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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.

Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT
 
  • Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo. 
  • Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral. 
  • Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real. 
  • Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo. 

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

 La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.

Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente.  Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración. 

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable. 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior. 
 

1. Estar inscrito como demandante de empleo

Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción. 

2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual

El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto. 

3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio

No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos. 

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?

Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento: 
  • Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti. 

Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador. 
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse: 

  • Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
  • Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.

Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes. 
 

Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores 


Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.

En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar. 

La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien. 

Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica


La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo. 


No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.


La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.


Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.


En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
 
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  1. en respuesta a Joseangel4878
    -
    Nuevo
    #900
    04/04/18 02:56

    Me ocurre lo mismo que a @Joseangel4878, no me deja modificar la casilla 19. Ya en la declaracion de 2016 que fue en la que realice el cambio de residencia, tuve un requerimiento, que una vez aclarado presentando empadronamiento y certificados del paro me abonaron, pero este directamente no me dejan ni modificarlo.

  2. Nuevo
    #899
    04/04/18 00:05

    buenas. te comento: cumplo todos los requisitos para la reducción por movilidad geográfica pero tengo varias dudas acerca de como rellenar esta casilla 19. Para empezar no me deja mortificarla porque no tiene el lápiz que tienen otras casillas para poder hacerlo. Me he dado cuenta que si me meto en las otras casillas que tienen reducción como la de sindicatos me puedo meter desde ahí a lo de movilidad geográfica. Cuando consigo marcar la casilla me pone que ponga los el importe del rendimiento neto previo correspondiente al puesto de trabajo aceptado. eso no se que quiere decir.
    No se si los pasos que he dado son los correctos.
    De igual manera me ocurre con el apartado de sindicatos. Me indica que cuotas satisfechas a los sindicatos. Eso que quiere decir que meta el importe total de los recibos pagados?
    A ver si me puedes ayudar gracias

  3. Nuevo
    #898
    03/04/18 18:52

    Buenas, tengo una duda respecto a la declaración de la renta que comienza en breve.

    Yo soy de Granada y el año pasado estaba desempleado e inscrito como demandante de empleo. Para el mes de Octubre empecé a trabajar en Málaga, pero no me empadroné allí, sigo estando lo en Granada. De todos modos, tengo el contrato de alquiler con fecha del 15 de octubre de 2017.

    Mi duda es si me empadrono ahora, la deducción fiscal se me aplicaría para la renta del año pasado? o solo sería valido para las 2 posteriores declaraciones de la renta?

    Me puedo esperar a la deducción para el año siguiente y la aprovecho para las 2 próximas declaraciones de la renta?

    Muchas gracias por adelantado.

  4. Nuevo
    #897
    22/03/18 09:55

    Hola Amparo,
    Muchas gracias por adelantado.

    Estaba trabajando en Madrid y al año me mude a Sevilla dándome de alta en Madrid antes. Ahora estoy empadronado en Sevilla. Me queda este año completo de movilidad geográfica pero voy a cambiar de empresa pero no de centro de trabajo. Ahora mismo estoy por ETT y voy a pasar a plantilla.
    Pregunta: Puedo seguir beneficiándome de este año de movilidad geográfica que me queda ?

    Muchas gracias
    Saludos

  5. en respuesta a Jhons
    -
    #896
    05/03/18 16:53

    Hola
    Amparo osea que la movilización geográfica tenía que haberme empadronado en ibiza. Si solo es un trabajo por la temporada de verano..la movilidad geográfica no puede ser por temporada...Gracias

