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Cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web, por atrasos y de años anteriores

Aprende cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web paso a paso. Te explicamos cuándo debes presentarla, cómo corregir errores en la renta, qué hacer si hay atrasos salariales, cómo modificar ejercicios anteriores y qué revisar en la casilla 108.
Si necesitas corregir errores u omisiones en tu declaración de la renta en 2025, aquí te explicamos cómo hacer una declaración complementaria paso a paso en Renta Web, cuándo presentarla y qué casillas revisar si se trata de atrasos o de ejercicios anteriores.
 
Descubre cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web
Cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web


  • 📌 La declaración complementaria sirve para corregir una renta ya presentada cuando hubo errores u omisiones que hicieron pagar menos o devolver más de lo debido.
  • 💻 Puedes hacerla desde Renta Web, accediendo a la declaración presentada y modificando los datos necesarios.
  • ⏳ Si has cobrado atrasos salariales, debes revisar a qué ejercicio corresponden antes de presentar la modificación.
  • 🗂️ Si el error afecta a un ejercicio previo, tendrás que tramitarla como declaración complementaria de años anteriores.
  • 🔎 En algunos casos conviene revisar la casilla 108 de la declaración complementaria, sobre todo si hay atrasos de rendimientos del trabajo.
  • ✅ Antes de enviarla, comprueba bien el nuevo resultado de la autoliquidación y qué casilla corresponde en cada supuesto.

¿Cuándo presentar una declaración complementaria y en qué casos procede?

Debes presentar una declaración complementaria cuando la declaración original contiene errores u omisiones que provocaron un ingreso inferior al que correspondía o una devolución superior a la procedente, pero si lo que necesitas es rectificar la declaración de la renta porque el error te perjudica a ti, el trámite es distinto.. También puede ser necesaria si olvidaste incluir rendimientos del trabajo, atrasos salariales u otros datos que cambian el resultado final de la autoliquidación. En estos casos, la nueva declaración incorpora tanto los datos correctos de la original como la información omitida o modificada.

¿Cómo hacer una declaración complementaria paso a paso en Renta Web?

A continuación, te mostramos cómo realizar una declaración complementaria a través del programa Renta Web. 
1. Accede al Servicio de tramitación de Renta WEB
 Lo primero es entrar en el servicio de tramitación del borrador o declaración de Renta WEB. Para acceder, debes identificarte con certificado electrónico, DNIe, Cl@ve o número de referencia. 
2. Verifica el estado de tu declaración
Antes de modificar nada, revisa el estado de tu declaración de la renta para comprobar que la declaración presentada figura correctamente y detectar si existe algún aviso de la Agencia Tributaria.
3. Selecciona “Modificar declaración”
Dentro de los servicios disponibles, entra en la opción para modificar una declaración ya presentada. Desde ahí podrás acceder a la declaración original y corregir los datos necesarios. 
4. Realiza las modificaciones necesarias
Corrige los apartados que correspondan e incorpora los datos omitidos. La declaración complementaria debe incluir toda la información correcta: tanto la ya declarada como la nueva que se añade o rectifica. 

5. Indica el motivo y revisa el resultado
En el apartado de declaración complementaria debes señalar el motivo de la modificación. Si el cambio afecta al importe a ingresar o a devolver, Renta Web recalculará el resultado final. 

Casilla 108 de la declaración complementaria: cuándo se utiliza

La casilla 108 de la declaración complementaria se utiliza en supuestos concretos relacionados con atrasos de rendimientos del trabajo percibidos con posterioridad a la presentación de la declaración original del ejercicio correspondiente. Es una de las referencias que conviene revisar cuando buscas cómo hacer una declaración complementaria por atrasos, igual que otras casillas más utilizadas en la declaración de la renta, ya que permite identificar correctamente el motivo de la regularización dentro de Renta Web. Además, si el ajuste afecta a devoluciones acordadas por la administración o al resultado de una autoliquidación anterior, es importante comprobar qué casilla corresponde en cada caso antes de presentar la modificación.

¿Cómo hacer una declaración complementaria por atrasos?

Si has cobrado atrasos salariales después de presentar la renta, debes revisar a qué ejercicio corresponden. Cuando esos atrasos pertenecen a un año anterior, la regularización suele hacerse mediante una declaración complementaria del ejercicio al que debieron imputarse. Por eso, si estás buscando cómo hacer una declaración complementaria por atrasos, lo más importante es identificar primero el ejercicio correcto, acceder a esa declaración y modificar únicamente los datos afectados, comprobando después el nuevo resultado.

