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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2025/2026

Detallamos el funcionamiento de la reducción por movilidad geográfica incluida en la Ley de IRPF, que se puede considerar como un gasto deducible del rendimiento íntegro. Posteriormente, abordaremos los requisitos, situaciones y porcentajes de deducción aplicables
Si en 2025 has tenido que cambiar de ciudad para aceptar un nuevo empleo, puede que tengas derecho a aplicar la deducción por movilidad geográfica en tu declaración de la renta. Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia.

Esta deducción permite reducir la base imponible del IRPF si cumples ciertos requisitos relacionados con tu situación laboral y el cambio de residencia. En este artículo te explicamos cómo puedes deducir la movilidad geográfica en tu declaración de la renta 2025/2026, cuándo se aplica, qué documentación debes presentar y cómo evitar errores al rellenar el modelo 100.
deducción por movilidad geográfica aeat
Deducción por movilidad geográfica AEAT
 
  • Puedes deducirte 2.000 euros adicionales en gastos de trabajo si cambiaste de municipio estando en paro para aceptar un nuevo empleo. 
  • Se aplica dos años seguidos: el del traslado y el siguiente, siempre que mantengas el vínculo laboral. 
  • Es imprescindible haber estado inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto y acreditar el cambio de residencia real. 
  • Se declara en la casilla 19 del modelo 100 y el límite máximo nunca puede superar el rendimiento neto generado por ese nuevo empleo. 

¿Qué es la deducción por movilidad geográfica en el IRPF?

 La deducción por movilidad geográfica es un incremento de 2.000 euros anuales en los gastos deducibles del IRPF al que tienen derecho los trabajadores que, estando inscritos como demandantes de empleo, aceptan un trabajo en otro municipio y cambian su residencia habitual para ello.

Está regulada en el artículo 19.2 de la Ley del IRPF y busca incentivar la reincorporación laboral de personas desempleadas. Esta reducción se suma a la ya existente por gastos generales de rendimientos del trabajo, por lo que puede representar un ahorro fiscal importante.
Además, es importante recordar que esta reducción se considera un gasto deducible del rendimiento íntegro del trabajo y se encuentra sujeta a los límites que establece el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF.
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¿Cómo puedo deducir la movilidad geográfica en mi declaración de la renta?

Para aplicar esta deducción, debes acceder a la página 4 del modelo 100 de la declaración del IRPF. Dentro del apartado de rendimientos del trabajo, encontrarás una casilla específica para contribuyentes que hayan cambiado de municipio por razones laborales. Al marcarla, se habilitará un campo donde deberás indicar el rendimiento neto previo asociado al nuevo empleo.

Es importante tener en cuenta que esta deducción solo podrá aplicarse correctamente si se ha modificado la residencia habitual en la declaración de la renta correspondiente y se ha producido un traslado efectivo. Para evitar confusiones con la Agencia Tributaria, es recomendable actualizar los datos censales y conservar la documentación que lo acredite.

¿Cuándo se aplica la movilidad geográfica?

La reducción por movilidad geográfica se puede aplicar en el periodo impositivo en que se produce el cambio de residencia y en el año siguiente.  Para la campaña de Renta 2025 cuya presentación arranca el 8 de abril de 2026 y finaliza el 30 de junio de 2026, esto se traduce en lo siguiente: si te trasladaste en 2025, puedes aplicarla ahora; si te trasladaste en 2024 y ya la aplicaste ese año, también puedes incluirla en esta declaración. 

Esta deducción está pensada para situaciones reales de traslado, por lo que si no se produce un cambio de residencia efectivo, no se puede aplicar. El municipio de destino no tiene que ser necesariamente el del puesto de trabajo, pero sí debe estar justificado que el empleo exige el traslado de residencia.
 
💡 ¿Sabías que puedes combinarla con otras deducciones?
La deducción por movilidad geográfica se suma a la reducción general por rendimientos del trabajo, que puede llegar hasta 7.302 euros anuales. Si cumples los requisitos de ambas, se aplican de forma simultánea sobre tu base imponible, y el ahorro puede ser considerable. 

Requisitos para aplicar la deducción por movilidad geográfica

Antes de aplicar esta reducción en tu declaración, asegúrate de cumplir con los tres requisitos obligatorios. Esta deducción está destinada a personas desempleadas que hayan conseguido un nuevo trabajo que implique un cambio de residencia. Si falla cualquiera de los tres, Hacienda puede denegarla en una revisión posterior. 
 

