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Fiscalidad de acciones 2026: ¿Cómo declarar tu cartera en la renta?

La fiscalidad de las acciones en 2026 exige declarar plusvalías al vender (base del ahorro IRPF: 19%-30%), dividendos cobrados (retención 19%) y venta de derechos de suscripción. Se aplica norma FIFO y puedes compensar pérdidas hasta el 25% con rendimientos mobiliarios.
La fiscalidad de las acciones afecta directamente a los beneficios y obligaciones fiscales de cualquier inversor en España. Entender cómo tributan las ganancias y dividendos es clave para evitar sorpresas en la declaración de la renta.
  • Solo tributas por la ganancia patrimonial realizada al vender.
  • Los dividendos deben declararse como rendimiento del capital mobiliario.
  • La venta de derechos de suscripción preferente también genera impuestos.

declarar acciones renta
¿Cómo declarar tus acciones en la Renta?


Conocer cuándo y cómo declarar acciones en la renta ayuda a optimizar tu fiscalidad y evitar errores ante Hacienda. Así podrás gestionar mejor tu cartera y cumplir con la normativa vigente.

¿Cuándo es obligatorio declarar acciones?

En España, no siempre es obligatorio declarar las acciones, pero hay varios casos en los que sí lo es. Te detallo cuándo debes declararlas y en qué situaciones no hace falta

  1. Con la compraventa, con la revalorización de precio.
  2. A través de los dividendos repartidos.
  3. Vendiendo los derechos de suscripción preferente.

Ganancia o pérdida patrimonial por compraventa de acciones

La revalorización del precio de una acción solo tributa cuando vendes. Es decir, aunque una acción haya subido mucho en bolsa, no estás obligado a declararla en la renta mientras no materialices la ganancia

Por ejemplo, si compraste acciones por 1.000 € y ahora su valor de mercado es de 1.400 €, esa subida de 400 € no genera ninguna obligación fiscal si mantienes la posición en cartera. Hacienda únicamente tiene en cuenta la ganancia o pérdida patrimonial realizada, que se produce en el momento de la venta. 

En el instante en que vendas las acciones, deberás declarar la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta, descontando en su caso las comisiones asociadas a la operación. 

  • Si el resultado es positivo, tributa dentro de la base del ahorro del IRPF
  • Si es negativo, se considera una pérdida patrimonial y puede compensarse con otras plusvalías o, dentro de los límites legales, con rendimientos del capital mobiliario. 

Cabe la pena destacar que la base imponible del ahorro es diferente a la base general (dónde se suman los rendimientos por el trabajo y/o actividades económicas) y tiene unos tramos y tipos menores.

Base Imponible del Ahorro (€)
Tipo aplicable
0 - 6.000€
19%
De 6.000,01€ hasta 50.000€
21%
De 50.000,01€ hasta 200.000€
23%
De 200.000,01€ hasta 300.000€
27%
Más 300.000,01€
30%

En cualquier caso, tienes que tener presente que al comprar acciones no tienes que declarar nada. Tan solo en el momento de la venta, es cuando el contribuyente tendrá que determinar si hay o no ganancia patrimonial (como consecuencia de su revalorización).
¿Cuál es la cantidad a declarar como ganancia o pérdida patrimonial tras una transacción financiera?
No se tributará la totalidad de la venta al precio de venta, si no la cantidad derivada de la siguiente diferencia:

Precio de compra – precio de venta – gastos asociados a la compra – gastos asociados a la venta.

La cantidad restante será lo que tributará en los tramos vistos en la tabla de arriba. 
Y por cierto, si tienes varias compras de una misma acción en diferentes fechas, Hacienda exige que apliques el criterio FIFO (First In, First Out) en el que las primeras acciones que vendes son las primeras que compraste.

¿Cómo tributan los dividendos en España?

La fiscalidad de los dividendos implica que estos rendimientos deben declararse en el momento en que se cobran, aunque no hayas vendido las acciones. 

