Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026
Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.
Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100. Deducción por movilidad geográfica AEAT
Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo.
Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral.
Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real.
Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo.
¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?
La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.
Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante. Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?
Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.
Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.
¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?
La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente. Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración.
Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable.
Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica
Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior.
1. Estar inscrito como demandante de empleo
Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción.
2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto.
3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio
No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos.
Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.
¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?
Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento:
Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti.
Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre
Cuantía de la reducción por movilidad geográfica
El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.
Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.
Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica
Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador.
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse:
Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.
Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes.
Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores
Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.
En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar.
La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien.
Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica
La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo.
No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.
La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.
Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.
En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
Estoy en la misma situación que varios de los que han escrito en este foro, cumplo los requisitos pero no puedo modificar la casilla 19 del borrador ¿Alguien ha encontrado la manera de solucionarlo?
Un saludo y muchas gracias.
Hola Esther, lo ideal es que te empadrones a la vez que inicias el contrato laboral. ¿Vas a alquilar un piso? Si el contrato de alquiler del piso tiene inicio en junio, igual que el trabajo, podrías acreditarlo con el contrato de alquiler en lugar de con el empadronamiento.
Hola Sergio, podrás aplicar la reducción en la Renta 2017 y 2018, o bien elegir en el periodo de 2018 y 2019, en función de donde más ventaja fiscal tengas, pero solo 2 años consecutivos.
Buenas tardes,
En mi caso estoy inscrita como demandante de empleo y empadronada actualmente en Guadalajara, Castilla la Mancha. A primeros de junio firmaré contrato indefinido en Palma de Mallorca, pero pensaba empadronarme allí a primeros de mayo para tener descuento en el ferry y los vuelos para la mudanza. ¿Tendré algún problema para solicitar la reducción por empadronarme antes de firmar contrato?
Muchas gracias de antemano. Un saludo.
Mi caso es el siguiente, conseguí mi primer trabajo en Madrid por obra y servicio (año fiscal 2017). Tengo derecho a la reducción geográfica por haber estado inscrito en el INEM de Asturias. El contrato duró unos meses y tras eso me volví a Asturias donde me volví a incribir en el INEM. Unos meses después conseguí de nuevo trabajo indefinido en Madrid (año fiscal 2018) por lo que me volví a desplazar.
Mi duda es ¿sólo tengo derecho a la reducción 2 años desde el primer trabajo o puedo aplicarlo en el año del primer trabajo y de nuevo al empezar este nuevo trabajo, es decir en la renta de 2019?
Tienes que tener el certifican como demandante de paro para poder aplicarlo. Si que son compatibles las dos deducciones, por alquiler y reducción por movilidad geográfica.
Buenos días Amparo,
Yo terminé de trabajar a finales de agosto (dfin de contrato), por tanto al finalizar me apunté en el paro, pero no lo pedí. Lo que pedí fue participar en la garantía juvenil y empecé en septiembre a trabajar con garantíua juvenil. ¿Así, se considceraría lo que me has dicho anteriormente?
Finalmente, también en la delclaración hice la deducción por alquiler, ¿son compatibles ambas deduccciones?
Muchas gracias por adelantado!
Tengo exactamente el mismo caso que @Danielopz respecto a la deducción por movilidad geográfica. Ya me apliqué la movilidad en la declaración del año pasado porque el cambio de residencia fue en 2016 pero este segundo año no puedo modificarla la casilla 19. ¿Alguna solución o explicación?
Buenos días Patricia, si, con el contrato de alquiler ya se puede aplicar la reducción por movilidad geográfica, siempre que hayas estado en el paro antes de iniciar el nuevo contrato laboral. Saludos,
Buenos días, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal ya que seguramente tendrás que hacer una declaración complementaria del ejercicio 2016 para poder aplicar la reducción por movilidad geográfica en la Declaración de la Renta de 2017.
Tienes que justificar el desplazamiento y cambio de residencia habitual con el empadronamiento o con el contrato de alquiler. Si no los tienes, no podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta.
Buenas,
Queria saber si podria optar a la reduccion por movilidad geografica ya que he estado casi dos años en Barcelona y mi residencia habitual esta en Málaga.
