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Clausula suelo CAJASUR

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Clausula suelo CAJASUR
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Clausula suelo CAJASUR
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#361

Re: Clausula suelo CAJASUR

A mí me las ha hecho un perito al céntimo. Y no tiene nada que ver con las calculadoras, todo explicado y con exactitud.

Si quieres los datos te los pasas y lo tratas con él.

#362

Re: Clausula suelo CAJASUR


Los calculos (al menos de Cajasur) estan muy por debajo de los resultados que arrojan las calculadoras on line, .... si, si, ya se que las calculadoras on line presenta margenes de error, pero es que se refrenda también con calculos de peritos, donde igualmente quedan muy por debajo los calculos de Cajasur. O sea que eso de que el 99,99 % (en su opinion) estan correctos , mi opinion es que este tipo/a está bastante equivocado/a.

No olvidemos que estamos hablando de entidades bancarias, y cajas, las mismas que han creados Preferentes, y demas historias endosándolas a base de mentiras a los usuarios. Así que ¿ahora les ha salido un arito en la cabeza y unas alitas en la espalda?


Y evidentemente si uno va a juicio y el banco quiere acordar el 100% sin pasar por él, yo al menos una vez inciado el proceso no me voy para atras ni para darme impulso, vamos a juicio, porque es mas que evidente que lo va a perder la entidad banciar, (para eso está tratando de negociar para no ir porque sabe que lo perdera), asi que los gastos de abogados , suyos y mios, para él, y además me paga los intereses de demora , algo queno hace Cajasur en las cartas que está enviado a los afectados.

 

Y referente al colapso judicial , me parece un poco exagerado las resoluciones de hasta en 5 años, pero bueno, que si he esperado 11 años desde que firme mi hipoteca hasta tener una aclaracion de la devolucion de la CS, puedo esperar 2 para que pongan al Banco en su sitio judicialmente, me merece sobradamente la pena (a mí al menos).

 

La sensacion mia al leerle es que incita más a "coge el dinero y corre que si no te vas a equivocar" que a lo contrario, precisametne yo soy de la opinion contraria, porque judicalmente han dado la razon a los afectados, la CS no es transparente y es abusiva.

 

Y si no , que se de una vueltecita por las Sentencias dictadas hasta el momento y que sume las favorables a afectados y las favorables a las Entidades y luego que valore.

 

#363

Re: Clausula suelo CAJASUR

Lo suyo es que te lo haga un profesional. Si vas a una demanda judicial será legítimo para ser presentado.

#364

Re: Clausula suelo CAJASUR

A lo expuesto, quiero añadir, que fijate si estaran mal hechos los calculos (siempre hablando de CAjasur) que ha habido un forero que ha colgado una carta de devolucion en este hilo donde tan sólo le pagan los intereses correspondientes a 2013, nada de 2009 a 2012. O sea que el porcentaje del 99,99, mas bien es para afirmar que son erróneos..

#365

Re: Clausula suelo CAJASUR

Si me los pasas te lo agradeceria

#366

Re: Clausula suelo CAJASUR

Emilio Mellado

[email protected]

#367

Re: Clausula suelo CAJASUR

Emilio Mellado (Licenciado en Ciencias Exactas).

[email protected]

633525354

Soy José maría por si le quieres dar referencias.

 

Suerte.

 

#368

Re: Clausula suelo CAJASUR

En nuestro caso, las de Cajasur tenemos las de ganar ya que aparte de todas las sentencias de distintos tribunales, tenemos la sentencia del tribunal supremo confirmando lo abusiba de la clausula y dicta jurisprudencia.

Por otro lado, los cálculos que realiza el banco no van a estar oficialmente mal, si no que van a estar "matemáticamente justificados" pero utilizando los criterios que les interesa como ya han hecho antes. 

#369

Re: Clausula suelo CAJASUR

lo tienes aún más fácil, baste la reseña en las cartas de devolucion, justificandose del pago de los intereses de demora aludiendo a que no los abona porque actúan de "buena fe". Ya tienes a golpe de vista la primera diferencia INJUSTIFICADA.

Hasta el mismo decreto que tira más a favor de la banca que del usuario ya les insta a tener que abonar dichos intereses.

Con eso sólo ya hay suficiente motivo para demandar judicialmente.

Es más, hasta haciendo el esfuerzo espinoso de admitir que los calculos de la devolucion estuvieran bien por parte de la Entidad, no podría salirte jamás de los jamases en un juicio que te corresponde menos devolución de la que te presentan, precisamente por eso, porque no incluyen intereses de demora,  Así que más fácil te lo ponen.

 

#370

Re: Clausula suelo CAJASUR

Para todos aquellos que esteis esperando la carta del banco. Mi caso es el siguiente, el día 10/01/2017( presenté reclamación 10 días antes de la entrada en vigor del r.d. del gobierno) recibí contestación de cajasur y estos se allanaban y me indicaban que procedía sólo la devolución del año 2013( procede devolución del año 2009,2010,2011,2012 y 2013). Presenté el día 25/04/217(cinco días después de notificarme por carta certificada) reclamación por encontrarme en desacuerdo con el banco(cajasur), teniendo que aportar una cuadro de amortización de forma pormenorizada. El plazo de los tres meses que establece el r.d. finaliza el día 21/05/2017, entiendo que al ser día inhabil finaliza mañana día 19, por tanto me he puesto en contacto con el banco por email(todo lo que hagáis hacedlo por escrito, de forma que podáis justificarlo en un juzgado) y le ha trasladado tal extremo y  solcitado que me notifiquen su resolución, ya que de lo contrario voy ha derivarlo a la vía judicial. 