A diferencia de la revalorización del precio, aquí la tributación no depende de una venta, sino del reparto efectivo de beneficios por parte de la empresa. Hacienda los considera rendimientos del capital mobiliario y se integran dentro de la base del ahorro del IRPF

En la práctica, ocurren dos cosas: 
  • Broker o banco nacional (con IBAN español): cuando una empresa paga un dividendo, normalmente el broker ya aplica una retención automática del 19% sobre el importe bruto. Por ejemplo, Trade Republic.

  • Broker o banco extranjero (sin IBAN español): En este caso, el intermediario no se comunica con Hacienda, y será obligación de la persona física, cumplir con sus obligaciones tributarias.

Por ejemplo, si cobras 100 € brutos en dividendos, lo habitual es que recibas 81€ netos (si tienes un broker o banco nacional) en tu cuenta y los otros 19 € se ingresen directamente a Hacienda como pago a cuenta. 
 
Después, al hacer la declaración de la renta 2026, deberás confirmar en el propio documento de la renta el importe bruto cobrado, y la retención ya practicada que haya descontada en el resultado final de la declaración. 

Los dividendos tributan por tramos dentro de la base del ahorro, junto con plusvalías de acciones, ETFs o fondos tal y como hemos visto en la tabla superior.  

Venta de derechos de suscripción preferente

Cada acción que poseas tiene incorporado un derecho de suscripción preferente para acudir a una posible ampliación de capital. Esto significa que tienes preferencia a la hora de comprar nuevas acciones emitidas.

Ahora bien, ¿y si no tienes interés en acudir a la ampliación de capital y obtener nuevas acciones? (¿O sólo quieres utilizar una parte de tus derechos de suscripción preferente?).
En ese caso, puedes vender tus derechos de suscripción preferente, puesto que se separan del precio de las acciones y cotizan en la Bolsa de Valores (aunque sólo durante la ampliación de capital).

La fiscalidad de los derechos de suscripción preferente en este supuesto es muy sencilla, dado que obtienes un ingreso en metálico por su venta y tendrá una consideración de ganancia patrimonial sujeta a retención.

Sin embargo, hay más supuestos, como por ejemplo que sea la propia empresa la que te compre los derechos de suscripción preferente (si se da esta situación, se considera que los beneficios obtenidos son rendimientos del capital mobiliario y tienen el mismo tratamiento fiscal que los dividendos).

También es posible que acudas a la ampliación de capital, aumentes tu cartera de acciones y no se produzca un beneficio económico. Aquí tributarás cuando vendas las nuevas acciones.

¿Cómo declarar mi cartera de acciones en la Renta? | Ejemplo con Lightyear y Taxdown

Realmente este es un proceso sencillo, que podemos resumir en tres pasos:  
  • Descargar el "informe anual" o "informe fiscal" del broker para el año a presentar declaración.

  • Comprobar que los datos de fechas, precios y comisiones son correctos.

  • Con dicha información, proceder a una plataforma fiscal de confianza que proceda a rellenar toda nuestra Declaración de la Renta, como es el caso de Taxdown. Alternativamente, también podemos realizarlo nosotros manualmente llendo a la App web de la Renta dentro de la AEAT. Concretamente, las casillas de la 326 a la 338, en la Declaración de la Renta.  

Paso 1: Descargar el informe fiscal de tu broker

Lo primero de todo es conocer cuál ha sido tu posición financiera a lo largo de todo el pasado ejercicio (en este caso 2024).

Para ello, vamos a nuestro broker, y normalmente en el área de "cuenta - ajustes" podremos encontrar la sección de informes. En el caso que hoy traigo con Lightyear, será de la siguiente manera:

  • Vamos a  nuestro perfil y abrimos el desplegable para hacer click en "ajustes" (rectángulo rojo)
  • Posteriormente dentro de la sección de "Cuenta", hacemos click en el "Informe de Plusvalías" (rectángulo verde)
  • Ponemos la fecha, y hacemos click en "Descargar informe en PDF o CSV", como prefiramos. 

informe fiscal broker
¿Cómo obtener el informe fiscal en tu broker?
Abrir cuenta en Lightyear

Paso 2: comprobar la información

Lo siguiente es comprobar todas las operaciones que hicimos a lo largo del pasado ejercicio fiscal, así como otras formas de remuneración obtenidas, ya sean cobro de dividendos, intereses por una cuenta de saldo remunerada, etc.

