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Interpretación Disposición Transitoria 34

5K respuestas
Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#4846

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La DT 34 se votó y aprobó en el Congreso, por lo que o la aplican tal cual está aprobada o se añade algún cambio técnico via reunión comision seguimiento del pacto de Toledo
#4847

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La Disposición Transitoria forma parte de una Ley. Para cambiarla hay que ir al
Parlamento. Ojalá hubiese consenso (dentro del propio Ministerio) sobre la manera de "interpretarla" sin entrar en otro OBUS, quiero decir OMNIBUS, que los carga el diablo...
#4848

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Creo que tendríamos que ser más positivos. A la mínima que hay un motivo de optimismo se va buscando la vuelta para desacreditarla con cálculos, interpretaciones y más. A todos nos interesa el coeficiente reductor y a partir de ahí se puede desarrollar lo que quiera o le interese. Personalmente a mí solo me interesa el CR. Sin pretender ofender a nadie hay aportaciones en este foro que considero son excesivamente técnicas. Por motivos personales voy a solicitar mi JAI y ya os tendré informados.
#4849

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ese funcionario de la SS (del video) fue el primero y ha sido el último en hablar de la DT 34... y no muestra mucha convicción, en mi opinión...
#4850

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Menuda casta somos los que empezamos a trabajar en torno a los 18 años, y muchos estudiando al mismo tiempo. Pero sí, llevas razón al decir que los que tenemos BC muy altas seamos vistos como privilegiados y que, alguien que vaya a tener una pensión de 1600€, vea que quitar un 10% a la máxima no sea para tanto
#4852

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Así es. Servidor lleva 49 años currados..
Por cambio de criterio de SS podría ser, pero el Congreso ya sabemos que es un polvorín...
#4853

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

El criterio debería ser añadir al 34.1 es "que la pensión calculada nunca sea inferior a la que le hubiese correspondido en 2021 *actualizada la inflacción"*
#4854

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo creo que el video no aporta ninguna novedad y que nosotros,  por nuestros propios medios y a fecha de hoy, sacamos la misma conclusión acudiendo al simulador. Para derogar o modifica  la DT 34 o bien se hace vía Real Decreto ley, que luego puede validar o no el Congreso,  o mediante proyecto o proposición de ley. El derecho es dúctil  e interpretaciones caben según quien quiera hacerla. Prefiero ser optimista y esperar a ver qué se trama en el Ministerio, la noticia de elDiario es una pequeña luz de esperanza. 
#4855

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Eso sería pedir que hubiesen tenido sentido común al redactar la ley.
#4856

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pero en definitiva requieres el concurso del Congreso... y los que allí se sientan tienen otros problemas e intereses
#4857

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

El apartado 1 dice “con las normas de cálculo “ de 2021 , no dice que tenga que dar determinada cifra . Esa es una interpretación.
#4858

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Es que las leyes parece que se redactan con lenguaje del siglo xix, p. Ej. En lugar de Pensión máxima dicen Límite de las pensiones. 
#4859

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Y si aplicas las normas de cálculo de 2021 es perfectamente lógico que apliquen aún el punto 2.  Yo si tengo esperanzas porque es sobre todo un tema de interpretación.
Los analistas de pensiones de un gran banco como BBVA ratifican en su artículo que se debe seguir aplicando , y creo que de esto algo entenderán .
#4860

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Cierto, el 34.1 debería decir "la pensión reconocida no resulte en ningún caso inferior a la que habría correspondido con la aplicación de las normas vigentes en 2021--faltaria decir "con la pensión máxima de 2021".