Hay cosas que bajo mi punto de vista no están claras:
- Comentas que estas "prejubilado", entiendo que te "desvinculaste" de la empresa, por lo que a día de hoy, como bien dices, estas "prejubilado", pero no indicas:
- Cuando te desvinculaste?
- Cuanto tiempo llevas trabajando desde que te "prejubilaste"?
- También puedo entender, que puedes estar "prejubilado" por contrato relevo y que en Agosto del año próximo te quieres jubilar de manera anticipada.
- Comentas también que la Base Reguladora, " sale superior a la pensión máxima ", en este momento con los datos de IPC actualizados a día de hoy esa pensión Máxima se sitúa en 3464 €, y que la simulación te estima en torno 3430€. Si el IPC continua subiendo y llegase a un 4%, estaríamos hablado de una máxima de 3500€. Mucho ojo con esto.
Con las dudas que tengo, y lo que comentas, te puedo decir:
- Para que estén aplicando la penalización sobre la Base Reguladora, te están aplicando la DT34.3 por lo que has tenido que cesar en en trabajo antes del 1 de Enero de 2022, que un dato que no das. Si es posterior, entiendo que no esta bien esa información del INSS
- Si dejaste de trabajar antes de esa fecha, para que se te pueda aplicar la DT34.3, SOLO puedes trabajar como MUCHO DOCE MESES. Entiendo que "trabajar" es cotizar a la Seguridad Social, y no por un Convenio Especial si no por alguno de los Regímenes de Cotización. Si te pasas de ese tiempo, te dejarían de aplicar el 16,5% sobre la BR y pasarían a aplicarte la penalización, 9%, sobre la pensión máxima
Las resoluciones de la Pensión se hacen, normalmente, fuera de la provincia desde la que se solicita, aunque puede suceder que no sea asi
Si dieses una información mas "clara/detallada", te podría aclarar/ayudar un poco más