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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#5011

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Yo creo que ahora mismo la gente está retrasando la JAV y lo van a seguir haciendo mientras no exista la DT34.2. Pero en 2024 y 2025, los que tenían una BR>PM y se pensaban jubilar anticipadamente con menor anticipación, se fueron antes de lo que pensaban con menor penalización.
En cualquier caso esos datos no se publican, pero la información la tiene el gobierno, por lo que sí estoy equivocado puede que vuelva la DT34.2 tal como la conocimos, pero si llevo razón no le veo mucho sentido...a no ser que eleven los coeficientes reductores.
#5012

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Esto es un cambio de cromos. La jubilación parcial de los laborales de la administración es lo que más preocupa a lo sindicatos. Seamos realistas. Fueron un tanto inútiles, que nadie se moleste porque es así de verdad, cuando se negoció el tema  y lo "nuestro" es secundario.
#5013

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

070721-acuerdo_pensiones.pdf

La exposición que está en el acuerdo original establece, para las JA con pensión superior a la máxima, un plazo de diez años para pasar de las reglas de cálculo anteriores a 2021 a las ordinarias, a través de las tablas transitorias, con la cautela de que estás solo son aplicables en la medida que la PM absorba el anterior cálculo. De lo que yo deduzco: 
1 Las tabla transitoria es intocable en los diez años siguientes a p. de 2024.
2 La tabla transitoria solo se aplica en la medida que resulte mas favorable que las reglas de cálculo anteriores a 2021. 
3 Para esa comparación se basa en la evolución de la PM, de forma que se aplica la tabla transitoria en la medida que la subida de esta absorba el resultado del cálculo anterior a 2021, osea que resulte más beneficioso. 
No se sale de esa comparativa y en ningún caso reconduce a la tabla ordinaria que ahora aplican. 
 


#5014

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Efectivamente, como anunciaron, en el simulador sale el mensaje:
"Debido a una incidencia de carácter técnico, en estos momentos no está disponible esta información. Por favor, vuelve a intentarlo más tarde."
A ver luego si ha habido algún cambio.....para bien 🤞🤞
#5015

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No sé si este comunicado sindical se ha publicado ya en este foro: 

https://www.sindicalstc-uts.es/modificacion-dt34-adheridos-psi/

Pero deja muy claro cuales son las intenciones de este sindicato: que los afectados por un PSI entren dentro del punto 3 de la DT34. En ningún momento hablan de reactivar el periodo transitorio que lo dan por "derogado", tanto el punto 2 como incluso el punto 1.

Para ellos que les vuelvan a aplicar los Coeficientes mensuales de la JAV sobre la BR ya es un triunfo: la mayoría de los trabajadores cotizan por Bases Máximas y su BR se encuentra actualmente un 10% por encima de la PM y además, no tienen ninguna necesidad de jubilarse con 63 años, a diferencia de los que se jubilan con la JAI, porque Telefónica les abona y cotiza hasta los 65 años.




#5016

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

eso es lo que yo he pensado siempre, que los sindicatos no se van a interesar ni esforzar por temas que no les incumba, sólo en los temas de negociaciones en los que ellos participan. Las JAV y para BR>PM no les afecta para nada.
Y fuera de algún comunicado de sindicatos, y la noticia de diario.es no hemos visto nadie más que proteste por la derogación de la DT34.2.
Llamarlo pesimismo, pero yo lo llamo realismo en la sociedad y gobierno en que vivimos, y más que estarle tecleando al simulador debiéramos estar recogiendo argumentos medianamente válidos para reclamar la probable resolución desfavorable (los que siendo JAV no podemos retrasar la jubilación anticipada por obligaciones personales y familiares).
#5017

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No se si al final saldrá adelante o no la interpretación favorable a mantener la dt 34.2, pero si sale habrá sido por la presión sindical. O va a ser gracias a Garamendi. 

#5018

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Pues estás de suerte. El gobierno acaba de aprobar una ley en la que aquellas actividades que sean consideradas penosas o peligrosas (muchos de los que están aquí lo consideran) podrán jubilarse hasta 8 años antes de la fecha de su jubilación ordinaria con el 100%.
Ya lo único que falta es que  demuestres que el sector en que trabajas entra dentro de estas actividades y que hayas trabajado 40 años en él.

https://youtu.be/-zfJrmlqXSM?is=JYwVHcMaUuIyttaP
#5019

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

No sé....igual a las empresas les interesa más que se vayan los trabajadores de más edad y mayor coste salarial que a los Sindicatos, que nos consideran unos privilegiados por el sueldo que cobramos...
#5020

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

efectivamente ni unos ni otros, ya he comentado que nadie parece interesado, lo digo sólo por rebajar expectativas, que todos, incluidos los sindicatos, van sólo a lo que puede reportarles algo, y los 'privilegiados' según ellos no estaríamos en la parte alta de la lista de prioridades.
#5021

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias a Garamendi, seguro que no nos va a llegar ninguna ayuda.
Y confiar ciegamente en la intervención y apoyo de los sindicatos, para un colectivo tan pequeño como el nuestro, me parece temerario....


#5022

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La postura de las empresas (CEOE, CEPYME) respecto a la Disposición Transitoria 34.2 (DT34.2) de la Ley 21/2021 de pensiones es de apoyo, ya que formaron parte del acuerdo original que establecía su aplicación progresiva hasta 2033. A todas las empresas que conozco les encanta que los trabajadores de 63 años se vayan voluntariamente sin ningún coste para ellos. Incluso hay empresas que pactan la salida de estos trabajadores a cambio de una indemnización que sumada al paro completan el 100% de la retribución del trabajador.

Sin embargo los sindicatos están más por la defensa de sus clientes premium: los afectados por un ERE.
#5023

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Estamos de acuerdo, lo q digo es q si queremos una decisión por parte del ministerio de trabajo y SS, no hay más remedio q buscar apoyo en los interlocutores q van a negociar, sindicatos o patronal. 
#5024

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Ya funciona el calculador de la Seg Social y sigue sin aplicar los coeficientes reductores de la DT34. Calculen ustedes por si yo me equivoco.
#5025

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

:-(