He quedado atónito al recibir la respuesta del banco, que ha sido esta:

Buenos tardes, tras hacer la gestión con el SAC de nuestra Entidad, me dicen que 3 meses tenemos para contestar a su solicitud y es lo que se ha hecho. Ahora se está estudiando la contraoferta que ha solicitado y para esto no tenemos plazo. Me dicen que no tardarán mucho en darnos respuesta. En cuanto me contesten le llamo. Saludos.

 

Que yo sepa en el r.d. no se establece nada en el caso de no estar conforme con el acuerdo extrajudicial y que  no tengan tiempo de respuesta, en el mismo se establece un plazo de 15 días para aceptar la oferta o rechazarla, yo lo hice en cinco, contando el día de la notificación, es decir al final ha sido en cuatro y con problemas por no haberme facilitado el banco el cuadro de amortización de forma gratuita y pedirme por el mismo 30 euros,( hecho que he denunciado ante el banco de españa, por considerar que al cambiar las condiciones financieras del préstamo hipotecario por la anulación de la clausula suelo el banco debería haberme facilitado un nuevo cuadro de amortización de forma gratuita y no lo ha hecho, ya os indicaré el resultado del mismo), estableciéndose un plazo máximo de tres meses para llegar a un acuerdo amistoso.   No obstante a fin de evitar dilatar la vicisitud en proceso judicial, y ante mi benevolencia les voy a dar un margen de cortesía de 15 días( después de más de un lustro peleando con ellos) a contar desde mañana día 19, a partir de entonces por mi parte finaliza el acuerdo amistoso y lo trasladaré a mi abogado, que está ansioso de iniciar el litigio, claro está, les va a meter una minuta que se van a cag....r.  Yo desde hace ya algun tiempo he procedido a dejar en mínimos mi cuenta corriente en cajasur, en mínimos los recibos domiciliados y así todo, trabajando con otro banco, eso también hace pupa al banco. Ya os informaré. Saludos.

 

#371

Re: Clausula suelo CAJASUR

Efectivamente, las Entidades tienen 3 meses para poder contestar tras ser recibia una reclamacion. Todas las reclamaciones que se ejecuten antes del 21/02/17 tienen de plazo hasta el dia 21/05/17, si es dia ináabil, por lo general lo que se hace es sumarle (al menos en los Organismos Oficiales) el dia habil posterior, o sea el 22/05/17.

Igualmente el decreto o panfleto o como se le quiera llamar, no obliga a las entidades a contestar, por lo que puede pasar ese tiempo y contestar 2 meses mas tarde, o simplemente ni contestar.

Como bien has comentado, tras una contestacion marcan al afectado 15 dias para comunicar que esta de acuerdo o no lo esta, y efectivamente no hay un plazo para que te vuelvan a contestar con una contraoferta, pueden hacerlo , como no hacerlo igualmente pero justo a partir de los 3 meses de espera de la primera contestacion (o no contestacion) un afectado puede reclamar judicialmente, algo que no puede hacer mientras está el plazo de los 3 meses.

Yo con ésto no me voy a marear ni voy a dar mas vueltas, terminado el plazo de los 3 meses , automaticamente, formulo la reclamacion judicial, me da igual el dia 23 que el 24 que el 29 de mayo, será justo en el momento que tenga un hueco para tratarlo con el abogado, y punto final, que sea ahora la Justicia la que dictamine, ni me siento a escuchar memeces de bancarios que o no tienen ni idea de lo que dicen o te toman por imbecil mas alla de su mesa, ni preocupo un solo segundo de ir a aclarar ni preguntar absolutamente nada.

Mañana y el lunes son los ultimos dias que tienen por mi parte de plazo para esperar su propuesta de devolucion, si lo hacen ya tengo clarisimo que va a estar por debajo y sin intereses de demora por lo que iré a la demanda, y si no me contestan , muchisimo mejor para mí porque no hay oferta con la que comparar lo que dcitamine el juez en caso de devolucion.

Lo unico que me preocupa (y tampoco es la palabra , preocupacion),  es el tema de las costas, que siempre cabe la posibilidad que un Juez cometa la injusticia de encasquetarselas al demandante, algo que imagino se puede litigar porque no lo marcan así las Leyes, pero esa será otra guerra que ya tratare con el abogado a su debido momento.

Pero aun en ese caso de que fueran a mi contra las costas en caso de ganar el juciio , me da exactamente igual que mi devolucion quede lo comido por lo servido o incluso que llegue a ser algo antieconomico para mí, pero Cajasur se sienta  delante de un Juez por mi CS, SÍ ó SÍ. 

Una vez vaya al abogado y empiece mi "molestia" judicial,  la primerisima norma que le dare al abogado (que finalmente va a ser un amigo mío,  joder tengo un amigo abogado y hasta hoy no se me ha ocurrido tratar con el , para matarme vamos), será:

NO SE ACEPTA LA MÁS MINIMA NEGOCIACION CON LA ENTIDAD NI AÚN  OFERTANDO EL 100% DE LA DEVOLUCION., LLEGAMOS HASTA EL FINAL DEL JUICIO.

Y estos impresentables pasan por la Justicia, pagan la puñetera clausula suelo, pagan los intereses de demora, y pagan las costas  si el Juez tiene lo que tiene que tener.

Y tras el fallo, ya sea a favor o ya sea en contra, les cierro la puñetera cuenta.

 

 

 

#372

Re: Clausula suelo CAJASUR

Muchas gracias jose maria ya dire lo que me digan

#375

Cs cajasur

Hola soy neva en el foro. Yo tambien tengo una hipoteca con Cajasur y el suelo al  3,50