Leyendo los requisitos no me queda claro si podria optar a ella o no, porque por conveniencia propia no realize el empadronamiento alli y tampoco tuve contrato de arrendamiento en el piso en el que estuve por lo que solo podria justificar mi estancia en Barcelona con los contratos de trabajo.
Soy de Almería, estaba allí en paro y me salió un trabajo en Madrid en Abril de 2016 con lo que tengo derecho a la movilidad geográfica durante dos declaraciones consecutivas (2016 y 2017). Al realizar la declaración de la renta del ejercicio 2016 desconocía la existencia de esta deducción con lo que no la incluí dentro de la declaración de la renta y este año dentro de mi borrador no me deja modificar la casilla 19, que es la que se corresponde con dicha deducción. ¿Sabrías decirme si al no haber hecho uso de dicha deducción el primer año pierdo el derecho a deducirme el segundo año? También, ¿Existiría alguna forma de subsanar el error de no acogerme a esa deducción en el ejercicio de 2016?
Buenos dias,
Tenía una duda referente a la deducción por movilidad geográfica.
El año pasado tuve que empezar a trabajar en otra isla, a partir de septiembre. Mi problema es que no me he empadronado, aunque estoy pagando un alquiler y me desplazo cada tanto a mi domicilio habitual. Este año seguiré en otra isla trabajando.
¿Tendría opción de hacer esta deducción solo con el contrato de alquiler?
Muchas gracias por adelantado!
Hola buenas tardes, quería saber cómo aplicar el importe del rendimiento neto previo del trabajo aceptado, es decir,¿a qué se refiere exactamente? Tanto mi pareja como yo cumplimos los resiquisitos de la movilidad geográfica, antes de aceptar el trabajo nuestros ingresos eran 0€.
Soy de León y siempre he estado empadronado en León a pesar de haber pasado varios años en Galicia.
EJERCICIO 2016:
Trabajé en A Coruña desde 2012 hasta Julio de 2016, de aquí me cambio de empresa a Bilbao y trabajo en Bilbao hasta diciembre de 2016. Luego me despiden y voy al paro. (En el ejercicio 2016 tengo mi residencia fiscal en A coruña y declaro en Galicia por que pasé 7 de los 12 meses allí).
EJERCICIO 2017:
A finales de diciembre de 2016, después del despido de Bilbao, me vuelvo a casa de mis padres en León, y estoy un mes de alta en el paro, llegando a cobrar incluso un mes (oficinas de león), hasta que a finales de Enero de 2017 vuelvo a encontrar trabajo de vuelta en A Coruña, hasta ahora.
Mi pregunta es si tengo tengo derecho a la reducción por movilidad geográfica en 2017, al haber estado dado de alta en el paro en león en enero, y aceptar un trabajo en A Coruña, a pesar de que la residencia fiscal sea la misma en 2016 y en 2017, incluso el piso, ya que vuelvo a la casa que había dejado 6 meses antes (esta vez sin contrato). Y de ser así, qué documentación podían pedirme.
Buenos días Dani, tendrías que aportar datos que acrediten que vives en Madrid: recibo de la luz o del agua ya que no tienes contratos de piso ni empadronamiento es lo que creo que podría servirte. Saludos,
Buenos días Felipe, si ha sido un traslado dentro del mismo contrato laboral y no has estado en el paro, no puedes acogerte a esta deducción en tu Declaración de la Renta. Saludos,
Buenas noches.
Yo llevo trabajando en la misma empresa durante 7 años pero el año pasado me trasladaron a otra oficina de la misma empresa en una comunidad diferente, puedo acogerme a este plan? Y como justificarlo
Saludos
Tenía un par de dudas sobre el movimiento geográfico.
Yo soy de Asturias pero me vine a madrid a trabajar, no estoy empadronado aquí porq no tengo contrato en el piso.
La pregunta es, si marco en la declaración de la renta como movilidad geografía si revisan mi caso y me tienen que pedir algo ¿valdría con entregarles el contrato de trabajo?