¿Cómo hacer una declaración complementaria de años anteriores?

Cuando el error afecta a una renta ya presentada de un ejercicio previo, el trámite debe realizarse sobre ese año concreto desde el apartado de ejercicios anteriores de Renta Web. Si necesitas saber cómo hacer una declaración complementaria de años anteriores, debes acceder al ejercicio correspondiente, abrir la declaración presentada, corregir los datos omitidos o erróneos y validar de nuevo la autoliquidación antes de enviarla. Este proceso es habitual cuando aparecen atrasos, rendimientos no incluidos o cambios que afectan a una declaración ya presentada hace varios años.

Formas de pago de la declaración complementaria

 El ingreso de una declaración complementaria no puede fraccionarse, por lo que deberá pagarse en un solo pago mediante alguna de las siguientes opciones: 
  • Domiciliación bancaria.
  • Pago electrónico con NRC.
  • Pago en ventanilla en entidad colaboradora.
  • Otras modalidades admitidas, como aplazamiento, compensación o transferencia, según el caso.

Preguntas frecuentes sobre la declaración complementaria


Debes comprobar a qué ejercicio corresponden esos atrasos y presentar la complementaria sobre esa renta, incorporando los importes omitidos y revisando la casilla que corresponda en Renta Web. 


Tienes que entrar en el apartado de ejercicios anteriores, acceder a la declaración ya presentada del año afectado y corregir los datos que faltan o que se declararon de forma incorrecta. 


La casilla 108 de la declaración complementaria se asocia a determinados supuestos de atrasos de rendimientos del trabajo y conviene revisarla cuando la modificación afecta a ingresos cobrados después de presentar la declaración original. 


Si la modificación afecta al importe devuelto o solicitado, conviene revisar si la devolución anterior ya ha sido tramitada o acordada, porque ese detalle influye en la forma de regularizar la declaración presentada. 

En definitiva, saber cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web es clave para corregir errores a tiempo y evitar problemas con Hacienda. Ya sea por atrasos, por cambios en datos ya presentados o porque necesites regularizar ejercicios anteriores, revisar bien la información y marcar correctamente la opción correspondiente te ayudará a presentar la modificación de forma más segura y sencilla.
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  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #340
    11/05/15 11:19

    Gracias por la información, pero si no he ido a ningún tipo de juicio entiendo que no ha habido litigio. Y por lo tanto debería ver si llego al mínimo para declarar en 2012 y si no llego no tengo que presentar ninguna complementaria.

  2. en respuesta a carlilloskj
    -
    Top 100
    #339
    11/05/15 10:30

    Buenos días,

    En este artículo se explica Declaración de la Renta: ¿cómo tributan los pagos del FOGASA? En tu caso, tienes que ver si hay litigio sobre la percepción de estos ingresos. Si si que se ha ido a juicio y se ha ganado la sentencia, las cantidades pagadas por el FOGASA se declaran como rendimiento del trabajo del ejercicio en el que la sentencia es firme, esto puede ser el año 2012, 2013 o 2014. Si la sentencia fue firme en 2014, los tienes que incluir en la Renta 2014 y ver si llegas al límite para tributar.

    Saludos,

  3. #338
    09/05/15 14:12

    Buenas , he leido muchas páginas pero no he encontrado mi caso.

    En 2014 recibí de fogasa 2100 euros por 2 meses de sueldo del 2012.
    El caso es que en 2012 no estaba obligado a hacer la declaración y como era menor de 25 me incluyeron mis padres en la suya ya que salía un saldo a favor respecto a mi borrador de 60€ (mi borrador -200 su declaración con hijo menor de 25 -260€)
    La cuestión es que al recibir los 2100 € ( si la hubiera hecho yo aún no llegaría a los 8000€) pero como son 2 pagadores y más de 1500€ pues ya no sé lo que hay que hacer.
    En mi borrador no aceptado del año 2012 falta medio mes por incluir . de los 2100 euros hay declarados por la empresa 1700. Pero como ni yo ni mis padres presentamos mi renta en 2012, ellos solo me incluyeron en la unidad familiar.
    Que tengo que hacer?

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #337
    29/04/15 10:41

    Muchas gracias Amparo!.