1. Estar inscrito como demandante de empleo

Debes haber estado inscrito en una oficina pública de empleo antes de aceptar el nuevo puesto de trabajo. No basta con haberse dado de alta en el SEPE en cualquier momento: la inscripción tiene que ser previa a la aceptación del empleo. Si te diste de baja como demandante antes de firmar el contrato, perderías el derecho a la deducción. 

2. Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual

El nuevo empleo debe estar ubicado en un municipio diferente al que tienes como residencia en el momento de la oferta. Trabajar en otra ciudad dentro del mismo municipio no da derecho a esta deducción. Tampoco aplica si el traslado es voluntario y no viene exigido por las condiciones del puesto. 

3. Cambiar efectivamente tu residencia a otro municipio

No es suficiente con comunicar un cambio de domicilio fiscal o modificar tus datos en la declaración. El traslado debe ser real y acreditable: nuevo contrato de alquiler o escritura, empadronamiento en el municipio de destino y, preferiblemente, recibos de suministros a tu nombre. Sin pruebas del cambio efectivo, la deducción no es válida aunque se cumplan los otros dos requisitos. 

Esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos como tales y que acepten un puesto de trabajo fuera de su domicilio habitual, siempre que eso implique un cambio de residencia. Si no hay traslado, no procede la deducción.

¿Cómo acreditar mi movilidad geográfica?

Hacienda no acepta declaraciones de intenciones: el cambio de residencia tiene que poder demostrarse con documentos reales. Ten en cuenta que la Agencia Tributaria puede revisar tu declaración hasta cuatro años después de presentarla, así que guarda todo desde el primer momento: 
  • Contrato de alquiler o escritura de compraventa del nuevo domicilio.
  • Certificado de empadronamiento en el nuevo municipio.
  • Recibos de luz, agua o gas a tu nombre.
  • Contrato laboral y certificados de retenciones.
No hace falta presentar todos estos documentos al declarar, ya que la deducción se aplica directamente en el modelo 100. Pero si Hacienda te requiere en una revisión posterior, tendrás que aportarlos. Guárdalos ordenados y accesibles: en caso de comprobación, la carga de la prueba recae sobre ti. 

Requisito
Cómo acreditarlo
Estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto
Certificado del SEPE con la fecha de inscripción
Aceptar un trabajo en un municipio distinto al de tu residencia habitual
Contrato laboral con la dirección del centro de trabajo
Cambiar efectivamente tu residencia al nuevo municipio
Empadronamiento + contrato de alquiler o escritura + recibos de suministros a tu nombre

Cuantía de la reducción por movilidad geográfica

El importe de la deducción es de 2.000 euros anuales, que se pueden aplicar en dos años consecutivos. En caso de tributación conjunta, el límite sigue siendo de 2.000 euros totales, aunque haya más de un contribuyente que cumpla los requisitos. Además, si el rendimiento neto generado por el nuevo empleo es inferior a 2.000 €, ese importe actuará como límite máximo para aplicar la reducción.

Esto significa que si el nuevo puesto de trabajo genera menos de 2.000 euros de rendimiento neto después de deducir otros gastos, la deducción se limitará a esa cifra, incluso si existen otros rendimientos del trabajo. Esta condición está recogida expresamente en la normativa.

Casos especiales: funcionarios y movilidad geográfica

Los funcionarios que acceden a la función pública por oposición y obtienen plaza en un municipio distinto al de su residencia también pueden acogerse a esta deducción, pero deben cumplir el mismo requisito de inscripción como demandantes de empleo que cualquier otro trabajador. 
Lo que clarificó el Tribunal Económico-Administrativo Central en su resolución de enero de 2025 no fue eliminar ese requisito, sino precisar en qué momento debe cumplirse: 

  • Si el proceso selectivo no incluye un periodo de prácticas o formación previa, la inscripción debe haberse producido antes de la toma de posesión.
  • Si el proceso incluye prácticas o cursos previos obligatorios, la inscripción debe ser anterior al inicio de ese periodo.

Además, si el proceso implica dos traslados, uno para las prácticas y otro para el destino definitivo, la deducción solo puede aplicarse por uno de ellos, no por ambos. Y en cualquier caso, el cambio efectivo de residencia sigue siendo imprescindible y debe acreditarse con la misma documentación exigida al resto de contribuyentes. 
 

Cómo aplicar la deducción por movilidad geográfica sin errores 


Empadrónate en el nuevo municipio cuanto antes y guarda el certificado. Asegúrate de tener el contrato de alquiler o de propiedad que justifique el traslado, y conserva todos los justificantes facturas, recibos a tu nombre, contrato laboral durante al menos cuatro años, que es el plazo que tiene la Agencia Tributaria para revisarlo.

