder los cuatro meses de duración de mi contrato , tanto laboral como el contrato de alquiler que es de cuatro meses. Por tanto puedo desgravarme por movilidad geografica??, o al pasar el resto de meses 8 en Albacete no puedo?. Gracias
Buenos días,
No lo cumplirías ya que antes de aceptar el contrato de trabajo que implica el cambio de domicilio habitual no estabas inscrito a la oficina de empleo, como tu dices
Estuve los 10 primeros días de noviembre 2013 sin trabajar, justo cuando iba a puntarme de nuevo al desempleo, me ofricieron mi contrato actual de obra y servicio.
Una puntualización. Justo antes de mi contrato anterior estaba apuntada en la oficina inem (2011).Mi contrato anterior fue por obra y servicio de junio 2012 hasta 31 de octubre 2013. Estuve los 10 primeros días de noviembre 2013 sin trabajar,justo cuando iba a puntarme de nuevo al desempleo, me ofricieron mi contrato actual de obra y servicio (12 noviembre 2013 hasta la actualidad)
¿Cumpliría entonces el primer requisito de estar inscrito en la oficina de empleo? LLevaba apuntada en la oficina de empleo varios meses...
Por lo que comentas, tienes derecho a aplicar la reducción por movilidad geográfica, pero no puedes acreditar el cambio de domicilio habitual por lo que si la Agencia Tributaria te pide documentación que lo acredite no la tienes (empadronamiento o contrato de alquiler) y por tanto te haría que devolvieras la deducción aplicada en tu Declaración de la Renta 2012. ¿No tienes tampoco recibos de luz y agua que hayas pagado al compartir el piso? Un documento que acredite que cambiaste tu residencia habitual al nuevo municipio sería suficiente para poder aplica la reducción. De todos modos, acude a un asesor fiscal y comentale el caso a ver que te recomienda.
Hola,
comento brevemente mi caso personal: en dos etapas durante 2012 y tras un período inscrito como demandante de empleo conseguí trabajo en una ciudad diferente a la de mi residencia habitual. En ambas ocasiones cambié mi lugar de residencia aunque sin empadronarme y sin poseer contrato de alquiler ya que compartía vivienda con un amigo. En mis circunstancias, es posible acceder a la deducción por movilidad geográfica?
En el caso que me comentas, entiendo que el traslado de oficina no implica haber estado desempleado e inscrito en la oficina del INEM con anterioridad al cambio de oficina en un nuevo municipio. Por tanto, no podrás aplicar la deducción por movilidad geográfica ya que no se cumple uno de los 3 requisitos necesarios:
1. Haber estado inscrito en la oficina de empleo. 2. Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
3. Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.
Buenos días Amparo, mi consulta es la siguiente:
Hasta octubre de 2012 trabajé para mi actual empresa y en mi comunidad autónoma. En noviembre 2012 firmé un contrato que impicaba desplazamiento de mi domicilio habitual y cambio de comunidad autónoma hasta la actualidad. Al marcar la opción de movilidad geográfica por nuevo contrato, a aumentado considerablemente la cantidad a mi favor. Tengo el contrato de alquiler correspondiente pero antes de confirmar el borrador me gustaría consultarle mi caso.
¿Estoy en lo cierto? ¿Me correspondería esa deducción? Por motivos de horario no me pueden atender en la oficina más cercana y la siguiente está a 1 hora en coche.
Gracias.
Un saludo.
Si que podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica siempre que cumplas los 3 requisitos que se indican en el artículo. El requisito de haberlo señalado en el modelo 145 no se indica en la Ley del IRPF, así que no es obligatorio. Un saludo.
Me gustaría hacerle una consulta y es si ¿puedo aplicarme la reducción por movilidad geográfica aunque no lo haya señalado en el modelo 145 que rellené cuando empecé a trabajar?
Deberás acudir a tu oficina de empleo y solicitar la documentación para ver si antes del 9 de Febrero de 2012, que es la fecha en la que inicias el nuevo contrato, estabas dada de alta como demandante de empleo. Si no es así, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta de 2012. Un saludo.
Tengo una consulta sobre la Movilidad Geográfica. El 9 de febrero de 2012 empecé a trabajar de interina de secundaria en Sevilla. Yo estaba viviendo en Granada y desde inicio del año 2012 intercalaba 1 semana de trabajo en una escuela de español (3 horas al día)con una semana de cobro del subsidio de desempleo. El último subsidio lo cobré del 16 al 22 de enero. Y la última semana que trabajé en la escuela fue del 23 al 29 de enero. Tras el 29 de enero no pedí el subsidio inmediatamente por si volvía a trabajar esa semana y en ese lapsus me llamaron para empezar a trabajar en Sevilla el 9 de febrero. ¿Puedo solicitar la movilidad geográfica en el ejercicio del 2012? El mismo día que empecé a trabajar la última semana en la escuela, el 23 de enero, solicité la Tarjeta de Demanda de Mejora en la oficina de empleo, entonces no sé si se considera que a partir del 29 (cuando terminó mi trabajo)estaba inscrita en la oficina o no. ¿Puedes ayudarme con esta duda? Muchas gracias y un saludo,
Juana
No puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica porque no cumples los 3 requisitos que comento en el artículo. Deberías de haberla aplicado en la pasada Declaración de la Renta de 2009 y 2010. Un saludo
Mi caso es el siguiente:
Desde el 26/11/09 tengo contrato en una empresa situada fuera de mi municipio, desde que empeze a trabajar aqui iva y venia desde mi domicilio a ella. El año pasado adquiri una vivienda de vpo en el municipio de mi trabajo (diferente al que tenia anteriormente) fue entonces cuando me empadrone en el nuevo municipio.
Mi pregunta es la siguiente. -¿me puedo beneficiar de esta ayuda en la renta del 2013 aunque llevase ya tiempo trabajando en esta empresa?