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Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web

Declaración complementaria: cómo hacerla y presentarla en Renta Web

La presentación de la declaración complementaria se debe realizar en aquellos casos en los que el contribuyente haya observado alguna errata en su Declaración de la Renta ya presentada por Renta Web, que suponga un aumento o reducción de ingresos dependientes de ésta. También deberá realizarse si el contribuyente tiene por objeto incluir perceptores que, debiendo haber sido incluidos en otra Declaración de IRPF de un ejercicio anterior, hubieran sido completamente omitidos en la misma. Por tanto, en la declaración complementaria solamente se incluirán las percepciones omitidas que motivan su presentación.

Declaración complementaria

 

Declaración complementaria: cuándo se presenta

Deberán regularizarse mediante la presentación de una declaración complementaria: 

  • Los errores u omisiones padecidos en declaraciones ya presentadas que hayan motivado un ingreso inferior o una devolución superior a la procedente.
  • Las pérdidas del derecho a reducciones o exenciones aplicadas en declaraciones anteriores. Es importante saber que la pérdida del derecho a deducciones se regularizará en la declaración correspondiente al ejercicio corriente, aplicando los correspondientes intereses de demora.
  • La Agencia Tributaria, en los datos fiscales que pone a nuestra disposición, comunica separadamente los rendimientos del trabajo en concepto de atrasos, puesto que se regularizan por declaración complementaria.

Declaración complementaria: cómo se presenta

A continuación, te mostramos cómo realizar una declaración complementaria a través del programa Renta Web

Paso 1: Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)

Lo primero que debemos hacer es acceder al servicio de Tramitación/ declaración (Renta Web). Para ello, deberemos facilitar nuestro número de referencia, la cl@ve PIN, o con certificado electrónico o DNIe. 

                                                           Declaración complementaria                               

 clave pin referencia certificado

Paso 2: Modificar declaración

 

A continuación, verás la opción "Servicios disponibles". Deberás seleccionar la opción "modificar declaración". 

 

Servicios disponibles

En el caso de que ya tengas una sesión iniciada en Renta Web, existe una opción  "Modificar declaración presentada", que en caso de que la selecciones, mostrará un listado de declaraciones presentadas desde el cual puede recuperar la declaración original.

Modificar declaraciónUn aviso informará de los supuestos en los que se puede presentar una declaración complementaria o una rectificación de la autoliquidación.

Aviso complementaria

Paso 3: Motivo de presentación

En la página 3 de Renta Web debemos especificar el motivo por el cual realizamos la declaración complementaria. En el supuesto de que de la declaración complementaria resulte una cantidad a devolver inferior a la solicitada en la declaración anterior y dicha devolución no hubiera sido todavía efectuada por la Agencia Tributaria; se seleccionará la casilla 107.

 

Página 3 Declaracióncomplementaria

En caso contrario, deberemos señalar la casilla "por razones distintas", y especificar la razón.

En función de la opción seleccionada puede aparecer una ventana emergente en la que deberás marcar la casilla correspondiente al tipo de declaración complementaria y completar el importe, a ingresar o a devolver, de la anterior declaración presentada.

 

Tipo declaración complementaria

A continuación puede aparecer un aviso para que compruebes la opción de tributación seleccionada.

Aviso modalidad

Accede a los apartados de la declaración para realizar las modificaciones correspondientes.

Apartados

Por último slecciona el otón de "presentar declaración"

Presentar declaración

 

Recuerda que deberás consignar, si procede, la cantidad ingresada en su día o la devolución acordada.

También puedes acceder  desde la declaración presentada a estas casillas desde la opción "apartados" , tal y como se observa en la imagen. Recuerda que una vez hayas introducido los datos, puedes comprobar el resultado de la declaración desde "Resumen de declaraciones".