En la declaración, localiza la casilla 19 del modelo 100, una de las casillas más utilizadas en la declaración de la renta, márcala y anota correctamente el rendimiento neto del nuevo empleo. Si tienes dudas sobre cómo calcularlo o si tu situación tiene alguna particularidad,como un proceso de oposición o un traslado parcial, merece la pena consultarlo con un asesor fiscal antes de enviar. 

La deducción por movilidad geográfica es uno de esos beneficios fiscales que pasan desapercibidos y que, si cumples los requisitos, pueden dejarte hasta 400 euros más en el bolsillo cada año. No es complicada de aplicar: solo hay que hacerlo bien. 

Preguntas frecuentes sobre la deducción por movilidad geográfica


La deducción es de 2.000 euros anuales adicionales a los gastos generales de rendimientos del trabajo. Puedes aplicarla durante dos años: el del traslado y el año siguiente. Si el rendimiento neto del nuevo empleo es inferior a 2.000 euros, ese importe será el límite máximo que podrás deducir, aunque tengas otros ingresos del trabajo. 


No. Esta deducción es exclusiva para trabajadores por cuenta ajena. Los autónomos no pueden aplicarla en ningún caso, ya que está vinculada específicamente a los rendimientos del trabajo y al requisito previo de estar inscrito como demandante de empleo antes de aceptar el puesto.


La Agencia Tributaria puede requerir pruebas del traslado efectivo en una revisión posterior. El empadronamiento por sí solo no es suficiente ni imprescindible, pero es el documento más fácil de obtener. Sin acreditar el cambio de residencia real con documentación combinada, la deducción puede ser denegada.


Sí, siempre que hayan estado inscritos como demandantes de empleo antes del momento correspondiente del proceso selectivo. Desde la resolución del TEAC de enero de 2025, ese momento depende de si el proceso incluye prácticas previas o no. La inscripción en la oficina de empleo sigue siendo imprescindible en cualquier caso.


En tributación conjunta el límite de 2.000 euros se aplica por unidad familiar, no por contribuyente. Si ambos cumplen los requisitos pero declaran de forma conjunta, el máximo sigue siendo 2.000 euros en total. En ese caso conviene hacer los números antes de decidir: dos declaraciones individuales suelen ser más ventajosas.
 
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  1. en respuesta a fenomeno
    -
    Top 100
    #940
    27/04/18 09:03

    Hola, si estas en el paro en Valencia y trabajas en Huesca, deberías empadronarte en Huesca (que ya lo estás y por tanto no es válido) o tener contrato de alquiler con fecha de inicio igual a la fecha de inicio del contrato laboral.

    Para poder acogerte, creo que lo único que podrías hacer en primero empadronarte en Valencia y en caso de que finalmente encuentres trabajo en Huesca volver a empadronarte allí.

    Saludos,

  2. Nuevo
    #939
    27/04/18 02:13

    Buenos días Amparo.
    Tengo una pequeña duda. En abril de 2016 tuve que cambiar mi residencia habitual por motivos de trabajo. Estaba inscrita en la oficina de empleo. Y al llegar me empadrone en el nuevo domicilio. Pero no sabía lo de la movilidad geográfica y en el ejercicio de la renta de 2016, no lo puse. Mi pregunta es si puedo ponerlo este año o si debo hacer algo especial para incluirlo. Gracias.

  3. #938
    26/04/18 10:50

    Hola:

    Actualmente estoy trabajando en Valencia, pero sigo empadronado en mi ciudad natal (Huesca). Tengo un contrato de alquiler en Valencia, pero es muy probable que mi trabajo finalice en breve. Las preguntas son:
    - Al estar en empadronado en Huesca, podria apuntarme al paro en Valencia?
    - Si encontrase un trabajo en Huesca, (viviria en casa de mis padres y no tendria alquiler), podria acojerme a la movilidad geografica.
    - La deducción de 2000 euros interfiere con otras? Por ejemplo deducciones de alquiler, deducciones por donativos, etc.

    Muchas gracias por la labor que hace contestando todas las dudas de la gente.

    Un saludo

  4. en respuesta a Amadridla
    -
    Top 100
    #937
    26/04/18 10:47

    Tiene que coincidir el año del traslado por empadronamiento con el inicio del contrato laboral para poder solicitar la reducción por movilidad geográfica. Si no es así, como en tu caso, no se podría aplicar.

