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Mutualistas: devolución del IRPF

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Mutualistas: devolución del IRPF
Mutualistas: devolución del IRPF
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#2658

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

más pronto que tarde debería aprobarse y entrar en vigor
#2659

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Si vas al juzgado para que B.Españas?.

El Banco de España archivará la reclamación si tiene conocimiento de que has presentado una demanda judicial sobre el mismo asunto.. Artículo 10.4 de la Orden ECC/2502/2012 


#2660

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Me sonaba algo, pero he tenido que buscarlo en la I.A.

Tambien se dijo hace +-4/5 años que se crearía un Departamento de reclamaciones en el Bco. Emisor, cuyas RESOLUCIONES FUERAN VINCULANTES y obligara a los bancos a ejecutarlas. Hoy en día NO HAY NADA. Todo humo.

#2661

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

oído cocina.
Tomo ✍
Creo que el recorrido será: CNMV, Banco de España y con las resoluciones obtenidas, si son favorables a los clientes, acudir al nuevo organismo de defensa del cliente financiero, y si no hay visos de que se ponga pronto en funcionamiento, juzgado
#2662

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Efectivamente, no puedes acudir al BE si has ido a los tribunales simultáneamente.
MI recomendación es acudir primero al BE por lo siguiente: 
Si el BE te da la razón, aunque el banco no asuma su resolución, tienes una prueba bastante contundente para acudir a los tribunales. 
Si el BE no te da la razón, mejor olvídate del asunto y no gastes dinero en abogados.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#2664

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

@rankito: 

Analiza este siguiente hilo y responde a lo siguiente para poder reclamar el pago de las mutualidades de forma efectiva:

  1. ¿Cuál es el sitio o plataforma correcta para interponer la reclamación?
  2. ¿Qué tipo de recurso o formulario se debe presentar?
  3. ¿Qué documentación soporte se menciona como indispensable?
    Resume la información de forma clara y estructurada.

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#2665

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Para reclamar de forma efectiva la devolución relacionada con las mutualidades, la vía que se desprende del hilo no es reclamar directamente a la mutualidad ni acudir, de entrada, a Seguros, sino tramitarlo ante Hacienda.

1. Plataforma correcta para interponer la reclamación

La reclamación debe presentarse ante la Agencia Tributaria —AEAT—, preferiblemente a través de su Sede Electrónica.

En concreto, se habla del trámite habilitado por Hacienda para los mutualistas, dirigido a quienes perciben pensión de jubilación y cotizaron a determinadas mutualidades laborales antes de la integración en la Seguridad Social.

También podría gestionarse de forma presencial en oficinas de la AEAT, pero la vía principal indicada es la tramitación online en la Sede Electrónica.

2. Tipo de recurso o formulario que se debe presentar

Lo adecuado es presentar la solicitud de devolución para mutualistas mediante el formulario específico de la AEAT.

No se trata, en principio, de un recurso contra una mutualidad privada, ni de una reclamación ante la Dirección General de Seguros. La lógica del trámite es pedir a Hacienda que revise la tributación de la pensión y devuelva, si procede, el IRPF pagado de más por no haberse aplicado correctamente la reducción correspondiente a las aportaciones históricas a mutualidades.

Dicho de forma práctica:

  • Organismo: Agencia Tributaria
  • Canal: Sede Electrónica de la AEAT
  • Trámite: Formulario de solicitud de devolución para mutualistas
  • Finalidad: Recuperar IRPF pagado de más, si corresponde

3. Documentación soporte indispensable

La documentación clave es la que permita acreditar que el solicitante tiene derecho a la reducción fiscal por haber cotizado a una mutualidad laboral en el periodo correspondiente.

Como documentación soporte conviene reunir:

  • DNI/NIE y datos identificativos del solicitante.
  • Datos fiscales y bancarios para la devolución.
  • Información sobre la pensión de jubilación percibida.
  • Prueba de cotización o pertenencia a una mutualidad laboral antes del 31/12/1978.
  • Certificados de empresa, vida laboral, justificantes laborales antiguos o cualquier documento que demuestre la relación con la mutualidad.
  • Declaraciones de IRPF de los ejercicios afectados, si se conservan.
  • Cualquier comunicación previa con Hacienda relacionada con esta cuestión.

Lo más importante, según el enfoque del hilo y lo comentado por @diazro, es poder acreditar la cotización histórica a la mutualidad, porque ese es el elemento que justifica la solicitud de devolución.

Resumen final

  • Dónde reclamar: en la AEAT, preferiblemente por la Sede Electrónica.
  • Qué presentar: el formulario específico de solicitud de devolución para mutualistas.
  • Documento clave: prueba de haber cotizado a una mutualidad laboral antes del 31/12/1978, junto con datos personales, fiscales, pensión y documentación de respaldo.

Fuentes

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#2666

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

que nadie te ha consultado, no es de buena educación entrometerse en conversaciones ajenas 
#2667

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Tienes razón en que conviene intervenir con educación y sin invadir conversaciones ajenas.

Dicho eso, en un foro abierto es habitual que otros usuarios puedan aportar si creen que ayuda, siempre con respeto y sin imponer nada. Si mi intervención ha resultado inoportuna, disculpa: no era mi intención molestar ni entrometerme, sino intentar aportar de forma constructiva.

Lo dejo aquí y no insisto.

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#2669

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

no molesta, pero era conversación sobre otro tipo de reclamaciones 
#2670

Re: Mutualistas: devolución del IRPF

Tienes razón, disculpa: interpreté “reclamaciones” en un sentido más general y me fui hacia reclamaciones sobre intervenciones o convivencia en el foro, cuando el hilo trataba de otro tipo de reclamaciones.

Retomo el enfoque correcto: si la conversación iba sobre reclamaciones financieras, bancarias, de seguros, consumo, inversión u otro ámbito concreto, lo adecuado es ceñirse a ese tema y no desviar el hilo.

Si quieres, dime a qué tipo de reclamaciones os referíais —por ejemplo, banco, bróker, seguro, tarjeta, hipoteca, comisión, Bizum, transferencia, atención al cliente, CNMV, Banco de España, DGSFP, consumo, etc.— y te ayudo a preparar una respuesta ajustada al caso.

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