Acceder

Cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web, por atrasos y de años anteriores

Aprende cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web paso a paso. Te explicamos cuándo debes presentarla, cómo corregir errores en la renta, qué hacer si hay atrasos salariales, cómo modificar ejercicios anteriores y qué revisar en la casilla 108.
Si necesitas corregir errores u omisiones en tu declaración de la renta en 2025, aquí te explicamos cómo hacer una declaración complementaria paso a paso en Renta Web, cuándo presentarla y qué casillas revisar si se trata de atrasos o de ejercicios anteriores.
 
Descubre cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web
Cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web


  • 📌 La declaración complementaria sirve para corregir una renta ya presentada cuando hubo errores u omisiones que hicieron pagar menos o devolver más de lo debido.
  • 💻 Puedes hacerla desde Renta Web, accediendo a la declaración presentada y modificando los datos necesarios.
  • ⏳ Si has cobrado atrasos salariales, debes revisar a qué ejercicio corresponden antes de presentar la modificación.
  • 🗂️ Si el error afecta a un ejercicio previo, tendrás que tramitarla como declaración complementaria de años anteriores.
  • 🔎 En algunos casos conviene revisar la casilla 108 de la declaración complementaria, sobre todo si hay atrasos de rendimientos del trabajo.
  • ✅ Antes de enviarla, comprueba bien el nuevo resultado de la autoliquidación y qué casilla corresponde en cada supuesto.

¿Cuándo presentar una declaración complementaria y en qué casos procede?

Debes presentar una declaración complementaria cuando la declaración original contiene errores u omisiones que provocaron un ingreso inferior al que correspondía o una devolución superior a la procedente, pero si lo que necesitas es rectificar la declaración de la renta porque el error te perjudica a ti, el trámite es distinto.. También puede ser necesaria si olvidaste incluir rendimientos del trabajo, atrasos salariales u otros datos que cambian el resultado final de la autoliquidación. En estos casos, la nueva declaración incorpora tanto los datos correctos de la original como la información omitida o modificada.

¿Cómo hacer una declaración complementaria paso a paso en Renta Web?

A continuación, te mostramos cómo realizar una declaración complementaria a través del programa Renta Web. 
1. Accede al Servicio de tramitación de Renta WEB
 Lo primero es entrar en el servicio de tramitación del borrador o declaración de Renta WEB. Para acceder, debes identificarte con certificado electrónico, DNIe, Cl@ve o número de referencia. 
2. Verifica el estado de tu declaración
Antes de modificar nada, revisa el estado de tu declaración de la renta para comprobar que la declaración presentada figura correctamente y detectar si existe algún aviso de la Agencia Tributaria.
3. Selecciona “Modificar declaración”
Dentro de los servicios disponibles, entra en la opción para modificar una declaración ya presentada. Desde ahí podrás acceder a la declaración original y corregir los datos necesarios. 
4. Realiza las modificaciones necesarias
Corrige los apartados que correspondan e incorpora los datos omitidos. La declaración complementaria debe incluir toda la información correcta: tanto la ya declarada como la nueva que se añade o rectifica. 

5. Indica el motivo y revisa el resultado
En el apartado de declaración complementaria debes señalar el motivo de la modificación. Si el cambio afecta al importe a ingresar o a devolver, Renta Web recalculará el resultado final. 

Casilla 108 de la declaración complementaria: cuándo se utiliza

La casilla 108 de la declaración complementaria se utiliza en supuestos concretos relacionados con atrasos de rendimientos del trabajo percibidos con posterioridad a la presentación de la declaración original del ejercicio correspondiente. Es una de las referencias que conviene revisar cuando buscas cómo hacer una declaración complementaria por atrasos, igual que otras casillas más utilizadas en la declaración de la renta, ya que permite identificar correctamente el motivo de la regularización dentro de Renta Web. Además, si el ajuste afecta a devoluciones acordadas por la administración o al resultado de una autoliquidación anterior, es importante comprobar qué casilla corresponde en cada caso antes de presentar la modificación.

¿Cómo hacer una declaración complementaria por atrasos?

Si has cobrado atrasos salariales después de presentar la renta, debes revisar a qué ejercicio corresponden. Cuando esos atrasos pertenecen a un año anterior, la regularización suele hacerse mediante una declaración complementaria del ejercicio al que debieron imputarse. Por eso, si estás buscando cómo hacer una declaración complementaria por atrasos, lo más importante es identificar primero el ejercicio correcto, acceder a esa declaración y modificar únicamente los datos afectados, comprobando después el nuevo resultado.

¿Cómo hacer una declaración complementaria de años anteriores?

Cuando el error afecta a una renta ya presentada de un ejercicio previo, el trámite debe realizarse sobre ese año concreto desde el apartado de ejercicios anteriores de Renta Web. Si necesitas saber cómo hacer una declaración complementaria de años anteriores, debes acceder al ejercicio correspondiente, abrir la declaración presentada, corregir los datos omitidos o erróneos y validar de nuevo la autoliquidación antes de enviarla. Este proceso es habitual cuando aparecen atrasos, rendimientos no incluidos o cambios que afectan a una declaración ya presentada hace varios años.