Simplemente deberemos de comprobarlo en el propio informe. Sencillo.

informe fiscal lightyear
Ejemplo de Informe fiscal en Lightyear

Paso 3: Sincronizar tu informe anual con tu plataforma fiscal (tipo TaxDown)

Una vez hayas descargado el informe fiscal de tu broker y revisado que los datos son correctos, el siguiente paso es sincronizar esa información con tu plataforma fiscal, como por ejemplo Taxdown.

La mayoría de estas plataformas permiten subir el informe anual en PDF o importar los datos de forma semiautomática, para que las operaciones de compra, venta y cobro de dividendos queden reflejadas directamente en tu borrador de la renta.

En este punto, el objetivo es que la herramienta identifique correctamente:

  • Ganancias y pérdidas patrimoniales por venta de acciones 
  • Dividendos cobrados
  • Retenciones ya practicadas por el broker
  •  Posibles comisiones deducibles de compra y venta 

Si utilizas TaxDown, normalmente podrás conectar la información para que la plataforma te ayude a ubicar cada dato en las casillas correspondientes de la declaración, evitando tener que introducir cada operación manualmente.

Incluso por un módico precio, puedes externalizar esta tarea completamente. 

Planes de fiscalidad de Taxdown
Planes de fiscalidad de Taxdown


Este paso es especialmente recomendable si operas con frecuencia o tienes movimientos en varios brokers, ya que reduce errores al calcular el precio medio de compra, las plusvalías y las pérdidas compensables.
Visita la plataforma de Taxdown

¿Cómo declarar mi cartera de acciones de forma manual?

Y ya por último, apuntar en la declaración de la Renta, los diferentes hechos imposibles.

Por ejemplo, vamos a suponer dos ganancias patrimonionales
  • 1750 € de beneficios de las diferentes compra-venta de acciones
  • 70€ de cobro de intereses debido a la cuenta de saldo remunerada. 

Ganancia patrimonial por compraventa de acciones

Bien, esos 1.750€ de beneficio final se consideran ganancias (o en defecto pérdidas) patrimoniales y se integran en la base imponible del ahorro

¿Y dónde se declara en Renta Web?
 
  • Apartado F2: Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de acciones negociadas en mercados organizados.

  • Casillas relevantes: desde la 0326, hasta la 0333. Donde incuiremos datos importantes como el valor de transmisión (importe de venta total, valor de adquisición (importe de compra total), gastos asociados como comisiones de compra-venta (si los hay), fechas, etc. 

declarar acciones renta
¿Cómo declarar las acciones en la Declaración de la Renta?


Recuerda aplicar la norma FIFO (First In, First Out) si has comprado acciones de la misma empresa en diferentes fechas.  

Intereses de una cuenta de saldo remunerado

En este caso, esos 70€ de intereses se consideran rendimientos del capital mobiliario (como los dividendos), también dentro de la base imponible del ahorro

¿Dónde se declararían en Renta Web?
 
  • Apartado B: Rendimientos del capital mobiliario dinerarios.
  • Casilla 0029: Donde incluirías los ingresos íntegros por intereses o dividendos (importe bruto), y las retenciones practicadas (si el broker o banco con el que inviertes es español, ya te retiene ese 19%). Pero en el caso de Lightyear, no existiría ningún tipo de retención, por lo que tendrías que incluirla tú en la declaración en base a la información del informe fiscal. 
declarar capital mobiliario (dividendos o intreses) en la renta
¿Cómo se declaran los rendimientos del capital mobiliario en la Renta?