  6. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #895
    04/03/18 23:45

    Hola amparo en mi domicilio es santiago de Compostela.... en mayo de 2016 me salio un trabajo en las islas baleares y me inscribi como demandante de empleo y trabaje de mayo ha octubre... y al vivir en ibiza pague arriendo pero era un cuarto de alquiler, por lo cual no tengo recibo de alquiler, lo unico que tengo es el recibo de la moto de alquiler...tengo los contratos y las nominas..y me lo han rechazado. Me ha tocado pedir alas aereolineas si me envian las facturas de el vuelo de ida vuelta para justificar mi desplazamiento ha ibiza. al declarar como movilidad geográfica me contestan diciendo de que mi declaración no justifica. Mi estancia en la isla. Y por lo tanto dicen que viajaba todos los dias de Santiago de Compostela ha ibiza. Y que por lo tanto me la deniegan...me parece insólito...trabajo desde 2015/16/17 me encuentro contra la pared ..quisiera saber que otro documento. Puedo presentar. para que sea valido la casilla de movilidad geográfica me han dado un plazo para para recurrir...de que manera puedo recurrir...amparo te agradesco cualquier opinión? Gracias

  7. #894
    26/02/18 13:39

    Buenas tardes a tod@s,

    la cuestión que a continuación planteo, viene relacionada con el tema de discusión, concretamente los gastos por movilidad geográfica.

    El contribuyente reúne todos los requisitos exigidos para su aplicación, estar desempleado en el momento de aceptar el puesto, aceptar ese puesto de trabajo y trasladar su residencia a otra ciudad distinta de la que era hasta ese momento la residencia habitual. El problema que se plantea es que la empresa para la que trabajó,ha entrado en concurso de acreedores y es difícil o casi imposible ponerse en contacto con ellos para solicitar el contrato de alquiler, ya que era esta la que soportaba dichos gastos y que ahora la Agencia Tributaria solicita para comprobar que dicha deducción es correcta.

    Sabríais decirme alguna otra prueba que pueda valer para justificar el traslado de la vivienda? Yo he pensado en justificantes medicos...

    A ver si me dais algo de luz al respecto. Un saludo y gracias de antemano

  8. en respuesta a Rparedero
    -
    Top 100
    #893
    12/02/18 12:31

    Buenos días, yo cogería como dato el de la fecha del contrato de alquiler; que aproximadamente coincide con la fecha de inicio del contrato laboral. Saludos,

  9. Nuevo
    #892
    08/02/18 13:26

    Hola buenos días.
    Me inscribí como demandante de empleo con fecha 31 de mayo de 2017, empecé a trabajar el 2 de junio, encontré piso en alquiler y me mudé el 5 de julio (estuve por un mes trasladándome de un municipio al otro) y el empadronamiento en Salamanca lo hice con fecha 27 de diciembre de 2017.
    Hay algún problema para optar a la reducción por movilidad geográfica por no coincidir la fecha de comiendo en el trabajo con la fecha del alquiler de mi piso?
    En el modelo 145 desde qué fecha debería constar el traslado?

    Muchas gracias de antemano por su ayuda.
    Roberto

  10. en respuesta a Jucarblan
    -
    Top 100
    #891
    09/01/18 10:29

    Buenos días, por el caso que comentas no cumples ningún requisito para tener derecho a la reducción por movilidad geográfica. Lo siento, saludos.

  11. Nuevo
    #890
    05/01/18 14:58

    buenas, en marzo del año pasado , empecé un nuevo trabajo en otra provincia, no me he empadronado allí y estaba en otro trabajo cuando acepté el trabajo,
    tendría derecho de alguna deducción por estar desplazado??

  12. Nuevo
    #888
    05/11/17 10:31

    Hola mi caso es q en 20015 acepto un puesto de trabajo en otra provincia de andalucia..en esos momentos estaba como demandante de empleo..me traslado pero vivo en un piso en una pension de la cual no conservo facturas..y hasta el año sigiiente 2016 no me empadrono en la nueva residencia en la cual vivo por cortesia de un conocido ..la pregunta es ..puedo reclamar ha hacienda la movilidad geografica de ese año 2015 y 2016 o solo la del 2016??

  13. Nuevo
    #887
    13/09/17 18:47

    Buenas tardes,

    Trabajo y vivo en Jaén, pero me ha salido un trabajo en Martos, un pueblo a 25 km de mi domicilio.

