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Mutualistas: devolución del IRPF

857 respuestas
Mutualistas: devolución del IRPF
Mutualistas: devolución del IRPF
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#901

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Ya... Más de lo mismo.. Lo esperable!. No te cabrees, ni te disgustes. Una respuesta  distinta (razonada y aclaratoria), en general, no cabe en su forma de atender al contribuyente. Es así!.  Ya sabes q por muchas farolas q haya en una calle, no quiere decir que esté bien iluminada. 
Si, en algún momento, me encuentro con la mente preparada para ir a preguntar sin perder la serenidad ante  estas previsibles respuestas, te informaré de inmediato 
De momento, veremos como va evolucionando, porque aunque tengan de plazo hasta el último día del año, a nadie se le escapa q el mes de diciembre, entre festivos y vacaciones, se queda en "na". 
Mucas gracias por haber escrito, cualquier cosa al respecto, te voy contando
#902

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

No olvidemos que el contribuyente tiene algunos derechos reconocidos en la ley (aunque sean pocos). No hay que renunciar a ellos.

Uno de esos derechos es el de conocer el estado de tramitación de cualquier procedimiento en el que sea parte. En consecuencia, cuando preguntas "¿cómo va lo mío?", no te pueden contestar paciencia, te tienen que decir en qué situación está lo tuyo en ese momento. Además te tienen que informar si tu solicitud era correcta y por qué no tiene expediente. O sea, lo que cualquiera entiende por "estado de la tramitación". 

No olvides que, para estos casos, hay la posibilidad de reclamar a Defensa del Contribuyente. A veces funciona.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#903

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Muchas gracias, Juan
#904

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Hola,

He hecho una consulta a la hacienda catalana donde presenté el impuesto de sucesiones si debía hacer una complementaria para añadir lo cobrado por las mutualidades (olvidé indicar también la declaración del IRPF de 2024), todos los importes menores de 2000€.
Me han contestado que por este concepto no es necesario realizar una liquidación complementaria. En caso de que fuera condición indispensable, la hacienda estatal informa de este trámite antes de pagar.
Por tanto como los importes son menores de 2000€, y para cobrar no nos lo pedían no es necesario. Es verdad que en algún foro legal ya lo había leido pero no me fiaba…
Lo que si veo claro aunque aun no lo he preguntado, quiza lo hago ya de cara a la campaña de la renta próxima es que mi madre tenga que declarar los intereses.
Me fio de esta respuesta?
#905

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Yo creo que puedes fiarte.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.