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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#5896

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo tampoco los veo, veo este aviso -A continuación, se muestran los datos fiscales que le constan a la Agencia Tributaria en este momento- al principio de todo, capaces son de incluirlos más adelante, y capaces son de haber figurado los datos de terceros y los suyos no porque ahora mismo no han sido capaces de informarse a si mismos de dichos datos, de esta gente ya se puede esperar todo.
Habrá que hacerla ahora sin intereses y unos días antes del final de plazo volver a revisar los datos, si los han incluido complementaria al canto.
#5897

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

o la jugada inversa: los incluyes y cuando se pronuncie definitivamente el tribunal supremo, si su decisión es que quedan exentos =:solicitud de rectificación de autoliquidación por ingresos indebidos... y más intereses ...🙃
#5898

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Recuerde que en su declaración deberá consignar todos los rendimientos obtenidos en el ejercicio, con independencia de que los mismos aparezcan o no en estos datos fiscales.
#5899

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

es explicable que no figuren los intereses de demora: hay unos 4 millones de contribuyentes afectados por la  mutualidades... si ya tardan en resolver las solicitudes, a las que dan prioridad, dispondr  hacienda de 4 años desde el 30 de junio de 2026, para recordarlo...ó no
 
#5900

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Mejor solución que la mía sobre todo para los peseteros que andamos detrás del 4,0625%, así lo haré cuando cobre, a estas alturas aún no me han devuelto nada de las mutualidades y los intereses se me acumulan día tras día, más aún ya que mis declaraciones de aquellos años me salían a pagar.
#5901

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo no veo que sea tan explicable que no figuren.  Todos los bancos mandan a Hacienda los datos de más de 6 millones de clientes. Así que toca dar ejemplo cuando eres el pagador. Además esas cosas las hacen los ordenadores en cuestión de minutos.
Cada uno que haga lo que considere conveniente, si fuera yo no los incluiría y me guardaría los datos fiscales a buen recaudo por si algún día vienen con reclamaciones.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5902

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

podré errar en esa apreciación, pero en los datos fiscales del ejercicio 2023 (primero en que la AEAT incorporó de oficio el ajuste por aportaciones a mutualidades dt2), en los datos  fiscales de muchos jubilados mutualistas no aparaceía el correspondiente ajuste, en los de otros muchos aparecía al principio un importe y pasado un tiempo más o menos largo aparecía otro importe, etc, etc,  no conozco a día de hoy a ningún jubilado mutualista funcionario (contando con resoluciones estimatorias) a los que lae hayan incorporado el ajuste dt2 sobre el complemento de pensión en los datos fiscales de 2023, 2024 y 2025; no conozco ningún caso de jubilado mutualista no funcionario que percibiendo pensión pública y complemento de pensión de mutualidad de previsión social voluntaria a los que le hayan aplicado el ajuste dt2 sobre ese comportamiento de pensión en los datos fiscales de 2023, 2024 y 2025,  sí figurando el ajuste sobre la pensión pública en los datos fiscales de esos ejercicios.
En resumen: en las declaraciones de los ejercicios 2023, 2024 han incorporado el ajuste correspondiente manualmente y tendrán que volver a hacerlo en este ejercicio 2025, y visto lo visto será así siempre.
#5903

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Hay bastantes datos que no incorporan automáticamente en los datos fiscales, por ejemplo: deducciones autonómicas, deducciones doble imposición dividendos internacionales, deducciones de ayuntamientos etc
#5904

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En mi caso a mi padre no le han pagado los ejercicios anteriores aún, pero lo peor es que este año de mutualidades le viene un 7% cuando siempre le vino un 9,20% . Alguien en la misma situación? Qué de hace en este caso? Pq le vienen 600 euros menos de mutualidades y ganó 1000 euros más aproximadamente 
#5905

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Está muy bien lo que indicas, pero hay que tener en cuenta que los intereses son rendimientos cuyo pagador es Hacienda lo que implica una responsabilidad mayor en cuanto a la información que facilita.
Además hay que tener en cuenta:
- Hay dudas sobre la tributación de esos intereses por motivo del cambio de criterio del TS y que puede volver a cambiar. 
- Hay varios casos de foreros a los que telefónicamente les han dicho que no hay que declararlos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5906

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

de ayer al 30 de junio están a tiempo de incluirlos ... ó no
#5907

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Aclarado el enigma del porqué no figuran los intereses de demora en los Datos Fiscales, no hay obligación de declararlos desde 2022, la consulta que pongo aquí lo aclara perfectamente, si alguien llegó atributar por ellos en algún año posterior, ya sabe lo que tiene que hacer, rectificación acompañada de la consulta y del fallo del TS.

https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1195-22
#5908

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

No cantes victoria antes de tiempo. El cambio de criterio del TS fue en 2023 y esa consulta es anterior a dicho cambio. Desde 2020 hasta 2023 el TS mantuvo el criterio de que están exentos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5909

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Nadie tiene la obligación de consultar los datos fiscales la víspera del cierre de campaña. Una vez obtenidos, no tienes que comprobarlos de nuevo. Eso sí, hay que guardarlos por si se recibe algún aviso de Hacienda.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5910

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

La STS de Enero 2023, cambio el criterio y por tanto dichos intereses hay que declararlos.
Otro asunto distinto es que el pagador de dichos intereses, la AEAT, no los refleje en los Datos Fiscales de los contribuyentes.