  5. en respuesta a Rakelmv32
    -
    Top 100
    #336
    29/04/15 10:25
    Buenos días, en este artículo se explica Declaración de la Renta: ¿cómo tributan los pagos del FOGASA?, tal como se indica:
    Si los rendimientos del trabajo percibidos por el FOGASA referentes a ejercicios anteriores ya han sido declarados en las Declaraciones de la Renta de los ejercicios anteriores, no existirá obligación de tributar por ellos.
    Saludos,
  6. en respuesta a Lidia01
    -
    Top 100
    #335
    29/04/15 10:23

    Buenos días, como todavía estamos en plazo de la Renta 2014, no tienes que hacer una complementaria sino que tienes que volver a presentar una nueva Declaración de la Renta 2014 haciendo constar este ingreso. La Agencia Tributaria tendrá en cuenta la declaración presentada con última fecha.

    Saludos,

  7. Nuevo
    #334
    29/04/15 07:19

    Buenas, mi pregunta es la siguiente. El año pasado declaré salarios que no habia percibido ya que me dijeron hacerlo así y cuando cobrara de Fogasa hacer una complementaria. Ahora ya he cobrado de Fogasa, como tendria que hacer las complementaria? Marco la casilla 121 el apartado A) y ya no se seguir, no se que tengo que poner. Supongo también que del apartado de rendimiento de trabajo tengo que restar lo que ellos me han puesto de Fogasa. Si puedieran ayudarme gracias.

  8. Nuevo
    #333
    28/04/15 13:16

    Hola,os explico mi caso ya que necesito consejo,
    El 12 de Abril de este año presenté telemáticamente la declaración para el ejercicio 2014. La modalidad es conjunta. Salió a devolver por 1.115,06 €. Al los pocos dias, me recordaron que deberia haber hecho constar los 1.000 € del plan PIVE. En la Ag. Tributaria me dijeron que tenía que hacer una complmentaria. Yo así lo intento: copiando la ya presentada, marco la casilla 120 (apartado d), indico el importe de la devolución anterior aunque la declaración del 2014 no está aún grabada en el sistema de la Agencia según me indicó una alocución,(en este caso, entiendo que Devoluciones acordadas por la Administración...etc) e incluyendo los 1000 € en la casilla 266. Cuando hago esto (manteniendo el resto de datos como en la declaración original), me encuentro con que en la complementaria debo pagar un importe positivo de 1.194 €. Esto no puede estar bien verdad?. Qué hago mal?.
    Muchas gracias por vuestra ayuda.

  9. en respuesta a 02061
    -
    Top 100
    #332
    17/04/15 09:09

    Hola, como todavía estamos en plazo de la Renta 2014, no tienes que presentar una Complementaria, sino presentar una nueva Declaración de la Renta 2014 ya que la Agencia Tributaria tendrá en cuenta la presentada con última fecha. Saludos,

  10. en respuesta a sanjuanero
    -
    Top 100
    #331
    17/04/15 09:08

    Buenos días,

    En este artículo se explica tu duda: Declaración de la Renta: ¿cómo tributan los pagos del FOGASA?. Como existe un litigio sobre el derecho a percibir esas retribuciones, en caso de ganar el litigio, las cantidades pagadas por el FOGASA se declaran como rendimiento del trabajo del ejercicio en el que la sentencia es firme.

    En tal caso, entiendo que solo tienes que hacer una Declaración complementaria del 2013, en la Declaración de la Renta deberás indicar rendimientos del trabajo neto, retenciones y gastos. Saludos,

  11. en respuesta a Kilyc2
    -
    Top 100
    #330
    17/04/15 09:03

    Bienvenido a Rankia,

    En la Declaración Complementaria sólo se pueden incluir perceptores que, debiendo haber sido incluidos en otra Declaración de IRPF de un ejercicio anterior, hubieran sido completamente omitidos; es decir, ingresos que no hayas tributado. En tu caso, has omitido un derecho, una deducción, y por tanto deberías de presentar una solicitud de ingresos indebidos. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para presentarlo.
    Saludos,

  12. Nuevo
    #329
    17/04/15 08:58

    Hola,

    Confirme el borrador de la declaracion de 2014 pero me he dado cuenta que se me olvidóo añadir las ayudas al alquiler de la parte autonómica (Madrid) por ser menor de 35 años y cumpir con el resto de requisitos que piden.

    Me bajé el programa PADRE para hacer una complementaria, marqué la casilla 120 ya que me tienen que devolver más dinero que en la original (aunque todavia no me han hecho el ingreso de la primera declaración) y finalmente metí los datos sobre el alquiler en el Anexo B.

    Al llegar a la ultima página, veo que hay una casilla que te dice que marques si quieres DEVOLUCION o no, pero está en gris y no me deja marcarla. Esto es normal? Es la primera vez que tengo que hacer una complementaria y estoy un poco pez.