Formas de pago de la declaración complementaria

 El ingreso de una declaración complementaria no puede fraccionarse, por lo que deberá pagarse en un solo pago mediante alguna de las siguientes opciones: 
  • Domiciliación bancaria.
  • Pago electrónico con NRC.
  • Pago en ventanilla en entidad colaboradora.
  • Otras modalidades admitidas, como aplazamiento, compensación o transferencia, según el caso.

Preguntas frecuentes sobre la declaración complementaria


Debes comprobar a qué ejercicio corresponden esos atrasos y presentar la complementaria sobre esa renta, incorporando los importes omitidos y revisando la casilla que corresponda en Renta Web. 


Tienes que entrar en el apartado de ejercicios anteriores, acceder a la declaración ya presentada del año afectado y corregir los datos que faltan o que se declararon de forma incorrecta. 


La casilla 108 de la declaración complementaria se asocia a determinados supuestos de atrasos de rendimientos del trabajo y conviene revisarla cuando la modificación afecta a ingresos cobrados después de presentar la declaración original. 


Si la modificación afecta al importe devuelto o solicitado, conviene revisar si la devolución anterior ya ha sido tramitada o acordada, porque ese detalle influye en la forma de regularizar la declaración presentada. 

En definitiva, saber cómo hacer una declaración complementaria en Renta Web es clave para corregir errores a tiempo y evitar problemas con Hacienda. Ya sea por atrasos, por cambios en datos ya presentados o porque necesites regularizar ejercicios anteriores, revisar bien la información y marcar correctamente la opción correspondiente te ayudará a presentar la modificación de forma más segura y sencilla.
485
¿Te ha gustado mi artículo?
Si quieres saber más y estar al día de mis reflexiones, suscríbete a mi blog y sé el primero en recibir las nuevas publicaciones en tu correo electrónico
  1. en respuesta a josemolina
    -
    Top 100
    #180
    22/05/13 10:25

    Bienvenido a Rankia,

    Como digo en el comentario anterior, la Declaración complementaria se tiene que hacer en la misma modalidad que presentaste la Declaración de la Renta del año afecto. En tal caso, la deberás hacer con modalidad individual.

    Un saludo.

  2. Nuevo
    #179
    21/05/13 21:10

    hola kiero hacer la complementaria del 2010 pero en vez deañadir atrasos tengo ke descontar una cantidad ke me han retenido del año 2010. la hice individual y me gustaria saber si puedo hacerla en conjunta haber si me sale mejor
    gracias

  3. en respuesta a victor60
    -
    Top 100
    #178
    21/05/13 09:38

    Buenos días,

    Si no me equivoco la declaración complementaria de 2011 que tendrás que presentar también debe de ser en modalidad conjunta. Pero si como dices, el importe a incluir es pequeño, lo mejor es que lo añadas en la Declaración de la Renta de 2012.

    Un saludo.

  4. Nuevo
    #177
    20/05/13 22:05

    Hola Amparo,
    Estoy por sumar los datos con los de este año al ser menos de 1000€ pero de todos modos he intentado hacer la complementaria y no he podido ya que solamente puedo añadirlos en la declaración individual y no me aparecen en la conjunta y la que presenté en su momento es la conjunta que me salía mejor. ¿Es posible o que estoy haciendo mal?
    Gracias anticipadas

  5. en respuesta a jjulia
    -
    Top 100
    #176
    20/05/13 09:54

    Buenos días,

    Deberás presentar una nueva Declaración de la Renta dentro del plazo del IRPF 2012, ya que la Agencia Tributaria toma por válida la última declaración presentada. Puedes informarte en la oficina de la Agencia Tributaria más próxima, un saludo.

  6. Nuevo
    #175
    20/05/13 00:58

    Buenas noches.

    Espero que me pueda sacar de dudas. Mi caso es el siguiente, yo acepté mi borrador de la renta y ya me devolvieron lo que me correspondía, pero no comuniqué que en Noviembre del año pasado me independicé y pagué dos meses de alquiler, de los cuales he escuchado que puedo deducirme una parte. Pero ya no es sólo eso, es que por lo que tengo entendido debería de comunicar mi nueva situación personal.

    ¿Debería de hacer algo?

    Gracias de antemano.

  7. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #174
    15/05/13 10:36

    MUCHAS GRACIAS...
    Voy a modificar mi borrador espero saber recuperarlo y modificarlo...
    En este momento ya tengo otra duda: ¿también hay que incrementar las retenciones a cuenta de esas cantidades ? ...
    Voy a intentarlo...Ya te comentaré.
    saludos

  8. en respuesta a Frayag75
    -
    Top 100
    #173
    15/05/13 10:20

    Simplemente con modificar el borrador e incluir estas cantidades en los rendimientos del trabajo es necesario; no tendrás que hacer una Declaración complementaria porque el importe de los atrasos es pequeño.

    Un saludo.