Ir a Taxdown, mejor alternativa para efectuar la Declaración de la Renta

Con todo, te dejo con un listado de mejores brokers para comprar acciones, ya sean nacionales o de terceros países
Regulador
AFM (Holanda).
CBI (Irlanda), SEC 
EFSA (Estonia)
Acciones reales
Sí 
Depósito mínimo
0,1€
0€
1€
Cuenta de demostración
No 
No
Comisiones acciones españolas
1€
0,5% (mínimo 3€) 
1€
Comisiones acciones de EEUU
1€
0,005$/acción
 USD (mínimo 1$)
0,1% (máxima 1 USD)
Plataforma
Propia
Trader WorkStation
 Global Trader
Propia

  
DEGIRO
8.25
DEGIRO
Mejor broker para comprar acciones 2025
Interactive Brokers
8.75
Interactive Brokers
Mejor Bróker para operar con futuros y opciones 2025
Lightyear
8.25
Lightyear
*Aplican términos
Código de bienvenida hasta 100€: RANKIAES100

Ejemplos prácticos: 

¿Cuál es la fiscalidad si tengo pérdidas en la compraventa de acciones?

Supongamos que, a la hora de vender tus acciones, en lugar de beneficios has tenido pérdidas (el valor de transmisión o precio de venta es inferior al valor de adquisición o precio de compra).

En este caso, en la declaración de la renta registrarás una pérdida patrimonial y puedes compensarla con otras ganancias obtenidas con instrumentos de similares características (otras operaciones con acciones, fondos de inversión, etc.).

Es decir, si realizas diferentes operaciones con valores, se compensan entre ellas para determinar la base sobre la que se calculará los impuestos a liquidar.

Ahora bien, tampoco puedes comprar unas acciones, venderlas a un precio inferior para generar deducciones y volver a comprarlas. Para evitar este tipo de fraudes, se establece la “norma anti-aplicación de pérdidas patrimoniales” (una aplicación es precisamente este tipo de operaciones de compraventas simultáneas para generar un efecto fiscal).

La norma anti-aplicación establece que no pueden compensarse pérdidas si en los dos meses anteriores o posteriores se han comprado acciones homogéneas.

Por lo demás, simplemente tienes que saber que, si una vez compensadas con las ganancias de otras operaciones, sigues teniendo pérdidas, puedes compensarlas con los rendimientos del capital mobiliario (otro tipo de beneficios a efectos fiscales que veremos a continuación), hasta un límite del 25%.

Si aún así sigues teniendo pérdidas, puedes compensarlas con las bases imponibles de los 4 años siguientes.

Código de bienvenida hasta 100€: RANKIAES100
  • 💶
    Depósito mínimo
    0,00 €
  • 📝
    Regulación
    EFSA (Estonia) y FCA de Reino Unido
  • ⭐️
    Puntuación
    8.25/10
*Aplican términos


¿Qué pasa si no declaro la venta de acciones? 

Sencillamente te puedes enfrentar a importantes multas por no declarar la venta de acciones en la Declaración de la Renta. Por supuesto, al final también dependerá de la naturaleza del incumplimiento y de si fue intencionado o un error. Aquí te detallo qué puede pasar y qué factores influyen.

Situación
¿Obligado a declarar?
Consecuencias si no lo haces
Venta de acciones 
(ganancia o pérdida)
Requerimiento, recargo, sanción e intereses 
Cobro de dividendos 
Ídem. Hacienda puede detectarlo fácilmente 
 Acciones extranjeras + >50.000 € 
 Sí (modelo 720) 
Sanciones moderadas, pero sigue habiendo sanción 
Error involuntario (y lo corriges tú)
-
Solo recargo, sin sanción si no hay requerimiento 


 En general, Hacienda puede detectar estas operaciones fácilmente, sobre todo si el bróker está en España o si tú has transferido dinero desde cuentas declaradas.

De esta forma, si detectan la omisión, te pueden abrir una inspección y regularizar la situación con:

  • Pago del impuesto no declarado.
  • Recargo por declaración extemporánea (entre el 1% y el 15%, según el tiempo pasado).
  • Multa o sanción (de entre el 50% y el 150% del importe dejado de ingresar, si hay ocultación o dolo).

Ahora bien, es cierto que si se trata de un error, y lo detectas a tiempo antes que Hacienda, puedes presentar una declaración complementaria:

Tendrás que pagar el impuesto más un pequeño recargo (1% por mes de retraso) si no han pasado más de 12 meses, pero no habrá sanción si lo haces voluntariamente, y sin requerimiento previo de Hacienda.

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    8.25/10
*Aplican términos

 

¿Cuándo no es obligatorio declarar mi cartera de acciones en la Renta?