    Saludos,

  5. Nuevo
    #936
    24/04/18 19:52

    Hola Amparo. Hasta septiembre de 2013 estaba como demandante de empleo en la provincia de ciudad Real cuando me vine a Madrid a trabajar. No solicite la deducción por movilidad geográfica. en el 2016 hice cambio de empadronamiento a Madrid. ¿podría solicitar la deducción por movilidad geográfica este año?

    vivo desde 2013 en casa de mi hermano en Madrid. ¿vale como justificación de residencia el contrato?

    ¿La agencia tributaria podría ver mi historial de demandante de empleo y mi alta en la nueva empresa en Madrid y asi conceder la deducción por movilidad geográfica?

    Gracias de antemano.

  6. en respuesta a Maciolo
    -
    Top 100
    #935
    24/04/18 11:26

    Buenos días, puedes aplicar durante 2 años la reducción por movilidad geográfica aunque hayas cambiado de empleo en estos 2 años. Saludos,

  7. en respuesta a Almudena Bi
    -
    Top 100
    #934
    24/04/18 11:25

    Hola Almudena, si antes de aceptar este nuevo trabajo en Canarias el año 2017 te hicieron efectivo el traslado al paro de Canarias, no cumplirías los requisitos para aplicar la reducción por movilidad geográfica. Como tu situación no es general, te recomiendo que acudas a un asesor fiscal.

    Saludos,

  8. en respuesta a Patricia92
    -
    Top 100
    #933
    24/04/18 11:23

    Patricia, esta deducción desaparece, permaneciendo solamente para aquellos contratos que se hayan firmado antes del 1 de enero de 2015 y siempre que el inquilino cuente con una renta inferior a los 24.107€ anuales, podrá deducirse el 10,05% de las cantidades que haya satisfecho.

    Más información en Deducciones generales para la declaración de la Renta 2017
    Saludos,

  9. #932
    23/04/18 13:15

    Buenas tardes Amparo.

    Después de estar bastante rato leyendo y releyendo las preguntas que te hacen por aquí, y aparte, leyendo más por internet, no consigo quitarme una duda sobre la declaración y te estaría muy agradecido si pudieras aclarármela.

    En 2016 me vine de Andalucía a Madrid por motivos de trabajo y aquí sigo. Según he entendido leyendo por aquí, con el contrato de alquiler del piso y con alguna factura (Las que tengo son de teléfono solamente pero supongo que valdrían) sería suficiente en caso que tuviera que presentar papeleo por si me piden algo.

    Mi duda es la siguiente: Cuando me vine a Madrid, estaba inscrito en una oficina de empleo de mi comunidad. Pero en el año 2017 cambié de trabajo. ¿Influye este cambio laboral en algo para que no pueda acogerme a la movilidad geográfica? Si sirve de algo, fue un cambio de trabajo "instantaneo" por así decirlo. Es decir. Un viernes terminé en la empresa X y el lunes comencé en la empresa Y.

    Entre trabajo y trabajo yo no me he dado de alta en ninguna oficina de empleo de aquí de Madrid.

    Gracias de antemano. Un saludo!

  10. Nuevo
    #931
    20/04/18 16:56

    Buenas tardes,
    Mi situación es un poco excepcional. Mi padrón ha estado siempre en casa de mis padres (Canarias) mientras yo iba enganchando un trabajo con otro en Madrid (pero mi declaración de la renta tenía dirección siempre en casa de mis padres, porque no sabía cuánto tiempo duraría mi trabajo en Madrid).
    El caso es que me quedé en paro (y me registré en la oficina de empleo de Madrid) y pedí traslado de la misma a Canarias mientras cobraba la prestación para buscar trabajo allí (claro está que cambié también mi residencia a casa de mis padres).
    Finalmente encontré trabajo en Canarias dentro el mismo año (2017).
    El caso es que he leído últimamente en foros que ya no se exige empadronamiento ni contrato de vivienda. El caso es que no sé si caigo dentro del rango o no. ¿Podrías solucionarme esa duda?
    Muchas gracias.

  11. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #930
    19/04/18 19:26

    ¡Muchas gracias Amparo!
    Hablando de la deducción por pago de alquiler, creo haber leído que si las rentas anuales brutas superan unas cifras determinadas (más de 24.000€ anuales, me parece), el alquiler no degrava. ¿Es así? De ser así ¿qué cantidad sería exactamente?
    Muchas gracias por adelantado!
    Un saludo

  12. en respuesta a Gautxo82
    -
    Top 100
    #929
    18/04/18 11:50

    Hola Gautxo, creo que no tenías derecho a estar reducción por movilidad geográfica, porque tenías que estar en el paro en tu ciudad y luego empadronarte en la del cambio laboral, además de que tendrías que haber presentado la renta de 2015 (aunque no estuvieras obligado). Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal.

