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Sinin

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Sinin 20/06/26 14:01
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Te parece normal la expresión: y no vengas con datos erróneos. Todos podemos equivocarnos, pero si haces el favor donde me he equivocado?, yo simplemente estoy aportando la información de un informativo de jubilación anticipada, en un foro que todos utilizamos con el objeto de aclarar dudasSi miras en la tabla debajo del porcentaje del 19, está el 16,5.
Sinin 20/06/26 13:07
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
En noviembre de 2019 me prejubilo con un PSI, por lo que sigo teniendo vinculación con la empresa, suscribo el convenio especial con la TGSS por la base máxima, y a los 2 meses comienzo a trabajar en otra empresa en la que estaré hasta que me jubile, lógicamente cotizando a la SS por el régimen general, y como hay un convenio especial se informa a la TGSS para que detraiga los importes correspondientes de la cuota, pues entre las dos cotizaciones tienen que sumar la base máxima.En enero de este año al ver la derogación de la DT34.2, y al ver que no me incluían en la 34.3 por haber trabajado más de 12 meses, solicito un informativo de jubilación anticipada (al tener 2 cotizaciones simultaneas el simulador no me hace simulaciones) , pues en 2027 cumplo los 63 años y la solicito con 3 meses y dos días después de mi fecha de nacimiento, me llega el resultado el 13 de marzo con una BR de 3.850 €, y aplican un coeficiente reductor del 12% (tabla general 21 meses de adelanto y columna de más de 38,5 y menos de 41,5) sobre PM que se estima en 3.434 €. En ese momento todo correcto, habían derogado la DT34.2.Posteriormente como todos sabemos, a finales de marzo el INSS recula y vuelve a la escena la 34.2. En ese momento los sindicatos que se han reunido con el INSS, nos informan que los que no han trabajado ó han trabajado menos de 12 meses les aplican la 34.3 y los que han trabajado más de 12 meses les aplican la 34.2, por tanto, sino hay cambios tengo claro que me toca el coeficiente reductor de la 34.2 aplicado sobre PM.El 15 de este mes, me llega por sorpresa otro informativo de la pensión, con la fecha que tendría 63 años y 1 día, y el resultado es: BR 3.822, coeficiente de reducción del 16,5%, (tabla general con adelanto de 23 meses y mas de 38,5 y menos de 41,5) y aquí viene lo más extraño, me aplican el 16,5% sobre la BR, otra cuestión que le pregunte es que con 1 sólo día posterior a cumplir 63 años aplican en la tabla un adelanto de 23 meses, esto no coincide con el otro informativo, pues también era 3 meses y 2 días posterior a la fecha de cumplir 63 años y no aplicaron 20 meses de adelanto, aplicaron 21 meses. Ayer en el INSS me confirmaron que estaba bien, que había habido cambios recientes en el cálculo y no se referían a la aplicación de la 34.2.De momento no me fio, además entiendo que esto no va a acabar así, pues hay cuestiones muy evidentes, que la normativa para el cálculo de la pensión no es justa con los conceptos en los que se basa, el tiempo cotizado y las aportaciones.- No se tienen en cuenta las largas carreras de cotización, y que 2 personas con la misma BR reguladora, cobre más el que se ha jubilado con 65 años y 38,5 cotizados, que el que se ha jubilado con 63 años anticipadamente y por ejemplo con 45 años  cotizados.- Que apliquen los mismos coeficientes reductores de la 34.2 a alguien que su BR supere en 1 € a la PM, que a alguien que la supere en 400 €.- También se podría ver perjudicado quien tenga una BR un poco menor a la PM, en el caso que se quiera jubilar anticipadamente.
Sinin 19/06/26 20:21
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Claramente superior a la pensión máxima. Sino hubiese cambios me aplicarían la dt34.2
Sinin 19/06/26 19:59
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Vamos a ser cautos y precisos. El INSS me hace una simulación digamos manual, y hoy otras 2 personas del INSS, una con años de experiencia y su jefe de oficina ratifican la simulación, que son de otra provincia diferente a donde hicieron la simulación, eso no quiere decir que el INSS ha decidido derogar la DT. Por otro lado, mis compañeros que no  han trabajado posteriormente a la prejubilación, o han trabajado menos de 12 meses les han concedido la 34.3, y los pocos que han trabajado 12 meses posteriormente a la prejubilación les han concedido la 34.2.
Sinin 19/06/26 17:20
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Creo que me he expresado con total claridad, yo no he dicho que han dejado de aplicar la DT, he dicho que me ha llegado un informativo de pension de jubilación anticipada, en el cual aplican el coeficiente reductor de la tabla general sobre la base reguladora, y hoy voy a la cita al INSS pensando que me iban a decir que no es correcta, y me contestan que es correcto el informátivo. En la web no me permite hacer simulaciones porque tengo cotizaciones simultáneas.
Sinin 19/06/26 16:16
Ha respondido al tema Interpretación Disposición Transitoria 34
Hola a todos, llevo tiempo siguiendo vuestros comentarios y es de agradecer vuestras aportaciones, para que tengamos más claro cuando nos conviene jubilarnos.Soy un prejubilado con base reguladora superior a la pensión  máxima, que posteriormente a la prejubilación ha continuado trabajando.He visto los cambios que se han producido este año, el del 1 de Enero y luego el de finales de marzo, y tenía claro que si ya no había más cambios, me jubilaría anticipadamente en agosto del próximo año, con la aplicación de la tabla de coeficientes reductores de la DT34.2.El lunes pasado me llegó del INSS, un informativo de la pensión de jubilación, para la fecha que tendría 63 años y 1 dia, en ese informativo calculan la base reguladora, que sale superior a la pensión máxima, y aplican un coeficiente reductor del 16,5% sobre la base reguladora. Claramente están aplicando la tabla de JAV general, en la columna de más de 38,5 y menos de 41 años cotizados, con 23 meses de antelación y sobre la base reguladora.Hoy estuve en el INSS, me atendió un funcionario con amplia experiencia amigo de un conocido, y me ha dicho que es correcto, ante mi insistencia por las implicaciones tienen en mi futura pensión, consultó con el jefe de la oficina y también le confirmó que el procedimiento ha cambiado y que es correcto. También me confirmaron que el informativo fue elaborado en otra provincia distinta.Me jubilaré anticipadamente el próximo año, pero dependiendo del modo en que realicen el calculo de la pensión, elegiré el mes que más me conviene, pues por ejemplo este hipotético cambio, me beneficia económicamente y adelantando varios meses la jubilación.No me acabo de fiar.Quedo a la espera de vuestros comentarios al respecto.
Sinin 04/02/26 20:13
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