Acceder

leopol72

Se registró el 18/02/2013

Sobre leopol72

Aporto lo que puedo y aprendo lo máximo posible.

Un saludo
10.135
Publicaciones
2.311
Recomendaciones
131
Seguidores
107
Posición en Rankia
572
Posición último año
leopol72 29/01/26 12:19
Ha respondido al tema Bienes privativos
Ok, pero como tu mismo(a) dices, es un problema de operativa bancaria, yo solo digo que si quieren dividir algún bien ganancial (que no sea un inmueble claro, porque tendría que hacerse en escritura), se puede hacer sin disolver necesariamente la sociedad de gananciales, con un simple acuerdo entre las partes, en la mayoría de los casos.
leopol72 29/01/26 11:45
Ha respondido al tema Bienes privativos
¿En qué medida es incorrecto?, creo que coincide perfectamente con lo que pones con la venta de valores gananciales, aunque eso es mas un tema de operativa bancaria. Acuerdo entre las partes, orden al banco y venta de todo, luego se recompran a nombre de cada uno, solucionado.Tampoco creo que la venta de acciones gananciales sea una división de la cosa común y le sea aplicable lo que pones, ni haga falta complicarse ni comerse la cabeza tanto con esas posibles implicaciones fiscales. Se vende, cada uno se imputa la mitad del incremento o pérdida, y ya está. Luego cada uno hace lo que quiera con ese dinero, o se recompran las acciones o se lo gastan...
leopol72 29/01/26 09:49
Ha respondido al tema ¿ Es cierto que ahora Hacienda va a considerar cotitulares a los autorizados en una cuenta bancaria?
Un bulo mas.La idea es alarmar a la gente y generar clima de desconfianza, contra Hacienda, y por extensión, contra el Gobierno. Estas cosas no son equivocaciones ni desconocimientos, son campañas orquestadas y hechas con toda la intención.
leopol72 29/01/26 09:34
Ha respondido al tema Bienes privativos
Yo creo que podéis hacer la operación de división de las acciones sin mayores historias, ni disoluciones, ni capitulaciones, se hace por común acuerdo y nadie va a decir nada.Eso sí, en caso de mínima desconfianza entre vosotros, dejadlo dicho por escrito que se ha hecho o se va a hacer y cómo, firmado por ambas partes.
leopol72 29/01/26 09:29
Ha respondido al tema Plazo Hacienda para pedir documentación
Entonces, se debió declarar en el plazo de presentación siguiente, hasta el 30 de junio de 2020, imputandolos a su propio ejercicio y en su propia declaración de 2019. En ese momento comienza la prescripción, que se cumpliría el 30/6/24, por lo que parece estar prescrito de sobra.No obstante, yo contestaría al requerimiento con lo que piden, y al final, comentaría (por si acaso), que están prescritos.
leopol72 15/01/26 16:34
Ha recomendado Re: Venta de Inmueble - Herencia de Rucko
leopol72 29/12/25 16:47
Ha respondido al tema Incentivos a los empleados de la Agencia Tributaria Estatal y a los de los Servicios Tributarios de las Autonomías.
No, si el complemento existir existe como posible en todos los casos, ahora que en muchos de ellos no se aplica y no se cobra, o es una miseria.Que exista en Galicia y Madrid y en otros muchos sitios supongo, no significa que todos lo cobren. Pero vamos, que no procede la discusión
leopol72 29/12/25 12:49
Ha respondido al tema Incentivos a los empleados de la Agencia Tributaria Estatal y a los de los Servicios Tributarios de las Autonomías.
Todos los funcionarios tienen complementos que son obligatorios, de destino, especifico, etc, pero el de productividad no es uno de ellos, yo no me atrevería a decir que TODOS lo cobran, es mas, a mi si me consta que MUCHOS NO LO COBRAN, la mayoría cobra lo mismo haga lo que haga (para bien o para mal) y no hay objetivos especificos que cumplir. La productividad es muy famosa en la AEAT, pero no tanto en muchas otras administraciones
leopol72 29/12/25 11:56
Ha respondido al tema Incentivos a los empleados de la Agencia Tributaria Estatal y a los de los Servicios Tributarios de las Autonomías.