    Saludos,

  13. Nuevo
    #928
    18/04/18 09:36

    Hola, en mi caso me dí de alta en el inem a primeros de 2015 en Madrid, aunque fue circunstancial ya que mi residencia habitual y mi padrón estaba en otra provincia, me mudé tras encontrar trabajo en Junio/Julio pero no hice declaración este año al no estar obligado por ingresos mínimos. Sí que marqué la casilla en la declaración de 2016 entendiendo que este sería el segundo año que podía aprovechar la movilidad geográfica.

    No me empadroné en Madrid pero tengo contrato de alquiler desde el 1 de enero de 2016. ¿Puedo tener algún problema por haberme dado de alta como demantande en la provincia que finalmente encontré empleo o por no haber hecho la declaración de 2015?

    Gracias.

  14. en respuesta a Jose Luis Rs
    -
    Top 100
    #927
    17/04/18 10:30

    Hola Jose Luis, si, además es que la reducción por movilidad geográfica se puede aplicar durante 2 años (aunque en el segundo año no estés trabajando en el trabajo que ocasionó la movilidad) así que en la Renta 2017 puedes seguir aplicándolo.

    Saludos,

  15. en respuesta a Besamber
    -
    Top 100
    #926
    17/04/18 10:27

    Buenos días, en tu caso no podrías aplicar la reducción por movilidad geográfica. No cumples los requisitos.
    Saludos,

  16. #925
    16/04/18 20:40

    Hola,
    En 2016 acepte un trabajo en unacomunidad autonoma distinta a la que estaba inscrito en el inem como demandante de empleo, cambio mi domicilio habitual y en la declaracion de la renta marque movilidad grrografica, aunque no tuve ningun beneficio porque en mi contrato laboral el irpf era el minimo. Ese mismo año me fui de ese trabajo, porque el negocio iba a cerrar y acepte otro puesto de trabajo en la misma ciudad estando en el periodo entre los dos contratos inscrito en el inem como demandante de empleo en mi comunidad autonoma.. En el 2017 sigo trabajando en segundo trabajo que acepté.
    Tengo derecho en la declaracion de la renta 2017 a la movilidad geografica ?

  17. Nuevo
    #924
    16/04/18 15:18

    Buenas tardes,

    En agosto de 2015, estando apuntada al SEPE, y residiendo en Valladolid, me surgió la oportunidad de trabajar en Madrid. Durante dos años he estado yendo y viniendo de Valladolid, pero el año pasado obtuve una plaza fija en la institución en la que estaba contratada y, finalmente, me trasladé a vivir a Madrid.

    Es decir, el traslado se ha producido por encontrar trabajo en otra localidad, pero no se ha producido hasta que no he obtenido la plaza fija, momento en el que, lógicamente, ya no estaba inscrita en el SEPE, ¿podría aplicarme esta deducción?
    En caso de poder aplicarla, no entiendo muy bien qué cifra es la que debe constar en los rendimientos netos previos, también agradecería una aclaración al respecto.

    Gracias de antemano por la ayuda.
    Un cordial saludo

    Beatriz

  18. en respuesta a Annam.O.
    -
    Top 100
    #923
    16/04/18 12:13

    Hola Anna, yo creo que debías estar apuntada al paro hasta el día antes de aceptar el contrato en otra comunidad autónoma, lo mejor es que llames a Hacienda y lo consultes por asegurarte o que pidas una segunda opinión a otro asesor fiscal.

    Saludos,

  19. Nuevo
    #922
    14/04/18 12:20

    ¡Hola!

    He cambiado mi domicilio habitual en la renta pero no me permite modificar la casilla 019.

    Estaba trabajando en Canarias, me quedé en el paro y me trasladé a Barcelona por un trabajo. Estoy empadronado y todo, pero no se como modificar esta casilla, ¿Me podrían ayudar?

    ¡Gracias!

  20. Nuevo
    #921
    12/04/18 18:18

    Estuve inscrita en el paro hasta febrero del 2016 y mi contrató empezó en mayo del 2016 en otra conunidad autónoma. Pedí la reducción por movilidad geográfica y ahora Hacienda me reclama ese dinero pprque dicen que en el momento en el que empecé el trabajo no estaba inscrita (mi asesora die que solo tenía que constar como inscrita ese mismo año y ya está). Están equivocados en Hacienda? A parte de enviarles el certificado q más puedo hacer?