En noviembre de 2019 me prejubilo con un PSI, por lo que sigo teniendo vinculación con la empresa, suscribo el convenio especial con la TGSS por la base máxima, y a los 2 meses comienzo a trabajar en otra empresa en la que estaré hasta que me jubile, lógicamente cotizando a la SS por el régimen general, y como hay un convenio especial se informa a la TGSS para que detraiga los importes correspondientes de la cuota, pues entre las dos cotizaciones tienen que sumar la base máxima.En enero de este año al ver la derogación de la DT34.2, y al ver que no me incluían en la 34.3 por haber trabajado más de 12 meses, solicito un informativo de jubilación anticipada (al tener 2 cotizaciones simultaneas el simulador no me hace simulaciones) , pues en 2027 cumplo los 63 años y la solicito con 3 meses y dos días después de mi fecha de nacimiento, me llega el resultado el 13 de marzo con una BR de 3.850 €, y aplican un coeficiente reductor del 12% (tabla general 21 meses de adelanto y columna de más de 38,5 y menos de 41,5) sobre PM que se estima en 3.434 €. En ese momento todo correcto, habían derogado la DT34.2.Posteriormente como todos sabemos, a finales de marzo el INSS recula y vuelve a la escena la 34.2. En ese momento los sindicatos que se han reunido con el INSS, nos informan que los que no han trabajado ó han trabajado menos de 12 meses les aplican la 34.3 y los que han trabajado más de 12 meses les aplican la 34.2, por tanto, sino hay cambios tengo claro que me toca el coeficiente reductor de la 34.2 aplicado sobre PM.El 15 de este mes, me llega por sorpresa otro informativo de la pensión, con la fecha que tendría 63 años y 1 día, y el resultado es: BR 3.822, coeficiente de reducción del 16,5%, (tabla general con adelanto de 23 meses y mas de 38,5 y menos de 41,5) y aquí viene lo más extraño, me aplican el 16,5% sobre la BR, otra cuestión que le pregunte es que con 1 sólo día posterior a cumplir 63 años aplican en la tabla un adelanto de 23 meses, esto no coincide con el otro informativo, pues también era 3 meses y 2 días posterior a la fecha de cumplir 63 años y no aplicaron 20 meses de adelanto, aplicaron 21 meses. Ayer en el INSS me confirmaron que estaba bien, que había habido cambios recientes en el cálculo y no se referían a la aplicación de la 34.2.De momento no me fio, además entiendo que esto no va a acabar así, pues hay cuestiones muy evidentes, que la normativa para el cálculo de la pensión no es justa con los conceptos en los que se basa, el tiempo cotizado y las aportaciones.- No se tienen en cuenta las largas carreras de cotización, y que 2 personas con la misma BR reguladora, cobre más el que se ha jubilado con 65 años y 38,5 cotizados, que el que se ha jubilado con 63 años anticipadamente y por ejemplo con 45 años cotizados.- Que apliquen los mismos coeficientes reductores de la 34.2 a alguien que su BR supere en 1 € a la PM, que a alguien que la supere en 400 €.- También se podría ver perjudicado quien tenga una BR un poco menor a la PM, en el caso que se quiera jubilar anticipadamente.