Son pocas las situaciones, en general en las siguientes tres:
  • Si no las has vendido, ni has cobrado dividendos.
  • Cuando tus rendimientos totales (incluidos los de trabajo y ahorro) no superan los 1.600 € brutos y solo provienen de rendimientos con retención (intereses, dividendos, etc.)
  • En caso de que no superes los mínimos que obligan a declarar IRPF (en general 22.000 € si solo tienes un pagador, o 15.000 € si tienes varios).

Eso sí, recuerda que aunque no estés obligado a declarar, puede convenirte hacerlo si te sale a devolver. 

¿Qué debes tener claro sobre declarar acciones en la renta?

En resumen, la fiscalidad de las acciones no es compleja, aunque existen múltiples supuestos por los que podrás tributar.

El más característico es cuando se genera una plusvalía por la compraventa de acciones. El hecho fiscal se produce en el momento de la venta y se calcula la diferencia de precio entre la adquisición y transmisión de las acciones (menos los gastos que puedan generarse). El beneficio se considera como ganancia patrimonial y pasa a integrarse en la base imponible del ahorro.

Si has obtenido pérdidas patrimoniales con la compraventa de acciones, puedes compensarlas con las ganancias de otras operaciones y con hasta el 25% de los rendimientos del capital mobiliario. En caso de que sigas teniendo pérdidas, puedes seguir compensándolas con los resultados de los 4 ejercicios siguientes.

En cuanto a los dividendos, se consideran como rendimientos del capital mobiliario y también forman parte de la base imponible del ahorro. En el momento de recibirlos, se te aplicará una retención del 19% automáticamente.

El último supuesto que hemos tratado acerca de la fiscalidad de las acciones es cuando se produce una ampliación de capital y recibes un beneficio económico por la venta de los derechos de suscripción preferente. También son una ganancia patrimonial, forma parte de la base imponible del ahorro y también están sometidos a una retención fiscal. 
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  1. Nuevo
    #160
    23/12/20 03:17
    Hola a todos!
    Este es el primer año que tengo que declarar acciones y me han surgido un par de dudas. Agradecería si alguien me las pudiese solventar.
    He comprado varios paquetes de la misma acción para ir a largo, en orden decreciente (1,92  1,84  1,77), pero a la vez también he hecho bastantes operaciones intradia por debajo de esos precios de compra, ya que el valor ha caído. Todas sin espacio de 2 meses entre ellas.
    Mi pregunta es, debido al FIFO ¿habría que declarar una a una las operaciones o se podría hacer en cómputo?
    Ya que al hacer las operaciones intradia yo he vendido y comprado acciones por debajo del valor de las primeras operaciones. Estaría vendiendo con minusvalia las primeras acciones, pero sin poder descontarla ya que no pasaron 2 meses y a su vez, con la posición que sigo en largo después también tendría que tributar más, ya que supuestamente tendría mas plusvalía, debido a que el recorrido de beneficio sería mayor porque he comprado a mejor precio la acción.
    Espero no haberme liado demasiado y que se entienda mi consulta.
    Muchas gracias de antemano! Saludos!
  2. #159
    30/11/20 20:48
    Buenas tardes!
    Está siendo mi primer año en el mundo de las acciones y también me surgen dudas de cara a la declaración de hacienda.
    En enero al tener dinero previsiblemente en el bróker DEGIRO a fecha 31 de diciembre, deberé presentar el modelo D6.
    Durante el año he hecho unas cuantas operaciones con un resultado aproximado de +1200€ de beneficio ( a la espera de vender lo que me queda antes de fin de año) . 
    Tengo acciones de Repsol con pérdidas, y mi duda es: si decido mantener la posición abierta para el año que viene, no tengo que declarar dichas pérdidas porque no las he vendido verdad? Tendría que tributar por las ganancias de las otras operaciones sólo, no? Es decir, si no las vendo, es como si en la declaración no existieran, no las debo reflejar. 
    Si por el contrario, decido vender con pérdidas, si que tendría que ponerlo en la declaración del año que viene verdad?
    Y si el resultado entre las operaciones con ganancias y con pérdidas son 0, habría que poner igualmente cada operación en la declaración o no es necesario?
    Muchísimas gracias por adelantado! 

