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Estado solicitud ingreso minimo vital

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Estado solicitud ingreso minimo vital
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Estado solicitud ingreso minimo vital
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#40066

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Es de un libro de John Greesham...

Por si te gusta la novela de misterio.
#40067

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

No te preocupes. Ya irá a la testifical
#40068

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

jajajajaja... No tengo prisa..............
#40069

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Me refería a lo de que le dijo de los tres meses, eso de las bajas voluntarias ha sido siempre así, y no solo para los subsidios , en el desempleo contributivo también.
#40070

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

certificado del sepe no hace falta, solo tarjeta de demanda. Ese dato ya lo piden la SS al SEPE
#40071

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Lo malo es que el tío no me dio un papel diciéndome por qué no era apta para esa ayuda, todo fue verbal.

Pero como me dijo la Trabajadora Social, desde que apareció el IMV, parece que se estaban derivando todas las ayudas a esa, con las excusas más espurias. 
#40072

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

lo sé. Que lo primero que no se cobra tras "una baja voluntaria" es el desempleo. Es la única forma que la SS tiene de hacer frente al fraude de ley. Si todos nos díésemos de baja en una contratación para cobrar el paro, esto sería el Pais de Alicia enn las maravillas.
#40073

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Esa información no es correcta , a todas, todas. Se puede solicitar el subsidio para Mayores de 52 años cuando se cumpla la edad aunque lleves 5 años sin trabajar ya. Eso se reformó el día 12 de marzo de 2019 mediante publicación en el BOE.
 SEGUNDA.- REQUISITOS PARA ACCEDER AL SUBSIDIO PARA TRABAJADORES MAYORES DE 52 AÑOS. A partir del día 13 de marzo de 2019, fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 8/2019, podrán acceder al subsidio previsto en el artículo 274.4 TRLGSS los trabajadores que cumplan los siguientes requisitos: 1. Ser mayor de 52 años. 2. Acreditar que, en el momento del hecho causante y de la solicitud, reúne todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social español -haber cotizado por dicha contingencia durante quince años, dos de los cuales han de estar dentro de los últimos quince- y que ha cotizado por desempleo al menos durante seis años a lo largo de su vida laboral. 3. Ser desempleado inscrito como demandante de empleo. 4. Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza superiores, en cómputo mensual, al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas

 3.- La fecha de solicitud del subsidio para mayores de 52 años. Solicitado el subsidio para mayores de 52 años en el plazo de los quince días hábiles siguientes a la fecha del hecho causante, nacerá a partir del día siguiente al de dicho hecho causante. Solicitado fuera de dicho plazo, nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud, siempre que los requisitos exigidos se cumplan no sólo en la fecha de la solicitud, sino también en la fecha del hecho causante, y que no haya concurrido ninguna causa de extinción. Así se deduce de lo dispuesto en el artículo 276.1 del TRLGSS, en virtud del cual, (…) será necesario en todos los supuestos que el subsidio se solicite dentro de los quince días siguientes a las fechas anteriormente señaladas (…). Si se presenta la solicitud transcurrido el plazo citado, el derecho nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud, reduciéndose su duración en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho, de haberse solicitado en tiempo y forma y aquella en que efectivamente se hubiera formulado la solicitud

No hay plazo para solicitarlo. 
#40074

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

me encanta y he leído muchos libros de ese autor. Soy una devora libros. También está entre mis vicios-
#40075

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Eso lo sabía yo también en mi dilatada vida laboral...

De hecho, en el trabajo del 2016 al 2018 aguanté acoso, abuso, maltrato psicológico, gritos, insultos... no sólo era a mí... según les daba a los jefes, un matrimonio que se creían dioses, a cada minuto nos recordaban que si no fuese por ellos estaríamos en el paro.

A pesar de la angustia con la que iba a trabajar todos los días, aguanté hasta que me despidieron. Según ella por bajar la producción, cuando lo único que hice fue negarme a fregar las zonas comunes y el baño por el módico precio de "0" mientras buscaban a otra persona para limpiar la oficina. A mis compañeros no les apetecía hacerlo y nunca se prestaron. Yo me presté en una primera ocasión, me daba pena ella, ya que, como no entraba en nuestro cometido, las labores de limpieza quedaban en ella. Y lo estuve haciendo durante más de un mes. Luego volvió otra persona para limpiar, duró una semana y me dije que no volvería a ofrecerme voluntaria. Ese fue el ocaso de mi contrato.

Lerda, idiota, estoy en las nubes... que no te enteras... los gritos de ella y la indiferencia del jefe que, teniéndole a dos metros le decía a su mujer que se encargase de mí, como si fuese una vaca. Ella me revolvía los papeles y tenía yo que empezar de nuevo. Y que no se te pasase nada. Después de tirarte toda la tarde coordinando técnicos.

Yo no me doy de baja porque sí...

Pero ahora sé que, aunque me caiga a trozos, tampoco lo debo hacer.
#40076

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

 3.- La fecha de solicitud del subsidio para mayores de 52 años. Solicitado el subsidio para mayores de 52 años en el plazo de los quince días hábiles siguientes a la fecha del hecho causante, nacerá a partir del día siguiente al de dicho hecho causante. Solicitado fuera de dicho plazo, nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud, siempre que los requisitos exigidos se cumplan no sólo en la fecha de la solicitud, sino también en la fecha del hecho causante, y que no haya concurrido ninguna causa de extinción. Así se deduce de lo dispuesto en el artículo 276.1 del TRLGSS, en virtud del cual, (…) será necesario en todos los supuestos que el subsidio se solicite dentro de los quince días siguientes a las fechas anteriormente señaladas (…). Si se presenta la solicitud transcurrido el plazo citado, el derecho nacerá a partir del día siguiente al de la solicitud, reduciéndose su duración en tantos días como medien entre la fecha en que hubiera tenido lugar el nacimiento del derecho, de haberse solicitado en tiempo y forma y aquella en que efectivamente se hubiera formulado la solicitud

No hay plazo para solicitarlo. 



#40077

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Jobar, me recuerda a la película de Groucho Marx, "la parte de la segunda parte contratante..."

Sólo he entendido la última frase... NO HAY PLAZO PARA SOLICITARLO.
#40078

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Pues eso, que no hay plazo para solicitarlo, el plazo de 15 días es si quieres que a partir de terminar el desempleo contributivo, empiecen a pagarte al día siguiente el subsidio de 52 años. Si no se hace así, no hay plazo para solicitarlo, y el derecho nace al día siguiente de haber presentado la solicitud.
#40079

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Y dale Ayaxoileo, te he dicho por activa y pasiva que el último contrato NO PUEDE SER POR BAJA VOLUNTARIA, si no se trabajan al menos 90 días y menos de 365 días, en el año anterior .a la solicitud. Te pongas como te pongas..De todas formas saldremos pronto de dudas, y si tengo que pedir perdón por estar equivocada, lo pediré. No me duele en prenda.No nos estamos refiriendo a trabajar o no, nos estamos refiriendo a que el último contrato NO PUEDE SER POR BAJA VOLUNTARIA.Si es así, se tienen que haber trabajado como mínimo 90 días en el año anterior.
Y no vamos a hacer un circo de nuestras discrepancias. Tú serás funcionario de la SS, pero yo me he dedicado muchos años al derecho laboral.
Pues menudo chollo  tendría la gente con cobrar el paro con las bajas voluntarias.Las bajas voluntarias tienen sus consecuencias negativas para el trabajador y punto final

#40080

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Ayaxoileo, todos sabemos copiar y pegar. Pero realmente entendemos de lo que estamos hablando?