Los pagos del FOGASA tributan en el IRPF y, en la mayoría de los casos, debes incluirlos en la Declaración de la Renta. La clave está en distinguir si has cobrado salarios o una indemnización y en qué ejercicio corresponde declararlos.
Además, al actuar como segundo pagador, puede cambiar tu obligación de presentar declaración. Aquí tienes qué declarar, cuándo hacerlo y cómo evitar errores.
¿FOGASA tributa en la Renta como salario o indemnización?
Los importes cobrados del FOGASA pueden tener dos tratamientos fiscales distintos:
- Salarios impagados: se consideran rendimientos del trabajo y tributan igual que una nómina.
- Indemnizaciones por despido: pueden estar exentas hasta 180.000 €, siempre que se ajusten a los límites obligatorios del Estatuto de los Trabajadores.
Es importante entender cómo tributan las indemnizaciones en la Renta, porque si superan el límite exento, el exceso sí se integra como rendimiento del trabajo. No todo lo que paga FOGASA está automáticamente libre de impuestos.
¿FOGASA cuenta como segundo pagador en el IRPF?
Sí. Hacienda considera al FOGASA como segundo pagador. Si has tenido dos pagadores y:
- Has cobrado más de 14.000 € en total, y
- Del segundo pagador (FOGASA) has recibido más de 1.500 €, estarás obligado a presentar la declaración.
Esto no implica pagar más impuestos por defecto, pero sí puede provocar que el resultado salga a pagar si no hubo retención suficiente, ya que FOGASA no practica retenciones de IRPF en muchos casos.
¿En qué año se declaran los pagos del FOGASA?
Este es uno de los errores más habituales al hacer la renta.
La regla general establece que los rendimientos del trabajo se imputan al año en que son exigibles, no necesariamente cuando los cobras. De cara a la campaña de 2026 (renta del ejercicio 2025), esto implica lo siguiente:
- Si en 2025 has cobrado salarios de 2023 o 2024, deberás regularizarlos mediante una Declaración Complementaria de esos ejercicios.
- Si el derecho al cobro dependía de una sentencia y esta adquiere firmeza en 2025, se declara en la renta de 2025 (que se presenta en 2026).
- Si son atrasos sin litigio, se imputan al año en que debieron pagarse, no al año de cobro.
La normativa permite presentar la complementaria sin sanción ni intereses de demora si lo haces dentro del plazo que va desde el cobro hasta el final del siguiente periodo voluntario de declaración.
Cómo declarar correctamente los pagos del FOGASA paso a paso
Para evitar problemas:
- Identifica si el ingreso es salario o indemnización.
- Comprueba a qué ejercicio corresponde fiscalmente.
- Revisa tu borrador de la Renta, ya que no siempre aparece automáticamente.
- Si falta información, inclúyelo manualmente en rendimientos del trabajo.
Si el ingreso pertenece a un año anterior, regulariza antes del siguiente inicio Declaración de la Renta para evitar recargos innecesarios.
¿Qué ocurre si no declaras los pagos del FOGASA?
No incluir estos importes en tu declaración puede dar lugar a una regularización por parte de Hacienda. Si detecta que faltan rendimientos del trabajo, te exigirá presentar la declaración correcta y abonar la cuota pendiente.
Además, pueden aplicarse recargos, intereses de demora e incluso sanciones que oscilan entre el 50% y el 150% de la cantidad no ingresada, dependiendo de la gravedad. Regularizar voluntariamente antes de recibir un requerimiento reduce el impacto económico y evita problemas mayores.
Preguntas frecuentes sobre FOGASA y la declaración
Sí, salvo que se trate de una indemnización totalmente exenta dentro de los límites legales.
Normalmente no practica retención, lo que puede provocar que el resultado final salga a pagar.
Mediante una declaración complementaria del ejercicio al que correspondan.
Están exentas hasta 180.000 € si respetan los límites obligatorios. El exceso tributa.
Puede obligarte si superas los límites de ingresos establecidos para contribuyentes con dos pagadores.
Hacienda puede exigir regularización, aplicar recargos y sancionar económicamente.