Jaumesg
22/02/24 14:32
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
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Estoy completamente de acuerdo.Yo creo que se completa ya el puzzle, y añado un resumen de como queda para hacer los cálculos según lo entiendo yo y que parece que se va confirmando:1) En general (si BR<PMax): Se aplican los nuevos coeficientes (articulo 208.3) sobre BRSi resultado > Pmax, aplicar el límite: Pensión=PMax-(0,5%xTrimestre)Esto es lo que hace el simulador ahora mismo.2) En particular, para la excepción de BR>PMax, aplica la DT34 con coeficientes Temporales2.1) Pensión = PMax -(coef Temporal).NOTA: Siempre sale Pensión menor que PMax-(0,5%xTrimestre)2.2) Se calcula una paralela con el método antiguo: BR(-coef antiguo)Si resultado > Pmax; aplicar Pensión=PMax-(0,5%xTrimestre) 2.3) Se comparan 2.1 con 2.2 y se elige la mayor.NOTA: 2.2 será mayor que 2.1 sólamente cuando BR(-coef antiguo) > Pmax-(coef. Temporal nuevo), es decir, para BR altas (caso de Jesan10).Con estas instrucciones NUNCA se llegará a sobrepasar el valor Pensión=PMax-(0,5%xTrimestre)En todos los casos la BR es la Base Reguladora afectada por los coeficientes por años de cotización y antes de afectarla por los coeficientes penalizadores por adelanto de la pensión. Seguramente, en nuestro caso siempre será BRx100%, es decir, BR.En el caso de Jesan10 les faltaria hacer la paralela final ya que sale mejor.En el caso de Ap Mm sale clavado Pmax - 5%, es decir 3016 Euros y la paralela no sale mejor. No sobrepasa PMax-(0,5%xTrimestre) porque siempre sale peor con la DT34.En definitiva, la DT34 se basa en la fórmulaPensión = PMáx x (1-coefTemporal/100)Si CoefTemporal sube (subirá año a año) y PMáx se queda igual o sube poco, la Pensión baja. Es decir, Pmáx y Coeficientes Temporales deben de compensarse.De ahi que la norma diga "esto será de aplicación en cuanto que la subida de la PMax absorba el incremento de los Coeficientes". Si no absorbe el incremento de coeficientes, se toma la Pensión antigua, es decir, se hace la paralela (punto 2.2. para proteger los casos en los que la PMáx no suba.Este es mi modesto entender. Por supuesto, puedo estar equivocado o la INSS aplicar otro criterio.