Cierto es que cuando se pide una rectificación, se mira todo para ver si procede, es decir, muchas declaraciones contienen errores, pero mientras no se pasen de volumen, se dan por buenas. Si se insta la rectificación, por cualquier motivo, la revisión pasa a ser completa y se saca todo lo incorrecto, se deja "niquelada" como quien dice. Por eso, mucha gente que ha vivido muy tranquila muchos años, haciendo las cosas regular sin que pase nada, el año que han cometido un error y han pedido una devolución, han visto como les miraban con lupa esa declaración y las no prescritas, y han salido perdiendo....Todo eso no es mas que una practica lógica y razonable, no hay rollos raros detrás.Lo de que reciban o no productividad, en la AEAT si, no lo creo tanto en las CA, hay objetivos de productividad, los funcionarios reciben un poco mas si consiguen llegar a sus objetivos  previstos, que son muy variados, no se muy bien de qué depende, ya que cada departamento tiene los suyos, unos dependerán supongo también de las denegaciones de devoluciones, de las cantidades recaudadas y nº de expedientes tramitados, etc. No digo que no pueda haber casos, pero prefiero pensar que las cosas no se deniegan solo por conseguir esos objetivos sino por que no proceden   
leopol72 17/12/25 14:12
Ha respondido al tema Calculo IRPF donación
Lo primero sería que aclararas si te refieres al impuesto de donaciones o a la renta, y luego de quien, tuya o del donante...
leopol72 17/12/25 13:06
Ha respondido al tema Calculo IRPF donación
En tu caso, el que tengas que pagar o no dependerá si es tu vivienda habitual o no, no de si era la suya
leopol72 17/12/25 13:02
Ha respondido al tema ITP reducido en Castilla la Mancha
 UN caso parecido contesté creo que en el 48.2- Si el total de la tasación sale por encima de 180.000€, pero la vivienda por menos, ¿Podría liquidar la vivienda por el 6% y el resto por el 9%? La única manera de hacer eso sería comprando la vivienda un día, y el resto en otro momento. Así, solo se consideraría vivienda habitual lo que es el piso, quedando fuera el resto de elementos, a todos los efectos, incluidos los del IRPF, es decir, el garaje y el trastero te generarían imputaciones de rentas todos los años. Es como darle la vuelta al asunto. No se si merece la pena... En tu caso, una posibilidad es comprar el piso y una de las plazas, que no suman en valor de tasación mas de 180, y la segunda en dia distinto, a tipo general. Maximizarías la aplicación del tipo reducido y minimizarías las imputaciones de renta futuras en el IRPF a una sola plaza.Falta que te permitan hacer esa operación las otras partes implicadas, el vendedor y el banco.Y aún queda el riesgo de que no se lo traguen en la oficina liquidadora...Para aplicarte el tipo reducido, debes declarar por el valor de tasación.
leopol72 20/11/25 12:37
Ha respondido al tema Extinción de condominio con permuta
Según uno de los enlaces de rankito, se podrían compensar entre si, lo que debe pagar el comunero 1 al 2 por la extinción, con el pago del 2 al 1 por la compra. Lo que quedaría pendiente en la extinción es el pago de los otros 2... supongo que se podría establecer como pago aplazado
leopol72 20/11/25 11:55
Ha respondido al tema Extinción de condominio con permuta
Si el comunero 1 si tiene liquidez, que debe tenerla para hacer la extinción y compensar a los otros tres, es tan fácil como que el comunero 2, a continuación de la extinción, coja ese dinero recibido y lo utilice para la compraventa y se lo pague a su vez al comunero 1. Como al fin y al cabo son dos operaciones distintas, de esta forma se evitaría el riesgo de que no aceptaran la compensación.Pero ojo que hay otro tema a tener en cuenta, y es que si solo se extingue el condominio sobre uno de los bienes, puede que te digan que es una extinción parcial, asimilable a una compraventa. Eso depende del origen de la comunidad de bienes y del criterio que siga la oficina liquidadora. Si fuera así, se trataría de dos compraventas, y/o permutas, con o sin precio aplazado según se convenga. 
leopol72 17/11/25 13:29
Ha respondido al tema DUDA SOBRE HERENCIA, Usufructo y nuda propiedad
Sin testamento, tu padre tiene la mitad en pleno dominio y el usufructo del tercio de la otra mitad. Es decir, no tiene el usufructo completo, pero lo normal es que la siga utilizando sin mas, con el acuerdo de todos los herederos. A falta de acuerdo, a juicio
leopol72 17/11/25 13:26
Ha respondido al tema DUDA SOBRE HERENCIA, Usufructo y nuda propiedad