  3. en respuesta a El Suertudo
    -
    Top 25
    #158
    27/11/20 21:17
    insisto, mi opinión es que las operaciones son con valores homogéneos y por tanto, vendiste fiscalmente las primeras acciones, por el nº de la operación que hiciste el corto.
  4. en respuesta a Bacalo
    -
    #157
    27/11/20 17:18

    Muchas gracias @luis-angel-hernandez y @bacalo

    Permitidme aclarar algo.
    Todas las operaciones las he realizado desde el mismo broker. La venta de cortos, se ha ejecutado con plusvalía y así lo refleja el broker.
    Por otro lado, el problema de interpretar la FIFO para los cortos es porque no quiero tener minusvalias de alguno de mi bloque de acciones. Por eso me interesaría que no se aplicase FIFO para los cortos. Explico con ejemplo real:
    Compré 1000 acciones a 1.77
    Compré 1000 acciones a 1.91
    Vendo cortos a 1.976 y los recompro a 1.87
    Ahora quiero vender mis 2000 acciones. Las primeras 1000 para tener plusvalías las podría vender a cualquier precio por encima de 1.77, pero las otras 1000 para tener plusvalías las tendría que vender por encima de 1.91.
    Si hago aplicar FIFO, resulta que en la venta de cortos, me habría 'comido' mi primer paquete de acciones, por lo tanto pierdo todo el margen de venta de plusvalías desde el 1.77 al 1.87.
    Siento si no me puedo explicar mejor sin hacer de esto un tocho, la cuestion que me interesa es si puedo considerar la venta en corto como una operacion totalmente aparte de las acciones que poseo, así no tengo que hacer nada con la FIFO, y me puedo luego centrar únicamente en vender mis otros dos bloques de acciones a un precio superior, porque siempre serán plusvalías.



  5. en respuesta a El Suertudo
    -
    Top 25
    #156
    26/11/20 17:35
    en mi opinión, aunque hayas realizado la operación en corto en el otro broker, fiscalmente estás operando con valores homogéneos, por tanto aplica la regla FIFO y has vendido a 2 las primeras 1.000 acciones que compraste a 1, por tanto esa es la ganancia que tienes que declarar en la base del ahorro. 
    Y te quedas en cartera, fiscalmente, 1.000 acciones a 1,5 y 1.000 a 1,75.
  6. en respuesta a El Suertudo
    -
    Top 25
    #155
    26/11/20 17:12
    Sinceramente yo lo trataría como operaciones separadas, pero invoco a los especialistas

    @bacalo @leopol72 por si te pueden ayudar. 

  7. #154
    26/11/20 16:53
    Buenas

    Tengo una duda que no consigo solucionar de ninguna forma, respecto a la fiscalidad de venta de acciones en corto y la regla FIFO A ver si me podrías ayudar. Te recopio el hilo:

    Ejemplo fácil. Tengo compradas acciones de empresa X, 
    Día 1: Compré 1000 acciones a 1€.
    Día 2: Compré 1000 acciones a 1.5€
    Día 3: OPERO EN CORTO, y en el mismo día vendo 1000 acciones a 2 para luego recomprarlas el mismo día a 1.75€.

    La regla FIFO me la conozco. El problema es saber como encaro la fiscalidad de las acciones en corto. En clicktrade no he usado CFDs, simplemente he puesto una orden de venta de acciones que no tenía, y luego he cerrado la posición comprandolas más baratas obteniendo plusvalia.

    Las preguntas que tengo son:
    ¿En que casilla de la declaración de la renta tendré que declarar esta venta en corto?
     ¿me aplica el método FIFO? (no se como debo interpretar el método FIFO si he hecho una venta de cortos) 
    ¿que pongo en valor de adquisicion y en valor de transmision (porque operando en corto, 'tengo los valores girados', primero tengo una venta, y luego tengo una compra)?
     ¿se considera lo mismo que si hubiera sido una compra/venta de acciones normal en largo?
     ¿en que casilla declaración de la renta lo tendré que imputar?

