#5867
#5868
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#5869
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
En las cartas no explican el sistema que han seguido para calcular el % de la aplicación por mutualidades DT2, solo aparece la cantidad y el desglose de los intereses.
#5870
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
no creo que fuese por ser funcionarios, que a estos hasta octubre/noviembre de 2923 no se le reconocía oficialmente (no sobre la pensión de clases pasivas, solo sobre el complemento de pensión de su mutualidad MUFACE,).
Me inclino por la siguiente explicación: en 2023 se solicitaban las rectificaciones en escrito en papel que se entregaba en Registro y aún no se cruzaban datos entre Hacienda y la Seguridad Social para el tema del historial de aportaciones a mutualidades (laborales o voluntariado de previsión social).
Me inclino por la siguiente explicación: en 2023 se solicitaban las rectificaciones en escrito en papel que se entregaba en Registro y aún no se cruzaban datos entre Hacienda y la Seguridad Social para el tema del historial de aportaciones a mutualidades (laborales o voluntariado de previsión social).
#5871
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#5872
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
opinión: con el tema del formulario de 2024 para facilitar que los posibles afectados quedaran eximidos de presentar cualquier tipo de documentación, que sí pedían al menos en 2023 (historial de aportaciones a mutualidades, vida laboral u hoja de prestación de servicios, certificad de MUFACE etc), y con el aluvión de afectados con el que no contaban una vez que cruzaron datos con la SS, se "saltsron" esa información.
#5873
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
a los funcionarios afectados (un número muy inferior al de no funcionarios) cuyos casos conozco nunca les han incluido en los datos fiscale ,y por añadidura en el borrador, el ajuste dt2 sobre el complemento de pensión que reciben de su mutua: siempre han tenido y tienen que introducirlo manualmente....
#5874
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
En dos ocasiones y en oficinas diferentes de la TGSS, presencialmente, solicite me proporcionaran informacion sobre mis aportaciones a mutualidades y se negaron a facilitarla alegando que no disponian de esa informacion; cuando sabemos fehacientemente que fue la TGSS quien informo a la AEAT sobre este asunto para que determinase en cada caso que porcentaje de pension esta exento de tributar en aplicacion de la DT2ª.
#5875
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
creo que esa información sólo la puede proporcionar la Seguridad Social, de hecho en el último trimestre de 2023 la solicité para un conocido y la respuesta fue que estaban desbordados pero como esos datos ya los ponía en conocimiento de hacienda (se empezaban a cruzar los datos) ya no era necesario aportarlos para la solicitud de rectificación de autoliquidación por aportaciones a mutualidades por ingresos indebidos, y así quedó el tema.
#5876
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Es muy probable que la SS no tenga el dato de lo aportado a Mutualidades dado que no tendrá informatizada la información de aquellos años.
No obstante, sí se sabe cuánto tiempo se contribuyó a las mismas ya que es todo lo cotizado hasta el 1-1-1979. Y a efectos de la devolución por mutualidades y determinación del porcentaje de exención, lo que cuenta son los tiempos tanto de contribución como de generación de la pensión.
No obstante, sí se sabe cuánto tiempo se contribuyó a las mismas ya que es todo lo cotizado hasta el 1-1-1979. Y a efectos de la devolución por mutualidades y determinación del porcentaje de exención, lo que cuenta son los tiempos tanto de contribución como de generación de la pensión.
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
#5877
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Hola, hoy e podido consultar los datos fiscales, y en el ajuste automático dt2, se le esta aplicando como en el año 2023 y 2024, al 7,10, sin en cambio la resolución de los años del 2019 a 2022, fue resueltas al 4,27, ya no se si modificar, dejarlo así, reclamar el porcentaje de los años 2019 a 2022,es complicado porque la normativas no esclarece muy bien es este caso.
#5878
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
#5879
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Recordatorio:
aunque el error en la declaración de la renta provenga del borrador proporcionado por ellos. La responsabilidad última de revisar y firmar la declaración es del contribuyente, no de la Administración. Tienen un plazo de cuatro años para revisar cualquier ejercicio.
aunque el error en la declaración de la renta provenga del borrador proporcionado por ellos. La responsabilidad última de revisar y firmar la declaración es del contribuyente, no de la Administración. Tienen un plazo de cuatro años para revisar cualquier ejercicio.
#5880
Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Yo en tu caso efectuaría rectificaciónes a las 4 rectificaciones del FPH y aplicaría el 7,10 en lugar del 4,27, acompañadas de un escrito explicativo, ellos las mirarán, te lo reconocerán y abonarán o te lo negarán con la debida explicación de los motivos, así saldrás de dudas rápidamente. Por hacer esto no te van a decir nada ni te meterán en la cárcel. Yo estoy a punto de hacer algo parecido para que me devuelvan de una vez los 4 años que, aún, no ha calculado el FPH, voy a hacer yo de FPH a ver que dicen.