El resultado de la declaración complementaria siempre es una cantidad a pagar del rendimiento omitido, ya que se están incluyendo perceptores, o rentas recibidas que generan una cuota tributaria positiva, por lo cual la cuota tributaria será mayor a la retención practicada en los atrasos.

Ciertas cuestiones importantes a tener en cuenta una vez hemos realizado la declaración complementaria:

  • Si accedes con referencia tendrás que contactar con su Entidad Bancaria para obtener el NRC justificante del pago.
  • Si accedas con certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN podrás obtener el NRC justificante del pago a través de la pasarela de pago desde la opción disponible en el propio programa al presentar la declaración, o desde la opción "Pago de impuestos" de la Sede Electrónica.
  • Otra alternativa sería la obtención de la predeclaración para presentarla en papel donde proceda.

Si tiene más dudas sobre la Declaración del IRPF puedes consultar el foro de fiscalidad.

Foro de fiscalidad

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • Declaración complementaria
  1. Nuevo
    #400
    24/10/16 21:20

    Tengo que hacer una declaración complementaria debido al PLAN PIVE 2013, he intentado hacer una declaración nueva y añadir en la parte de complementaria, el problema que a pesar de este nuevo ingreso (que he incluido en la sección de ganancia y perdidas patrimoniales) el resultado de la declaración sigue siendo el mismo. no tengo que ingresar ni me tienen que devolver, el ingreso ha sido a mi conyuge y al hacer la declaración conjunta (como la hice en su momento) no me sale activado ninguna casilla de DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA (120 es la que marqué).la puedo mandar así, porque segun leo la declaración complementaria solo es en el caso de una cantidad a pagar, y en mi caso no es así.

  2. en respuesta a miguelae
    -
    Nuevo
    #398
    07/07/16 20:52

    Me pasa lo mismo y siguiendo tus pasos me sigue dando el dichoso error 100R511 Alguien me puede dar otra solución Gracias

  3. en respuesta a Pachoman
    -
    Top 100
    #397
    29/06/16 17:23

    Solo con el programa PADRE de ese ejercicio, el programa renta web online es una novedad de la Declaración de la Renta 2015. Saludos,

  4. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #396
    29/06/16 17:21

    Se puede hacer por la Web de hacienda??, o solo se puede hacer por el programa padre.

  5. en respuesta a Pachoman
    -
    Top 100
    #395
    29/06/16 16:43

    Buenas tardes, si, tienes que hacer una declaración complementaria del ejercicio 2013 con el programa PADRE 2013 y seguir las indicaciones que se marcan en el artículo: marcar la casilla 121 y añadir el importe que recibiste por el plan PIVE.

    Saludos,

  6. Nuevo
    #394
    29/06/16 16:00

    Buenas tardes,

    Ayer me llego una carta de hacienda indicando que tenia que declarar la ayuda del plan PIVE que recibí el año 2013.

    Mi duda es si como ya he presentado la declaración del 2015 ¿tengo que hacer una complementaria del 2013? y si fuera el caso que tendría que hacer para presentar una complementaria del 2013.

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #393
    29/06/16 11:57

    Para los que se encuentren en mi caso, tengo nueva información. He recibido un mail de [email protected] (Agencia Tributaria Cataluña) en el que me indican que he de hacer una Complementaria señalando la casilla 10 y declarando por la diferencia de cuotas, pues cobrarán la presentada con domiciliación en cuenta y la Complementária con el nrc.
    Muchas gracias Amparo

  8. en respuesta a Adamia
    -
    Top 100
    #392
    29/06/16 08:57

    Como todavía estamos en plazo, mañana acaba el período de la Renta 2015, tienes que presentar otra declaración con los datos correctos; no una complementaria. Saludos,

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #391
    28/06/16 18:00

    Buenas tardes
    Después de leer muchos mensajes,no encuentro mi duda y es la de hacer un complementaria del mod. 714 PATRIMONIO.
    El día 25 envié mi declaración y enseguida me dí cuenta que omití los datos de una cartera de valores.
    Sé que he de señalar la casilla 10 pero no sé el procedimiento.
    Cómo se realiza?
    Muchas gracias