 En ese Impuesto de Sucesiones quedará ya reflejado los tantos por ciento de nuda propiedad y usufructo que correspondan?.Si, cada uno declara por su parte teórica.la nuda propiedad por sí sola no se declara en IRPF si el usufructo lo tiene otra persona en este caso el padre.La nuda propiedad efectivamente no aparece en el IRPF; la renta, en caso de que se genere o impute, la declara el usufructuario.La Plusvalía municipal se obvia hasta la adjudicación de herencia? Ahí no... La plusvalía por la mitad transmitida se paga ahora, se haga o no escritura de adjudicación. Si vas al Ayuntamiento presencialmente o por internet, te la liquidan. Si no se hace nada, altisimo riesgo de que la liquiden ellos con sanciones.
leopol72 17/11/25 13:17
Ha respondido al tema IRPF hecho por gestoría
Lo primero sería ver si merece la pena complicarse, lo mismo ya le devuelven todo y no cambia nada el meter esos gastos, y por eso nunca se ha preocupado por pedirselos.En otro caso, ambos tienen algo de culpa, uno por no tener un mínimo de profesionalidad y preguntar, y el otro por no preocuparse lo mas mínimo del contenido de sus declaraciones.
leopol72 11/11/25 09:40
Ha respondido al tema Rendimientos del trabajo IRPF
Como dice croqueta, puede que al sumar mas rendimientos, pases de tramo y te suba el porcentaje a tributar. En ciertos casos, es verdad que ganar mas, puede no ser tan rentable como parecía al principio, pero repito, cobrar mas siempre es mejor que cobrar menos... digo yo
leopol72 10/11/25 16:07
Ha respondido al tema Aceptación y adjudicación de herencia
Que no te lien, que no tienes que ir al notario, basta con documento privado.
leopol72 10/11/25 16:04
Ha respondido al tema Rendimientos del trabajo IRPF
Es probable, pero no por nada, sino porque el segundo y tercer pagador seguro que no te han retenido nada, por lo tanto, la cuota extra que proceda, te tocará regularizarla en la declaración anual toda de golpe.Pero ojo, yo diría que siempre es mejor cobrar mas que menos... aunque luego te toque pagar al presentar la declaración del IRPF, si sale a pagar es porque te han retenido de menos.
leopol72 29/10/25 08:45
Ha recomendado Re: Deducir tras venta de vivienda habitual de Bacalo
leopol72 29/10/25 08:45
Ha respondido al tema Deducir tras venta de vivienda habitual
Me alegro. Han tardado, a pocos les va a afectar ya, pero van a rectificar un criterio que era a todas luces injusto e incorrecto
leopol72 23/10/25 11:31
Ha recomendado Re: Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento - Herencia de Juan Lackland
leopol72 22/10/25 14:06
Ha respondido al tema Certificado de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento - Herencia
Si, lo es
leopol72 17/10/25 11:01
Ha respondido al tema Consulta sobre Herencia
Me temo que no la asesoraron bien cuando hizo el testamento...Aunque a los hijos les deja en principio solo la legitima estricta, como tu no eres descendiente, no podía dejarte a ti en exclusiva el tercio de mejora, por lo que les vuelve a recaer a ellos al ser los herederos forzosos. Por tanto, es verdad que al final van a recibir los dos tercios y tu uno, el de libre disposición.Y, efectivamente, al haberte puesto a ti como heredera universal, ellos son legatarios y en principio, deberían recibir su legado limpio. Muy mal planteado, debió legarte a ti el tercio de libre disposición y hubiera sido al revés, lo habrías recibido tu limpio.Dicho esto, se llega al absurdo de que ellos salgan mas beneficiados que el heredero universal. No se si existe la manera de rebatir eso porque claramente va en contra de la lógica, no puede ser que el que recibe menos acabe haciendose cargo de las deudas.Como supongo que no estarán de acuerdo en hacerlo de la manera lógica, a partes iguales, es decir, que se descuenten las deudas del total y lo que quede se divide en tres, uno para ti y dos para ellos, tendrías que ir a juicio para que se reconozca que la verdadera naturaleza de la operación es que eres tu la legataria y ellos los herederos universales, independientemente de que se haya expresado en el testamento de otra manera, y que no debes asumir tu todas las deudas. Con todas las salvaguradas y sujeto a mejor opinión.

Lo que sigue leopol72

Top 10
W. Petersen
Kyrie lomthe
batiscafo