  9. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #172
    15/05/13 09:40

    Hola Amparo:
    Leo tu respuesta y quiero preguntarte si en mi caso puedo hacer lo que recomiendas a javi79. Esta es mi situación: En noviembre de 2012 he recibido 205,34 € (con 30,95 de retención a cuenta) y 195,91 € ( 29,91 a cuenta) de unos atrasos que corresponden a las rentas de 2009 y 2010... En mis datos fiscales de 2012 aparecen para hacer declaracion complementaria. He recibido mi borrador para la renta de 2012 y no lo veo reflejado...¿hago como recomiendas a javi79...lo incluyo en los ingresos percibidos en 2012? ¿necesariamente tendria que hacerlo a traves del pograma PADRE o puedo modificar mi borrador de 2012? aunque me leas con cierto vocabulario fiscal no tengo mucha idea de hacer mis declaraciones, siempre he pedido ayuda, y la he recibido en este foro...
    Muchas gracias porque no sé por donde empezar a resolver este año. Saludos

  10. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #170
    14/05/13 18:53

    Muchísimas gracias, Amparo.

  11. en respuesta a Leire81
    -
    Top 100
    #169
    14/05/13 14:16

    Si, es posible. Sin más datos no te puedo decir más, pero si habéis hecho lo mismo en ambas declaraciones es posible que el resultado de una varíe y el otro no. Un saludo.

  12. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #168
    14/05/13 12:57

    Muchas gracias, tan solo una cosa más: he ido a Hacienda, la mía la han anulado y hemos presentado la nueva, con resultado a ingresar. La de mi marido, incluso introduciendo la AEDE, sale con idéntico resultado (es eso posible? Puede tener algo q ver que sus ingresos sean reducidos al trabajar media jornada?)... El caso es que, al haberla cobrado ya y el resultado ser el mismo, nos han dicho que basta con presentar un escrito de rectificación explicando el tema de la subvención. No es un poco raro que yo tenga que pagar (cuando, sin la ayuda, me hubieran devuelto bastante) y a él no le afecté la subvención para nada? Gracias de nuevo.

  13. en respuesta a Leire81
    -
    Top 100
    #167
    14/05/13 11:07

    Como todavía no ha terminado el plazo para poder presentar la Declaración de la Renta 2012, podéis presentar una nueva declaración dentro del plazo estimado y tendrá validez la última que se presente.

    Un saludo.

  14. #166
    13/05/13 21:53

    Buenas tardes,
    Tanto mi marido como yo hemos presentado la declaracion por internet. A él ya le han devuelto y a mi me sale también a devolver, aunque aún se está tramitando. El problema es que hoy nos hemos enterado de que deberíamos haber incluido la AEDE que se nos concedió el año pasado por la compra de nuestra vivienda, así como la subsidiacion del préstamo convenido. Cómo podríamos solucionar el problema? Hemos oído hablar de la complementaria y de que al hacerla siempre sale a pagar, es eso cierto?
    Muchas gracias de antemano.

  15. en respuesta a madridjuani
    -
    Top 100
    #165
    13/05/13 10:11

    Si en 2011 no presentaste la Declaración de la Renta, no podrás deducirte los gastos realizados durante ese año. Para modificar la Declaración de la Renta de 2010 deberás de presentar un escrito a la Agencia Tributaria explicando los hechos que justifican esta deducción y esperar que lo aprueben. Un saludo.

  16. Nuevo
    #164
    11/05/13 21:11

    Buenas tardes:
    En la comunidad de propietarios donde vivo, hemos realizado unas obras de instalación eléctrica y acondicionamiento del sótano que ahora nos enteramos nos podemos deducir en la declaración. Empezamos a pagar en 2010 y hemos terminado en 2012. Quisiera saber si es posible deducirme de alguna manera lo abonado en 2010 y 2011. Este año, voy a deducirme lo abonado en 2012 pero ¿cómo puedo hacer con lo de 2010 y 2011? Además, en 2011 no presenté declaración al no estar obligada y salirme a pagar. ¿Me podrías explicar qué tendría que hacer y cómo? Muchas gracias

  17. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #163
    10/05/13 13:28

    gracias

  18. en respuesta a Castillajuana
    -
    Top 100
    #162
    10/05/13 12:53

    Bienvenido a Rankia,

    En tal caso donde los rendimientos omitidos en Declaraciones anteriores son por un importe tan pequeño, puedes incluir estos rendimientos en la Declaración de la Renta 2012 y tributar por ellos, sin necesidad de realizar la Declaración complementaria. Un saludo.

  19. #161
    10/05/13 11:07

    Buenos días:
    Estoy realizando la declaracion de la renta del año en curso , y en mi borrador aparecen retenciones del trabajo por atrasos de los años 2011/2010. El importe total de los dos años es de 75.10 euros. Mi pregunta es si es, si es totalmente imprescinble realizar de nuevo las declaraciones de 2010 y 2011 con los datos actualizados o es suficiente con declarar estos importes en las casillas 121 en la declaracion de este año 2012.gracias