  10. en respuesta a Belen060
    -
    Top 100
    #390
    15/06/16 08:57

    Hola Belén, deberías hacer una nueva declaración de la renta con todos los datos correctos, ya que todavía estamos en plazo de presentación de la Renta 2015. Saludos,

  11. Nuevo
    #389
    14/06/16 21:46

    Buenas tardes, tengo una duda. Es la primera vez que realizo la declaración de la renta y le he dado a confirmar borrador sin añadir los datos de la vivienda en la que estoy de alquiler. Me he dado cuenta bastante tiempo después, se supone que deberían devolverme pero al añadir los datos y rectificarlos, no me cambia el importe a devolver. Qué debo hacer? Una complementaria o una nueva? Me cambiarán el importe a devolver, lo tengo que solicitar o simplemente me quedo sin la devolución? Muchas gracias!

  12. en respuesta a Confucio
    -
    Top 100
    #388
    13/06/16 09:25

    Así es, tiene validez la Declaración de la Renta con última fecha presentada. Saludos,

  13. en respuesta a Iguolada
    -
    #386
    Antonio José Carmona
    10/06/16 14:09

    Hola iguolada, un saludo, soy Antonio y perdona las molestias, aunque he hecho una consulta en otro apartado de rankia, me gustaría saber como sabes las retenciones y ss de las nominas no cobradas, porque mi mujer ha cobrado el fogasa pero no le viene especificado nada solo dividen salarios e indemnizaciones, todo fue por sentencia. Gracias.

  14. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #385
    10/06/16 14:09

    Hola Amparo. Correcto. Entonces por estar en plazo, si hago una nueva declaración, la anterior queda borrada automaticamente, no es así. Mil gracias.

  15. en respuesta a Confucio
    -
    Top 100
    #384
    10/06/16 09:10

    Buenos días, si te has olvidado de incluirlo en la Declaración de la Renta 2015, como todavía estamos en plazo debes presentar una nueva declaración con todos los datos correctos (no una complementaria). De este modo, tendrá validez la Declaración de la Renta presentada en última fecha.

    Si que tienes que incluirlo porque modificará el importe de las pérdidas pendientes de compensar en los próximos 4 años, aunque para este ejercicio no modifique la cantidad a pagar / devolver, si que es importante para los próximos años.

    Saludos,

  16. #383
    09/06/16 18:10

    Me olvidé de declarar una venta de acciones, (de un total de 20) pero que no altera el resultado de la declaración que es la misma cantidad negativa por tenir minusvalias de años anteriores. Debo hacer una complementaria o espero a si se produce una notificación de Hacieda, En el simulacro de complementaria que he hecho solo me pide poner la fecha, presentandose las casillas de la última página sombreadas y sin dirección bancaria a ingressar, ello ya quedó reflejado en mi primera declaración. Es correcto.

  17. en respuesta a Jdddpg
    -
    Top 100
    #382
    09/06/16 09:23

    Buenos días, como el importe de los atrasos es pequeño, puede incluirlo directamente en la Declaración de la Renta 2015, como dices, en los rendimientos del trabajo. Saludos,

  18. #381
    08/06/16 17:52

    Buenas tardes Amparo!!

    En el certificado de retenciones de la Seguridad Social de mi suegro, figuran unos atrasos por regularización del importe de la pensión, de los años 2013 y 2014. El importe total, descontadas las retenciones es en total para los dos años de 304€. En la declaración de la renta que tiene que presentar ahora en JUNIO, lo puedo meter directamente en la casilla 001 de la renta de este año? ¿O le tengo que presentar complementaria de los años 2013 y 2014? La renta de este año, sin meter los atrasos le sale a pagar unos 1800€. Esos atrasos los cobró en 2015.

    Muchas gracias