    Gracias anticipadas.


  8. en respuesta a Cruells
    -
    Top 25
    #153
    09/11/20 21:02
    En ese caso tienes una pérdida patrimonial. 

    Tendrías 4 años para compensar las pérdidas con otras ganancias que tengas de otras inversiones. 

    Esa pérdida patrimonial te obliga a declarar este próximo año si superan los 500€. 


  9. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #152
    09/11/20 20:59
    Hola !! El tema es que venderé las acciones a un precio inferior, y será para invertir en fondos. Soy nuevo en estos temas y me gustaría que me orientaras un poco 
    Gracias !!!
  10. en respuesta a Cruells
    -
    Top 25
    #151
    09/11/20 18:17
    En cuanto a la renta tendrás una ganancia patrimonial y estas tributan según la tabla que aparece en el post

    Desde 0 hasta 6.000€ 19%
    Desde 6.000€ hasta 24.000€ 21%
    Desde 24.000€ hasta 50.000€ 21%
    Más de 50.000€  23%

    Este sería el último año con esa fiscalidad ya que a partir de 2021 si se aprueban los presupuestos esos tipos aumentarían

     

  11. #150
    09/11/20 17:26
    Buenas tardes 

    Tengo unas acciones antiguas compradas en 1990, su precio actual es superior al de compra y muy inferior al del valor de patrimonio de 2005. En caso de venta, puedo tenerlas en cuenta como minusvalías?.  Con el valor de compra o con el valor del patrimonio 2005? 
  12. #149
    08/11/20 21:47
    Hola quiero vender acciones la Caixa adquiridas por herencia, el valor era el doble del actual , como me afecta a la renta 
  13. en respuesta a Juan Carlos Martín G
    -
    Top 25
    #148
    20/10/20 18:02
    la declaración es por acción individual es decir el año que viene tendrás que declarar los beneficios que has tenido este año en Novavax hayas hecho lo que hayas hecho con los beneficios
  14. Nuevo
    #147
    20/10/20 18:00
    Tenía acciones de Novavax comprandas a 20 y las he vendido a 80, pero lo he vuelto a invertir en Apple y Microsoft el mismo mes, tengo que declarar esos beneficios? O hasta que no vuelva a venderlas no lo declaro?
  15. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    Nuevo
    #146
    18/09/20 02:47
    Buenas,
    Estoy en la ampliacion de capital de IAG y tengo una duda que espero me puedas solucionar.

    Tengo bastantes acciones de IAG a nombre de una sociedad patrimonial mia. Una SLU.

    El calculo al cual ha quedado la ampliacion de capital, me deja sin liquidez suficiente como para poder suscribir todos los derechos preferentes que tengo.

    Tengo liquidez para suscribir un 50% aproximadamente de los derechos, pero para suscribir el otro 50% tengo 2 opciones:

    - Operacion blanca hasta donde me llegue. Tengo que descontar ademas la retencion de hacienda por la venta de derechos que no se cual es cuando el titular es una SLU

    - Vender de las propias acciones de IAG por un importe suficiente para poder suscribir el 100% de los derechos. Lo cual me provocara unas minusvalias que no creo que me pueda desgravar al no pasar los 2 meses.

    Como veras, es un poco lioso, pero seguro que vosotros conoceis de sobra la mejor opcion.

    Os lo agradezco de antemano
  16. en respuesta a Jorgehg13
    -
    Top 25
    #145
    06/09/20 08:09
    Las ganancias patrimoniales por venta de acciones o de participaciones de fondos de inversión vanpor una vía separada de los ingresos por Rentas del Trabajo. 

    Por lo tanto el porcentaje se calcula sobre el total de la Base Imponible del Ahorro (Según tu ejemplo 19% de 6000)
  17. en respuesta a Luis Angel Hernandez
    -
    #144
    05/09/20 21:58
    Buenas,
    No estoy seguro de haberlo entendido bien...