    Voy a pedir excedencia en mi trabajo, y a darme de alta en el paro antes de empezar el nuevo contrato. Mi pareja tiene una vivienda en Martos a la cual me mudaré, pero obviamente no me va a hacer un contrato de alquier, así que me empadronaré en su domicilio.

    ¿Cumplo los requisitos para solicitar la reducción?

  14. Nuevo
    #886
    06/09/17 10:05

    Buenos días,
    He solicitado la reducción por movilidad geográfica en la renta 2016 y me dicen que no me corresponde.
    Fui demandante de empleo, vivía en otro municipio y me trasladé al municipio de mi nuevo trabajo. Tengo contrato, facturas...
    Pero tengo una duda, el cambio de domicilio fiscal tendría que haberlo hecho cuando me mudé? Porque dicho cambio lo realicé cuando hice la declaración de la renta
    Es la única causa que se me ocurre por la que me hayan denegado la reducción
    Gracias

  15. Nuevo
    #885
    06/09/17 00:49

    Buenas, me gustaría saber si hay algún beneficio a la hora de recibir la deducción por movilidad geográfica solicitarla en una comunidad autónoma u otra, si varía según la distancia del lugar de trabajo a tu domicilio de empadronamiento. Muchisimas gracias por su atención.

  16. Nuevo
    #884
    22/06/17 19:47

    Buenas tardes!

    Tengo dos dudas que necesito resolver:
    1. El año pasado no sabía que existía la reducción por movilidad geográfica y cumplía los tres requisitos: estar inscrito en la oficina de empleo, contrato de trabajo en otro municipio, cambio de residencia a otro municipio (he residido en un hostal y tengo faturas para demostrarlo). Podría realizar una declaración complementaria añadiendo movilidad geográfica? Cómo se hace esta declaración complementaria?
    2. En la declaración de este año también quiero añadir la reducción por movilidad geográfica, ya que vuelvo a cumplir los requisitos desde septiembre del año pasado, igualmente con residencia en un hostal. El caso es que el borrador me daba una cantidad a devolver de 210,26 € y después de la modificación marcando la casilla por movilidad me sale exactamente la misma cantidad a devolver. Es posible que no influya para nada en la cantidad final esta reducción o habré hecho algo mal al marcar la casilla y modificar el borrador?

    Muchas gracias!!

  17. en respuesta a Soniapm89
    -
    Top 100
    #883
    22/06/17 13:44

    Hola Sonia, si, deberías apuntarte al paro en Madrid, ciudad donde te quedas desempleada y de allí, al pasar a Galicia, empadronarte o tener contrato de alquiler una vez que empieces el nuevo trabajo.

    Espero que esto te ayude.
    Saludos,

  18. #882
    19/06/17 11:21

    Hola, estoy a punto de moverme a trabajar a otra ciudad y tengo un par de dudas:

    1. He dejado mi trabajo en Madrid de forma voluntaria, y me muevo a Galicia a un nuevo empleo, ¿me aplica la deducción por movilidad geográfica?

    2. En caso de que me aplique, ¿dónde debo apuntarme al paro? ¿en Madrid que es donde hice mi última declaración? ¿en Cantabria que es donde estoy empadronada? ¿o en Galicia que es donde voy a trabajar?

    Muchas gracias por vuestra ayuda.

  19. Nuevo
    #881
    25/05/17 18:22

    Buenas tardes,

    El año pasado percibí la reducción por movilidad geográfica puesto que cambié mi residencia a otra CCAA y al ser el segundo año también tengo derecho a la reducción. En este ejercicio he trabajado en tres empresas diferentes.

    En el apartado "Indique el importe del rendimiento neto previo (*) correspondiente al puesto de trabajo aceptado" debo de incluir solo el importe del primer trabajo (el objeto de la movilidad geográfica) o de los tres?

    Mil gracias,