    Muchas gracias de antemano

  13. #328
    16/04/15 21:32

    Tengo una duda al realizar una declaración complementaria, resulta que fui despedido con sentencia judicial en marzo de 2013, y la empresa me dejo sin pagar los meses desde Octubre de 2012 hasta Marzo de 2013, pues bien ahora habiendo recibido el pago del FOGASA con la indemnización y pago de 4 meses debo declararlo con una complementaria de 2012 y 2013, hasta ahí todo lo entiendo, pero a la hora de incluir los meses cobrados del FOGASA, parece ser que no puedo desgravar los pagos que hizo la empresa correspondientes de IRPF y Seguridad Social, que aunque no mes pago a mí si hizo el ingreso en hacienda y seguridad Social.
    ¿Mi pregunta concreta es como puedo desgravarme el IRPF y la Seguridad Social, ingresados por la empresa y compensarlos con los meses que he cobrado de FOGASA?

    Muchas gracias de antemano

  14. Nuevo
    #327
    Kilyc2
    16/04/15 18:48

    Buenas tardes,

    Tengo una duda con respecto a la deducción por alquiler. Estuve viviendo de alquiler durante todo el año 2013 y 2014 pero el año pasado no incluí este hecho en mi declaración ya que pensaba que mi casera tenía que meter el dinero en el IVIMA y no lo hizo, pero me han dicho que eso sería sólo para la deducción de Madrid, no para la estatal.

    Este año voy a incluirlo en la declaración de la renta (2014) y me han comentado que puedo presentar una complementaria para poder incluirlo en la que hice el año pasado (2013). ¿Es eso correcto?

    Muchas gracias.

  15. en respuesta a nokistein
    -
    Top 100
    #326
    15/04/15 09:59

    Buenos días,

    En la Declaración Complementaria se tienen que incluir perceptores que, debiendo haber sido incluidos en otra Declaración de IRPF de un ejercicio anterior, hubieran sido completamente omitidos. En tu caso, has omitido un derecho, no un ingreso no tributado, y por tanto deberías de presentar una solicitud de ingresos indebidos. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal para presentarlo.
    Saludos,

  16. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #325
    15/04/15 06:16

    Hola.
    Por desconocimiento los años anteriores no inclui los seguros ligados a la hipoteca en las declaraciones pertinentes. Mi pregunta es si puedo realizar declaraciones complementarias de dichas declaraciones, supongo que desde el 2010 al 2014, para poder incluir dichos seguros.
    ¿Donde y como deberia hacerlo?.
    Muchas gracias.

  17. en respuesta a fegu6415
    -
    Top 100
    #324
    14/04/15 11:11

    Bienvenido a Rankia,

    En tu caso, creo que tienes dos opciones: presentar declaraciones complementarias de los años 2012 y 2013 (siempre saldrán a pagar las complementarias) o bien añadir estos ingresos atrasados a tus rendimientos del trabajo del 2014, por tanto, tendrás más de un pagador y el límite será de 11.200€ para presentar la Declaración de la Renta. En todos los casos, tienes que tributar por estos ingresos atrasados.

    Te aconsejo que acudas a un asesor fiscal y le comentes tu situación
    Saludos,

  18. en respuesta a halcotan
    -
    Top 100
    #323
    14/04/15 11:09

    Buenos días,

    Si es un importe pequeño, creo que lo mejor es que no hagas declaración complementaria, sino que incluyas los 4 conceptos de pensión extranjero en la Declaración de la Renta de 2014, y tributes por ello este año.

    De todos modos, te aconsejo que acudas a un asesor fiscal y le consultes esta solución.
    Saludos,

  19. Nuevo
    #322
    12/04/15 18:01

    Necesito ayuda en para una duda:
    En 2014 ha cobrado unos atrasos del 2012 y del 2013 que no llegan a 500€ para cada año.
    Mis rendimientos por trabajo no llegan el mínimo por el que no tengo la obligación presentar la declaración de la renta. Pero cuando me sale a devolver la presento.
    He hecho los borradores de complementarias de los años 2012 y 2013 y me salen a pagar.
    ¿Tengo que presentarlas obligatoriamente o puedo no hacerlo basándome en lo antes expuesto?

    gracias

  20. #321
    09/04/15 13:20

    hola , mi caso es el que sigue
    tengo que hacer declaracion complementaria de 2010,11,12 y 13 para incluir pension extranjera
    la cuestion es que la pension es tan pequeña que no hace variar el resultado final de las declaraciones
    entonces al tratar de mandar el modelo 100 de forma telematica me da error, porque no es a ingresar
    cómo hago para declarar esos ingresos , en la aeat no me saben decir

    un saludo