    A) ¿Es un ingreso más que se suma a tus beneficios brutos que tributarán en función de los tramos de IRPF, no? Es decir, si ganas 50.000€ al año y obtienes beneficios de 6.000€ por venta de fondos, pagarás el 37% de esos 6.000€.
    B) ¿Es un ingreso que tiene una tributación definida independientemente del resto de tus ingresos?   Es decir, si ganas 50.000€ al año y obtienes beneficios de 6.000€ por venta de fondos, pagarás el 19% de esos 6.000€. 

    Gracias!
  18. en respuesta a Jordicat80
    -
    Top 25
    #143
    28/08/20 09:38
    Por partes te respondo:

    - A 31 de diciembre si tienes las acciones en tu posesión debes informar al Ministerio de Economía en Enero el Modelo D-6. Es un proceso sencillo https://www.rankia.com/blog/bolsa-desde-cero/3777801-que-como-rellenar-modelo-d-6 . Si tuvieras más de 50 mil euros invertidos debes presentar el Modelo 720. Sino has vendido nada y no has recibido dividendo no debes en tu declaración de la renta hacer nada. 

    - Cuando vendas las acciones solo tienes que declararlas en tu declaración de la Renta en España. 

    - Todas las ganancias o pérdidas que tengas en un año debes declararlas en tu declaración de la renta del año siguiente. Las ganancias patrimoniales se estiman por operación. Si compras a 20 y vendes a 50, tienes una ganancia patrimonial de 30 a declarar. Si inviertes esos 30 en una acción y luego se revaloriza a 100 la nueva Ganancia Patrimonial es de 70. 

    - Debería declararse cada operación por separado pero en la práctica cuando son cientos las operaciones en un mismo valor (caso de los traders) se realiza el computo global de la ganancia o pérdida patrimonial. 

    - Sobre disponer el dinero en la cuenta es algo que tienes que tener en mente calculado y estimar cuanto te saldría a pagar en la renta del año siguiente o a devolver. Para eso yo utilizo el simulador de Hacienda y en el mes de enero calculo aproximadamente el resultado de mi declaración y así en Abril no me llevó sustos. 

    Saludos 
  19. #142
    28/08/20 09:23
    Hola a tod@s,

    Soy nuevo en esto de invertir y tengo muchísimas dudas :).. agradecería un poco de claridad.

    Actualmente, estoy operando con el Broker DEGIRO y me surge varias dudas respecto a la fiscalidad de mis acciones. 

    1.- He adquirido acciones en bolsas de USA , Canada y Hong Kong. De momento no he vendido las acciones, pero ¿debo comunicar (cuando pertoque) algo a Hacienda sobre esas acciones? O sobre la existencia de mi cuenta DEGIRO?

    2.- Cuando venda alguna de esas acciones, debo declarar las ganancias o perdidas en esos países (USA, Canada, HK) o sólo en España.

    3.- Si compro una acción a 20 dólares y la vendo al cabo de 6 meses a 50$, entiendo que debo declarar los 30$ de ganancia. 

    Mi duda es, si vendida la acción por 50$, reinvierto esa cantidad totalmente en una nueva acción  (de la misma u otra compañia), ¿Tendré que declarar igual los 30$ qué gane de la primera venta? O sólo cuando realmente disponga de ese capital?

    En caso afirmativo, ¿recomiendan que cuándo se hagan ventas de acciones, retire a mi cuenta bancaria el 23% de ese beneficio (23% de 30$ = 6,9$ - cálculo 23% yendome al máximo -) ya que me tocaría pagarlo en la declaración del año siguiente?

    4.- Si realizo, durante un año, muchas operaciones de compra y venta de acciones... ¿puedo simplemente declarar el resultado final de todas ellas? 
    (Ej. Resultado final: beneficios de +4.500€ (el 19% de los primeros 6.000 - el 21% del restante).

    Muchísimas gracias por adelantado. 

  20. en respuesta a Rodrisa
    -
    Top 25
    #141
    10/07/20 11:51
    Si tus únicos ingresos provienen de la venta de acciones y no suponen más de esa cantidad al año no estarías obligado a presentar la declaración de la Renta. 

    El modelo D-6 estarías obligado si a 31 de diciembre tienes posiciones abiertas con Degiro ya que ahora cambiarán la gestión de la liquidez y ya no estarán en fondos monetarios.